El documento de análisis jurídico crítico para determinar la necesidad de la creación
de juzgados de paz en las zonas rurales y urbano marginales de Ibarra, se ha
estructurado en el presente proyecto de investigación, teniendo en cuenta un
beneficio considerable para la sociedad, y de esta manera contribuir con adecuado
ejercicio del derecho a acceder libremente a la justicia, en virtud del derecho a la
seguridad jurídica establecido en la Constitución de la República del Ecuador.
El aporte de la justicia de paz es evidente, ya que se enfoca en la superación del
problema de falta de acceso a la justicia ordinaria en el ámbito rural y urbano marginal
es notable. Frente a la débil y escasa respuesta de las instancias oficiales, no hay
duda de que ellos contribuyen a superar buena parte de las principales barreras.
Asumir que existen otras formas válidas de resolución de conflictos que no pasan
necesariamente por la mera aplicación de la justicia ordinaria con leyes y
reglamentos, en este precepto se basa la justicia de paz. Se enfatiza la aplicación de
la justicia de paz basándose en el respeto a los derechos fundamentales, cuidando
las formas adecuadas en aquellos casos en los que puedan producirse ciertas
tensiones con las prácticas culturales vigentes.
De la investigación y los resultados, se recomienda el establecimiento de mejores
políticas públicas de apoyo y promoción a este mecanismo comunitario de acceso a
la justicia, respetando la perspectiva de valores democráticos, derechos humanos y
fundamentales de género e inclusión social. Se debe prever la necesidad de
incrementar y desarrollar más información sobre la justicia de paz en el Ecuador
debido que la existente es muy escasa y no cubre totalmente todos los temas.
72
CONCLUSIONES GENERALES
La Justicia de Paz se ha desarrollado con el paso de los tiempos en diversos puntos
geográficos del mundo, como una forma más simple y rápida de administrar justicia
tomando en cuenta los principios de conciliación, equidad, resolución rápida de
conflictos y búsqueda de armonía social, para implementar la justicia de paz en sus
territorios.
El conflicto es una parte natural en la sociedad, al ser así, el hombre ha buscado
varias formas de solucionarlo, ideando una forma violenta y otra pacifica (entre las
pacífica se conoce la convivencia, como base del progreso humano y elemento
esencial para la interacción de los ciudadanos, implica una forma de asumir los
cambios sociales adaptados al normal desarrollo de las sociedades, donde la
organización comunitaria se constituye como medio para alcanzar una mejor calidad
de vida)
La Constitución vigente ha reconocido un sistema de administración de justicia más
cercano a la ciudadanía, más eficiente y más efectivo, capaz de mitigar la inoperancia
de la justicia ordinaria y la inaccesibilidad a los servicios de justicia que han afectado
directamente a la sociedad en el mejoramiento de sus condiciones de vida.
La justicia de paz otorga ventajas al sistema de administración de justicia en general,
pues permite la restitución del orden colectivo, solucionando conflictos de forma
rápida, generando satisfacción en los usuarios, frena la posibilidad de que muchos
conflictos menores comunitarios lleguen a ventilarse en la jurisdicción ordinaria, lo
que evita el exceso de trabajo jurisdiccional así como el consecuente represamiento
de causas y finalmente, fortalece las buenas costumbres comunitarias enmarcadas
en valores morales y principios éticos de convivencia
73
RECOMENDACIONES
En el Ecuador es necesaria la promulgación de una ley específica en la materia, que
contemple la existencia de juzgados de paz como órganos de administración de
justicia pertenecientes a la Función Judicial y adicionalmente dotar al Estado con un
cuerpo normativo técnico y jurídico específico que proporcione un camino directo
para la implementación de los juzgados de paz.
Tomando en cuenta que la justicia de paz es parte de la Función Judicial y un sistema
que debe ser impulsado desde la administración gubernamental se debe dar apertura
a espacios de socialización y promoción de este sistema de administración de justicia
con el fin de que la sociedad tenga conocimiento de sus beneficios para resolver los
diferentes conflictos que se presenten.
