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2. MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL

2.2. CONCEPTO DE ADOLESCENCIA

2.2.1. Concepto de adolescencia, generalidades.

Para la Organización Mundial de la Salud (OMS, 1996), define la adolescencia como la etapa que transcurre entre los 10 y 19 años, considerando dos fases, la adolescencia temprana entre los 10 y 14 años y la adolescencia tardía entre los 15 y 19 años. Siendo una etapa que psicológicamente coincide con la etapa post puberal de la adolescencia, las cuales están ligadas a los procesos de interacción social, definición de identidad y la toma de responsabilidad. (OPS, 1994). Sin embargo, se debe tener en cuenta que el establecimiento de rangos de edades es

determinado en cada país, de acuerdo con capacidad legal para adquirir obligaciones que busquen producir efectos jurídicos y ejercer derechos políticos como elegir o ser elegido.

En la etapa de la adolescencia como tránsito hacia la adultez, se genera grandes cambios en el desarrollo de la identidad biológica, sexual, psicológica o mental y social de la persona, en los cuales se espera el establecimiento de relaciones de pareja, la separación de la familia de origen, la posibilidad de individualización de la persona y la elección vocacional y laboral. (Urzúa, 1997) Frente al proceso individualización del adolescente, este deberá integrar las experiencias del pasado, adaptarse al presente y pensar en su futuro, lo que conlleva a que tenga constantes cambios de estado de ánimo, debido en gran parte a la personalidad desarrollada en el medio familiar y cultural del adolescente. (Blaya & Macià, 1980).

Teniendo en cuenta que la familia como institución social, se permite entender la familia como un sistema constituido por una red de relaciones, que responde a necesidades biológicas y psicológicas inherentes a la supervivencia humana. El funcionamiento de la familia debe garantizar tanto el desarrollo individual como la de cada uno de sus miembros como el de la totalidad del grupo y del contexto socio cultural donde opera. La familia en su crecimiento y evaluación atiende las demandas internas de dichas partes, donde están conectadas y son permeables, permitiendo ajustes y reacomodo sin perder su identidad y estructura en las diferentes etapas de su desarrollo y las variables sociales que las determina. (Quitero, 1997)

La familia, se visualiza como un sistema abierto en interacción permanente, compuesto a su vez por subsistemas, el conyugal, fraterno y parentofilial y los otros según edad, sexo e interés. Cada individuo integrante de una familia es un sistema, compuesto a su vez de varios subsistemas, pero ambos conectados con el supra sistema (barrio, comunidad y sociedad en general).

En el proceso de individualización, es importante tener en cuenta que la infancia y la adolescencia, son poblaciones altamente receptivas frente a la imagen que sobre ellos se tienen. Los padres y familiares se convierten en los agentes mediadores privilegiados responsables del significado que se va dando al entorno durante la infancia. En la adolescencia es el ámbito público, el que va teniendo más relevancia, el grupo de iguales, la escuela, el barrio y los medios de comunicación son los espejos de estas personas preocupadas por encontrar su imagen e identidad social. (Millán, 2008)

Frente a los cambios presentados en la construcción de dicha identidad, para que el adolescente alcance el tránsito a la adultez; se encuentran los biológicos y sexuales presentando cambios físicos y hormonales, en relación al aspecto emocional comienza a conseguir su autonomía individual como adulto y el desarrollo del pensamiento abstracto. En el aspecto social, como se analizó en la primera parte en el concepto de juventud, están asociados a procesos sociales los cuales son independientes en cada individuo, se debe tener en cuenta las debilidades en los diferentes procesos formativos como son los inadecuados sistemas escolares, secularización de la sociedad y la inestabilidad de las estructuras familiares que dificultan este proceso. (Urzúa, 1997).

En la actualidad los roles desarrollados socialmente por los y las adolescentes, son muy cuestionados, ya que las necesidades individuales y sociales son distintas y diversas, por tal motivo los conocimientos que deben aprender y desarrollar, deben ser útiles para la vida diaria y afines con sus necesidades e intereses. Las competencias, deben enfocarse a la resolución de conflictos, lo cual deberán desarrollar su capacidad crítica para la toma decisiones. Los procesos formativos deben brindar habilidades para resolver situaciones de la vida diaria para lo cual los conocimientos deberán abordar temáticas como valores sociales, la cualificación laboral y la ética del trabajo, la paternidad y la prestación de cuidados. (UNICEF, 2002).

2.2.2. Concepto de adolescencia, en la legislación Colombiana.

Como se mencionó anteriormente, los rangos de edad establecidos para la población de los y las adolescentes está dado por la legislación de cada país, para el caso de Colombiana la capacidad jurídica se refiera a la aptitud de una persona para ser titular de derechos y obligaciones; en el caso de los adolescentes de ejercer efectivamente los primeros y los segundos de responder jurídicamente por sus actos y acciones. La capacidad, está relacionada con la voluntad, entendiéndose esta como la facultad psíquica que tiene una persona para tomar una decisión entre realizar o no un determinado acto de forma voluntaria, dependiendo directamente de la intención de realizarlo mediante un acto en concreto.

Es de anotar que en relación a la capacidad y maduración social o del pensamiento por los y las adolescentes, ha sido ampliamente discutido debido a que la mayoría de los delitos son cometidos por los menores de edad, quienes para algunos deberían ser responsabilizados como adultos, un ejemplo de ellos son los debates presentados en el Congreso de la República frente al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, lo anterior relacionado con estadísticas en donde se menciona el incremento de sicariatos, pandillas o robos en los cuales los menores de 18 años se escapan del juzgamiento penal por su corta edad evadiendo la justicia. Esta controversia en el Congreso ha llevado a que senadores como Roy Barreras del partido de la U afirme a que “la sociedad tiene derecho a defenderse de los jóvenes criminales, que se amparan en los derechos de los menores''. (García, 2010)

Sin embargo, hay que tener en cuenta que Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia, estableció el Sistema de Responsabilidad Penal para los menores de 18 años y mayores de 14 años, teniendo en cuenta la edad establecida en la Ley Colombiana (Ley 27 de 1977), en la cual instituye: “Para todos los efectos legales llámese mayor de edad, o simplemente mayor, a quien ha cumplido diez y

ocho (18) años”. La mayoría de edad permite el ejercicio de los derechos políticos así como la posibilidad de adquirir obligaciones civiles o actos jurídicos. (Ley 27, 1977).

Por otra parte la Convención de Derechos del niño, en la primera parte, establece en el artículo primero que: “Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”.

Por lo anterior, este criterio para la presente investigación no es discutible, partiendo de las normas nacionales e internacionales que establecen el rango de edad para la adquisición de un conjunto de derechos de tipo social, económicos, políticos, sociales, y económicos que deberán ser respetados por los Estados.