En chile, el debate político sobre el desempeño eficiente y democrático de las instituciones locales se ha orientado mayoritariamente por el supuesto de que para que la descentralización promueva procesos de participación ciudadana se requiere primero de una burocracia pública municipal profesionalizada y con vocación gerencialista que haga buen uso de los recursos y atribuciones descentralizadas. En este sentido, una de las características más relevante tiene relación con las desigualdades entre los municipios, que actúa como condicionante ante la captación de recursos fiscales, y promueve diferencias sustanciales entre municipios grandes, que tienen más posibilidades de contar con profesionales calificados y los municipios pequeños, que cuentan con menos posibilidades para acceder a dichos profesionales.
Los municipios son las principales instituciones que presentan proyectos para financiarlos vía el FNDR. Una de las causas de la baja ejecución presupuestaria que esgrimen los gobiernos regionales, es que los municipios no presentan muchos proyectos, y los municipios que presentan proyectos traen falencias técnicas que impiden obtener rápidamente la recomendación o aprobación técnica (RS). En palabras de Montecinos (2013).
[…] El problema fundamental en muchas regiones no es la disposición de recursos fiscales para financiar proyectos, el problema se focaliza en que muchos municipios no tienen recurso humano calificado para formular adecuadamente dichas iniciativas. De esta manera, las inequidades territoriales se profundizan cuando los municipios más pobres no pueden presentar proyectos para solucionar sus problemáticas territoriales y como contrapartida son los municipios que cuentan con más personal calificado (en regiones coincide con que es el municipio de cabecera regional el que tiene más recursos) quienes se llevan la mayor cantidad de recursos fiscales. (p.17).
Por otro lado, y de acuerdo con la Ley 19.175 Chile posee gobiernos regionales. El gobierno regional es un órgano autónomo que ejerce la función de “gobierno” por medio del consejo regional, el que a su vez es integrado por consejeros regionales y por el intendente. La función ejecutiva de este órgano recae sobre el intendente, quien es designado por el presidente de la república. Asimismo, los consejeros regionales, que eran elegidos por los concejales de cada comuna, recién en 2013 cuando entra en vigencia la Ley Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional, son elegidos en votación directa. El proyecto fue presentado en el año 2009 por la presidenta Michelle Bachelet, contempla un modelo de elección de representación proporcional y éstos, a su vez, eligen a un Presidente del Consejo Regional.
Por otra parte, la participación ciudadana es un ingrediente fundamental en una gestión pública democrática, y un componente esencial de la descentralización y la modernización del estado para alcanzar dos objetivos fundamentales: hacer más eficientes los servicios públicos y fortalecer la democracia por medio de una gestión pública participativa. Hoy existe un amplio consenso en que el nivel local representa el espacio por excelencia para hacer efectiva la participación, porque en él es posible el encuentro cierto entre los ciudadanos y sus representantes y entre las necesidades de la población y las decisiones de
la autoridad. La participación de los ciudadanos fortalece la gestión local, ya que incrementa la eficiencia y la eficacia de las decisiones.
Ante el convencimiento de la contribución que la participación ciudadana hace al incremento de la calidad de la gestión local, se han instalado múltiples dispositivos para fomentarla a nivel local. La reforma de la Ley Orgánica de Municipalidades de 1999, consagra los siguientes mecanismos para ello:
• Ordenanzas de Participación: Cada municipalidad debe establecer en una ordenanza las modalidades de participación ciudadana, teniendo en cuenta las características del territorio comunal, la localización de los asentamientos humanos, la conformación etaria de la población, las actividades productivas relevantes y cualquier otro elemento que el municipio considere relevante
• Consejo Económico y Social Comunal (CESCO): Órgano de carácter consultivo compuesto por representantes de la comunidad local organizada, asesor de la municipalidad, que tiene por objeto asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
• Audiencias públicas: Deben ser reguladas en la Ordenanza Municipal de Participación. Permiten al alcalde y al Concejo conocer acerca de las materias de interés comunal, así como las que plantee un número determinado de vecinos (variable según población comunal).
