El anteproyecto de reforma de ley para que se tipifique y sancione el ciberacoso en
el Código Orgánico Integral Penal, para garantizar el derecho a la intimidad de las
personas, así como los derechos constitucionales a la seguridad jurídica y tutela
judicial efectiva. Principalmente se enfocó la propuesta de reforma, en la normativa
vigente, en apego a la Constitución de la República del Ecuador, procurando el
debido proceso.
La tecnología ha avanzado y con ella, han aparecido nuevas conductas contrarias a
la Ley, conforme a los datos estadísticos y los criterios recogidos, el ciberacoso es
un problema alarmante, que ha alcanzado niveles sorprendentes y que afecta a la
sociedad en general, por lo que normar y sancionar esta conducta resulta urgente.
En la actualidad no existe una normativa específica y adecuada para sancionar
adecuadamente y de manera individualizada el delito de ciberacoso, tomando en
cuenta sus circunstancias y condiciones particulares, situación que vulnera el
derecho a la seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva.
La propuesta elaborada, tomó en cuenta la problemática identificada, así como los
factores implícitos, de tal manera que, a través del análisis doctrinario y teórico de los
conceptos principales, así como el análisis de los resultados obtenidos a través de la
aplicación de la técnica de la encuesta, una vez que se identificó la existencia e
índices del problema, fue elaborada la propuesta de reforma legal explicita y acorde
a las necesidades de la sociedad.
CONCLUSIONES GENERALES
El ciberacoso a través de las redes sociales es un fenómeno real que vive la sociedad
ecuatoriana, con actos que violan derechos reconocidos en la Constitución de la
República, como la intimidad, privacidad el honor y el buen nombre; el derecho a la
igualdad, bienes que deben protegerse en todos los ámbitos en que se desenvuelve
el ser humano, incluyendo el de la comunicación.
La tecnología conforme ha ido avanzando, se ha salido de las manos del control, y
es justamente ahí donde ha generado inconvenientes, como es el ciberacoso, el
medio empleado para perpetrar esta clase de conductas, hace difícil su investigación,
persecución y sanción, en el mundo de la red es difícil determinar que es real y que
no lo es, así como saber a ciencia cierta quien está detrás una página, un blog o una
red social, prestándose esto, para un sinnúmero de actividades ilegitimas
Si bien el Código Orgánico Integral Penal es relativamente nuevo, y establece
conductas y figuras nuevas, así como a tipificado delitos que si bien se asemejan a
otra conductas merecen ser distinguidas e individualizado su procedimiento y
sanción, el ciberacoso no ha sido considerado, para su tipificación y sanción
individual, esto deviene en un problema grave, ya que las víctimas de este delitos y
la sociedad en general, se hallan en la indefensión e impunidad, ya que hasta el
momento ninguna conducta tipificada existente es capaz de cubrir este delito.
Cualquier persona puede ser víctima de ciberacoso, no se distingue edad o sexo y al
encontrarse el delincuente oculto tras un medio electrónico, le facilita su actuar y no
le restringe de límites, la crueldad y desbordada maldad son permisibles, siendo la
conducta más común la exhibición de una persona, de su vida privada, mediante una
foto, una publicación, proporcionando su información, extorción u otros tipos que
urgen ser tipificados para su correcta represión y adecuada sanción.
RECOMENDACIONES
El estado como lo establece la Constitución de la República del Ecuador debe
promover la protección y vigencia de los derechos reconocidos en la Constitución de
la República del Ecuador, para todos los ciudadanos por igual, mediante organismos,
instituciones, mecanismo y medios idóneos, especialmente concentrándose en la
prevención, políticas, publicas, campañas y recursos tendientes a controlar el acceso
a la información y el manejo adecuado de los medios electrónicos.
La Asamblea Nacional como organismo legislativo, debe vigilar la vigencia, respeto,
promoción y garantía de los derechos establecidos en la Constitución de la República
del Ecuador, a través de normas adecuadas, que satisfagan las necesidades de la
sociedad, por lo que ha de observar la evolución y cambios de la misma ante nuevas
figuras, en este caso establecer sanciones adecuadas e individualizadas para el
ciberacoso.
