CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA
3.7. Conclusiones parciales del capítulo III
Con la elaboración de este estudio jurídico sobre la aplicación del principio de proporcionalidad de la pena para el delito de hurto se pretende dar a los jueces una herramienta que les permita considerar situaciones no sólo de la víctima, sino también del transgresor de la norma.
Ante todo lo dicho, se puede concluir que con este ensayo jurídico sobre el principio de proporcionalidad de la pena en la legislación penal, todos los involucrados en el tema tendrán un mejor conocimiento sobre el tema tratado, lo cual ayudará a la aceptación de la posibilidad que el legislador, al establecer límites a los derechos fundamentales considere lo que esta excesivo y desproporcional, así como los jueces al interpretar el ordenamiento legal, no arriben a resultados que afecten el contenido esencial de los derechos fundamentales.
Finalmente, el Estado está obligado a hacer cumplir con todo lo establecido en la Constitución y las leyes, por cuanto es el encargado de garantizar que la razonabilidad de una medida aluda a que su finalidad sea constitucionalmente admisible; la adecuación de los medios escogidos para la consecución del fin perseguido, la necesidad de que no exista otro medio
que pueda conducir al fin y que sacrifique en menor medida los principios constitucionales afectados por el uso de esos medios); y la proporcionalidad en sentido estricto entre medios y fin, es decir, que el principio satisfecho por el logro de este fin no sacrifique principios constitucionalmente más importantes.
CONCLUSIONES GENERALES
El Estado está obligado a hacer cumplir con todo lo establecido en la Constitución y las leyes, por cuanto es el encargado de garantizar que la razonabilidad de una medida aluda a que su finalidad sea constitucionalmente admisible; la adecuación de los medios escogidos para la consecución del fin perseguido, la necesidad de que no exista otro medio que pueda conducir al fin y que sacrifique en menor medida los derechos constitucionales afectados por el uso de esos medios; y la proporcionalidad en sentido estricto entre medios y fin, es decir, que la sanción que se va imponer no sacrifique derechos más importantes.
La aplicación del principio de proporcionalidad presupone que una medida del poder público represente una intervención en un derecho fundamental, es decir, lo afecte negativamente, bien sea anulando, aboliendo, restringiendo o suprimiendo una norma o suposición que pueda ser adscrita prima facie a la disposición constitucional que tipifica el derecho intervenido.
Los tratados internacionales de Derechos Humanos y la Constitución de la República como principal garantista de los derechos de las personas procesadas por el delito de hurto, prevé en el artículo 76 numeral 6 la aplicación en los procesos penales del principio de proporcionalidad de la pena; reafirmando además la seguridad jurídica que todos los ciudadanos poseemos, más aún si hablamos de aquellos que se encuentran es situaciones de conflicto con la ley.
Cuando se busque solucionar un caso, a través del principio de proporcionalidad, el intérprete debe conocer cada uno de los sub principios o test que comprende, identificando la naturaleza de cada uno; de modo que, en primer lugar, se debe dar respuesta a una real o aparente colisión o tensión entre dos o más principios, en el orden práctico o casuístico, pues es en dicho ámbito donde se advierte tal alteración, mas no en el ámbito abstracto que supone una relación de plena coherencia y armonía.
RECOMENDACIONES
La Constitución de la República en su artículo primero nos habla que nuestro Estado es constitucional de derechos y justicia social, además garantista de los derechos humanos para todos los habitantes del territorio nacional sin discriminación alguna, por lo tanto de ser necesario se creará las herramientas jurídicas necesarias para cumplir a cabalidad con lo que emana nuestro principal marco jurídico, siendo impetuoso en nuestro caso que a través de este estudio jurídico oriente para una correcta de aplicación del principio de proporcionalidad de la pena para el delito de hurto.
Los encargados de hacer cumplir las leyes como son los jueces, y más funcionarios judiciales deberían estar en constante preparación en relación al tema del principio de proporcionalidad de la pena aplicado particularmente en el delito hurto, con el fin de asegurar una pena coherente entre la infracción y sanción conforme lo determina la ley. Los administradores de justicia al momento de aplicar las penas establecidas en nuestra legislación, deberán imponer las mismas de manera proporcional ya adecuada al tipo de infracción.
Se debe tomar en cuenta que la ley que incide negativamente en el derecho debe ser declarada inconstitucional, por lo que una pena desmedida es un perjuicio para el procesado, violándose de esta manera su derecho a la libertad individual. El juez debe tomar su decisión en base a las circunstancias de cada infracción.
Se debe señalar que cuando se quiere tomar una decisión razonable, es decir una decisión que consiga equilibrar las diversas exigencias contrapuestas y que sea aplicable para la comunidad, deben aplicarse los criterios de racionalidad, con la finalidad de identificar cuáles son los argumentos generalmente aceptados que conducen a una ponderación adecuada y que son capaces de obtener el apoyo del consenso de la comunidad.
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CUERPOS LEGALES
Constitución de la República del Ecuador 2008
Corte Interamericana de Derechos Civiles y Políticos. Declaración Universal de Derechos Humanos.
