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CONCLUSIÓN DEL ANÁLISIS DE LA JUSTIFICACIÓN DE LA BAJA PRESENTADA POR VIABAL MANTENIMENT I CONSERVACIÓ S.A:

POLÍTICA MEDIOAMBIENTAL DE VIABAL S.A

CONCLUSIÓN DEL ANÁLISIS DE LA JUSTIFICACIÓN DE LA BAJA PRESENTADA POR VIABAL MANTENIMENT I CONSERVACIÓ S.A:

- Según Resolución nº 121/2012 del TACRC, de 23 de mayo de 2012: La experiencia en contratos similares al del objeto del contrato le confiere una flexibilidad en el aprovechamiento de sinergias con otros contratos similares, lo que les permite una máxima optimización de los recursos humanos y materiales con los correspondientes ahorros que permiten a la empresa ejecutar el contrato.

- La actual ley en su artículo 149, especifica que, sí que es condición suficiente para excluir una oferta, el no cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes, en aplicación de lo establecido en el artículo 201.

- Precios y costes:

Descompuestos: Los costes de mano de obra del Oficial 1ª y del peón especializado, que incluyen en las unidades, está por debajo del Convenio de aplicación.

Materiales: Presenta ofertas de pinturas de señalización vial horizontal y de unidades de señalización vertical pero no contempla el transporte.

Maquinaria: Presenta instalaciones con listado de maquinaria que dice tener amortizadas. Sin embargo, no presentan documentación que demuestre este aspecto. No tiene en cuenta otros gastos como el mantenimiento, inspecciones, seguros, parquing, combustible, etc…, que no menciona.

- La justificación incumple Convenio porque los costes hora de Oficial 1ª y peón especializado son inferiores.

No considera costes de locomoción. Tampoco explica dónde están otros gastos correspondientes a ofimática, telecomunicaciones, etc…

No detalla los costes que contempla de Gastos Generales y por qué. Solo indica que considera un 13% de Gastos Generales.

Consideran un 2,18 % de Beneficio Industrial.

Con respecto a las ofertas de pinturas de señalización vial horizontal y de unidades de señalización vertical no dice nada respecto al transporte. Parece que en los precios se ha omitido el transporte y por tanto no ha recogido los costes adecuadamente.

- En referencia a las Condiciones Especiales de Ejecución:

Indican realización de cursos de formación medioambiental, sin embargo, no dice nada al respecto y por tanto se desconoce la repercusión en este aspecto.

En las marcas viales, en referencia al contenido de componentes peligrosos en microesferas de vidrio utilizadas, que no contendrán arsénico, antimonio ni plomo en concentraciones individuales que superen las 200 ppm., no menciona nada, no lo aborda, por tanto, se desconoce la repercusión en este aspecto.

- En referencia al Pliego:

Tampoco menciona nada respecto al uso del GMAO y del BIM, sin embargo, no indica de qué forma ha tenido en cuenta su repercusión en la justificación.

Tampoco mencionan muchos de los medios técnicos mínimos que exige el Pliego y por tanto no sabemos cuál es su repercusión. Por tanto, no se puede comprobar el cumplimiento del Pliego en este aspecto.

Aunque en el Pliego de Condiciones hace referencia que en el caso de que el Delegado se ICCP, debe hacerse cargo el contratista, del coste del visado por 1 por mil del coste de PEM, no hace mención de este aspecto.

El mero hecho de disponer del stock suficiente en sus instalaciones de Marratxí de los materiales más solicitados, tanto para señalización horizontal, así como para señalización vertical, puede agilizar la ejecución de los trabajos, sin embargo, no detalla ni especifica en qué medida afectaría en su posible repercusión en los costes.

El hecho de tener en propiedad una planta de fabricación de los elementos de señalización vertical en Aranjuez (Madrid), no es motivo suficiente para justificar la viabilidad de su oferta. Aunque se trata de una ventaja, no indican de qué forma repercute en sus costes.

