Como se explicó anteriormente, en el presente estudio, se analizará el caso de la justicia federal argentina y brasilera. Específicamente, la información a estudiar se referirá a la percepción de los empleados del Poder Judicial de la Nación Argentina (PJN) sobre un sistema de gestión integral de expedientes judiciales (SGJ LEX100) y de la Justicia Brasilera sobre un sistema utilizado para implementar el proceso electrónico (e-PROC). La elección de Argentina y Brasil como países de referencia se justifica por el hecho señalado por Kumar et al. (2017) en cuanto a que son países en desarrollo donde el uso de los servicios de Gobierno Electrónico se encuentra todavía en una fase temprana en comparación con otros países desarrollados, como los Estados Unidos y el Reino Unido, donde el Gobierno Electrónico ya es un procedimiento establecido.
En Brasil y Argentina, la transformación del sistema de justicia a través del uso de TI está en marcha ya que se está extendiendo a muchos tribunales (Andrade & Joia, 2012). Simultáneamente, el Poder Judicial de Brasil está sorprendiendo al mundo entero debido a las investigaciones sobre el lavado de dinero y la corrupción de los políticos en la operación Lava Jato (The New York Times, 2017). Mientras tanto, en Argentina, el sistema de justicia es criticado por tener el mayor nivel de presupuesto a nivel mundial y un gran número de empleados y ferias, que interrumpen la prestación de los servicios durante 45 días al año (Infobae, 2017). El contemporáneo momento histórico en ambos países demuestra que la gestión judicial es de fundamental importancia como para que permanezca sin atención sistemática y continua de la academia (Guimarães, Odelius, Medeiros, & Vargas Santana, 2011).
Los sistemas de justicia federal argentina y brasilera tienen similitudes por su proximidad geográfica, su realidad como instituciones públicas pertenecientes al Poder Judicial y la aplicación del sistema jurídico romano-alemán. Entonces, se espera que estudiar estas dos unidades permitirá retornar a una unidad de análisis superior: el servicio de justicia, de manera de tener una visión general de dicho servicio y no sólo de las dos unidades de análisis independientes.
A pesar de que los Poderes Judiciales de todo el mundo siguen siendo de las instituciones que están menos dispuestas a poner en práctica políticas en materia de transparencia y acceso a la información, generalmente debido a su tradición conservadora y la falta de prácticas de rendición de cuentas (Elena, 2015b), el Poder Judicial también está progresando hacia el desarrollo de mejores
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portales para mejorar sus procesos y fortalecer las relaciones con sus stakeholders. De hecho, la mayoría de las agencias judiciales del mundo han creado sus propios sitios web con diferentes niveles de sofisticación (Sandoval-Almazán & Gil-Garcia, 2015).
En Latinoamérica, debido a las restauraciones democráticas de las décadas de los 80 y 90, se han experimentado progresivas reformas en materia judicial entre las que se destacan la implementación de TI (CEJA, 2014). Entonces, es importante que los países de la región continúen avanzando en su incorporación, mientras que compartan e intercambien buenas prácticas (CEJA, 2015). Así, la implementación de TI en el sistema de justicia de América Latina se vuelve atractiva para los investigadores.
Dentro de la región Latinoamérica, Brasil ha sido uno de los países referentes en la informatización del Poder Judicial y su consecuente investigación académica, a través de, por ejemplo, los estudios de Joia (2008, 2009), Andrade (2009), Andrade y Joia (2012), Guimarães et al. (2011) y Sousa y Guimarães (2017). En dicho país la Ley Federal 11.419/06 (del 19 de diciembre de 2006) permite el uso de soportes electrónicos en la gestión de expedientes, comunicaciones y transmisión de documentos legales (Guimarães et al., 2011). La ley también permite a todas y cada una de las dependencias judiciales el desarrollo de su propio sistema para gestionar expedientes electrónicamente aunque dicho desarrollo no es obligatorio. Es decir que la normativa legal confirma la libertad de cada dependencia de elegir el modelo de desarrollo que mejor se adapte a su propio uso sin que sea necesario la adopción de un sistema específico, como los desarrollados por el Consejo Nacional de Justicia (Andrade & Joia, 2012). Así, mediante una resolución del año 2010 (Resolución 17/2010 del Tribunal Regional Federal de la Cuarta Región), se implementó el sistema de proceso judicial electrónico, a través del software llamado e-PROC, en toda la Justica Federal de la Cuarta Región de Brasil. Actualmente, en la referida jurisdicción todos los procesos judiciales tramitan exclusivamente bajo la forma de expedientes digitales, gestionados dentro del e-PROC. El éxito de este software en Brasil ha llevado a que otras regiones judiciales analicen su implementación y se lo ha vinculado con la estrategia de comunicación (O Antagonista, 2017) y la publicidad (Agencia O Globo, 2017) de las causas investigadas a raíz de la operación Lava Jato.