Anexo 1. Perfil de proyecto de investigación.
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERADE DERECHO
PERFIL DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE
LA REPÚBLICA TEMA:
APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD DE LA PENA EN EL DELITO DE HURTO
AUTOR: RODRÍGUEZ BENAVIDES ALEXIS MARCELINO ASESOR: DR. BENAVIDES BENALCÁZAR MERCK MILKO
IBARRA–ECUADOR 2017
2. DESARROLLO
Antecedentes de la investigación.
En la Antigüedad, ya existía el Principio de Proporcionalidad ya que en la obra de Platón las leyes podemos encontrar la exigencia de que la pena sea proporcional a la gravedad del delito. Pero es hasta la época de la Ilustración cuando se afirma este principio, en la cual hace referencia a la pena y establece que ésta debe ser necesaria e infalible, ya que estas dos características completan la idea de proporcionalidad. (Aguado, 2017, pág. 54) En la época de la Ilustración ya se afirmó el principio de proporcionalidad de la pena, cuando llegaron a madurar todos los demás presupuestos del derecho penal moderno: la legalidad, la certeza, la igualdad y, sobre todo, la mensurabilidad y la calculabilidad de las penas (Rojas, 2015, pág. 587)
En la época liberal, si bien es cierto, se deja atrás la determinación monárquica de la pena a cambio del principio de legalidad, lo cual constituye un avance bastante importante. Pero el hecho de que una pena se encuentre contemplada en la ley no es garantía de su constitucionalidad en la época actual y menos aún de que sea proporcional.
La primera alusión que se realizó en Alemania al principio de proporcionalidad, en relación con el proceso penal, tuvo lugar en una resolución del Deutscher Journalistentang, tomada en Bremen el 22 de 1875, en la que se solicitaba que las medidas coactivas dirigidas contra los periodistas que se negaren a declarar como testigos fueran proporcionadas a las penas previstas para los delitos perseguidos. (Arroyo, 2016, pág. 285)
En la Segunda Guerra Mundial, y así este principio de proporcionalidad se va transmitiendo entre los diversos ordenamientos jurídicos en el mundo como un parámetro interpretativo que: “…obliga al operador jurídico a tratar de alcanzar el justo equilibrio entre los intereses en conflicto
En la actualidad el principio de proporcionalidad está consagrado por el Derecho Constitucional como fundamental, que debe ser puesto en práctica por el juzgador inclusive por encima de lo que diga la ley, en aplicación de la doctrina neo constitucionalista que considera a la Constitución como una norma jerárquicamente superior, más que nada porque nos encontramos en un estado Constitucional de derechos.
Es así como la idea de proporcionalidad ha pasado de un Derecho a otro, hasta convertirse en un principio general del ordenamiento jurídico y que, en sentido muy amplio, obliga al operador jurídico a tratar de alcanzar el justo equilibrio entre los intereses en conflicto. Muestra de ello es la obra de César Beccaria (1982), De los delitos y de las penas, en la cual hace referencia a la pena y establece que ésta debe ser “necesaria e infalible”, ya que estas dos características completan la idea de proporcionalidad, según el autor. De tal forma, ya en un período primitivo el individuo arrebataba la propiedad ajena aun no siendo regulado delito alguno. Con el paso de los años, aparecieron los primeros códigos escritos, como el Código de Hammurabi o el Código Hitita. (Bacigalupo, 2013)
El hurto se ha atribuido en la figura básica de los delitos contra el patrimonio, especialmente en lo que respecta a las figuras de apoderamiento material, la pena implantada para ese delito es la privación de libertad del autor del delito; esta pena afecta un derecho inviolable e irreparable, como es el derecho de la libertad, y el bien jurídico afectado por el cometimiento del delito es el patrimonio, siendo este reparable con otro objeto de la misma especie o del mismo valor, por lo que es excesivamente injusto privar de la libertad a una persona que haya hurtado un teléfono móvil, una computadora, o una pequeña cantidad de dinero; por lo que el principio de proporcionalidad en relación al delito y la pena en relación al hurto debe ser aplicado de acuerdo más al bien protegido por el estado que al acto cometido en este caso la libertad de la persona.
En el Código Integral Penal en el art 196 establece en el art 196: “La persona que sin ejercer violencia, amenaza o intimidación en la persona o fuerza en las cosas, se apodere ilegítimamente de cosa mueble ajena será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años” en donde podemos evidenciar que la proporción de la sanción impuesto al delito de hurto no guarda relación con el acto cometido.
En consecuencia, se ha entendido que ante la actividad legislativa que interviene derechos fundamentales, este principio vincula y limita su arbitrio a la hora de restringir, limitar o privar a un sujeto de un determinado derecho.
Por lo dicho anteriormente, podemos concluir que este principio es de gran utilidad en el Derecho Penal, debido a que es la rama del ordenamiento jurídico que se encuentra más vinculada a la Constitución. La razón principal se reduce a que la imposición de una norma punitiva implica siempre la intervención (restricción, suspensión o privación) del ejercicio de ciertos derechos fundamentales, por lo que no es de extrañar la afirmación de que ésta es la que más afecta al individuo en cuanto a sus derechos.