Los proveedores y administradores de sitios web y redes sociales deben procurar
mayor control en el acceso y registro a los mismos, así como corregir y bloquear
conductas ilegales o dañinas, ejercer una mayor vigilancia en cuanto al contenido y
contribuir con la administración de justicia, de ser el caso para facilitar la investigación
y sanción de los delitos cometidos a través de la red.
La sociedad en general, cada persona ha de actuar con prudencia y cuidado, y
emplear las redes sociales y medios electrónicos adecuadamente y procurar en lo
posible no revelar datos personales, ha de observar la norma, que se presume de
conocimiento general, interesarse e informarse sobre la legislación vigente, y
denunciar las conductas contrarias a la Ley, de esta manera contribuir con una
adecuada administración de justicia y el desarrollo del país.
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ence=4
ANEXO I. PERFIL DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
PERFIL DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN
DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
“PROTECCIÓN JURÍDICA DEL DERECHO A LA INTIMIDAD PERSONAL
ANTE EL CIBERACOSO”
AUTOR: VASQUEZ JUMA MARLON JAVIER
TUTOR: DR. DIEGO CHAMORRO
IBARRA – ECUADOR
2016
2. DESARROLLO
Antecedentes de la Investigación
En el trabajo realizado por la Autora Pantoja en el año 2010, titulado El ciberacoso y la
prostitución a través de medios informáticos en la legislación ecuatoriana, en la Facultad
de Jurisprudencia de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador; estableció que: “El
ciberacoso es voluntarioso e implica un daño recurrente y repetitivo infligido a través del
medio del texto electrónico”. (Pantoja, 2010, pág. 38)
En esta publicación se realiza un análisis doctrinario y legal de las conductas del
ciberacoso y la prostitución a través de medios informáticos; aquí la autora enfoca el
análisis de las características de la conducta del acoso en relación a los delitos
informáticos y la influencia de estos últimos sobre el ejercicio de la prostitución,
principalmente destaca la influencia del ciberacoso como una de las nuevas formas de
ciberdelito; Finalmente en esta tesis se pone de manifiesto la necesidad de proteger a las
víctimas de los delitos informáticos.
La autora Varela en el año 2012 realizó una investigación titulada Violencia,
Victimización y Cyberbullying en adolescentes escolarizados/as: una perspectiva desde
el Trabajo Social, en la Facultad de Ciencias Sociales Departamento de Trabajo Social y
Servicios Sociales de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.
En esta investigación la autora respecto del ciberacoso nos pone de manifiesto que: “Este
tipo de acoso consiste en la utilización de medios electrónicos para dañar, intimidar y
maltratar a otros, siendo internet y el teléfono móvil, los dispositivos más utilizados para
estos fines”. (Varela, 2012, pág. 167)
En este trabajo se realiza un análisis doctrinario a cerca de la influencia de los medios
electrónicos dentro de la sociedad, partiendo de un estudio de las características de las
víctimas de la conducta del acoso; además se establece un diagnóstico de la 14 influencia
de los delitos cibernéticos y de las consecuencias de la combinación entre acoso y
ciberdelito; esto con el objeto de determinar que conductas son lesivas y cuál es su
incidencia en la sociedad.
Las autoras Pesantes y Quirola, en el año 2012 realizaron una investigación titulada
Estudio del acoso escolar entre Pares, con el uso de la Tecnología (Ciberbullying), en la
Facultad de Psicología de la Universidad de Cuenca.
En esta investigación, las autoras emplean el término ciberbullying, y al respecto
manifiestan que ha sido tomado del inglés, y para su uso en idioma español, se puede
emplear dicho término en inglés o su traducción como ciberacoso. Al respecto establecen
que: El ciberacoso puede ser tan simple como continuar mandando e-mails a alguien que
ha dicho que no quiere permanecer en contacto con el remitente. Así como también, el
ciberacoso puede incluir amenazas, contenido con claras connotaciones sexuales o
etiquetas peyorativas. (Quirola Pesantes, 2012, pág. 30)
Se trata de un trabajo en el cual se analiza la conducta del acoso efectuado a través del
uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación Social; aquí se toma en cuenta
principalmente a los sujetos que hacen uso de las redes de datos, pues el autor dentro de
su objeto de estudio ha delimitado su análisis a este sector de la sociedad ecuatoriana;
para el efecto ha señalado varias definiciones en relación al ciberacoso, como la citada
anteriormente, además de la presentación de los factores que lo producen y la posterior
incidencia de esta conducta dentro de las víctimas, sin dejar de lado además las valiosas
recomendaciones que ha sugerido; entre ellas la regulación adecuada por parte del Estado
en relación a esta conducta.
