armónica
6. Contribuyen a generar una actitud positiva entre los alumnos (Cabrera, 2013).
1.5. Comisión de Convivencia
La Comisión de Convivencia Escolar es un órgano colegiado que opera bajo la autorización del Consejo Escolar y se encarga de la planificación, gestión y evaluación de la convivencia escolar con el fin de mejorarla, por lo que dicha comisión promueve la mediación y el tratamiento de los conflictos. Está compuesta por un representante de los diferentes actores educativos (Cabrera, 2013).
Las principales funciones de la Comisión de Convivencia son: a) Seguimiento y coordinación de las actuaciones y medidas, b) Identificación de avances y dificultades, c) Propuestas de mejoras al Consejo Escolar y, d) Seguimiento a los compromisos de convivencia. Todos estos elementos se tomarán en cuenta para realizar al final una memoria del Plan de Convivencia (Cabrera, 2013).
146
Dentro del Plan de Convivencia se debe establecer el procedimiento para que la Comisión de Convivencia Escolar conozca cuáles fueron los elementos que se tomaron en cuenta para adoptar alguna medida disciplinaria y poder valorar el cumplimiento de esta medida impuesta por la comisión. También se incluye el calendario de reuniones de la Comisión de Convivencia para realizar el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas y que deberá prever cuando menos dos reuniones por ciclo escolar. A dichas reuniones debe asistir el orientador responsable, el coordinador del proyecto “Escuela Espacio de Paz” y el responsable para impulsar las medidas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres (Andalucía, 2011).
1.6 Aula de convivencia
El aula de convivencia está diseñada para aquel alumno a quien se le ha privado del derecho a participar en el normal desarrollo de las actividades escolares, como consecuencia de la imposición de una medida disciplinaria por alguna de las conductas tipificadas en el reglamento escolar. Por lo tanto, el aula de convivencia debe ser un espacio para que el alumno analice su conducta, reflexione y encuentre soluciones positivas (Andalucía, 2011).
Las finalidades u objetivos del aula de convivencia son:
Colaborar en la formación de competencias sociales.
Contribuir para que el alumno aprenda a resolver conflictos de una forma pacífica.
Potenciar el desarrollo de relaciones interpersonales positivas.
Establecer compromisos de convivencia (Cabrera, 2013).
En el Plan de Convivencia las escuelas pueden decidir la creación de un aula de convivencia, siempre y cuando cuente con los recursos humanos para poder brindar la atención educativa a los alumnos que se integren a ésta.
En caso de que se decida crear el aula de convivencia se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos:
147
Finalidad y objetivos.
Criterios y condiciones para la atención de los alumnos.
Criterios pedagógicos.
Programación de actividades del departamento de orientación encaminadas a favorecer el proceso de reflexión por cada alumno acerca de las circunstancias por las que se canalizó al aula.
Procedimiento de derivación.
Material didáctico.
Horario y funcionamiento de los responsables.
1.7 Medidas para la resolución de conflictos
Tomando en cuenta el diagnóstico del estado de convivencia se desarrollarán una serie de actividades encaminadas a mejorar la convivencia, y de esta manera, prevenir la violencia y resolver los conflictos de una forma pacífica, especificando en cada uno de los casos los recursos, la metodología, los espacios y los responsables.
En la fase preventiva se sugiere que para que los alumnos participen en actividades que favorezcan la integración, el conocimiento de las normas de convivencia, sus derechos, obligaciones y medidas disciplinarias o sanciones, se debe recurrir a la sensibilización de los alumnos, profesores y familias frente a los casos de acoso escolar y de equidad de género.
La mediación para la resolución pacífica de los conflictos se puede tomar como una medida para mejorar la convivencia y, en caso de que un alumno esté implicado en conductas contrarias a las normas de convivencia, el director le ofrecerá la posibilidad de acudir a la mediación escolar, esto, previo a la aplicación de la sanción correspondiente; si el alumno decide recurrir a la mediación y se
148
llega a un acuerdo positivo se tomará en cuenta en la aplicación de la medida disciplinaria.
En el Plan de Convivencia se debe especificar el proceso a seguir en la mediación, como son los tipos de casos que son mediables, el procedimiento para derivar un caso y los compromisos que se pueden establecer en la mediación.
Otra medida para la resolución de conflictos es el compromiso de convivencia: para el alumno que presenta problemas de conducta, en dicho documento se especifican las obligaciones que deben asumir cada una de las partes, así como las medidas concretas que se acuerdan para superar la situación, la fecha y evaluación de las mismas. En el Plan de Convivencia se especificarán las situaciones en las que se puede aplicar esta medida y el marco general de las actuaciones que pueden realizar las familias como la escuela al amparo de estos compromisos (Andalucia, 2011).
1.8 Formación
En el Plan de Convivencia se deben incluir las necesidades de formación en materia de convivencia escolar, así como la programación de actividades para la formación de toda la comunidad educativa.
1.9 Difusión, seguimiento y evaluación
Cada escuela tendrá constancia en el seguimiento de las conductas perjudiciales para la convivencia que se hayan producido, así como la medida disciplinaria impuesta, con objeto de dar continuidad a la solución de la conflictividad. También se indicarán las fechas y los responsables para el registro sistemático de las incidencias.
149
El análisis de estos datos sirve de base para adoptar medidas en el asesoramiento, formación, intervención y planificación de recursos de cada escuela.
Y por último, para la difusión del Plan de Convivencia, es el Consejo Escolar quien establece el procedimiento, con el objeto de garantizar que todos los miembros de la comunidad educativa lo conozcan.