1. Estado de la cuestión: Revisión crítica del estado de la cuestión en LpFE
1.6. El papel de los conceptos de comunidad de prácticas y de género en los enfoques de LPFE
1.6.1. El concepto de “comunidad de prácticas” y su papel en los enfoques de LPFE
En este apartado nos proponemos llevar a cabo una revisión del concepto de comunidad de prácticas y ofrecer unas reflexiones tanto acerca del modo en que se ha venido aplicando al campo de EpFE como de las consecuencias que se han derivado.
El concepto de “comunidad de prácticas” fue desarrollado por Lave y Wenger (1991) en el contexto de estudios sobre el aprendizaje situado, que se entiende que tiene lugar en todo contexto, incluyendo el laboral (Roberts 2006). La definen como un sistema de
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relaciones entre gente, actividades y el mundo, que se desarrolla a lo largo del tiempo y que lo hace en relación con otros (1991: 98). Además, se desarrollan alrededor de cosas que le importan a la gente (Wenger, 1998), de un propósito común (Eckert 2006). Wenger (2000: 227-228) distingue tres formas de pertenencia o participación en estas comunidades (a las que denomina sistemas de aprendizaje social): implicación (engagement), imaginación (imagination) y alineamiento (alignment).
Wenger (1998), citado en Roberts (2006), identifica tres dimensiones a partir de las cuales las prácticas de estas comunidades dotan a las mismas de coherencia: a) los miembros de la comunidad establecen unas normas y relaciones al interactuar entre ellos y, de este modo, crean un compromiso entre ellos (mutual engagement), b) los miembros establecen lazos de unión entre ellos a partir de un sentido de propósito compartido (joint entrerprise) y c) los miembros producen a lo largo del tiempo un repertorio compartido de recursos comunes que incluyen, por ejemplo, lengua, rutinas, objetos e historias.
Entendemos que de esas normas y relaciones al actuar puede, desde luego, derivarse la estructura estándar atribuida por tantos autores a eventos o actividades de una comunidad de prácticas. Este aspecto, por otra parte, puesto en relación con la referencia a un “repertorio compartido de recursos comunes” entre los que se incluye la lengua allana el camino a concebir un concepto de género propio de una comunidad de prácticas. Para Fox (2000), la idea de una comunidad de prácticas tal como la plantean Lave y Wenger (1991) es compatible con entender que las organizaciones están constituidas por numerosas comunidades de prácticas, e implica un grupo de personas envueltas en una práctica compartida. El problema, para nosotros, es doble: por un lado, reducir en la práctica esta cuestión al aspecto discursivo convencionalizado; por otro, reducir el concepto de organización al de conjunto de comunidades de prácticas.
Creemos que eso es exactamente lo que nos encontramos en los enfoques actuales. Wenger, no obstante, pese a incluir entre los numerosos rasgos que Wenger atribuye a una comunidad de prácticas un discurso compartido que refleja una determinada perspectiva del mundo, se desmarca de la postura de Fox y otros autores al afirmar que “a community of practice need not be reified as such in the discourse of its participants” (1998: 125), entendiendo como “reificación” el proceso de dar forma a la experiencia a través de la producción de objetos (Wenger ,1998: 58).
Wenger (Wenger y Snyder, 2000) insiste con claridad en una serie de puntos. Insiste, en primer lugar, en que las comunidades de prácticas son grupos de personas unidas por lazos informales a partir de su pasión y del conocimiento compartido en relación con
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algún tipo de propósito u objetivo (2000: 139). En segundo lugar, en que este tipo de comunidades no son prevalentes en las organizaciones, y en que no es fácil integrarlas en el resto de la organización o gestionarlas desde esta (2000: 140). En tercer lugar, en que son de naturaleza orgánica, espontánea e informal (2000: 140, 142, 143). En cuarto lugar, en que sus miembros las integran de forma voluntaria (2000: 142). Y por último, en que pueden funcionar a partir de prácticas cuyo seguimiento puede ser muy relativo (2000: 139, 140). Sin embargo, como vamos a seguir viendo, alguno o hasta todos estos apectos esenciales del planteamiento de Wenger han sido pasados por alto.
Para Eckert (2006), una comunidad de prácticas es un conjunto de personas que a) establece un compromiso mutuo en persecución de un propósito o esfuerzo (endeavor) compartido, b) emerge en respuesta a posiciones o intereses compartidos, c) juega un papel importante en el modo en que sus miembros participan en ella y se orientan entre sí y en relación con el mundo, d) provee un vínculo entre personas, grupo y lugar en un sentido social amplio y e) proporciona un contexto/setting en el que, a partir de ese vínculo, emerge una práctica lingüística.
En este último punto tenemos, de nuevo, un vínculo directo entre el concepto de género propio de una comunidad de prácticas. El mismo recurrente problema.
