ESPECIFICACIONES GENERALES DEL SERVICIO.
1.5 Requisitos importantes que deberá cumplir el proveedor.
a) El PRESTADOR del servicio deberá realizar la fumigación de interiores y exteriores en los inmuebles de la Región Sur. El servicio consistirá en la aplicación de plaguicidas para eliminar, cucarachas, hormigas, cien pies, mosquitos, arañas, termitas moscas u otros insectos, ratas y ratones que se presenten en los interiores o exteriores de los edificios, considerando registros eléctricos, sanitarios, coladeras, etc., así como banquetas perimetrales, azoteas y en cualquier lugar donde sea susceptible de fumigar. La periodicidad de las fumigaciones en interiores y exteriores será mensual en cada inmueble.
b) El PRESTADOR del servicio deberá realizar inspecciones en las instalaciones del IMP para detectar la presencia de roedores y dar tratamiento para eliminación de la plaga.
c) El PRESTADOR del serviciodeberá atender cualquier reporte en un máximo de 24 horas.
d) Será responsabilidad del PRESTADOR del servicio la realización de esta actividad contando con los equipos de seguridad de acuerdo a las normas vigentes que resulten necesarios para la realización del servicio.
e) El PRESTADOR del servicio aplicará productos plaguicidas por medios mecánicos, físico-químicos y biológicos en las dosis que indica el fabricante de éstos para garantizar su eficiencia mediante equipos especializados para aplicación industrial, no deben ser tóxicos a la salud de los trabajadores y a las plantas, no causar problemas por mal olor, ser biodegradables de alta residualidad y no causar contaminación de alimentos o al medio ambiente.
f) Los productos que se utilicen en este servicio, deben contar con un registro ante la secretaria de salud y la comisión federal para la protección contra riesgos sanitarios (COFEPRIS) para su uso urbano, no se permitirá aplicar productos caducados, sin marca comercial o carente de registro. El PRESTADOR del servicio debe proporcionar al responsable de verificar el servicio las hojas de datos de seguridad (HDS) de los productos plaguicidas autorizados a usar en el servicio.
g) El PRESTADOR del servicio en todos los casos reportará por escrito el ingreso de los productos químicos autorizados a usar en este servicio y solicitará por escrito la autorización para aplicar los productos cuando menos tres días hábiles antes de usarlos y deberá retirar los envases vacíos de los plaguicidas usados para su disposición final.
h) Cuando alguno de los servicios programados no pudiera efectuarse de manera total o parcial, la administración de los centros de trabajo en la Región Sur avisará al PRESTADOR del servicio con un día de anticipación para que se reprograma el servicio del o los edificios faltantes.
i) En áreas de trabajo que durante el servicio se encuentren cerradas o no sea posible atender, se realizará la reprogramación correspondiente en la fecha indicada por el personal del IMP
j) El PRESTADOR del servicio debe exhibir original y copia de la licencia sanitaria.
k) El PRESTADOR del servicio debe entregar copia legible de la cédula profesional del responsable del manejo de plaguicidas para este servicio.
l) El PRESTADOR del servicio deberá atender todo lo señalado en el Anexo 2
m) El proveedor del servicio debe entregar al responsable de verificar el servicio una vez notificado el fallo, una relación del personal que atenderá el servicio, proporcionando una copia de las constancias de habilidades laborales en el formato correspondiente de la STPS.
n) El PROVEEDOR, como patrón del personal operativo que ocupa para la prestación del servicio, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y responderá todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra, o en contra del IMP, ya que éste no será considerado como patrón sustituto en relación con el servicio contratado.
o) El PROVEEDOR deberá cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que realizará el servicio; por lo cual durante la vigencia del contrato el PROVEEDOR entregará de forma bimestral dentro de los 25 días naturales de los meses de mayo, julio, septiembre y noviembre de 2015 copia del comprobante de pago de cuotas al IMSS e INFONAVIT del bimestre anterior y la cédula de determinación de cuotas o cualquier otro documento que permita comprobar el cumplimiento de esta obligación. Se solicita que la cédula de determinación de cuotas solo se relacione al personal de fumigación contratado para dar servicio en el IMP en la Región Sur. El incumplimiento de esta obligación ocasionará una deducción al pago equivalente al 10% del precio unitario cotizado en la partida 5 del “Formato de Propuesta Económica” por persona por cada día que el dicho personal haya laborado sin estar asegurado.
