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In document Banco de Antigua, S. A. (página 34-39)

En Oficio 8345-2015 del 17 de septiembre de 2015 la Superintendencia de Bancos ha

notificado a los bancos sobre la aplicación del registro contable del gasto por Impuesto Sobre la Renta, a partir del 1 de enero de 2016 en el que se establece que el mismo deberá

registrarse al cierre de cada mes, independientemente del régimen tributario en el que estén inscritas las entidades, estimando su monto y efectuando su registro contable conforme lo siguiente:

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a. Entidades inscritas en el Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas, cuyo período de liquidación del impuesto es mensual.

El monto del Impuesto Sobre la Renta a registrar corresponderá al que resulte en la liquidación que se efectúe conforme la ley de la materia. Para el efecto, se deberá cargar el monto resultante en una cuenta de gasto.

b. Entidades inscritas en el Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas, cuyo período de liquidación del impuesto es anual.

El monto del Impuesto Sobre la Renta a registrar corresponderá al que resulte de aplicar, a la fecha del período intermedio a que está referido el estado de resultados, el procedimiento de cálculo que la ley de la materia establece para la liquidación

definitiva anual de dicho impuesto. Para el efecto, el monto resultante deberá cargarse a una cuenta de gasto con abono a una cuenta de pasivo. Estas cuentas se deberán ajustar mensualmente con el monto que corresponda, aumentando o disminuyendo la provisión dependiendo de los resultados acumulados a la fecha del período intermedio.

23. CONCENTRACIÓN DE INVERSIONES Y CONTINGENCIAS

El 1 de junio de 2002 entró en vigencia la Ley de Bancos y Grupos Financieros, Decreto Número 19-2002 y el 1 de abril de 2013 entraron en vigencia las reformas a la ley contenidas en el Decreto Número 26-2012. De acuerdo con estas regulaciones, los bancos, las sociedades financieras, así como las entidades fuera de plaza o entidades off shore y las empresas especializadas en servicios financieros que formen parte de grupos financieros, con excepción de las operaciones financieras que pueden realizar, sin limitación alguna, en títulos emitidos por el Ministerio de Finanzas Públicas o el Banco de Guatemala, no podrán efectuar operación que impliquen financiamiento directo o indirecto de cualquier naturaleza, sin importar la forma jurídica que adopten, tales, como, pero no circunscrito a, bonos, pagarés, obligaciones y/o créditos, ni otorgar garantías o avales, que en conjunto excedan los porcentajes incluidos en la página siguiente:

- Quince por ciento (15%) del patrimonio computable a una sola persona individual o jurídica, de carácter privado o a una sola empresa o entidad del Estado o autónoma. Se exceptúan de este límite los excesos transitorios derivados de depósitos interbancarios de naturaleza operativa o de los depósitos e inversiones que las empresas del grupo financiero puedan tener en el banco de su grupo financiero.

- Treinta por ciento (30%) del patrimonio computable a dos o más personas vinculadas, las que se considerarán como una sola unidad de riesgo. Este porcentaje podrá incrementarse hasta el cincuenta por ciento (50%) del patrimonio computable, si el excedente lo

constituyen activos crediticios garantizados totalmente, durante el plazo del crédito, con certificados de depósitos a plazo o pagarés financieros emitidos por la propia institución, los que deberán quedar en custodia de la misma. Además deberá pactarse por escrito que, en caso el deudor sea demandado o incurra en incumplimiento, sin más trámite, se hará efectiva la garantía.

- Treinta por ciento (30%) del patrimonio computable en inversiones que realicen las entidades fuera de plaza o entidades off shore en títulos representativos de deuda soberana de otros países distintos a Guatemala, conforme la escala de límites que establezca la Junta Monetaria con base en la calificación de riesgo soberano que otorguen calificadoras de riesgo

reconocidas por la Comisión de Bolsa y valores de los Estados Unidos de América (Securities and Exchange Commission - SEC).

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- Cien por ciento (100% del patrimonio computable, al conjunto de inversiones que realicen los bancos o sociedades financieras en títulos representativos de deuda soberana de otros países distintos a Guatemala, que cuenten con la más alta calificación de riesgo soberano que, en la escala de grado de inversión, sea otorgada por calificadoras de riesgo reconocidas por la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos de América (Securities and Exchange Commission- SEC).