Indica que disponen de un Laboratorio de Control de Calidad en la fábrica. Indica también que dispone del Certificado de Calidad AENOR, con el nº de registro: ER- 0351/1997-005/00.

Aportan listado de los equipos disponibles en su Laboratorio de Control de Calidad.

El mero hecho de disponer de Laboratorio de Control de Calidad con equipos y certificado AENOR, no garantiza la viabilidad de su oferta. Por tanto, no queda demostrado este aspecto.

Respecto al Control de calidad indica el Pliego: Los gastos ocasionados por los ensayos serán con cargo al adjudicatario, pudiendo ascender los mismos hasta un 2% del presupuesto total, en concepto de control de calidad. Como no hace mención de ello en su justificación, no se puede comprobar si cumple el pliego en lo referente a este aspecto.

Indica en su justificación que dispone de un Sistema de Gestión Medioambiental (SGM) certificado conforme a la Norma UNE-EN ISO 14001.

Enumera de forma genérica una serie de REQUERIMIENTOS DE SOSTENIBILIDAD

También incluye su GUIA DE BUENAS PRÁCTICAS MEDIOAMBIENTALES

El mero hecho de indicar una serie de pautas de comportamiento en relación con los aspectos ambientales significativos, no garantiza la viabilidad de su oferta. Tampoco indica la posible repercusión en sus costes, por tanto, no queda demostrado este aspecto.

En referencia al Plan de Gestión de Residuos, no indica de qué forma contribuye a justificar su mejor oferta, o si lo ha repercutido en sus costes, por tanto, no queda demostrado este aspecto.

El mero hecho de indicar una serie de compromisos ligados al cumplimiento de obligaciones sociales y laborales, no garantiza la viabilidad de su oferta. Tampoco indica la posible repercusión en sus costes, por tanto, no queda demostrado este aspecto.

Indicar una serie de medidas de prevención y seguridad y salud de riesgos laborales, no garantiza la viabilidad de su oferta, si no se indica la posible repercusión en sus costes, por tanto, no queda demostrado este aspecto.

Incluir compromisos ligados al Plan de conciliación de la vida laboral y familiar del personal, no garantiza la viabilidad de su oferta, si no se indica la posible repercusión en sus costes, por tanto, no queda demostrado este aspecto.

Presentan certificados de calidad, Medioambiente y CO2 verificado. El mero hecho de disponer de certificados de calidad, medioambiente y CO2 verificado, no garantiza la viabilidad de su oferta, si no se indica la posible repercusión en sus costes, por tanto, no queda demostrado este aspecto.

Aporta certificados de buena ejecución en contratos similares (Anexo 2), lo que les permite una máxima optimización de los recursos humanos y materiales con los correspondientes ahorros que permiten a la empresa ejecutar el contrato.

Aporta cartas de compromiso de proveedores en las que no indican si el suministro de los materiales es en fábrica o a pie de obra. Por tanto, no se puede comprobar si se ha tenido en cuenta este aspecto.

Los argumentos presentados incumplen el convenio en materia de costes laborales y presentan incoherencias o no están bien definidos con respecto al Pliego como para concluir que se garantiza la viabilidad de la ejecución del contrato.

Por tanto, desde el punto de vista de la comisión técnica que emite el presente informe, la proposición económica incursa en valores anormales o desproporcionados presentada por la empresa, VIABAL MANTENIMENT I CONSERVACIÓ S.A., NO ha quedado debidamente justificada de forma suficiente al amparo del artículo 149 de la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Por todo ello y, en consecuencia,

LA COMISIÓN ACUERDA

Que ha quedado demostrado que los trabajos NO se pueden llevar a cabo por el precio ofertado.

En Palma, a 23 de noviembre de 2020.

La comisión técnica,

El Responsable de Mantenimiento de Obra Civil

D. Antonio Martín Vidal

El Jefe de la División de Conservación y Mantenimiento

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