La investigación llevada a cabo por los autores Rodas, Vásquez y Zhiminaycela en el año
2013, titulada Características del ciberbullying en los estudiantes de la unidad educativa
César Dávila Andrade, de la Escuela de Medicina de la Universidad de Cuenca delimita
que: Entre las acciones que proliferan cada vez más en la red está el cyberbullying o
ciberacoso, entendido éste como la consecución de comportamientos agresivos e
insultantes contra una persona a través de las tecnologías interactivas, básicamente
Internet y la tecnología móvil. (Rodas, Vasquez, Zhiminaycela, 2014, pág. 16)
Este es un trabajo en el cual el autor realiza un análisis psicosocial de la personalidad de
los individuos en relación a la conducta del ciberacoso, en el que define las características
de la conducta; define a la conducta como tal, misma que la tenemos citada en el anterior
párrafo, establece un análisis de las consideraciones relevantes para que se efectué el
ciberacoso haciendo mención a cuatro elementos importantísimos tales como; el manejo
de un escenario virtual, el anonimato, el interés privado y público, la reiteración de la
conducta y la intencionalidad; además analiza las consecuencias como resultado de la
conducta, con el complemento de las correspondientes conclusiones y recomendaciones.
En el trabajo de grado realizado por la autora Guamán en el año 2014, titulado Nórmese
en el Código de la Niñez y Adolescencia el acoso escolar (bullying) en el Ecuador, de la
Carrera de Derecho de la Universidad Nacional de Loja en relación al ciberacoso
manifiesta que: “ciberacoso, acoso cibernético, electrónico, digital, en sí es el acoso vía
medios virtuales (correo, Facebook, Twitter, celulares, mensajes de texto, etc.)”.
(Guaman, 2014, pág. 24)
En esta tesis se realiza un estudio de la conducta del ciberacoso, que se efectúa en relación
al uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación Social; la autora realiza su
fundamentación en cuanto a la necesidad de regulación de la conducta, poniendo de
manifiesto establecer una tutela frente a la vulneración de los derechos de las víctimas,
además realiza una clasificación de los medios en los cuales puede efectuarse la conducta;
básicamente entre los principales de donde nace el ciberacoso, que conforme a la
definición que citamos de la autora se traducen en correos, redes sociales, celulares, etc.
Además establece un aporte mediante las conclusiones y recomendaciones, las cuales
basadas en la aplicación de muestras tabuladas demuestra esa necesidad de establecer un
control respecto de la comisión de estas conductas.
Situación Polémica
El Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano, se constituye como el marco legal que
posee las funciones preventiva y sancionadora del derecho penal en el Ecuador, mismas
que enmarcadas dentro de su parte sustantiva a través de la tipificación de conductas
delictivas, buscando proteger los bienes jurídicos.
Con el auge de los medios informáticos como redes sociales, email, o algún otro medio
que utilicen para para navegar en el ciberespacio y por esta razón en la actualidad sea
generado un uso desmedido de la tecnología digital, y por tanto, han comenzado a surgir
una serie de conductas, que violentan los derechos de las personas que utilizan el
ciberespacio Dichas conductas basadas en el abuso de sistemas de datos, desencadenan
en una serie de conductas lesivas entre ellas el ciberacoso, el cual es perpetrado en contra
de los más elementales derechos de las personas, principalmente contra el derecho a la
integridad psíquica y moral; derechos que son de relevancia constitucional y que se hallan
al tenor de lo dispuesto en los instrumentos internacionales relativos a derechos humanos,
de ahí la necesidad de su inmediata regulación en el Código Orgánico Integral Penal.
Problema Científico
¿Cómo proteger el derecho a la intimidad ante la conducta del ciberacoso que no se
encuentra tipificado como delito en el Código Orgánico Integral Penal?