Como órgano gubernamental, el Consejo de la Judicatura debe promover e insistir
en la creación de juzgados de paz en todo el territorio nacional.
La justicia requiere también el involucramiento directo de otros actores sociales,
como los propios usuarios, profesionales del Derecho, instituciones académicas y la
sociedad en general para incentivar a través de la participación, la implementación
de juzgados de paz y lograr así un acceso real a la justicia.
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ANEXO I. PERFIL DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
"UNIANDES"
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA.
CARRERA DE DERECHO.
PERFIL DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN
DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.
TEMA:
“APLICACIÓN DE JUSTICIA DE PAZ PARA LA SOLUCION DE
CONFLICTOS INDIVIDUALES, COMUNITARIOS, VECINALES Y
CONTRAVENCIONALES EN LAS ZONAS RURALES Y URBANO
MARGINALES DE IBARRA”
AUTOR: VILLARREAL MONTENEGRO LUIS GERMÁN.
ASESOR: Ab. SOLÁ IÑIGUEZ MIGUEL LEONARDO. Mgs.
IBARRA – ECUADOR
2. DESARROLLO
Antecedentes de la Investigación.
La Justicia de Paz ha sido una institución que ha existido desde la antigüedad, haciéndose
presente primero en el continente europeo; y después en el continente americano.
En Europa, las primeras manifestaciones de la figura se produjeron, en Roma, donde los
llamados defensores civitatis y los jueces pedáneos ejercían funciones similares al del
Juez de Paz, pues su labor consistía en defender a las clases más desposeídas frente a las
instituciones municipales de ese tiempo
Posteriormente, esta figura aparece en Francia, con los llamados jefes de centena, los
mismos que se encargaban de solucionar conflictos de cuantía insignificante, utilizando
facultades conciliatorias; y es en este país en donde se les otorga dichas facultades y por
ende se configura en su totalidad la figura del Juez de Paz
La justicia de paz, entendida como una autoridad que resuelve conflictos de manera
directa, es una institución anterior a la independencia de los países latinoamericanos,
según se desprende del artículo 282 y 283 de la constitución de Cádiz que tipificaban:
Artículo 282“El alcalde de cada pueblo ejercerá en él el oficio de conciliador, y el que
tenga que demandar por negocios civiles o por injurias, deberá presentarse a él con este
objeto”
Artículo 283 “El alcalde con dos hombres buenos, nombrados uno por cada parte, oirá al
demandante y al demandado, se enterará de las razones en que respectivamente apoyen
su intención, y tomará oído el dictamen de los dos asociados, la providencia que le parezca
propia, para el fin de terminar el litigio sin más progreso, como se terminará en efecto, si
las partes se aquietan con esta decisión extrajudicial”
La Justicia de Paz en el Ecuador se podría decir que se desarrolla desde la época
Prehispánica, En esta época los conflictos eran expuestos ante los caciques de los pueblos
indígenas o en algunos casos las diferencias se solucionaban mediante la intervención de
los mayores ancianos. Durante la época Colonial se crearon instituciones como las
encomiendas, al defensor natural y el cabildo con el fin de dar un trato equitativo a los
indígenas, los clérigos actuaban como mediadores entre los criollos, indios y blancos
buscando la justicia y la paz; es decir, en esta época ya se manifestaba la aparición de los
Jueces de Paz, la situación del Ecuador, con respecto a los jueces de paz, es
consuetudinaria debido a que las personas encargadas de administrar justicia eran los
ancianos, los caciques de la época quienes fueron los que ejercían las funciones de un
juez, Posteriormente en la época Colonial, ya se encuentra figuras mejor constituidas de
lo que trata la Justicia de Paz, así aparecen instituciones como las encomiendas en las que
se retribuía un favor por otro, defensor natural, era la persona que tenía por finalidad
prestar asistencia jurídica en un conflicto, los cabildos quienes también prestaban apoyo
al momento de resolver un conflicto y los religiosos quienes eran los encargados de
mediar, con el fin de encontrar la justicia y la paz.
