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CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA

3.5 Conclusiones Parciales del Capítulo III

 Para el desarrollo de la propuesta se ha tomado en cuenta como normativa la Constitución de la República del Ecuador y elReglamento de Selección y Designación de Servidores de la Función Judicial y el Principio de Igualdad en especial para hace prevaler el Principio de Igualdad que nos ampara la Constitución

 Es de suma importancia que la Comisión de Transparencia del Consejo de la Judicatura como organismo de elaborar la presente reforma, viabilice el tema propuesto, por cuanto es necesario que se establezca la realización de un estudio jurídico sobre la aplicación de las acciones afirmativas, lo que genera con eso el cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República del Ecuador, en el derecho del Buen vivir.

 La propuesta es importante, viable y necesaria para que se establezca dentro de la normativa ecuatoriana, específicamente dentro del el Reglamento de Selección y Designación de Servidores de la Función Judicial,a fin de que se dé cumplimiento a lo establecido en la Constitución como norma suprema.

 De la validación por la vía de expertos, permitió determinar que de la presente investigación se fortalece más la ideas de creación y ejecución de la tesis, por cuanto los criterios de los abogados y profesionales que formaron parte de la validación, los mismo que al ser expertos en Derecho constitucional, como de igual manera tienen suficientes conocimientos sobre el derecho del buen vivir, se llega a la conclusión de que las acciones afirmativas violentan el principio de igualdad, para estar acorde a lo que determina la Constitución.

CONCLUSIONES GENERALES

 Las posiciones teóricas sobre el derecho de igualdad como la reforma al reglamento son de fundamental relevancia en la sociedad, pues todos por superación personal en su momento concursan para un puesto público, por ende al crear una normativa jurídica, debe ser acorde a la realidad social, así en este sentido subsanar los vacíos legales que se presentan, más aun cuando se trata de designar un cargo público, las condiciones deben ser iguales para todos los participantes.

 La Constitución de la República establece sobre la protección de los derechos de todas las personas, en las encuestas realizadas se observa que los profesionales involucrados en el tema están de acuerdo en que en el Reglamento de Selección y Designación de Servidores de la Función Judicial, debe ser reformado a fin de que se establezca una correcta aplicación de las medidas de acción afirmativa y así tener la coyuntura necesaria para entender de mejor manera el estilo de vida al cual tiene derecho todo ser humano, con el fin de imponer una buena meritocracia.

 Con referencia a las encuesta se ha determinado los elementos que constituyen la reforma al artículo 13 de reglamento de Selección y Designación de Servidores de la Función Judicial, de tal manera que las acciones afirmativas se aplicaran solo las personas con discapacidad ya que no es procedente en los demás literales.

 La validación de expertos y la investigación realizada tanto teórica como práctica se desprende que la propuesta planteada es de suma importancia, viable y necesaria ya que permitirá dentro de los concursos de méritos y oposición, que se evite la mala interpretación de las normas, y vulneración de derechos y principios que existen hasta la actualidad.

RECOMENDACIONES GENERALES.

 A los estudiantes utilicen la argumentación jurídica como base de estudio para un posible proyecto de resolución en el que se aborden los diferentes problemas jurídicos que existen en la legislación ecuatoriana, a objeto de que se superen las falencias detectadas, con la finalidad de otorgar a la sociedad una legislación eficiente en defensa de sus derechos.

 A los funcionarios que hacen las veces de jueces dentro de los concursos de méritos y oposición viabilizar la reforma al Reglamento de Selección y Designación de Servidores de la Función Judicial dentro de la sociedad con un enfoque integrador y humanista, con el objeto de que se entienda que se va hacer prevalecer el principio constitucional de igualdad.

 Al Consejo de la Judicatura que según sus atribuciones son expedir, codificar, reformar y derogar los reglamentos dentro de su ámbito, para que a través de la comisión correspondiente se proceda a la revisión de la presente propuesta de reforma al Reglamento de Selección y Designación de Servidores de la Función Judicial, para que sea establecida la correcta aplicación de las medidas de acción afirmativa, la misma que está encaminada a garantizar los derechos y principios constitucionales.

Bibliografía

 Añón, M. (2001). Igualdad, diferencia, discriminación. Quito.

 Asamblea Constituyente. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Quito Ecuador: El Forum.

 Asamblea Nacional. (2010). Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Quito Ecuador: El Forum.

 Betti. (s.f.). Teoría General De Negocio Jurídico.

Blogia. (23 de febrero de 2011). El imperio del Derecho. Obtenido de http://iusuniversalis.blogia.com/2011/022402-piramide-de-kelsen.php

 Cabanellas. (2008). Diccionario Juridico Cabanellas.

