4. EXPLOTACIÓN DE LA CARRETERA
4.2. REQUERIMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN DE LA CARRETERA
4.2.3. Condiciones de Fluidez
La concesionaria deberá procurar mantener la carretera en estado de flujo continuo, sin interrupciones, durante el mayor tiempo posible. En los periodos en que se apliquen procesos de conservación de la vía, o bien ante incidentes o accidentes, la concesionaria buscará dirigir el tráfico de manera segura y aplicando las técnicas de ingeniería vial para aliviar la situación de la mejor forma posible, procurando que se mantengan las velocidades promedio o con muy poca pérdida. El concesionario deberá utilizar medios electrónicos y señales fijas para dirigir el tráfico. Asimismo, deberá informar a los usuarios en caso que éstos se vean afectados por algún evento que perturbe el flujo, a través de las estimaciones de tiempo entre diferentes puntos; esta información se deberá mostrar antes de entronques y en las áreas de peaje, para apoyar las decisiones de los usuarios y evitar, en lo posible, molestias en caso de eventualidades, o como remedio a la confluencia de aforos extraordinarios. Esta información deberá transmitirse por medio de los dispositivos de información de los paneles de señalización electrónica y se deberá generar evidencia objetiva de que los usuarios fueron informados adecuada y oportunamente.
En los periodos vacacionales o cualquier otro periodo en que se espere un flujo vehicular mayor, se deben emitir recomendaciones a los usuarios sobre los horarios convenientes de tránsito por la carretera; esta información debe darse previa, eficaz y oportunamente a los usuarios a través de:
- Medios masivos de comunicación, tales como estaciones radio. - Trípticos
- Los teléfonos de atención a usuarios. - Páginas WEB de uso masivo nacional.
Además se deberá informar sobre el comportamiento de la carretera en periodos similares de años anteriores, de tal forma que se indique al usuario sobre la hora más adecuada para viajar y tratar así de erradicar problemas de flujo vehicular.
Igualmente, la concesionaria deberá mantener el parámetro de tiempo solicitado en el pliego de la licitación para el pago de sus cuotas de Peaje.
A continuación se exponen los requerimientos mínimos necesarios para el cumplimiento de la operación del Sistema de peaje:
4.2.3.1. Equipamiento de casetas de peaje
- La Concesionaria utilizará equipamientos de casetas aprobados por el MTOP.
- Se deberá garantizar la observación de los requerimientos que se describirán en el Pliego de Prescripciones Técnicas de la licitación.
Para ello deberán cumplir como mínimo:
- Mantener un registro preciso sobre cada uno de los vehículos que utilicen la carretera. - Deberá cobrar a cada uno de ellos la tasa de la tarifa aplicada que se diseñe por tipo de
vehículo.
- El registro deberá permanecer almacenado en la base de datos para su posterior utilización. 4.2.3.2. Suministro de Energía
- La concesionaria deberá garantizar el suministro permanente de energía, sin interrupciones a los sistemas de peaje.
- Deberá mantener los sistemas funcionando sin registrar ninguna variación en su desempeño, a través del uso de respaldo de energía suficiente para operar permanentemente, en caso necesario, formados por :
UPS.
Plantas de Emergencia. Para ello deberán cumplir como mínimo:
- Mantener los sistemas de respaldo de datos de peaje en condiciones adecuadas.
- Los respaldos de las actividades de peaje deberán ser realizados siguiendo la metodología propuesta por el concesionario y aprobada por el MTOP.
4.2.3.3. Almacén de stockage para el Sistema de Peaje
- La Concesionaria deberá contar con un almacén de stock de elementos para reparaciones del sistema de Peaje, en donde resguarde los principales componentes de los equipos de Peaje y video.
- Deberá establecerse un lugar donde se permita que el técnico responsable realice procesos de reparación o sustitución de equipos y pruebas.
Para ello deberán cumplir como mínimo:
- Tener un stock suficiente de elementos para que ante un fallo o percance se pueda responder de forma inmediata sobre el o los elementos dañados y así mantener la disponibilidad de la carretera en las casetas de peaje.