En el Ecuador, la legislación que reguló la rama judicial concedió a los alcaldes
atribuciones judiciales al mismo tiempo que los llamados jueces parroquiales según la
Ley Orgánica del Poder Judicial de 1861 encargó a los alcaldes municipales,
denominados también jueces de primera instancia, desarrollar el oficio de jueces
conciliadores y de Paz en materias civiles e injurias.
Sin embargo, la Justicia de Paz en el Ecuador apareció en la anterior Constitución Política
del Ecuador de 1998, con el objeto de solucionar en buena parte el problema de la
congestión de los despachos judiciales y para que la solución de las controversias se
alcance en niveles socialmente satisfactorios, al respecto en su artículo 191 dispuso que
se creen judicaturas de Paz, que se encarguen de conocer y resolver en equidad las
pequeñas causas y los conflictos vecinales y comunitarios. Sin embargo, cabe indicar que
la Justicia de Paz según la anterior Constitución, no tenía efectividad ya que nunca se dio
aplicación al principio constitucional por cuanto no se legisló ninguna ley o norma que
diera cumplimiento al mandato constitucional, como en la actualidad tenemos el Código
Orgánico de la Función Judicial.
La Justicia de Paz es una instancia de la administración de Justicia que resuelve los
conflictos individuales, comunitarios y vecinales procurando solucionar conflictos,
utilizando mecanismos de conciliación entre los miembros de una localidad
especialmente, en los sectores rurales del Ecuador, en la constitución de la República del
Ecuador actual encontramos tipificada la Justicia de Paz en su artículo 189, que expresa:
Artículo 189, Constitución. “Las Juezas y jueces de Paz resolverán en equidad y tendrán
competencia exclusiva y obligatoria para conocer aquellos conflictos individuales,
comunitarios, vecinales y contravenciones, que sean sometidos a su jurisdicción, de
conformidad con la ley. En ningún caso podrá disponer la privación de la libertad ni
prevalecerá sobre la justicia indígena. Las Juezas y jueces de Paz utilizarán mecanismos
de conciliación, diálogo, acuerdo amistoso y otros practicados por la comunidad para
adoptar sus resoluciones, que garantizarán y respetarán los derechos reconocidos por la
Constitución. No será necesario el patrocinio de abogada o abogado. Las Juezas y jueces
de Paz deberán tener su domicilio permanente en el lugar donde ejerzan su competencia
y contar con el respeto, consideración y apoyo de la comunidad. Serán elegidos por su
comunidad, mediante un proceso cuya responsabilidad corresponde al Consejo de la
Judicatura y permanecerán en funciones hasta que la propia comunidad decida su
remoción, de acuerdo con la ley. Para ser Jueza o Juez de Paz no se requerirá ser
profesional en Derecho”
El artículo 177 de la Constitución de la República del Ecuador determina que la Función
Judicial se compone de Órganos Jurisdiccionales, Órganos Administrativos, Órganos
Auxiliares y Órganos Autónomos que coadyuvan en el objetivo común de lograr una ágil,
eficiente y legitimada administración de justicia, los Juzgados de Paz forman parte de los
Órganos Jurisdiccionales en nuestro país
Cabe indicar que la Justicia de Paz en nuestro país tiene en definitiva el objeto
fundamental de lograr la justicia y garantizar la convivencia pacífica de los miembros de
la comunidad vecinal.
Para lo cual hay que señalar que la Justicia de Paz al ser reconocida como medida
alternativa de administrar justicia ayudará a descongestionar la justicia ordinaria, está
actualmente cuenta con un propio reglamento que determina los principios en los que se
basa, podemos decir que los individuos de las comunidades, barrios, vecindarios, tendrán
acceso a la justicia, es decir acercará a las personas la justicia en el caso de que se hayan
vulnerado sus derechos, mejorará la celeridad, los casos que se resuelvan por este medio
tendrán la característica de ser agiles y rápidos, eficiente, y también se buscara la
seguridad jurídica a la que se someten los procesos, la igualdad, entre otros. Las
situaciones sometidas a la Justicia de Paz serán únicamente los conflictos individuales es
decir entre particulares, conflictos comunitarios, los que se den entre grupos y que afecten
a parte de la comunidad, conflictos vecinales que suceden entre vecinos de la comunidad
y afecten a la convivencia, conflictos contravencionales excepto las de tránsito, logrando
así detallar de lo que se encargará la Justicia de Paz.