En cambio, en Argentina recién una ley del año 2011, la Ley 26.685 (publicada en el Boletín Oficial el 07 de julio de 2011), autorizó el uso de las TI en todo el ámbito del PJN. La referida ley delegó la reglamentación del uso e implementación de herramientas de gestión con aplicación de TI en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y el Consejo de la Magistratura de la Nación, en forma conjunta. Sin embargo, ha sido la CSJN quien ha desarrollado el planeamiento estratégico a fin de concretar dicha tarea, dictando distintas acordadas que fueron expandiendo el ámbito de aplicación de TI en forma gradual. Entre esas acordadas se encuentra la dictada durante el año 2013
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(Acordada CSJN 14/2013) que estableció el uso obligatorio del SGJ LEX100 como único software
admitido para gestionar expedientes en todo el PJN. La ejecución operativa de los planes de aplicación de TI y el desarrollo de los sistemas se encuentra a cargo del Consejo de la Magistratura a través de su Dirección General de Tecnología. Entonces, el Proyecto Informático de la CSJN (PJN, 2008) puede ser visto como un Plan Estratégico de TI que fue impulsado por la CSJN y efectivamente concretado por el Consejo de la Magistratura.
Según Andrade y Joia (2012), un Consejo Nacional de Justicia o Consejo de la Magistratura facultado para centralizar la planificación estratégica de TI (tal el caso de Argentina a diferencia del caso de Brasil) permite alinear la estructura y la estrategia de tal manera que fomente el desarrollo de proyectos de TI coordinados e integrados con amplio alcance y aplicación efectiva. Este rol clave del Consejo de la Magistratura como integrador y punto focal con respecto al desarrollo e implementación de la estrategia de TI es necesario para lograr la transformación de estructuras e integrar el rediseño organizacional dentro del Poder Judicial. Así, la estructura organizacional del PJN ha influenciado la definición del Plan Estratégico de TI (PJN, 2008) de la CSJN, de manera de alinear dicha estrategia a la estructura del PJN (que contempla la justicia federal y nacional de la Argentina y cuya administración se encuentra a cargo del Consejo de la Magistratura, con la única excepción de la CSJN que mantiene su propia administración).
Entonces a diferencia de lo que sucede en Brasil, en la justicia federal Argentina existe un único
software admitido para gestionar expedientes, que se usa en el fuero nacional de la Capital Federal y en los fueros federales de todo el país: el SGJ LEX100. Sin embargo, si bien la informatización del PJN lleva ya varios años de aplicación, todavía se encuentran en una fase de implementación inicial (Arias & Argañaraz, 2015b, 2015a), donde el desarrollo de software aún es necesario. Actualmente, en la justicia federal Argentina conviven el expediente papel y su equivalente expediente digital. Aún existen implementaciones parciales en algunos casos, en cuanto a los sistemas computarizados de gestión integral de expedientes judiciales, las notificaciones electrónicas, las consultas de despachos y resoluciones judiciales a través de la web, entre otros (Camps, 2014). Es decir que todavía continúa ausente información esencial en el expediente digital, que puede consistir en informes de otros organismos que sirvan de auxilio a la justicia (Arias & Argañaraz, 2015b). Por ello, en la actualidad no puede prescindirse en su totalidad del papel y el expediente electrónico existe pero incompleto. Así, la presencia de un sistema judicial Argentino íntegramente digitalizado se dificulta por el momento (Ramírez Carbajo, 2014).
