3. PROPUESTA DE SOLUCIÓN AL PROBLEMA
3.4. Conclusiones Parciales del Capítulo III
Aquí, una vez que se ha elaborado el documento de análisis crítico, que permite dar solución al vacío legal respecto a la inexistencia de un trámite para la negativa en los casos de excusa por parte de los administradores de justicia, se expone claramente una forma alternativa de solución al problema que se encuentra identificado mediante una reforma al artículo 23 del Código Orgánico General de Procesos, para que no se vulnere los derechos de tutela judicial y el principio de seguridad jurídica que garantiza nuestra legislación.
CONCLUSIONES
Luego de haber culminado el desarrollo del presente trabajo es necesario plasmar las conclusiones a las que se ha llegado:
- En el marco Teórico se ha realizado una fundamentación legal y doctrinal de diversas temáticas sobre la institución jurídica de la excusa y recusación, mismas que han permitido determinar que la resolución emitida en el año 2018, por la Corte Nacional, respecto al procedimiento de la negativa de excusa, vulnera varios derechos constitucionales, como son la tutela judicial y la seguridad jurídica, es así que se concluye que es indispensable la reforma al artículo 23 del COGEP, ya que el mismo dentro de su redacción, respecto a la problemática objeto de estudio no señala nada, sin embargo se ha tratado de salvar esta falencia con la resolución, pero se ha justificado dentro de la parte teórica la necesidad de reforma, en tal efecto es indispensable que un juez superior sea quien decida sobre la procedencia de la excusa.
- En su segunda parte que la conforma la metodología y diagnóstico, es necesario mencionar que la utilización de métodos, técnicas e instrumentos de investigación han permitido verificar la existencia de un problema esto es la vulneración de derechos constitucionales con el actual procedimiento para la negativa de excusa, es así que para diagnosticar sobre la institución jurídica de la excusa y recusación ha sido necesario realizar una guía de encuesta que ha permitido obtener datos reales sobre el conocimiento de esta temática y sus procedimientos, además con la finalidad de buscar posibles soluciones y adentrarnos más a fondo al estudio se han realizado encuestas a expertos en el área civil quienes han señalado que ante la deficiencia que presentaba el procedimiento de excusa, se ha emitido la resolución,
misma que no guarda relación o armonía con los principios constitucionales, en tal efecto ratifican la necesidad de reforma; y,
- La última parte la integra la propuesta de solución, dentro de la cual se ha llevado a cabo el desarrollo del anteproyecto de ley reformatoria al artículo 23 del COGEP, estableciendo un procedimiento claro, flexible, ágil y racional, que permita efectivizar los derechos constitucionales tantas veces mencionados, es así que dentro de toda la investigación se ha justificado la necesidad de que en el procedimiento de negativa de excusa, sea conocido por una autoridad superior, garantizando de esta forma el derecho a recurrir de las decisiones judiciales.
RECOMENDACIONES
Es indispensable señalar ciertas recomendaciones, que permiten efectivizar el ejercicio de los derechos:
- Que los directivos y máximas autoridades de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, UNIANDES, brinden a este tipo de investigaciones el suficiente impulso e importancia, para que de esta manera este trabajo no se quede en las bibliotecas universitarias en el olvido, sino que puedan ser llevados a cabo y de esta forma ponerlos a conocimiento del órgano legislativo de la Asamblea nacional, y pueda cumplirse con la propuesta de reforma planteada;
- Que el trabajo investigativo sea inventariado como patrimonio bibliotecario y sea insertado en la biblioteca de la Universidad UNIANDES, a fin de que sirva de material de consulta para posteriores investigaciones sobre estas instituciones jurídicas;
- Que dentro de la Universidad, se difunda este tipo de problemáticas hacia la colectividad a fin de que se puedan obtener soluciones consensuadas desde diversas perspectivas legales sociales.
Bibliografía
Antiguo Código de Procedimiento Civil ecuatoriano. (2014). Quito - Ecuador: Corporación de Estudios y publicaciones,.
