GÉNERO PERSONAS ATENDIDAS EN UNIDAD PERITAJE INTEGRAL.
CONCLUSIONES Y PRESENTACIÓN DE POTENCIALES SOLUCIONES A LA PROBLEMÁTICA.
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Diagnóstico.-
Una vez que se ha realizado un análisis integral de lo que constituye violencia, para luego pasar a la violencia psicológica, por medio del levantamiento y análisis de fuentes de información de tipo cualitativo y cuantitativo, se ha confrontado un estado de la cuestión sobre la problemática, lo que permite tener un panorama amplio de los factores que componen esta problemática de tipo social; en el análisis se ha incorporado la determinación de diversos expertos psicólogos, psiquiatras, médicos legistas, entre otros profesionales que de manera seria han venido desarrollando estudios y análisis sobre el potencial daño o perjuicio que este tipo de violencia puede generar en las víctimas de la violencia y en especial la de tipo psicológica, que genera afectaciones poco perceptible a simple vista, pero que con una adecuada valoración de tipo objetiva, puede dotar de elementos válidos y sustentados sobre las secuelas a mediano y largo plazo que pueden generar en las víctimas, los maltratos verbales, físicos e incluso aquellos generados por limitaciones económicas sobre las víctimas.
Esas limitaciones de comprensión o por parte de los actores de justicia (defensores, fiscales, jueces), pueden permitir el desarrollo de procesos de administración de justicia inadecuados, en los cuales no se llegue a verificar el grado o nivel de afectación de los proyectos o planes de vida de los miembros de un núcleo familiar, que han alcanzado niveles de victimización sobre su integridad emocional y psíquica. Es ahí cuando toma una gran valía el desarrollo de la práctica pericial enfocada al ámbito psicológico o psíquico que se desarrollará sobre las personas que se han desarrollado al interior de hogares con una alta carga de violencia, que se despliega en las diversas formas descritas a lo largo del análisis de este documento que pretende brindar un aporte, en cuanto a lograr un discernimiento de la necesidad imperativa de valorar, diagnosticar y tratar a los miembros de un núcleo familiar sobre los cuales se genero un daño o perjuicio en su salud mental.
El generar todo un procedimiento de valoración pericial, al cual se le otorgue la valía y capacidades tanto de tipo logístico, de talento humano y de tipo metódico, que se descubra convenientemente normado y regularizado; se convertirá en ese ente operativo, que se lo apreciaría como el brazo o extensión de un cuerpo, que le permita
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alcanzar aquello que este necesita para nutrirse. Es decir se transforma en un elemento esencial de ese cuerpo llamado proceso penal; que tiene diversos órganos, que aportan con sus funciones específicas, como las del agente fiscal que digiere la información proporcionada, generando elementos necesarios y sustanciosos para que el juez de garantías penales se nutra de ese alimento o suministro que es la teoría del caso en base a la reconstrucción de la verdad histórica de los hechos y que se transformará en la energía o voluntad de decisión para dar a cada cual lo que corresponda.
Es una figuración, el hecho de que justicia que tarda no es justicia; pero pueda y se convierta en una amarga realidad al vivirla desde la perspectiva de la víctima. Esto muy a pesar de que se cumpla con todas las normas sean constitucionales, orgánicas, ordinarias e incluso de espectro internacional que incluya la tutela de Derechos Humanos, es por esta razón el enfoque de este estudio y propuesta, el cual busca acoger la garantía constitucional de que, las víctimas de infracciones penales deben gozar de una protección especial, garantizándoles la no re-victimización, de una manera específica en lo que corresponde a la obtención y valoración de los elementos probatorios, sin descuidar su protección frente a las potenciales amenazas o intimidaciones; adoptando mecanismos para garantizar una reparación integral. Esta reparación holística e integral, tendrá una particular atención al proceso penal, en relación a que este deberá ser ágil y sin ningún tipo de dilaciones.
