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2.2. MARCO TEORICO REFERENCIAL

2.2.38. Contorno Penitenciario

La inspección social formal se amplía al espacio carcelario, donde tiene lugar el cumplimiento de las penas. Nuestro país reserva ésta trabajo intrínsecamente al órgano oficial del Poder Ejecutivo, que orienta la política carcelaria a alcanzar y encomendar las políticas penitenciarias a los miembros adecuadas, entre ellos: El Instituto Nacional Penitenciario (INPE), adjunto del Ministerio de Justicia que despliega la dirección penitenciaria a nivel nacional, en conexión con el Ministerio del Interior (PNP) para fines de seguridad, sea interna o externa de los entidades patibularias del país.

Desde una aspecto político criminal atañe la realización de las penas privativas de libertad, que son las más importantes donde se sitúa en forma decisiva en las MAZMORRAS como dispositivo de inspección social formal, que se conjetura debe partir del esbozo conveniente de una POLÍTICA PENITENCIARIA.

Nuestra patria no cuenta con una Política Penitenciaria como “política de Estado”, los componentes que se adoptan en el perímetro penitenciario reconocen a políticas gubernamentales, eminentemente

circunstanciales, desencajadas del contexto 181social, política y

económica del país que no aportan en la solución de los graves problemas que plantea la ejecución penal en las prisiones en el Perú es fácil constatar la abismal distancia que existe entre la teoría y la práctica; teóricamente, la pena privativa de libertad es una respuesta político criminal desde el Estado que debe alcanzar fines concretos a favor de la colectividad que se sintetiza en la temor general principalmente auténtica y la prevención especial para lograr la reintegración del condenado a la sociedad, utilizando como mecanismo del control social formal: la cárcel; pero la realidad penitenciaria del país, en la práctica permite señalar que no sirve para los fines teóricos de la pena por los indicadores crecientes de criminalidad y reincidencias.

181 AGUIRRE ABARCA, Silvia Elena, La Cadena Perpetua en el Perú, Tesis para optar el Grado de Magister en

Prosiguiendo con la linera de Aguirre Abarca, la cadena perpetua es la pena más enérgica, que como dispositivo político criminal en relación de algunos delitos graves, como en la actualidad maneja el Perú, por esa razón concluyente diferenciar “los intentos de ésta pena con el medio, forma, contextos de cómo se debe establecer ésta pena en el nación”, pena que las normas se cumplían en “un centro de encierro de máxima seguridad, conviniendo evaluar fríamente si bajo el argumento de una situación confusa penitenciaria sin un norte determinado, falto de apoyo en una Manejo Penitenciaria como política de Estado, se puedan ver “beneficios” que favorezcan a la colectividad de nuestra patria.

Igualmente no consta un órgano jurisdiccional encargado de la cumplimiento punitivo que inspeccione, fiscalice los entornos en que se cumple ésta pena, dejando librado al sistema penitenciario, en exclusividad, la responsabilidad por los internos condenados a cadena perpetua, que están obligados a durar hasta el fin de sus existencia, aguantando fuertemente situaciones patéticos de carcelería, que cada día, se crean más diatribas por la sobresaturación de los panópticos en toda la nación, como secuela de los jueces carcelarios, colocando en en los ojos del mundo que en el Perú se enreda el dicho “penales de alta seguridad” con los de “máxima consistencia”, que, si prohibimos en atención al aumento descriptivo en el patria nos da espanto reflexionar si el Estado logrará vivir en aforo de reproducir en el futuro la edificación de cárceles de alta seguridad, en la extensión del acrecentamiento del alto grado de criminalidad, sobre todo, de las grandes bandas organizadas de

cuello y corbata que hoy están haciendo noticia desde hace varios años por la corrupción de los funcionarios de alto rango como son los dos ex - Presidentes de la Republica, como Alberto Fujimori, Ollanta Humala y la ex primera Dama, Dadine Heredia Alarcón que se encuentra en la cárcel y no que se encuentra prófugo, como Alejandro Toledo, estos últimos, por haber cometido presuntos delitos de lesa humanidad y en contra la Administración Publica, en agravio del Estado peruano; peor aún, el traidor más grande de los últimos tiempos en el Perú, fue el Ollanta Humala, quien debió indultar a su hermano Antauro y de paso a Alberto Fujimori, y propiciar una la Ley de amnistía y reconciliación nacional entre militares y los alzados en armar, entre ellos a los Sendero de Luminoso y del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru, como lo hizo el Presidente de la Republica de Colombia, Juan Santos con el grupo armado denominado Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, ( FARTC), que hoy son parte del sistema democrático y político de esa país, y van han competir en las próximas elecciones generales que ya se vienen en ese país o ahora último el gesto democrático del Presidente Pedro Pablo

Kuczynski, de indultar al ex – Presidente Alberto Fujimori, en aras de la

reconciliación nacional

Por otro lado, el elefante Blanco de la Defensoría del Pueblo, se

dice que comprobó 182in situ la nebulosa que franquean las prisiones en

el nación cuyas características fueron materia del Informe de Defensoría

182 AGUIRRE ABARCA, Silvia Elena, La Cadena Perpetua en el Perú, Tesis para optar el Grado de Magister en

N°113, que presentó resultados sobre la “Supervisión del Sistema Penitenciario 2006”, contexto en lo real no logra prevalecer, a la inversa, se debilita y se intenta solucionar con ajustes equivocados, transfiriendo supuestos internos calificados “de alta peligrosidad” a entidades penales más seguros, tanto a nivel de la capital de la Republica como al interior del país, o, la suspensión de ingresos de internos a la cárcel más sobrepoblada del Perú “Lurigancho”, que alcanzó la cifra de 10657 internos , cifra que se siguió incrementando hasta el año 2009, descendiendo para el presente año, volumen que sigue siendo incontrolable, habiendo excedido en demasía su capacidad original de 1800 internos.

