ESPECIFICACIONES GENERALES DEL SERVICIO
3. CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
3.1. El PRESTADOR del servicio proporcionará uniformes con logo bordado de la empresa y credenciales con nombre, para el personal operativo, papelería, transporte, accesorios, materiales y equipos necesarios para la prestación del servicio, los cuales deberán estar en condiciones óptimas de operación, los bienes que no
cumplan con las características solicitadas serán devueltos sin que esto genere gasto o responsabilidad alguna para el IMP.
3.2. El uniforme del personal operativo debe ser de igual color para todo su personal; deberá ser de tela 100% algodón y estará integrado de:
Para Intendentes:
Playera tipo polo con logotipo bordado
Bata con botones y dos bolsas al frente, con logotipo bordado
Pantalón con bolsas y con presillas (no mezclilla)
Zapatos de seguridad color negro.
Gafete de identificación expedido por su empresa. Para Intendentes de lavado de autos:
Overol con logotipo bordado
Impermeable para lluvia con gorro
Gorra con logotipo bordado
Zapatos de seguridad color negro.
Gafete de identificación expedido por su empresa. Para Supervisor de limpieza:
Camisa o blusa según corresponda con logotipo bordado
Impermeable para lluvia con gorro
Zapatos de seguridad color negro.
Gafete de identificación expedido por su empresa.
Los uniformes deberán estar en buen estado y presentables, y llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo bordado de la empresa. El personal operativo debe portar el uniforme en forma obligatoria, durante todo el tiempo de permanencia dentro de las instalaciones, el incumplimiento total o parcial se aplicará una deducción al pago del 10% del Costo total diario de la plantilla cotizado en el “Formato de Propuesta Económica” por cada día que el personal operativo haya laborado sin portar el uniforme.
El PRESTADOR del servicio deberá sustituir los uniformes por desgaste o mal estado de los mismos durante la vigencia del contrato o a solicitud del supervisor del IMP.
3.3. El PRESTADOR del servicio proporcionará al personal operativo que labore dentro de las instalaciones del IMP; el equipo de protección personal (EPP) mínimo necesario y adecuado para las actividades asignadas a cada uno como: fajas lumbares, guantes de lona, guantes de latex, guantes con puntos de pvc, guantes de nitrilo, lentes de seguridad, mascarilla para gases y vapores orgánicos, cubrebocas, overol, mandiles protectores para máquina desbrozadora y botas de hule, casco con barbiquejo, arnés y línea de vida, entre otros.
3.4. Las consecuencias por lesiones sufridas al personal operativo por actividades propias del servicio, así como los daños causados a las instalaciones del IMP por incidentes durante la prestación del servicio serán con cargo y responsabilidad del PRESTADOR del servicio. El supervisor del PRESTADOR del servicio deberá informar de inmediato al supervisor del IMP.
3.5. El PRESTADOR del servicio proporcionará la supervisión del servicio de limpieza de lunes a sábado, en todos los edificios que ocupa el IMP en la Región Sur señalados en el punto número 1.2; los supervisores de limpieza mantendrán comunicación con el supervisor del IMP para atender los diversos requerimientos del servicio, atención de quejas, recepción de órdenes de servicio y cualquier otra actividad relacionada con el servicio.
3.6. Los supervisores de limpieza realizarán recorridos por los edificios para verificar la limpieza de las diferentes áreas y de la condición de los baños, se verificará que la cantidad de papel higiénico, toalla en rollo, jabón, gel, pastillas y desodorantes sea la adecuada, que la limpieza de pisos, inodoros, mingitorios, lavabos,
espejos, paredes se encuentren limpios y que, de manera general dichos baños se encuentren olorizados y sanitizados de manera continua.
3.7. Los supervisores del PRESTADOR del servicio resolverán situaciones imprevistas con criterio necesario para la toma de decisiones, deberán coordinar las acciones de limpieza, así como aquellas que estén contempladas en la presente convocatoria, de igual forma, deberán programar, coordinar y supervisar a los intendentes cuando se atiendan eventos extraordinarios.
3.8. Los intendentes atenderán las instrucciones recibidas del supervisor del PRESTADOR del servicio, se conducirán en forma amable y respetuosa con los empleados y visitantes.