• Oficinas de Información y Reclamos (OIR): Cada municipalidad debe habilitar y mantener en funcionamiento una oficina de este tipo abierta a la comunidad en general. Se regulan a través de la Ordenanza de Participación, por medio de la cual se debe establecer el procedimiento público para el tratamiento de las presentaciones o reclamos, así como los plazos en los que el municipio debe dar respuesta a ellos (en ningún caso superior a 30 días).
• Plebiscitos comunales: El alcalde, el Concejo o la iniciativa ciudadana pueden someter a plebiscito materias de administración local relativas a inversiones específicas de desarrollo comunal, aprobación o modificación del Plan de Desarrollo Comunal, modificación del Plan Regulador u otras de interés para la comunidad local.
No obstante lo anterior, y según Fernández (2006), existen serias dificultades en la implementación de los mecanismos antes mencionados, sobre todo en el caso de los municipios más débiles. Estas diferencias tendrían relación con:
• Baja representatividad y legitimidad de organismos como el CESCO • Falta de compromiso e interés ciudadano por participar.
• Falta de capacitación de los funcionarios respecto a temas de gestión participativa. • Falta de recursos para instalar instrumentos costosos como los plebiscitos
• La instalación de instrumentos formales no se visualiza como necesaria dada la cercanía que existe entre los vecinos y el Municipio.
A pesar de esto, y ante la valoración del encuentro cercano con la comunidad, municipalidades de diverso tipo se esfuerzan por realizar un trabajo directo en el territorio, de modo de acercar su quehacer a la ciudadanía en vez de exigir a los ciudadanos que acudan a las oficinas municipales.
Una de las iniciativas que promueven algunos municipios para lograr la participación a nivel comunal son los presupuestos participativos. El proceso comienza con la división del espacio comunal en territorios más pequeños, en los que se convoca a las organizaciones territoriales y funcionales a participar en un proceso de determinación de prioridades de inversión para la elaboración del presupuesto municipal. Los acuerdos y prioridades se exponen luego a mayor escala, a través de representantes elegidos por quienes asisten a los encuentros territoriales.
En la actualidad, en Chile existen más de 20 municipios asociados al Foro de Presupuestos Participativos, los cuales trabajan con esta metodología de participación ciudadana. Se trata de procesos que han sido fomentados, liderados y promovidos desde la sociedad civil y la institucionalidad local, por lo que se encuentran cercanos a ser impulsados “de abajo hacia arriba”, aunque no responden directamente a una demanda ciudadana.
Otra modalidad de participación la constituyen e Cartas Ciudadanas Municipales. La Carta Ciudadana es un documento que explica a los ciudadanos sus derechos y obligaciones e informa sobre los servicios que presta la municipalidad y el modo de acceder a ellos. Como contraparte, el municipio se compromete a prestar dichos servicios con determinados niveles de calidad, fijando mecanismos para la presentación de quejas, sugerencias y corrección, en caso de que no pueda cumplir con los compromisos asumidos.
El proceso de elaboración de las Cartas Municipales es participativo, pues se organiza a través de reuniones con la comunidad, con el objeto de conocer sus intereses y demandas reales, así como su disposición a comprometerse en función de más o mejores servicios municipales. En cambio, los presupuestos participativos son una iniciativa impulsada desde el nivel local, las cartas ciudadanas responden a la voluntad de la SUBDERE con el fin de probar metodologías innovadoras de fomento de la participación. Ambas propuestas tienen en común la voluntad de adecuarse a las particularidades del territorio y a los intereses de su población. (Fernández, 2006:9)
Pese a las dificultades que se presentan que se presentan para llevar adelante el fortalecimiento de la gestión local, es importante tener en cuenta que en los últimos años se han experimentado dinámicas participativas que mejoran el vínculo entre el municipio y la ciudadanía, pudiendo estas últimas conocer sus derechos y encontrar el espacio para ejercerlos.