De acuerdo a la Defensoría del Pueblo respecto al penal de Lurigancho, los primordiales dificultades detectados contienen, aglomeración crítico, asiduamente rígido; maltratos o castigos inhumanos o indignos como fruto de la crimen y las peores situaciones de prisión; inexactitud de alejamiento de presos por condiciones; construcciones y circunstancias higiénicas y higiénicas acentuadamente desprovistas; incorrección o escasez de cuidado hospitalario conveniente; insolvencia y/o impropia eficacia de provisiones alimentarias, carencia de vía por parte de la totalidad de las individuos despojados de independencia a la instrucción y el alguna ocupación remunerada ; privación de método carcelario y cuidado técnico emplazada por varias sujetos privadas de libertad, encerrando a los conjuntos sensibles, dificultades que componen casi un calificativo frecuente en las penitenciarías de nuestra patria, tanto

es así, en poca extensión, y, también que acrecientan con la construcción, sin situaciones de vivencia, como acabamos de ver hace algunos meses, cuando fueron trasladados reos de supuesta peligrosidad, y jefes de bandas criminales organizadas, apodados “Timana y Caracol”, quienes por colaboradores eficaces, o mejor dicho, por soplones o traidores o por venganza, han promovido que estos personajes sean juzgados, sentenciados y encarcelados en el penal de alta peligrosidad de challapalca en Puno, y en el penal de Cerro de Pasco, donde se observó que la carceleta no tiene ventanas para que entre la luz del día, no tiene electricidad, y el agua sale una vez por día, cada celda es personal y con escusado, y tiene una dimensión de dos metros de largo por uno metro y veinte de ancho, y de altura dos metros; a eso se añade, defectos en instalaciones de agua y desagüe, humedad, filtraciones de agua, falta de ventilación, etc., como ocurre también en otros penales del país; reiteramos que estos presos comunes nunca van a reinsertarse a la sociedad, en esas condiciones de vida, sería mejor implantar la pena de muerte, porque creo que una sociedad culta no puede permitir una venganza atreves del ojo por ojo y diente por diente, porque están cometiendo simuladamente un homicidio calificado; para esto como volvemos ha recalcar, seria denunciar a Convención Interamericana de San José de Costa Rica y al Pacto de Derechos Civiles y Políticos y aplicarles de la pena de muerte, porque creo que el Perú no se merece esta clases de venganzas encubiertas.

Viendo lo real y concreto la vida carcelaria, y sumándole los colofones de la pena de cadena perpetua, bajo las situaciones completamente hostiles y perjudiciales para los prisioneros políticos en las cárceles del Perú, parece soñador cavilar que logren conseguir su restitución y retornar con existencia al sociedad, luego de más de 35 años de reclusión y de haber sido castigados a una condena que atañe en sí un maltrato o pena cruel, brutal o indignante- como registra la Defensoría del Pueblo en el Informe N°113 antes mencionado- por la perfil y escenarios de reclusión dañosas, apremiantes y de menoscabo persistente que la tendencia humanitaria no consigue aguantar por la permanencia dilatada de la pena, incumbiendo poseer en balance por ello, que la ilusión de vida intracarcelaria se sujeta a las lamentables circunstancias de la cumplimiento de la cadena perpetua, semblante que no ha sido soslayado por el máximo intérprete de la Constitución, al afirmar que:

... el trato inhumano se presenta siempre que se ocasione en la persona sufrimientos de especial intensidad; y se estará ante un trato degradante si la ejecución de la pena y las formas que ésta revista, traen consigo humillación o una sensación de envilecimiento de un nivel

diferente y mayor al que ocasiona la sola imposición de una condena”183

Discernimiento que expone las cogniciones de base sobre la inconstitucionalidad de la cadena perpetua, que paradojamente el propio

183 STC N°1429-2002-HC/TC, fundamento 7

Tribunal Constitucional se ha rechazado al declarar mediante sus sentencias números: STC-0010-2002- AI/TC y la sentencia del Pleno Jurisdiccional STC-003-2005-PI/TC, circunscribiendo a propiciar un causa revisoría que establece la justificación del condenado al superar los 35 años de reclusión firme, cruel e inhumano, política criminal vengativa que nuestro país se resiste a varias, pese a que en un instante, la Defensoría del Pueblo había encomendado: “Eliminar la cadena perpetua.

En nuestra patria, la cadena perpetua, sigue acosando a los prisioneros políticos; esta pena no tiene ningún sustento de una política penitenciaria, como política de Estado, que igualmente jamás hubo en nuestra el Perú, sino fuese por la influencia y los mandatos de la CIA, no estaríamos matándonos entre compatriotas.