Tomando en cuenta la importancia de este tema de investigación, no existe otro igual, en relación al Objetivo que se busca, a través de la revisión realizada en el repositorio de la universidad.
Situación problemática
En nuestra legislación se encuentra contemplado el principio de proporcionalidad en donde se garantiza una correcta aplicación de la sanción referente al delito cometido. Las sentencias dictadas por los juzgados de lo penal de Imbabura no guardan relación con la aplicación del principio de proporcionalidad se puede verificar en el estudio realizado que todos los juzgadores imponen una privativa de libertad sin tomar en cuenta la proporcionalidad del delito con la sanción impuesta.
En las sanciones impuestas al delito de hurto se está violando el Principio de Proporcionalidad, debido a que no guarda relación sancionar con una pena privativa de libertad a una persona que ha hurtado un celular ya que el bien jurídico vulnerado es el derecho a la propiedad, pero por garantizar este derecho se está vulnerando el derecho a la libertad además debemos recordar que el derecho penal es de mínima intervención debe ser utilizado como ultima ratio.
El derecho que se ve afectado al aplicar una pena excesiva es la libertad, establecido en el Art. 66 en la Constitución de la República, por lo que las sentencias deben ser conforme a la magnitud del bien tutelado que se ve afectado, mas no a una simple especulación de los juzgados o tribunales, por lo que este estudio trata de analizar cuál es la estrategia a la que recurren los jueces al momento de imponer una sentencia y en base a qué criterio el juez impone la misma.
Problema científico.
¿Cómo afecta la incorrecta aplicación del principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto en los derechos del procesado?
Objeto de investigación y campo de acción.
Objeto de investigación: Aplicación del Principio de Proporcionalidad en el derecho constitucional con íntima relación el derecho penal.
Campo de acción: Delito de hurto en las unidades de garantías penales de Imbabura de julio 2016 a julio del 2017.
Identificación de la línea de investigación.
La línea de investigación, según los lineamientos dados por la Universidad es retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias jurídicas en el Ecuador. Fundamentos técnicos y doctrinales de las ciencias penales en Ecuador tendencias y perspectivas.
Objetivo general.
Elaborar un estudio jurídico para determinar cómo afecta la incorrecta aplicación del principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto, con la finalidad que se promueva una adecuada protección de los derechos del procesado.
Objetivos específicos.
Fundamentar jurídicamente la aplicación del principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto, en base a la Constitución de la Republica, Tratados Internacionales, doctrina, la jurisprudencia y leyes conexas.
Determinar cómo afecta la incorrecta aplicación del principio proporcionalidad de la pena en los procesados
Estructurar el estudio jurídico para determinar cómo afecta la incorrecta aplicación del principio proporcionalidad de la pena en el delito de hurto.
Analizar la factibilidad de la propuesta.
Idea a Defender.
Con la realización del estudio jurídico se determinará cómo afecta la incorrecta aplicación del principio de proporcionalidad de la por el delito de hurto, se promoverá una adecuada protección de los derechos del procesado.
Variables de la investigación
Variable independiente
Estudio jurídico para determinar cómo afecta la inaplicabilidad del principio de proporcionalidad de la pena en el delito de hurto.
Variable dependiente
Metodología a emplear
Métodos
Método inductivo deductivo.- Este método es el cual permitirá conocer las causas generales del tema de investigación para luego tratar de dar una solución al mismo, luego de hacer una síntesis específica de la institución jurídica del principio de proporcionalidad. Este método será empleado con la finalidad de determinar en casos concretos de personas sentenciadas por delitos hurtos con las consecuencias de esta sentencia afecta en general a la sociedad.
Método científico.- es un método de investigación usado principalmente en la producción de conocimiento en las ciencias. Para ser llamado científico, debe basarse en la empírica y en la medición, sujeto a los principios específicos de las pruebas de razonamiento, partiendo de este método se analizará la figura jurídica del principio de proporcionalidad en el delito de hurto , según lo que consta en la Constitución, Tratados Internacionales, Código Orgánico Integral Penal, en la doctrina de los juristas y en la jurisprudencia. Este método será empleado para a través del estudio jurídico crear conocimiento que sirva de motivación aplicación en las sentencias que dictan los jueces
Método analítico sintético.- Este método comienza con el todo de un fenómeno y lo revisa parte por partes, comprendiendo su funcionamiento y su relación intrínseca, complementándose con la parte sintética, por lo partiendo de esto se aplicara el análisis crítico del tema investigado para luego alcanzar una mejor comprensión del mismo y así dar una solución al tema investigado. Este método será empleado para poder analizar y sintetizar toda la información recabada en la investigación realizada así como también la tabulación de los resultados obtenidos
Método histórico lógico.- Está vinculado al conocimiento de las distintas etapas de los objetos en su sucesión cronológica. Para conocer la evolución y desarrollo del objeto o fenómeno de investigación se hace necesario revelar su historia, las etapas principales de su desenvolvimiento y las conexiones históricas fundamentales, mediante el método