ANAL ISIS JURíDICO DE DOÑA BA1?BARA
3.1. ESTADO DE LA CUESTION
Doña Bárbara ha suscitado numerosos estudios desde las más diversas ópticas (1). Sin embargo, no se había llevado a cabo hasta la fecha un análisis jurídico de la novela.
En este apartado comentamos, siguiendo un orden cronológico, aquellos trabajos cuyo contenido se relaciona, de una forma o de otra, con los objetivos de nuestra investigación.
Tres son los autores que han realizado una aproximación a los contenidos jurídicos de Doña Bárbara, planteando en sus respectivos estudios cuestiones relacionadas con el Derecho: Wang Chihkuang, Claudio Rojas Wetel y Elio Gómez Grillo.
El estudio de Wang CHIHKUANG, “Doña Bárbara y la cerca. Concepto social, ético y de la ley en Doña Bárbara”, es una tesis para optar al título de Licenciado presentada en el Instituto número 1 de Lenguas Extranjeras de Pekín en julio de 1981.
Este trabajo se presenta dividido en seis partes, de las cuales, según su autor, la cuarta y quinta constituyen el núcleo principal de la investigación (2). La primera parte del estudio la conforma una breve biografía de Rómulo Gallegos <3). En la segunda se lleva a cabo una aproximación a la situación histórica
de la Venezuela en que vivió Gallegos. La tercera constituye una ubicación histórica de Doña Bárbara en la que se la sitúa como expresión representativa de la “llamada novela de la tierra”.(4)
Llegamos así al núcleo de la tesis, la cuarta parte, donde se consideran tres problemas fundamentales: a) Doña Bárbara como “síntesis de la antinomia civilización y barbarie”, cuestión ya planteada con anterioridad para Argentina por Sarmiento; b) el “maniqueísmo” que denota Gallegos al observar el conflicto social, las interrelaciones entre los personajes y el problema de la raza; c) “el concepto de la ley en Doña Bárbara”.(5)
La quinta parte del trabajo incluye un estudio del lenguaje popular en Doña Bárbara, cuestión en la que aquí no entraremos apenas por la diferencia de enfoque entre esa investigación y nuestros objetivos.
La sexta y última esta dedicada a las conclusiones.
La valoración que este trabajo nos merece se resumiría del siguiente modo:
En lo que se refiere a los aspectos técnico-jurídicos, es cierto que en algún momento del estudio se refiere a la Ley de Llano, pero no llega a utilizarla.
Lo mejor de este trabajo lo constituye el análisis literario, sin salirse del contexto de la novela, que su autor lleva a cabo del comportamiento y actitudes de los personajes
principales ante la ley, entendida esta última como una referencia generalizada a una imprecisa masa de criterios legales y éticos.
La investigación de Chihkuang aporta escasa información bibliográfica y, aunque el trabajo está bien planteado en principio, presenta un corto desarrollo de los temas, en concreto de aquellos que se vinculan al Derecho, algo que resulta lógico dado el precario manejo de las fuentes que se desprende del análisis del aparato bibliográfico presentado.
El estudio de Claudio ROJAS WETEL, El Derecho en Doña Bárbara, es un homenaje que el Ministerio del Trabajo de la República de Venezuela dedicó a la figura de D. Rómulo Gallegos en el Centenario de su nacimiento, 1884-1984.