 Carlos, M. (2006). Derecho constitucional General. medellin.

 Censo de población y Vivienda. (2010). Censo de personas que migran. Tulcán.

 Corte Constitucional del Ecuador. (2013). La acción de protección en Ecuador. Quito Ecuador: V&M Gráficas.

 Corte Constitucional del Ecuador. (2013). Manual de justicia constitucional ecuatoriana. Quito Ecuador: V&M Gráficas.

Cubides, J. (2005). Obligaciones. Bogota: Javegraf.

 Dirección de Estudios Analíticos Estadísticos Galo López. (2010). Poblacion segun etnia. Tulcán.

 Dworkin, R. (1986). Laws Empire. Cambridge.

Eros, G. (2007). Interpretación y aplicación del derecho.

 Fehér, F. (1980). Forms of Equility. Nueva york: St. Martins Press.

 Fernando, A. R. (1957). Derecho Procesal Civil . Santiago de Chile.

 Ferrajoli, M. A. (2005). Jurisdicción y Argumentación en el Estado Constitucional de Derecho. Mexico.

 García, C. E. (2011). Transconstitucionalismo y Diálogo Jurídico. Quito Ecuador: RisperGraf C.A.

 Hauriou, M. (2003). www.derechoconstitucional.com/trabajos28/concepto- constitucion/concepto-constitucion.shtml.

 Huilcapi, V. J. (2011). Las Garantia Jurisdiccionales en el Sistema Juridico Ecuatoriano. Corporación de Estudios y Publicaciones .

 Islas, d. G. (2004). Análisis lógicos de los delitos contra la vida. México- México: Editorial Trillas.

 Jiménez, A. G. (2012). Constitucionalismo en Ecuador. Quito Ecuador : V&M Gráficas.

 karl, L. (1979). Teoría de la Constitucíon. Barcelona España: Ariel.

 kelsen. (1928).

 kelsen. (2003). www.derechoconstitucional.com/trabajos28/concepto- constitucion/concepto-constitucion.shtml.

 Kelsen, H. (1928). La garantía jurisdiccional de la Constitución. Alemania.

López, E. (2006). Iniciacion al derecho. Madrid.

 Buenos Aires- Argentina: Editorial Aires.

 Moses. (2001).

 Murillo, E. (2010). Frodescendientes en las Americas. Washington D.C.

 Orden Ejecutiva, 10925 (6 de MARZO de 1961).

 Orden ejecutiva, 11246 (1965).

 Perez, L. (2007). Dimensiones de la Igualdad. Madrid: DYKINSON.

 Pisarello, G. (2012). Un largo Termidor Historia y crítica del constitucionalismo antidemocrático. Quito Ecuador: V&M Gráficas.

 Plan Nacional del Buen Vivir. (2008). Plan Nacional del Buen Vivir. Quito_Ecuador: Editoria Corporacio de Estudios y Publicaciones.

 Quinche, M. (2009). Derecho Constitucional Colombiano. Bogota: Universidad del Rosario.

 Quisbert, E. (2006). Principios Constitucionales. Bolivia.

 Rescher, N. (1966). Distributive Justice. Bobbs Merrill.

 Ripert. (1990). www.derechoecuador/derechodetransitoytransporte.com.

 Rudolf, S. (1985). Constitución y derecho Constitucional. ilustrared.

 Rudolph, W. (1994). Condiciones necesarias para la realización y protección de la. Caracas Venezuela.

 Santamaría, R. Á. (2008). La Constitución del 2008 en el contexto andino. Quito Ecuador: V&M Gráficas.

 Schwarz. (4 de abril de 2012). Mujeres Accio Afirmativa. Obtenido de http://www.scoop.it/t/mujeres-genero-equidad/p/1541309432/2012/04/04/mujeres- acciones-afirmativas-por-que-las-cuotas-de-genero

 Urquiza, R. A. (2012). Derecho constitucional I. Mexico.

 Varangot. (1996). www.mdn.gov.py/direccion-general-de-asuntos-juridicos.

 Velasco, A. P. (2012). Guía de Jurisprudencia Constitucional Ecuatoriana. Quito Ecuador: V&M Gráficas.

 Vintimilla, J. (2012). La Supremacia Constitucional. Editorial Juridica.

Anexos

Anexo N°1. Carta de aprobación

Anexo N°2. Formato de encuesta

AnexoN°3. Formato de Entrevista

Anexo N° 4. Ficha de validación

Anexo N°5. Ficha de validación

Anexo N°6. Ficha de validación

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