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III. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA

8. EL PAPEL DE LAS VITAMINAS EN LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA ANEMIA

9.1. Concepto de alimento funcional

En Europa, ha aumentado considerablemente el interés de los consumidores por conocer la relación que existe entre la dieta y la salud. Hoy en día, la población reconoce en mayor medida, que llevar un estilo de vida sano, incluida la dieta, puede contribuir a reducir el riesgo de padecer enfermedades y dolencias, y a mantener el estado de salud y bie nestar. Existen una gran variedad de alimentos funcionales a disposición del consumidor, pero en estos momentos la prioridad es identificar cuáles de ellos tienen un efecto real sobre la salud. No obstante, es necesario aclarar el concepto de “alimento funcional”. El término alimento funcional hace referencia a aquellos alimentos obtenidos por diversos procedimientos, con la característica particular de que alguno de sus componentes, sea o no nutriente, afecta a las funciones diana del organismo, de manera específica y positiva, y promueve un efecto fisiológico o psicológico más allá de su valor nutritivo tradicional. El efecto positivo de un alimento funcional puede ser tanto su contribución al mantenimiento del estado de la salud y bienestar como la reducción del

riesgo de padecer una determinada enfermedad (Diplock y col., 1999). Un alimento funcional puede ser un alimento natural o modificado (alterado, añadiendo o eliminando uno o varios de sus componentes) o una combinación de ambos. Además, puede ser funcional para la población en general o para grupos particulares de la población, definidos por sus características genéticas, sexo, edad u otros factores. Así se obtienen siguiendo alguna de las siguientes estrategias o sus combinaciones (Roberfroid 2000; 2002):

1. Eliminando componentes perjudiciales presentes en el alimento (ej. alergenos)

2. Incrementando la concentración de un componente presente de forma natural en el

alimento hasta unos niveles en que pueda inducir los beneficios esperados (ej. enriquecimiento con micronutrientes como el hierro) o incrementando la concentración de una sustancia no nutritiva hasta niveles en que se conoce su efecto beneficioso.

3. Añadiendo un componente que no está presente de forma natural en el alimento y que no

es necesariamente un macronutriente o un micronutriente, pero cuyos efecto beneficiosos son reconocidos (ej. prebióticos, antioxidantes no vitamínicos).

4. Sustituyendo un componente, generalmente un macronutriente (ej. grasas), cuyo consumo

excesivo tenga efectos perjudiciales por un componente de reconocido efecto beneficioso (ej. inulina).

5. Incrementando la biodisponibilidad o estabilidad de un componente que se sepa que es

capaz de producir un efecto funcional o reducir un potencial riesgo de enfermedad del propio alimento (ej. añadiendo vitamina C para mejorar la biodisponibilidad del hierro). Debido al creciente interés en el concepto de “Alimentos Funcionales” y en las “Alegaciones de Salud”, la Unión Europea ha creado una Comisión Europea de Acción Concertada sobre Bromatología Funcional en Europa (Functional Food Science in Europe, FUFOSE). El programa ha sido coordinado por el Instituto Internacional de Ciencias Biológicas (Internacional Life Sciences Institute (ILSI) Europe), y su objetivo es desarrollar y establecer un enfoque científico sobre las pruebas que se necesitan para respaldar el desarrollo de productos alimenticios que puedan tener un efecto beneficioso sobre una función fisiológica del cuerpo y mejorar el estado de salud y bienestar de un individuo y/o reducir el riesgo de que desarrolle enfermedades. La posición que defiende el informe es que los alimentos funcionales deberían presentarse en forma de alimentos de consumo habitual, y que se deben demostrar sus efectos en las cantidades que normalmente se consumirían en la dieta. Por tanto, es necesario poner en práctica las conclusiones y principios del programa FUFOSE. Por ello, se creó un nuevo programa de Acción Concertada de la Comisión Europea, el Proceso para la Valoración de Soporte Científico de las Alegaciones con respecto a los Alimentos (Process for the Assessment of Scientific Support for Claims of Foods, PASSCLAIM), que tiene como objetivo resolver los

temas relativos a validación y verificación científica de alegaciones y la información al consumidor (Aggett y col., 2005), las cuales aparecen recogidas en la Tabla 10.

Tabla 10. Criterios consensuados para la comprobación científica de la declaraciones nutricionales en el ámbito de al Unión Europea (PASSCLAIM)

1. El alimento o componente del alimento al cual se atribuye un efecto beneficioso debe ser caracterizado

2. La comprobación de una declaración nutricional debe estar basada principalmente en datos obtenidos en estudios de intervención en humanos. El diseño de los estudios de interve nción debe incluir las siguientes consideraciones:

a. Los grupos de estudio deben ser representativos de la población a la cual va destinado el alimento funcional

b. Deben establecerse unos grupos control adecuados

c. La duración de la intervención t el seguimiento deben ser adecuados para demostrar el efecto propuesto

d. Debe caracterizarse la dieta habitual de los participantes así como los aspectos más relevantes de sus hábitos de vida.

e. La cantidad de alimento o componente activo debe ser consecuente con el modo propuesto de consumo.

f. Ha de tenerse en cuenta el efecto de la matriz del alimento así como el contexto dietético del efecto funcional del componente activo

g. Comprobación de la conformidad con la ingesta del alimento o componente activo bajo examen.

h. Ha de considerarse el poder estadístico para el contraste de la hipótesis

3. Cuando un efecto beneficioso no puede evaluarse de forma directa, los estudios de intervención deben emplear (bio) marcadores. Estos deben ser:

- Biológicamente válidos. Para ello, su relación con le efecto final y su variabilidad dentro de la población deben ser conocidas.

- Deben ser metodológicamente válidos en cuanto a sus características analíticas

4. En u estudio de intervención, la variable estudiada debe cambiar de un modo estadísticamente significativo y el cambio observado debe ser biológicamente relevante de acuerdo a la declaración nutricional que se pretende apoyar.

5. Una declaración nutricional debe ser comprobada científicamente considerando la totalidad de los datos obtenidos.