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La Corrupción Política como un problema de Acción Colectiva

3. MARCO ANALÍTICO DE LA CORRUPCIÓN POLÍTICA

3.3 SITUACIÓN-ACCIÓN (DIMENSIÓN INTERPERSONAL)

3.5.2 La Corrupción Política como un problema de Acción Colectiva

Hipótesis 8: La corrupción política se constituye en un problema de acción colectiva, en el que, el individuo corrupto tiene incentivos para lograr un bien común o para abandonarlo, es decir, plantea un dilema entre la conveniencia privada dirigida a alcanzar los fines egoístas, y la colectiva, en donde los individuos involucrados en la negociación aporten y cooperen con el fin de alcanzar el bien colectivo.

De acuerdo con la versión más economicista, el problema de la acción colectiva podría resumirse, como un juego no cooperativo, en donde las personas que hacen pa rte de una colectividad se comportan de modo racional y egoísta. De tal forma, que el problema principal de la acción colectiva es el free-rider, el colinchado que se caracteriza por no cooperar con el grupo en la consecución del bien público o colectivo, y que por el contrario, espera obtener los beneficios sin la necesidad de incurrir en los costos que la acción colectiva implica. La lógica de aquello radica en que el auto-interés individualista perjudica el interés del grupo ya que los individuos buscan cuidar de si mismos, olvidándose de actuar colectivamente (Cante, 2007).

Autores como Cante (2007) y Elster (2007) amplían un poco la mirada económica y abordan el problema de la acción colectiva como un proceso de interacción estratégica (elección interdependiente) que requiere no sólo de la cooperación racional (no colinchamiento) si no también del consentimiento moral, político e ideológico de los individuos que hacen parte de una colectividad. En otras palabras, siguiendo el planteamiento de Hardin (1997) la acción colectiva supone dos etapas: la primera corresponde a un consentimiento o coordinación de los individuos en relación a un orden social establecido o deseado; y la segunda, a una negociación en el cual se decide ofrecer cuotas de cooperación definiendo las condiciones de ésta.

En el caso de la corrupción política como un proceso de interacción estratégica, se necesitan de cinco elementos66 para que este accionar se logre desarrollar de forma colectiva: 1) requiere un consentimiento colectivo para actuar en beneficio de la transacción corrupta, lo cual supone un consenso (voluntad colectiva) o una coordinación (norma social) que se logra gracias a las motivaciones compartidas como la razón (creencias y deseos) las emociones y normas sociales; 2) una vez se logra el consentimiento, se requiere de la cooperación de los individuos dentro de la negociación corrupta con el fin de armonizar los intereses individuales a los fines colectivos; 3) tanto el consentimiento como la cooperación que se logren llevar a cabo durante la negociación, depende de las creencias de los individuos, es decir, las creencias juegan un papel estratégico, ya que los individuos darán su consentimiento y actuarán cooperativamente, siempre y cuando sus semejantes también lo hagan67; 4) se dan una serie de oportunidades endógenas para actuar colectivamente, referidas a las posibilidades de organización e interacción estratégica, donde se incluye el tamaño del grupo68, las habilidades y recursos; y 5) se presentan oportunidades exógenas que son de carácter estructural y político. Por ejemplo, la debilidad institucional reflejada en la ineficiente aplicación de la ley y los castigos sobre las prácticas corruptas, incentivan este accionar ilegal.

No obstante, lograr el consenso y la cooperación al interior de la negociación corrupta no es tan sencillo, puesto que ésta implica, en primer lugar, el consentimiento de los individuos en relación a un orden social establecido en términos de lo moral, político e ideológico. (Cante 2007) Este problema plantea que los actores corruptos antes de embarcarse en una acción colectiva, necesitan de un consenso o coordinación entre el grupo a nivel de metapreferencias sobre un orden social, para atender después el problema del colinchado. El consenso moral constituye un juicio a las preferencias, sin embargo, en el caso de la corrupción hay una desviación de la moralidad, debido a que las preferencias corruptas implican una violación de las normas que rigen la función pública. Es decir, en este caso habría un consenso en torno a la desviación de la conducta. Por su parte, el consenso ideológico, que confluye entorno a unos mismos valores, creencias o a una metapreferencia, permite la coordinación entre los actores posibilitando el logro de la acción colectiva; y finalmente, el consenso político al interior del grupo, está dirigido a minimizar la disidencia (no cooperación) y maximizar el consenso, tratando de llegar a un juego de coordinación donde todos los agentes ganen (Cante, 2007).

En segundo lugar, llevar a cabo la acción colectiva por parte de los agentes corruptos, plantea también un problema en términos de la negociación y la intensidad de la cooperación dependiente de las preferencias (ordenamiento de resultados individuales y colectivos), que logra evidenciarse en las cuotas de cooperación por parte de cada uno de los actores involucrados en la acción colectiva (Cante, 2007).

El problema de la negociación corrupta plantea un conflicto de intereses, pues los actores corruptos movidos por el egoísmo y el auto interés (reflejado en los comportamientos oportunistas), olvidan actuar colectivamente perjudicando el interés del grupo. (Esto se manifiesta en el dilema del prisionero). Por este motivo, para que la cooperación puede lograse y no se presenten comportamientos oportunistas (no cooperación) deben implementarse, en el caso de la corrupción, tres tipos de incentivos selectivos o estrategias por parte del empresario de la acción colectiva : 1) los sobornos funcionan cuando el agente está dispuesto a cooperar en la negociación corrupta a cambio de un incentivo o premio que le representa un beneficio privado; 2) las amenazas se constituyen en un incentivo para que el agente o el cliente coopere, a causa del temor a la sanción, es decir, al incentivo negativo o castigo que le representa un daño privado; y 3) intercambios difíciles de rechazar, debido a que representan una combinación de sobornos y amenazas (Schelling, 1964: 51).

En suma, la corrupción política plantea un problema de acción colectiva que reside a la base de las interacciones humanas, puesto que el comportamiento de los individuos y sus acciones se encuentra constantemente en un dilema del prisionero, en donde los actores tienen incentivos para lograr un bien común o para abandonarlo, es decir, plantea un dilema entre la conveniencia privada dirigida a alcanzar los fines egoístas, o colectivos, en donde los

individuos involucrados en la negociación aporten y cooperen con el fin de alcanzar el bien colectivo.

Empero, debido a que las relaciones que se establecen para lograr el bien común responden a un juego de intereses y estrategias soportadas en un cálculo racional de costo- beneficio individual, las relaciones estratégicas llevadas a cabo por los actores corruptos dirigidas al logro del bien común serán siempre problemáticas. Esto es así, por que cualquiera de los cursos de acción (movimientos) escogidos por los agentes corruptos en situaciones de interdependencia, los conducirá a obtener resultados sub-óptimos, es decir, en la negociación corrupta, por lo menos un resultado (cooperar) ofrece altos pagos para todos los participantes, pero frente al cual siempre existirá la tentación individual de maximizar egoístamente beneficios materiales de corto plazo (no cooperar). Este comportamiento se reflejará en el accionar oportunista y en la traición latente de alguno de los actores corruptos que harán parte de la negociación ilegal.

3.5.3 El Núcleo Fundamental de las Relaciones: Reputación, Confianza y Reciprocidad