Beladiez, R. M. (1994). Los Principios Jurídicos. Madrid: Tecnos, primera edición . Calderon, J. F. (2015). Respositorio Universidad Nacional de Chimborazo. Obtenido de
http://dspace.unach.edu.ec/bitstream/51000/1992/1/UNACH-FCP-DER-2015- 0059.pdf
Código Orgánico de la Función Judicial. (2009). Quito - Ecuador: Corporación de Estudios y publicaciones CEP. .
Código Orgánico General de Procesos. (2016). Quito - Ecuador: Corporación de Estudios y publicaciones. CEP.
Corte Nacional de Justicia . (2018). Resolución N. 08-2018. Quito - Ecuador.
Enríque Pérez Luño. (2000). LA SEGURIDAD JURÍDICA: UNA GARANTÍA DEL DERECHO Y LA JUSTICIA. BOLETÍN DE LA FACULTAD DE DERECHO, núm. 15, .
Guillermo Cabanellas Torres. (2006). Diccionario Jurídico Elemental. Buenos Aires: Heliasta S. R. L.
Jaya, D. E. (2018). Repositorio de la Universidad Nacional de Loja . Obtenido de http://dspace.unl.edu.ec/jspui/bitstream/123456789/20396/1/Doris%20Esperanza %20Jaya%20Jaramillo-ilovepdf-compressed.pdf
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. (1976). Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,.
Ramírez Romero, C. (2015). Principales cuestiones acerca del Código Orgánico general de Procesos preguntas y respuestas. Quito: Ministerio de Justicia y Cultos.
Sánchez, I. d. (2013). Repositorio Uniandes. Obtenido de http://dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/1204/1/TURAB001-2015.pdf Solar, L. C. (1978). Explicaciones de Derecho Civil y Comparado . In De la sucesión por
causa de muerte tomo XVI . Santiago de Chile : Editorial Jurídica de Chile. Valencia, M. A. (2000). Introducción al Derecho Procesal. Granada: COMARES.
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
Facultad de Jurisprudencia Carrera de Derecho
Encuesta dirigida a Profesionales y Estudiantes de derecho OBJETIVO:
Elaborar un anteproyecto de ley reformatoria al Código Orgánico General de Procesos, que establezca un trámite adecuado a seguir en los casos de negativa de excusa, a fin de garantizar los principios constitucionales de tutela judicial y la seguridad jurídica.
Señor/(a) encuestado/(a)
Muy comedidamente solicito a usted, se sirva responder el siguiente cuestionario, mediante una “X” en la casilla que considere pertinente, sus respuestas servirán en forma notable en el proceso investigativo que realizo previo a la obtención del Título de Abogado de los Tribunales de la República del Ecuador.
CUESTIONARIO
1.- ¿Indique si conoce lo que es una excusa y recusación?
SI ( ) NO ( )
2.- ¿Indique si la excusa que presenta un Juez, en todas sus causales establecidas en el artículo 22 del COGEP, es para resguardar la imparcialidad de los jueces?
SI ( ) NO ( )
3.- ¿Conoce usted el COGEP, no establece procedimiento para la negativa de excusa?.
4.- ¿Conoce usted ante la falta de trámite para la negativa de excusa la Corte Nacional de justicia ha tenido que emitir una resolución N°. 08-2018, que establece un procedimiento para estos casos?
SI ( ) NO ( )
5.- ¿Conoce usted que en caso de negativa de excusa el Juez que estuvo excusándose, debe volver a reasumir la competencia sin que pueda volver a insistir o que la resolución sea revisada por un juez superior?
SI ( ) NO ( )
6.- ¿Conoce usted que el derogado Código de Procedimiento Civil dentro de su artículo 886, establecía que en caso de negativa de excusa el proceso era remitido a un superior a fin de que sea este, quien resuelva?
SI ( ) NO ( )
7.- ¿Considera usted que la falta de procedimiento, respecto a la negativa de trámite de escusa, violenta el principio de tutela judicial efectiva y la seguridad jurídica?
SI ( ) NO ( )
8.- ¿Considera usted necesario realizar un anteproyecto de ley reformatoria al artículo 23 del COGEP, sobre establecer el trámite para los casos de negativa de excusa?
SI ( ) NO ( )