4.2.3.4. Grado de Confiabilidad
- La Concesionaria tomará en cuenta que los equipos que se instalen deberán tener un grado de confiabilidad mínimo según se definirá en el Pliego de la licitación.
- Realizar las pruebas de aceptación del sistema y mantener el sistema operando con el mismo nivel de precisión y margen de error en su Operación aceptado por el MTOP en el momento de inicio de operaciones.
Para ello deberán cumplir como mínimo:
- Será revisado por el MTOP antes del inicio de operaciones del sistema de Peaje (pruebas de aceptación).
4.2.3.5. Operación de las casetas de peaje
- El Sistema de Control de Peaje deberá tener las características y operar conforme a lo que se describa en el Pliego de la licitación, incluyendo los servicios y medios de pago que se prestan en ella, como parte relevante de la Operación.
- La Operación de las casetas con relación al usuario/cliente de la carretera, se define como requisito para su diseño con su capacidad y la conectividad con el resto de los sistemas electrónicos de la carretera como sigue:
Los recursos humanos y materiales deberán ser dimensionados en función del tráfico previsto, de tal modo que se pueda atender un nivel mínimo de servicio, especialmente por la longitud de las colas en las plazas de Peaje.
La medida de la cantidad de carriles de peaje y de los equipos de cobro deberá ser calculada de manera tal que proporcionen un nivel de servicio satisfactorio y adecuado, debiendo realizar su adecuación según el crecimiento del tráfico durante el periodo de la Concesión, a través de una vigilancia de la Operación en las vías de peaje y con base a un diseño que permita atender la máxima demanda.
La vigilancia del crecimiento de las demandas de tráfico deberá indicar la necesidad de aumento del número de cabinas y/o incremento del equipamiento.
La concesionaria deberá adecuar la Operación de las cabinas a las variaciones de flujo en las horas pico y en los días de mayor demanda (fines de semana largos, inicio y término de festividades escolares).
Se deberá considerar que todo paso de cualquier vehículo de un lado al otro de la barrera de cobro que constituye la caseta de peaje deberá ser controlado por el sistema de Peaje.
Los posibles pasos de vehículos sin el control del sistema, deberán ser bloqueados con medios definitivos o bien suficientemente pesados para requerir ser movidos por maquinaria, no de manera manual.
Para ello deberán cumplir como mínimo:
- Cumplir las disposiciones o normas de comodidad y fluidez conforme a lo que se indique en el Pliego de la licitación. El tiempo de espera para hacer el pago de Peaje deberá ser medido. - El sistema utilizará los medios necesarios (reconocimiento de placas o cualquier otro que
cumpla con la finalidad especificada y con la autorización escrita emitida por el MTOP) para medir el tiempo que toma a los usuarios pagar en la caseta de peaje. El tiempo incluye desde que el usuario frena, esperar en la cola (si hay alguna), paga, sale de la zona de la caseta y regresar a su velocidad normal en la carretera. Esto se logrará con el uso de equipos de detección antes y después de cada caseta, colocados a suficientemente distancia que asegurar que estén fuera de la zona a donde puede llegar la cola de vehículos
- Cualquier transmisión de información deberá estar encriptada de modo que prevenga robo o distribución accidental.
- La concesionaria deberá presentar al MTOP el proyecto de aumento del número de cabinas y/o equipamiento para su aprobación.
- La concesionaria tomará medidas en la programación de la Operación de las cabinas de acuerdo con las demandas de tráfico, para evitar la acumulación excesiva de vehículos e incrementar la disponibilidad del servicio de la carretera.
4.2.3.6. Supervisión de los datos de cobro
- El MTOP tendrá acceso completo a la sala de operación de la concesionaria y dispondrá de un despacho con acceso a los datos del Sistema de Peaje y podrá instalar sistemas de verificación electrónica de desempeño y auditoría en los sistemas de Peaje, que provean datos para las revisiones de auditoría que se requieran realizar.
Para ello deberán cumplir como mínimo:
- Los datos e informes de tráfico deberán estar disponibles en cualquier momento para el MTOP y podrán ser consultados en el momento que sea necesario.