No obstante el desarrollo en sistemas por parte del PJN, en Argentina sólo se han detectado estudios académicos sobre el diseño y la implementación de la firma y notificación electrónica de documentos judiciales en el contexto de la justicia provincial de Neuquén (Luzuriaga & Cechich,
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2011; Luzuriaga, Martínez, & Cechich, 2009). En su conjunto los estudios relevados sobre la implementación de TI en el sistema de justicia de Brasil y Argentina (por ejemplo, proceso electrónico, sistema de gestión judicial, notificación electrónica, firma electrónica, comunicación electrónica) muestran que: 1) la responsabilidad y la importancia de la TI en los tribunales ha aumentado; 2) la innovación contribuye al desarrollo e integración de otras innovaciones y cambios en las rutinas de trabajo de los tribunales; 3) la relación entre las políticas de infraestructura pública y la prestación de servicios basados en TI es importante (Sousa & Guimarães, 2017); 4) los proyectos de TI se institucionalizan y se utilizan habitualmente con un alto nivel de aceptación (Luzuriaga & Cechich, 2011); 5) los esfuerzos de TI influyen positivamente en las medidas de desempeño, es decir la eficiencia, eficacia, efectividad y rendición de cuentas de las organizaciones (Joia, 2008, 2009); y 6) los estudios sobre los impactos de las innovaciones de gestión sobre la productividad y la eficiencia son de fundamental importancia (Guimarães et al., 2011).
Como investigación futura, ciertos autores destacaron que para profundizar la comprensión de la administración de los tribunales se necesitan estudios longitudinales y transversales. Los futuros estudios podrían ser de naturaleza más cuantitativa y concentrarse en una muestra más amplia de tribunales, incluidos los tribunales no brasileños (Guimarães et al., 2011). Del mismo modo, Sousa & Guimarães (2017) sugirieron el análisis del desarrollo y adopción de innovaciones en distintos fueros judiciales y tribunales. De manera similar, según Andrade y Joia (2012) se necesitan más investigaciones para examinar cómo han funcionado esfuerzos análogos de implementación de estrategias de TI en la justicia de distintos países, para mejorar la validez externa de las investigaciones, es decir, para verificar si las conclusiones pueden ser replicadas en diferentes entornos políticos, económicos, sociales, legales y tecnológicos.
En este sentido, algunos estudios de comparación entre países de la región Latinoamérica han surgido con el fin de evaluar y comparar la implementación de TI en el servicio de justicia. Conjuntamente estas investigaciones sobre justicia abierta (Open Justice, en inglés) (Elena, 2015b; Elena et al., 2014; Sandoval-Almazán & Gil-Garcia, 2015; Sandoval-Almazán & Valle-Cruz, 2016) muestran que la implementación de TI en el servicio de la justicia todavía se hace sólo con fines administrativos siguiendo políticas para aumentar la transparencia. Sin embargo, los desarrollos de TI no están normalmente centrados en los ciudadanos, por lo tanto fallan en satisfacer sus necesidades y no mejoran la prestación del servicio de justicia. De hecho, no hay pruebas para afirmar que la información del Poder Judicial podría haber sido específicamente planeada para su uso sistemático en el diseño de políticas de justicia de calidad ni que podría ser usada para mejorar la productividad o la eficiencia de los tribunales en términos de calidad, cantidad y duración de procesos judiciales (Elena et al., 2014).
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Aunque los procesos electrónicos son herramientas necesarias a ser implementadas por los tribunales debido a la importancia de los SI e Internet, tanto en las operaciones de los tribunales como en el acceso público a la información (Andrade, 2009), no existe aún ningún estudio científico que evalúe el impacto del proceso electrónico en la calidad del servicio de justicia federal. Es decir que las bondades que se asignan a la TI implementada en la justicia federal respecto a la mejorar la calidad del servicio de justicia, todavía no han sido analizadas formalmente por parte de la academia. Esto sería útil para asegurar la eficacia y efectividad en su aplicación, es decir poder establecer si con posterioridad a su implementación, las causas judiciales pueden resolverse con una mejora en la calidad del servició y, así, crear valor público desde el uso de TI. La relevancia de la presente investigación para la academia y la práctica gerencial, se expone en la próxima sección.