Objeto De La Investigación Y Campo De Acción
Objeto De Investigación
En el presente trabajo el objeto de investigación, es la protección del derecho a la
intimidad personal frente a la conducta del ciberacoso.
CAMPO DE ACCIÓN
En el campo de acción, el presente trabajo estará enmarcado en la protección del derecho
a la intimidad personal frente la conducta del ciberacoso. Esta investigación se la
realizara en el cantón Ibarra provincia Imbabura durante el periodo 2015-2016.
Identificación De La Línea De Investigación
En el tema propuesto la línea de investigación guarda relación de acuerdo a los resultados
del análisis realizado por la dirección de investigación de la UNIANDES, sobre: Retos,
perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en Ecuador en la subestructura
fundamentos técnicos y doctrinales de las ciencias penales del Ecuador.
Objetivo General
Elaborar un anteproyecto de reforma de ley para que se tipifique y sancione el ciberacoso
en el Código Orgánico Integral penal para garantizar el derecho a la intimidad de las
personas.
Objetivos Específicos
Fundamentar jurídica y teórica del derecho a la intimidad personal frente a la
conducta del ciberacoso.
Diagnosticar el estado actual del objeto de trasformación.
Desarrollar los componentes para la elaboración de la reforma al anteproyecto de ley
del Código Orgánico Integral De Procesos.
Analizar la factibilidad de la propuesta.
Idea A Defender
Mediante la elaboración de la reforma para incluir la conducta del ciberacoso como delito
en el Código Orgánico Integral Penal se busca proteger el derecho a la intimidad personal
que está reconocido por nuestra constitución en su artículo 66.
Variables de la Investigación
Variable Independiente
Elaborar una reforma de anteproyecto de ley para incluir la conducta del ciberacoso como
delito dentro del Código Orgánico Integral Penal para q así esta conducta no quede en la
impunidad.
Variable Dependiente
Garantizar los derechos de las víctimas de la conducta del ciberacoso.
Metodología A Emplear:
Métodos
Método Jurídico - Científico.- Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para
llevar a cabo una investigación, cuyos resultados serán aceptados como válidos por la
comunidad científica; así como también un proceso sistemático, lógico donde el
investigador a través de la observación y experimentación llega a comprobar o descubrir
conocimientos, es el que orienta toda la investigación; este método se utilizará en la
elaboración o el diseño del marco teórico ya que se partirá por recabar información tanto
en cuerpos legales como en la doctrina relacionada a la temática.
Este método será usado para hacer posible la comprensión de todo hecho, fenómeno, idea,
caso, etc. El analítico servirá para analizar los aspectos concretos del ciberacoso, la cual
permitirá conocer, comprender y aplicar, sobre a base de la descomposición del todo en
partes. El sintético se utilizara para realizar la síntesis de los conceptos descritos y de los
cuadros de frecuencias.
Método inductivo – deductivo.- Del latín inductio, y dedujere - conducir. Acción efecto
de inducir, modo de razonar que consiste en sacar de los hechos particulares una
conclusión general. La inducción es un razonamiento que analiza una porción de un todo.
Y el método deductivo: del latín deducir, sacar consecuencias. Es el razonamiento que
parte de un marco general de referencias hacia algo particular este método se utiliza para
inferir de lo general a lo especifico, de lo universal a lo individual; este método se usara
para una vez deducidos los datos de las encuestas y entrevistas realizadas para lograr
interpretar los datos obtenidos, concluir y recomendar aspectos que durante la
investigación se hayan observado.
Método histórico – lógico.- Es un estudio o análisis de un todo desde tiempos primitivos
hasta la actualidad en la materia objeto de estudio por lo que está vinculado al
conocimiento de las distintas etapas de los objetivos en su sucesión cronológica para
conocer. La evolución y desarrollo del objeto o fenómeno de investigación. Mediante el
método histórico se analizará la trayectoria concreta de la teoría su condicionamiento a
los diferentes periodos de la historia.
Método Analítico - Sintético.- Es la reunión de las partes o elementos para analizar el
ciberacoso dentro de un todo, su naturaleza y comportamiento con el propósito de
identificar las características del fenómeno observado, siguiendo un fenómeno similar al
del análisis. Y el método analítico; consiste en la separación de las partes de un todo para
estudiarles en forma individual y la reunión racional de elementos dispersos para