Como la propia autora recoge, el constructo de comunidad de prácticas fue acogido dentro del campo de la Sociolingüística como un modo de teorizar sobre el lenguaje y el género.
“The value of the notion communities of practice to Sociolinguistics and Linguistic Anthropology lies in the fact that it identifies a social grouping not in virtue of shared abstract characteristics (e.g. class, gender) or simple co- presence (e.g. neighborhood, workplace), but in virtue of shared practice. In the course of regular joint activity, a community of practice develops ways of doing things, views, values, power relations, ways of talking. And the participants engage with these practices in virtue of their place in the community of practice, and of the place of the community of practice in the larger social order. The community of practice is thus a rich locus for the study of situated language use, of language change, and of the very process of conventionalization that underlies both.” (Eckert, 2006).
Para Eckert, el concepto de comunidad de prácticas ofrece de este modo una perspectiva diferente a la que ofrece el de comunidad discursiva (speech community) para entender la heterogeneidad lingüística a partir del contexto, pues en este último caso se contempla esa heterogeneidad a partir de una población definida con criterios geográficos y estructurada mediante categorías sociales básicas y amplias, como género, edad, clase, raza o etnia, criterios que no ve adecuados para el caso de las comunidades de prácticas. Distinguir de este modo comunidades de prácticas y
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comunidades discursivas permite desligarlas conceptualmente en relación con su campo de acción, pero permite asimismo equipararlas en todo lo demás: dos perspectivas diferentes sobre un mismo fenómeno, lo que lleva, como veremos, a autores como Martín Peris y Sabater a poder entenderlas como equivalentes a efectos de su planteamiento.
Para Ezeiza (2012), “los usos especializados del lenguaje responden a la configuración social, a las áreas de interés, a los objetivos, a las actividades y a las formas de comunicación de una comunidad de práctica articulada en torno a un área de conocimiento, una disciplina o una profesión determinadas” y, “por lo tanto, vienen necesariamente ligados a la actividad académica o profesional.” Apoyándose en Swales (1990), entiende que las comunidades de práctica son grupos sociales constituidos con el fin de desarrollar un conocimiento especializado y unas actividades específicas, y tienen una proyección social reconocida, mecanismos de intercomunicación entre sus miembros, unas convenciones y usos lingüísticos específicos y una estructura social interna en la que participan miembros con diferentes niveles de experticia” (Swales, 1990: 24-27).
El punto de vista reduccionista de este autor sobre la naturaleza de las comunidades de prácticas se pone de manifiesto en algunas de sus afirmaciones. En una de ellas, sostiene que “la mayor parte de las actividades humanas caracterizadas por unas formas de comunicación especializadas y unos usos idiosincrásicos del lenguaje tienen una vinculación más o menos directa” con algún área disciplinar de la estructura de los estudios universitarios o profesionales, lo que establece una equivalencia directa entre estas comunidades y las discursivas. En otro momento, señala Ezeiza que las comunidades de práctica generan y comparten un discurso distintivo; por lo que afirma, citando a Cassany, que comparten también “un grupo determinado de géneros discursivos” y, en consecuencia, habrían accedido al conocimiento que éstos aportan y a las prácticas comunicativas y sociales que establecen” (Cassany, 2006: 25). Como vemos, en su planteamiento establece la relación (que estamos identificando como recurrente entre diversos autores) de “usos especializados del lenguaje”, “géneros discursivos” y “comunidad de prácticas”, lo que hace que esos usos se encuentren “necesariamente ligados” a una actividad académica o profesional. Nos llama también la atención que la afirmación se realice de forma directa tanto con el campo académico como con el profesional.
Martín Peris y Sabater (2011: 20) anuncian que utilizan los términos “comunidad de prácticas” y “comunidad discursiva” de forma indistinta, pues “se trata de dos conceptos muy próximos y que remiten a una misma realidad”. John Johns, sin embargo, las
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diferencia. Para Johns, aunque el término “comunidades de práctica” hace referencia a géneros y a léxico, la hace especialmente a las numerosas prácticas y valores que mantienen unidas a las comunidades o las distinguen de otras (Johns, 1997: 500). Citando a Geertz (1983), Johns afirma que las comunidades de prácticas se entienden como complejas agrupaciones de personas que comparten géneros, lengua, valores, conceptos y maneras de ser. “Comunidad discursiva”, por su parte, pone el énfasis en “textos y lenguaje, los géneros y el léxico que permiten a los miembros (de la comunidad) (…) mantener sus objetivos, regular su pertenencia (a la comunidad) y comunicarse eficientemente los unos con los otros” (Johns, 1997).