Cuando las entidades excedan los límites establecidos en la ley, deberán deducir de inmediato dicho exceso de su patrimonio computable, sin perjuicio de ser sancionadas de conformidad con la ley.

24. COMPROMISOS

 Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, el Banco ha suscrito contratos de cobertura de seguros

médicos para sus empleados con Seguros Universales por un monto de Q. 1,799,474 y Q. 1,504,340, respectivamente.

 El 18 de noviembre de 2013 el Banco suscribió contrato con la entidad Portales Distributor

LLC por el derecho de uso no exclusivo de Software bancario con todos los módulos y especificaciones detalladas en un anexo del contrato así como sus versiones y

actualizaciones. El 2 de enero de 2014 el Banco y Portales Distributors, LLC por medio de ademdum al contrato de derecho de uso de programa informático acordaron de mutuo y por convenir a sus intereses, suspender el pago mensual del primer año por el uso del software hasta que sea nuevamente acordado entre las partes que empezara la aplicación del pago mensual. El derecho de uso del software otorgado a Banco de Antigua S. A. no está siendo cobrado a ninguna persona física, natural, jurídica o moral por parte del proveedor. Por esta suspensión de pago el banco ha tenido un ahorro de US$ 39,640 mensuales.

 El Banco celebró contratos de arrendamiento operativo para el uso de algunas agencias,

mobiliario y equipo y otros activos, conforme las condiciones estipuladas en los contratos. El monto del gasto para el 2016 y 2015 por este concepto asciende a Q.1,671,551 y

Q.1,737,590 respectivamente.

25. CONTINGENCIAS

Al 31 de diciembre de 2016 existen ajustes de impuestos planteados por las autoridades fiscales y demandas laborales, el Banco no ha registrado la provisión por los mismos:

No. Descripción Montos

en Q. Estatus Legal del Litigio

1 Demanda Fiscal por ajustes, impuestos y multas relacionadas con el Impuesto sobre la Renta de los años 2013 y 2017 Q.138,017 y Q.4,029,297 El 26 de diciembre de 2016, el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria confirma el ajuste; resolución número 461-2016, de la audiencia del 12 de noviembre de 2015.

A la fecha la administración del Banco trabaja en la interposición de la demanda y el proceso aún continúa.

- 34 - No. Descripción Montos

en Q. Estatus Legal del Litigio

2 Demanda Laboral Q. 910,718 El 7 de diciembre de 2016, fue notificada sentencia

por medio de la cual se declara sin lugar la demanda promovida en contra de Banco de Antigua. No se ha recibido notificación alguna sobre la interposición del recurso de apelación por el actor.

26. CUENTAS DE ORDEN

Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, el Banco ha reconocido en cuentas de orden los siguientes saldos:

2016 2015

Contingencias y compromisos a/ Q. 141,793,494 Q. 177,243,243

Garantía cartera de créditos b/ 4,420,100 8,784,061

Documentos y valores propios remitidos - 215,405

Otras cuentas de orden c/ 50,114,723 379,547,235

Q. 196,328,317 Q. 565,789,944

a/ Corresponde al valor disponible por tarjetas de crédito. b/ Corresponde a los créditos garantizados back to back. c/ Las otras cuentas de orden se integran así:

2016 2015

Deudores por cuentas declaradas incobrables a/ Q. 30,456,111 Q. 360,652,874

Formación Fondo para Protección de Ahorro 12,757,756 10,700,157

Intereses por lucro cesante en cuentas activas 6,412,664 7,286,815

Créditos aprobados pendientes de formalizar 412,313 839,324

Formación Fondo para Protección de Ahorro en

moneda extranjera 70,783 67,050

Interés por lucro cesante en moneda extranjera 5,096 1,015

Q. 50,114,723 Q. 379,547,235

a/ Durante los años 2016 y 2015 el movimiento del saldo de los deudores por cuentas declaradas incobrables fue el siguiente:

2016 2015

Saldo Inicial Q. 360,652,874 Q. 201,335,204

Castigos de Capital, Intereses y cargos financieros 215,941,854 212,082,435

Otros recargos 102,413,436 103,959,722

Cargos financieros dados de bajo por subrogación de

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2016 2015

Recuperación de créditos subrogados con empresas del

grupo (Notas 10 y 21) (149,365,619) (32,632,625)

Recuperación de créditos subrogados con terceros a/ (265,172,237) (43,417,400)

Otras recuperaciones de cartera castigada (78,702,188) (21,907,025)

Total de castigo por crédito 25,411,516 356,293,034

Otros cuentas por cobrar 5,044,595 4,359,840

Saldo final Q. 30,456,111 Q. 360,652,874

a/ Corresponde al valor de la subrogación de cartera de créditos y sus intereses con terceras partes por la cual el Banco recupero Q. 7,278,424 equivalente al 3% del valor total, este monto fue reconocido como productos extraordinarios (Nota 21).

27. TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA Y EXPOSICIÓN AL RIESGO DE CAMBIO

Al 31 de diciembre de 2016 y 2015, los saldos de activos y pasivos financieros denominados en moneda extranjera están expresados en Quetzales al tipo de cambio de cierre publicado por el Banco de Guatemala vigente a esas fechas, para cada moneda. Dichos saldos se resumen como sigue:

2016 2015

Activos:

Disponibilidades US$ 2,401,640 US$ 4,134,051

Cartera de créditos 117,009 92,033

Cuentas por cobrar 20,827 24,918

US$ 2,539,476 US$ 4,251,002

Pasivos:

Obligaciones depositarias US$ 261,706 US$ 300,992

Gastos financieros por pagar 1,863 1,863

Cuentas por pagar 21,629 43,072

US$ 285,198 US$ 345,927 La mayor parte de los activos y pasivos en moneda extranjera del Banco son en dólares

estadounidenses. Al 31 de diciembre de 2016 y 2015 el tipo de cambio establecido por el Banco de Guatemala utilizado para expresar en Quetzales los saldos en dicha moneda extranjera fue Q. 7.52213 y Q. 7.63237 por US$1, respectivamente.

En Guatemala las operaciones con divisas deben realizarse a través del sistema financiero. El 6 de noviembre de 1989 la Junta Monetaria liberó la tasa de cambio del Quetzal en relación con el Dólar de los Estados Unidos de América, por lo que la tasa de cambio es determinada por la oferta y la demanda del Dólar en el mercado.

El Banco ha registrado ganancias y pérdidas por diferencial cambiario; en el 2016 registró ganancias netas por Q. 207,523, para el 2015 registró pérdidas netas por Q. 700,054.

- 36 - 28. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

El Banco está expuesto a los siguientes riesgos que, de ocurrir, podrían tener un efecto significativo adverso sobre sus estados financieros, los cuales se resumen a continuación:

Riesgo de Crédito - Es la contingencia que una institución incurra en pérdidas como

consecuencia de que un deudor o contraparte incumpla sus obligaciones en los términos acordados.

Riesgo de Liquidez - Es la contingencia que una institución no tenga capacidad para fondear

incrementos en sus activos o cumplir con sus obligaciones oportunamente, sin incurrir en costos financieros fuera de mercado.

Riesgo de Mercado - Es la contingencia que una institución incurra en pérdidas como

consecuencia de movimientos adversos en precios en los mercados financieros. Incluye los riesgos de tasa de interés y cambiario.

Riesgo Operacional - Es la contingencia que una institución incurra en pérdidas debido a la

inadecuación o a fallas de procesos, de personas, de los sistemas internos, o bien a causa de eventos externos. Incluye los riesgos tecnológico y legal.

Riesgo País - Es la contingencia que una institución incurra en pérdidas, asociada con el

ambiente económico, social y político del país donde el deudor o contraparte tiene su domicilio y/o sus operaciones. Incluye los riesgos soberano, político y de transferencia.

Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo - Es la contingencia que los

servicios y productos de una institución se utilicen para el encubrimiento de activos financieros, de modo que puedan ser usados sin que detecte la actividad ilegal que los produce. En adición a tener implicaciones sancionatorias o amonestaciones por

incumplimiento de la Ley vigente contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y la Ley para Prevenir y Reprimir el Financiamiento del Terrorismo, también arriesga la imagen de la institución.

Riesgo Regulatorio - Es la contingencia que una institución incurra en pérdidas por dejar de

cumplir requisitos regulatorios o legales en la jurisdicción relevante en que opera la institución.

In document Banco de Antigua, S. A. (página 34-39)

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