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Conclusiones Parciales del tercer Capítulo

3. MARCO PROPOSITIVO

3.2. Conclusiones Parciales del tercer Capítulo

 El Código del Trabajo en su Art. 195.1, no contempla a las personas con discapacidad dentro de la acción de despido ineficaz, pese a que se encuentran reconocidas constitucionalmente como un grupo de atención prioritaria.

 El Código Orgánico General de Procesos en su Art. 332 Numeral 8, no

contempla a las personas con discapacidad dentro de la acción de despido ineficaz.

 La exposición de motivos y considerandos del desarrollo de la propuesta, hacen notar la necesidad de reformar el Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, a fin de introducir dentro de la acción de despido ineficaz que contemplan, a las personas con discapacidad.

100 CONCLUSIONES GENERALES:

 Actualmente, al no incluirse a las personas con discapacidad dentro de las personas que pueden ejercer la acción por despido ineficaz, se las está discriminando y no se está cumpliendo con lo que estable la Constitución de la República, esto es, dar atención prioritaria y especializada a este grupo de personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad;

 La normativa ecuatoriana, no asegura la estabilidad laboral de las personas con discapacidad, por lo qué, constantemente son víctimas de despidos y con esto no se está cumpliendo con uno de los principales deberes del estado, que es procurar a sus ciudadanos el buen vivir;

 Las personas que fueron encuestadas y entrevistadas, abogados y

servidores judiciales, coinciden plenamente en que este tema debe ser tomado en cuenta lo más pronto posible por nuestros legisladores, habida cuenta, que se está haciendo caso omiso a varios principios y derechos constitucionales que van en protección de las personas discapacitadas;  Hecho el estudio doctrinario, normativo, y de campo se ha podido

establecer que el tema investigado es un tema relevante y de gran importancia, ya que acarrea un problema actual y que el mismo debe ser solucionado de manera inmediata; y,

 Si se incluyera en la normativa laboral ecuatoriana a las personas con discapacidad como legitimados para ejercer la acción por despido ineficaz, sería uno de los pioneros en brindar estabilidad laboral a las personas con discapacidad y de ésta manera existiría armonía jurídica Constitucional con los Tratados y Convenios Internacionales, en cuanto a la atención prioritaria y especializada a personas con discapacidad se refiere.

101 RECOMENDACIONES GENERALES

 Se recomienda a la Facultad de Jurisprudencia de la UNIANDES, hacer llegar esta investigación a la Asamblea Nacional, para su conocimiento y posterior análisis de la propuesta de reforma al Código de Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, con respecto a la Acción de Despido Ineficaz, en el que se incluye a las personas con discapacidad;

 Que la UNIANDES, a través de la Facultad de Jurisprudencia organice eventos o jornadas académicas con presencia de todos los organismos y dependencias que conforman el Consejo de la Judicatura, docentes, abogados, estudiantes y demás personas interesadas en el tema, a fin de que se socialice el resultado de esta investigación;

 Que la información recopilada dentro de este trabajo investigativo sea, repartido entre los docentes de la carrera de derecho para que a su vez puedan brindarla a sus estudiantes, y de esta manera aquellos puedan beneficiarse de la bibliografía encontrada y utilizada en el presente;

 Que el CONADIS, utilice la información contenida en este trabajo investigativo para realizar los estudios correspondientes y de esta manera presente un proyecto propio en busca de mejorar la situación laboral de las personas con discapacidad; teniendo como su principal objetivo la estabilidad laboral.

BIBLIOGRAFÍA

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Anexos

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES – TULCÁN”

CARRERA DE DERECHO

ENCUESTA DIRIGIDA A: Profesionales del Derecho y Servidores Judiciales de la ciudad de Loja.

ENCUESTADOR: Dr. Frank Ricardo Caamaño Ochoa

OBJETIVO: Elaborar proyectos de reformas al Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, que permita incorporar a las personas con discapacidad a la acción por Despido Ineficaz.

INSTRUCTIVA:

 Marque con una X las casillas que correspondan a su criterio, así como los espacios en blanco solicitados.

 La encuesta es anónima, la honestidad y veracidad de los resultados es de su responsabilidad.

 Su edad es de …………. Años.

 Su profesión es

CUESTIONARIO

1. ¿Conoce Usted la institución jurídica de Despido Ineficaz? a.) Si ( ) b.) No ( )

2. ¿Conoce Usted que la acción de Despido Ineficaz se encuentra contemplada en el Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos?

a.) Si ( ) b.) No ( )

3. ¿Conoce Usted si la acción de Despido Ineficaz que contempla el Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, incluye a las personas con discapacidad?

a.) Si ( ) b.) No ( )

4. ¿Conoce Usted que la acción de Despido Ineficaz en la forma que actualmente se encuentra contemplada el Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, incluye únicamente a las mujeres embarazadas y dirigentes sindicales?

a.) Si ( ) b.) No ( )

5. ¿Considera Usted si la no inclusión de las personas con discapacidad a la acción de Despido Ineficaz que contempla el Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, atenta contra su derecho constitucional de recibir atención especializada?

a.) Si ( ) b.) No ( )

6. ¿Considera Usted si debería incluirse a las personas con discapacidad a la acción de Despido Ineficaz que contempla el Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, con la finalidad de garantizar su derecho constitucional de atención especializada?

7. ¿Considera Usted que debería proponerse reformas al Código del Trabajo y Código Orgánico General de Procesos, con la finalidad de incluir a las personas con discapacidad a la acción de despido ineficaz?

a.) Si ( ) b.) No ( ) GRACIAS Loja, 2017.