Esta apreciación ayuda a poner de relieve lo que hacen Martín Peris y Sabater (si bien no solo ellos) con la relación directa que establecen entre una y otra comunidad: la reducción del sentido de comunidad de prácticas (un sentido ya bastante reducido de por sí) al limitarlo a uno de sus aspectos. En cualquier caso, también es llamativo que Johns haga depender la capacidad de comunicación eficiente entre los miembros de aspectos como textos y géneros. Nos preguntamos qué entiende este autor por “comunicación” y, del mismo modo, nos planteamos qué entendemos nosotros y la necesidad de establecerlo de forma inequívoca a efectos de este trabajo de investigación.
Nosotros entendemos que el concepto de “comunidad de prácticas” puede subsumir el de “comunidad discursiva”, pero no a la inversa, y que una equiparación entre ambos puede empobrecer el primero limitándolo a la realidad aludida por el segundo.
La caracterización que hace Swales (1990) de “comunidad discursiva”, creemos, la hace muy fácilmente compatible con la que hace de comunidad de prácticas, y facilita una interpretación restrictiva de esta última, en la línea de lo apuntado por Johns. Para Swales (1990: 24-27), una “comunidad discursiva” se caracteriza por a) tener un conjunto consensuado de objetivos comunes, b) poseer mecanismos de comunicación entre sus miembros (como newsletters o revistas), c) utilizar unos determinados géneros propios, d) utilizar mecanismos de participación con fines informativos y de retroalimentación, e) contar con un léxico específico y d) contar con un nivel o umbral de acceso a la comunidad basado en el nivel de dominio del contenido y discurso propios.
Si relacionamos “comunidades de prácticas” con “comunidades discursivas” y a estas con “géneros”, establecemos una relación directa (y para nosotros inoportuna) no solo entre ellas, sino también entre los géneros y las primeras.
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Otra de las cuestiones que hemos identificado como problemáticas en los enfoques analizados es la relación establecida entre los conceptos de comunidad de prácticas y de organización, que parece sugerir una equivalencia casi directa. Aunque debemos profundizar en el concepto de organización antes de aventurar una postura definitiva al respecto, queremos dejar constancia aquí de que, como recoge Roberts (2006), las comunidades de prácticas tal como las entienden Lave y Wenger (1991) emergen espontáneamente; las condiciones para su aparición pueden ser favorecidas (Brown y Duguid, 2001) o, una vez establecidas, pueden ser aprovechadas estratégicamente (Wenger et al., 2002; Saint-Onge y Wallace, 2003) para crear valor o mejorar el rendimiento (Lesser y Storck, 2001), pero no pueden ser establecidas de forma premeditada. Wenger las entiende como una forma suplementaria de organización (Wenger y Snyder, 2000; Wenger et al., 2002).
Desde este punto de vista, por tanto, la identificación de comunidad de prácticas con organización (en el sentido general de “empresa”) y el consiguiente trasvase de características de la primera a la segunda es no solo equivocado y desaconsejable, sino contraproducente; muy especialmente por lo que se refiere a los riesgos asociados a establecer una suerte de transitividad de la igualdad (si dos cosas son equivalentes a la misma cosa, entonces todas esas cosas son equivalentes entre sí) entre tres conceptos diferentes: si las comunidades de prácticas son comunidades discursivas y las organizaciones son comunidades de prácticas, entonces las organizaciones son comunidades discursivas. Conclusión perfecta para quien quiera entender el Español de Negocios desde una perspectiva esencialmente lingüística (más o menos amplia, pero sustancialmente lingüística).
A fin de separar conceptualmente los conceptos de comunidades discursivas y de prácticas, proponemos conceptualizar estas últimas de forma que la relación entre ambos conceptos sea posible pero no directa. En este sentido, una definición apropiada de “comunidad de prácticas” podría ser la siguiente de Jubert (1990): “a flexible group of professionals, informally bound by common interests, who interact through interdependent tasks guided by a common purpose thereby embodying a store of common knowledge” (1999: 166).
A fin de distinguir los conceptos de comunidades de prácticas y de organización, no obstante, tendremos que esperar a profundizar bastante en el segundo. Nuestro objetivo en este apartado ha sido llamar la atención sobre uno de los factores que, a nuestro juicio, contribuyen a la confusión conceptual en este campo y a la dirección en que se está desarrollando. Este factor, como hemos visto, encuentra su origen en una casi equivalencia entre conceptos solo parcialmente afines (comunidad de prácticas,
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comunidad discursiva, organización) y en las consecuencias derivadas de la misma; muy especialmente, un reduccionismo “biased” hacia el análisis y tratamiento lingüístico de las realidades representadas. La inclusión del concepto de “género” en este juego de equivalencias es un segundo factor de peso cuyo concurso, además de permitir un aparente enroque teórico más profundo de los enfoques mencionados, acelera y amplía las consecuencias sobre las que venimos llamando la atención. Hablemos, pues, del concepto de género.