A partir de mayo, de no acreditar el pago de cuotas al IMSS en los meses antes señalados, se liberará el generador de pago por los servicios realizados en cada mes para su facturación quedando el pago de la factura condicionada a la presentación extemporánea de dichos documentos. La deductiva que se generé por el incumplimiento de este requisito será aplicada en las facturas subsecuentes.
p) El PRESTADOR del servicio deberá dar cumplimiento a las medidas de Seguridad, Salud ocupacional y Protección ambiental establecidas en los Lineamientos Generales del SIASSOPA para compañías contratistas y proveedores del Instituto Mexicano del Petróleo.
q) El personal del proveedor durante su estancia en las instalaciones del IMP en la región Sur, deberá cumplir en lo que aplique con los Requisitos Específicos de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección Ambiental señalados en el formato SIASSOPA 06-05 del apartado V.
r) Durante la vigencia del contrato cuando se asignen nuevos elementos EL PRESTADOR tendrá un plazo de 2 días para la entrega de la documentación mencionada en este punto. El proveedor deberá responder por el personal que contrate para otorgar el servicio, que requiera atención médica en el IMSS y que por alguna razón este dado de baja en dicha institución.
s) El proveedor proporcionará a su personal uniforme completo y gafete de identificación, así como el equipo de seguridad necesario para el desempeño de sus funciones, de igual manera deberá contar con la herramienta y el equipo de trabajo, apropiado y completo, así como el transporte en su caso requerido. El uniforme deberá contar con logotipo de la empresa.
t) El PRESTADOR del servicio deberá enviar un técnico supervisor especialista mensualmente en horario de 8:00 a 14:30 y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a jueves o de 8:00 a 14:00 horas los días viernes, para la atención de las fumigaciones que se realicen y los reportes del personal por la presencia de plagas en sus áreas de trabajo y de manera quincenal para el mantenimiento de cajas cebadero, colocación de cebos y control de diversas plagas con fumigaciones puntuales en almacenes, cuartos de servicio, etc. en cada centro de trabajo que integra la Región Sur del IMP establecidos en el punto 1.2 Domicilio de
los Inmuebles donde se prestará el servicio.
g) El proveedor se obliga a que su personal porte el uniforme y gafete para realizar los servicios motivo de este contrato, de no portarlo le será negado el acceso a las instalaciones del IMP. El incumplimiento ocasionará una deducción al pago equivalente al 10% del precio unitario cotizado en la partida 5 del “Formato de Propuesta Económica” por cada día de atraso.
u) El proveedor deberá desempeñar los trabajos a plena satisfacción del Instituto Mexicano del Petróleo, así como responder por su cuenta y riesgo de las deficiencias de los mismos.
v) Todas las herramientas, equipos, insumos y utensilios que proporcionará el proveedor, deberán ser adecuados y en cantidades suficientes para la realización de los servicios, mismas que deberán permitir la continuidad de los trabajos y éstos no se vean interrumpidos por falta de estos, o por su uso inadecuado, lo anterior derivado de que la Región Sur del IMP no proporcionará ningún tipo de material, utensilios, herramienta ni equipo para la ejecución de los servicios, si estos se ven retrasados por falta de equipo o por utensilios no adecuados, el IMP hará la indicación correspondiente para que sean sustituidos el mismo día de su reporte; en caso contrario se aplicara la sanción correspondiente.
w) El proveedor deberá realizar la recolección de residuos generados por su actividad, realizando su retiro fuera de las instalaciones del IMP en la Región Sur y depositándola en el basurero municipal o centro de acopio correspondiente. Esta actividad deberá realizarse con la periodicidad necesaria.
x) El PRESTADOR del servicio deberá obedecer y respetar las señalizaciones prohibitivas o restrictivas, así como atender las informativas que se tengan en las instalaciones del IMP.
y) El proveedor deberá contar con instalaciones debidamente establecidas que cuenten con oficinas administrativas, teléfono y los equipos necesarios para la realización del servicio de manera óptima y expedita. Debiendo presentar copia de la escritura o contrato de arrendamiento al inicio del contrato.
ANEXO 2
ESPECIFICACIONES PARTICULARES