3.9. Los intendentes deberán realizar diariamente la recolección de papel reciclado en las diversas áreas de los inmuebles del IMP en la Región Sur para su resguardo en el lugar que el supervisor del IMP lo indique. 3.10. Los intendentes deberán realizar diariamente la recolección y lavado de tazas y vasos, así como preparar
café en las oficinas o áreas que se le indique, deberán apoyar en actividades de movimientos de cajas, mobiliario, puesta de garrafones de agua entre otros.
3.11. El personal operativo deberá estar pendiente de las fugas de agua que se presenten en las áreas de sanitarios dentro de sus actividades, en caso de su detección, deberán reportarlo al supervisor del IMP. 3.12. El PRESTADOR del servicio, deberá obedecer y respetar las señalizaciones prohibitivas o restrictivas,
así como atender las informativas que se tengan en las instalaciones del IMP. De igual manera el PRESTADOR del servicio deberá instalar las señalizaciones correspondientes a sus actividades objeto del presente servicio; dichas señalizaciones deberán cumplir con la Norma NOM-026-STPS-1999 "Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías".
3.13. El PRESTADOR del servicio deberá mantener en condiciones limpias y ordenadas sus áreas de trabajo y después de realizado algún servicio que genere desechos, el área deberá ser limpiada y los residuos serán colocados en el contenedor de basura para evitar la proliferación de fauna nociva y otros deterioros al edificio. Asimismo, al término de cualquier trabajo se deberá retirar de la zona los equipos, estructuras provisionales y material excedente que no se vaya a utilizar.
3.14. El PRESTADOR del servicio deberá dar cumplimiento a las medidas de Seguridad, Salud ocupacional y protección Ambiental establecidas en los Lineamientos Generales del SIASSOPA para compañías contratistas y proveedores del Instituto Mexicano del Petróleo, apartado V. Esta actividad podrá ser atendida por los supervisores del PRESTADOR del servicio, quienes deberán contar con la capacitación mínima requerida en Seguridad, Salud ocupacional y protección Ambiental que se requiera de acuerdo a la naturaleza y al tipo de instalaciones en las que se brindará el servicio. Dicha capacitación deberá ser comprobada con la documentación que acredite dicha condición.
3.15. La limpieza de herramientas y equipo utilizados para el servicio, se realizará con el mayor cuidado evitando azolvar drenajes y se realizará en áreas previamente dispuestas por el IMP, aquéllas que requieran una limpieza exhaustiva deberán efectuarse fuera del edificio y ser retiradas.
3.16. El PRESTADOR del servicio deberá realizarlos conforme a lo establecido en los siguientes Anexos y no se darán por concluidos hasta que se cumpla con lo indicado y deberán realizarse nuevamente, sin costo alguno para el IMP:
Anexo 1 Especificaciones Generales del Servicio Anexo 2 Especificaciones Particulares del servicio
Anexo 3 Accesorios y Materiales con los que contará el PRESTADOR del servicio Anexo 4 Equipo mínimo requerido que utilizará el PRESTADOR del servicio Anexo 7 Relación de productos de limpieza, jarcería y químicos
Anexo 6 Programa Calendarizado del servicio de aseo menor y aseo mayor Anexo 7 Distribución del Personal
3.17. EL PRESTADOR del servicio deberá presentar el equipo mínimo solicitado en el Anexo 4 al inicio del servicio y si por motivo de la operación el equipo resulta con fallas o descomposturas que pudiera generar
una interrupción del servicio, deberá sustituirlo por uno igual o de mejores características; el incumplimiento en la presentación o sustitución de cualquiera de los equipos relacionados ocasionará una se aplicará una
deducción al pago del 10% del Costo total diario de la plantilla cotizado en el “Formato de Propuesta
Económica”.
3.18. El PRESTADOR del servicio considerará en las instalaciones de la Región Sur mantener stock de materiales y equipos que permita dar continuidad sin que se vea interrumpido el servicio por falta de éstos, por lo que el PRESTADOR del servicio será el responsable del control de ingreso y salidas de materiales y equipos a proporcionar durante la prestación del servicio en coordinación en su caso con el supervisor del IMP.