En cuanto a la estructura del trabajo de Claudio Rojas Wetel, aquel se divide en los siguientes apartados:
A) Rómulo Gallegos. Tras una breve exposición histórica sobre el último tercio del siglo diecinueve venezolano, donde se enmarca el nacimiento del escritor, se presenta una bio- bibliografía sobre el mismo.(6)
B) Ideario. Donde se incluye un esbozo sobre las ideas que Rómulo Gallegos reflejó en las revistas La Alborada y El Cojo
Ilustrado, por considerar que las mismas idea asoman también en Doña Bárbara.(7)
C) El Derecho. Tomando como guía un tratado de filosofía del Derecho y algunas obras introductorias sobre el Derecho en Venezuela, el autor realiza una síntesis acerca de ésta disciplina “con el fin de aplicar algunos conceptos específicos” al estudiar el Derecho en Doña Bárbara. (8)
D) Doña Bárbara. Constituye, según su autor, la parte fundamental del trabajo, porque es aquí donde lleva a cabo “un examen analítico de Doña Bárbara, tomando en cuenta sus contenidos jurídicos” (9>. Esta parte ha sido dividida a su vez endos: 1. “la novela”; II. “el elemento jurídico”. En la primera sitúa la novela en su contexto histórico-literario (10); en la segunda fija su atención en los siguientes aspectos:
1.- El respeto a la Ley. En su argumentación el autor incluye citas de la novela.
2.- La validez del Derecho, en cuanto a la coercibilidad. 3.- La imposición de la justicia. Rojas Wetel se refiere a la justicia real a través del derecho positivo. Dicho autor piensa que la justicia aparece en la novela de forma progresiva, a pesar de las alteraciones que surgen a lo largo del desarrollo de la trama.(ll)
Claudio Rojas Wetel trata de llevar a cabo un estudio analítico de Doña Bárbara teniendo en cuenta sus contenidos jurídicos. En realidad, escoge las partes de la novela donde ocurren hechos que provocan en los personajes una determinada actitud ante la ley escrita que, más tarde, el autor comenta.
El trabajo de Claudio Rojas Wetel resulta un tanto abstracto. Estamos ante una “reflexión intelectual” sobre el Derecho en Doña Bárbara más que ante un análisis sistemático. La aproximación a los temas arriba señalados se lleva a cabo de
forma muy general.
Para concluir con nuestra valoración crítica del trabajo de Rojas Wetel, señalar que el aquel no presenta una aparato bibliográfico detallada y, aunque se incluyen notas a pie de página relativas a estudios sobre Gallegos y su obra, así como a tratados de introducción al Derecho, las referencias bibliográficas resultan insuficientes.
El trabajo de Elio GOMEZ GRILLO, “Algunas consideraciones criminológicas en torno a la novela Doña Bárbara de Rómulo Gallegos”, es una ponencia presentada en el IV Congreso de Escritores Venezolanos, celebrado en Porlamar (Margarita) en 1985.
El autor parte de la premisa de que Doña Bárbara “es un verdadero muestrario delictivo” (12). Tras enumerar los delitos que aparecen en la novela, pasa a referir una serie de teorías relacionadas con las causas del delito y con lo que él denomina “la personalidad del delincuente”.(13>
Gómez Grillo afirma que la dependencia del medio natural, la relación entre hombre y naturaleza en la determinación de la conducta criminal y la importancia que se le asigna a la herencia
criminal, le obligan a vincular a Doña Bárbara a las posturas de la “Criminologia Clínica”, en cuanto a la “supuesta causal delictiva”, y a teorías que establecen relaciones entre geografía y delito, destacando la representada por la “Escuela de Criminología de Chicago”.(14)
Elio Gómez Grillo cree en la existencia de una “personalidad delincuente o criminal” que atribuye al personaje central de doña Bárbara, entre otros (15). Asimismo, el autor defiende la tesis de “la injusticia universalmente padecida” emitida por un criminólogo belga -De Greef-, que sitúa al delincuente como sujeto que se siente víctima y que por este motivo delinque. Esto que explicaría para Gómez Grillo la actitud tanto de doña Bárbara como de Santos Luzardo en la novela (16). También señala la existencia de “familias delincuentes”, ejemplificadas en la
novela por los Luzardo y los Barquero.(17)
Finalmente, referir cómo este autor considera determinante la influencia que la llanura ejerce sobre el comportamiento delictivo de los protagonistas de la obra.(18)