Los Juzgados de Paz tienen una característica especial o diferencia muy marcada con
respecto a la justicia ordinaria, porque la mayoría de Jueces de Paz que administran
justicia no son abogados; es decir, son personas naturales sin necesidad de conocimientos
legales, elegidas por su comunidad, barrio, parroquia, conjuntamente con el Consejo de
la Judicatura quienes se encargan de la selección y capacitación de los mismos.
Situación Problemática.
Una de las mayores preocupaciones que se ha suscitado en los últimos años en las zonas
rurales y urbano marginales de Ibarra ha sido los problemas constantes entre sus
pobladores, por motivos de deudas, peleas entre hermanos, esposos, y de familia,
conflictos por robos menores y a veces cometidos por adolescentes, entre otros, los cuáles
no han sido resueltos por cuanto a los habitantes de la parroquia les resulta difícil acudir
a los Órganos de Administración de Justicia, por los costos que representa y por las
distancias que hay que recorrer, lo que ha originado que los problemas suscitados
desemboquen en casos de violencia de mayor magnitud y en definitiva que se provoque
inseguridad ciudadana en esta comunidad. La Justicia de Paz puede resolver conflictos
individuales, comunitarios, vecinales o contravenciones que le sean competentes a su
conocimiento, tratando de llegar a la solución del conflicto entre las partes, partiendo del
diálogo y los acuerdos entre los mismos. El Juez de Paz, está obligado a proponer a las
partes distintas posibilidades de solución y si éstas no aceptan sus propuestas, aquel
dictará su resolución, guiado por el principio de equidad y la búsqueda de la justicia o
acción de dar a cada quien lo que le corresponde.
Como no se ha dado solución a los conflictos que se presentan entre los pobladores de las
zonas rurales y urbano marginales de Ibarra aquellos conflictos seguirán incrementando,
tomando en consideración que ello puede producir graves consecuencias sociales cuyos
afectados serán los pobladores más vulnerables, motivo por el cual se realizara un análisis
Jurídico, a fin de establecer que en las zonas rurales y urbano marginales de Ibarra existe
la necesidad de crear Juzgados de Paz, para cumplir con tal propósito en el presente
proyecto de investigación se realizará un estudio legal y doctrinario sobre las formas de
aplicación de la Justicia de Paz según la Constitución de la República del Ecuador, el
Código Orgánico de la Función Judicial, resolución 252-2014 del pleno del Consejo de
la Judicatura, y demás cuerpos legales, contribuyendo además a ser un nuevo referente
de la justicia de Paz en el Ecuador, ya que en nuestro país éste es uno de los aspectos
jurídicos más recientes, y novedosos que aún no se aplican con efectividad en la sociedad
ecuatoriana.
Problema científico
¿Cómo contribuye la creación de Juzgados de Paz para la disminución y solución de los
conflictos individuales, comunitarios, vecinales y contravencionales en las zonas rurales
y urbano marginales de Ibarra?
Objetivo de la Investigación y Campo de Acción
Objeto de la investigación: La implementación de un Juzgado de Paz como instancia
alternativa para la solución individuales, comunitarios, vecinales y contravencionales en
apego a la ley.
Campo de acción: La creación de un Juzgado permitirá la solución de conflictos
individuales, comunitarios, vecinales y contravencionales dentro de las zonas rurales y
urbano marginales de Ibarra.
Identificación de la Línea de Investigación:
En el tema propuesto la línea de investigación guarda relación de acuerdo a los resultados
del análisis realizado por la dirección de investigación de la UNIANDES, sobre: Retos,
perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en Ecuador: El ordenamiento
jurídico ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales
Objetivo General
Elaborar un documento de análisis crítico jurídico para determinar cómo contribuye la
creación de Juzgados de Paz para la disminución y solución de los conflictos individuales,
comunitarios, vecinales y contravencionales en las zonas rurales y urbano marginales de
Ibarra.
Objetivos Específicos