Una vez identificado el objetivo o punto medular del presente estudio; que tiene como objetivo analizar de manera crítica el ámbito dogmático y jurídico normativo de la violencia psicológica que se describe como una manifestación de violencia y que causa un perjuicio sea en grados leves, moderados o severos sobre la salud mental de una mujer o de cualquiera de los miembros de un núcleo familiar; desarrollado a través de actos de perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento, vigilancia, hostigamiento o control de creencias, decisiones o acciones; los cuales lleguen a constituirse en delito. Enfocaremos los resultados de ese diagnostico a la invalidación de las posibles asimetrías o subjetividades respecto a los parámetros de valoración pericial, en cuanto a la generación de diagnósticos sobre posibles perjuicios, daños o afectaciones en el estado de salud psíquica de las víctimas. Procesos de restauración, restitución, rehabilitación y satisfacción del derecho violentado que como
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se ha expresado de forma previa, requiere de celeridad, pero también de seguridad jurídica para el respeto de los derechos de las víctimas y los supuestos agresores o victimarios.
Es por esta consideración que se requiere la participación de profesionales aptos, capacitados, libres de prejuicios, equilibrados emocionalmente, respetuosos de las normas y compromisos ético-profesionales, con alta calidad humana; pero que sobretodo actúen de manera objetiva y profesional. Características necesarias para desempeñarse bajo presión y responsabilidad social por tener en sus campos de acción la responsabilidad de aportar de manera directa al proceso de administración de justicia; que tendrá como una consecuencia legal, dar a cada cual lo que le corresponde; evitando orientar de manera errónea las decisiones judiciales, impidiendo que se llegue a condenar a un inocente o se deje sin una sanción, a quien tuvo participación y responsabilidad en el cometimiento de una infracción penal de violencia psicológica. Esto de manera especial cuando el sistema de administración de justicia debe cumplir con procesos de eficiencia, efectividad y eficacia; debiendo ser oportuno y accesible, por lo que, se considera que esa es la motivación para implementar los procedimientos penales especiales Abreviado y Directo.
Planteamiento de Corolarios y Propósitos.-
Estandarizar, regular, controlar y verificar la efectiva aplicación de las metodologías bosquejadas en la Constitución y todas las demás normas que sobre la materia tengan competencia y emitan directrices y lineamientos como la denominada Guía de Evaluación del Daño Psíquico para los Delitos de Violencia Psicológica Contra la Mujer y demás Miembros del Grupo Familiar.
Promover la generación de los elementos dogmáticos, técnicos y normativos, debidamente sustentados; los cuales fueren necesarios para que los servidores de la Fiscalía General del Estado y la Función Judicial; tengan los instrumentos completos para el desempeño efectivo en sus funciones.
Hacer ver la necesidad de un fortalecimiento y ampliación de los Sistemas de Atención Integral Emergente, en casos de violencia y daños a la integridad de las
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personas, con la finalidad de levantar los indicios, vestigios, rastros en los caos de un hecho delictivo; desde la incorporación y equipamiento logístico, técnico y humano.
Apuntalar a la visión de “No Más Impunidad” de la Fiscalía General del Estado; para generar certeza y confiabilidad en el sistema de administración de justicia, que protege a la sociedad ecuatoriana.
BIBLIOGRAFÍA
Constitución de la República del Ecuador.
Código Orgánico Integral Penal
Guía de Avaluación del Daño Psicológico en Delitos de Violencia Psicológica
Daño Psíquico, Covelli José-Rofrano Gustavo, Argentina 2008.
Daño Psicológico, Daray Hernán, Argentina.
El maltrato a la mujer. Enfoque psicoanalítico, Ruiz Castillo Piedad, España.
Violencia Doméstica, divorcio y adaptación psicológica, Cantón Duarte José- Cortés Arboleda Ma. Rosario- Justicia Díaz Ma. Dolores, España.
Como Separarse de su Pareja Abusadora, Kirkwood Catherine, España.