5. Ingeniería del proyecto
5.3 Estudio de localización:
5.3.2 Consideraciones legales:
137 Se ha determinado que de acuerdo a los distritos a los cuales está orientado el presente plan de negocios (Cayma, Yanahuara, Arequipa (Cercado) y José L. Bustamante y Rivero), el marco legal es una variable que no afecta nuestro plan de negocio, esto por la naturaleza del servicio a brindar.
b. Ordenamiento jurídico de la empresa:
Tipo de sociedad:
Después de haber evaluado las posibles modalidades de empresa que puede adoptar la empresa propuesta, hemos determinado que la empresa propuesta deberá conformarse como una Sociedad de Responsabilidad Limitada, por las siguientes razones:
La S.R.L., no posee más de 20 socios, y teniendo en cuenta la inversión que el negocio necesita y las utilidades generadas por éste consideramos que no será necesario que la empresa cuente con más de 20 socios.
La actividad de limpieza será realizada por trabajadores contratados por la empresa y no directamente por los socios, motivo por el cual no seremos una Sociedad Civil.
No podemos ser una Sociedad Anónima Abierta ya que esta cuenta con un gran número de accionistas, y no pensamos participar en el mercado de valores.
Siendo que somos una empresa nueva, que recién se encuentra en formación no deseamos estar
138 obligados a la reserva legal establecida en el art. 229° de la LGS, por lo tanto no podemos ser una Sociedad Anónima, ya sea abierta o cerrada.
Tipos de contratos de trabajo a utilizar:
Del análisis de mercado realizado, se descubrió que nuestra competencia tanto directa como indirecta contrata a sus trabajadores mediante contratos sujetos a modalidad. –Contratos temporales-, los cuales son renovados cada 3 o 6 meses; no obstante, las tareas realizadas por este tipo de personal son de naturaleza permanente, máxime si tenemos en cuenta que la actividad de limpieza es el core del negocio, por lo tanto, lo que la competencia está realizando es desnaturalizar los contratos de trabajo, con la finalidad de no generar un vínculo permanente con los trabajadores.
Con la finalidad de generar una imagen de seriedad y responsabilidad de la empresa, diferenciándonos de la competencia, contaremos con contratos de trabajo a tiempo indeterminado para nuestros trabajadores, (gerente, supervisor y operarios).Tal como se puede apreciar de los contratos de trabajo que se adjuntan.
139 Por otro lado es necesario establecer qué régimen contributivo deseamos tener en la empresa (RUS, RER O RGR); siendo esto así, debemos tener en cuenta los requisitos exigidos por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, para cada uno de los regímenes.
Régimen Único Simplificado (RUS):
Régimen dirigido a personas naturales o sucesiones indivisas, es la mejor opción para tributar en la actividad minorista, siempre y cuando no tengamos planificado ser proveedores de empresas o del estado; sirve para aquellos que brindan un servicio de forma independiente, ideal para bodegas, ferreterías, panaderías, y para la venta de algún producto o servicio al por menor.
Para poder acceder a este régimen tributario el negocio debe funcionar en un solo local, las ventas y compras no pueden superar los S/. 30,000.00 mensuales ni los S/. 360,000.00 anuales. Y el valor de los activos fijos no pueden superar los S/. 70,000.00.
Régimen Especial del Impuesto a la Renta: (RER)
Régimen tributario dirigido a personas naturales o jurídicas, que obtengan renta de tercera categoría provenientes de actividades comerciales, industria o servicio.
140 Para acceder a este régimen, el monto de ingresos netos anuales, no puede superar los S/. 525,000.00, el valor de los activos fijos no deben superar los S/. 126,000.00, no se puede superar de 10 trabajadores por turno de trabajo.
Régimen General del Impuesto a la Renta: (RGR)
Régimen que grava con impuesto a las utilidades, comprende las siguientes actividades:
Cualquier tipo de actividad económica.
Prestación de servicios.
Contratos de construcción.
Notarios.
Agentes medidores de comercio, rematadores y martilleros.
Los tributos afectos por este régimen son: el impuesto general a las ventas –IGV- correspondiente al 18% y el impuesto a la renta 30%.
Después de analizar cada uno de los regímenes que ofrece nuestra legislación, optamos por el régimen general del impuesto a la renta, toda vez que, al ser una persona jurídica y tener activos por encima de los S/. 70,000.00 no podemos acogernos al régimen simplificado y teniendo más de 10 trabajadores tampoco podemos acogernos al régimen especial del
141 impuesto a la renta, por lo tanto, siendo una empresa dedicada a la prestación de servicios, proyectada a crecer en el tiempo, decidimos que el régimen al que nos someteremos será al régimen general22.
Licencia de funcionamiento:
Adicionalmente a lo indicado anteriormente, es necesario que el local donde va a operar la empresa cuente con licencia de funcionamiento, para esto se debe cumplir las normas exigidas por INDECI.
Al respecto, el artículo 6° de la Ley 28976° -Ley Marco
de Licencia de Funcionamiento- refiere que los
aspectos evaluados por la municipalidad para emitir la licencia de funcionamiento son los siguientes:
La zonificación y compatibilidad de uso.
Y las condiciones de seguridad de defensa civil. Tal como se ha indicado en el párrafo anterior, es la municipalidad del sector la encargada de realizar la inspección con la finalidad de que el local de la empresa cumpla con todos los requisitos, siendo esto así, debemos cumplir con los siguientes pasos, de acuerdo al TUPA de la Municipalidad Provincial de Arequipa.
La municipalidad realiza una inspección presencial-
a diferencia de una declaración jurada en el caso de
22 DEPERU.COM. Los regímenes tributarios de la SUNAT. [en línea]. Lima: Deperu.com, 2012. [citado abril 2015]. Disponible en: http://www.deperu.com/contabilidad/los-regimenes-tributarios-de-la-sunat-4834
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locales menores a 100 m2- con la finalidad de
verificar que se cumplan con las normas técnicas de seguridad en defensa civil como son: botiquín, salidas de emergencia, adecuada distribución de ambientes, equipos de extinción, plan de contingencia, plano de vías de escape, señalización de seguridad, directorio de emergencia, tablero de energía de acuerdo a la normatividad vigente, entre otros .
Pago por concepto de derechos (incluye la inspección técnica de seguridad), por un monto de S/. 378.60. 23