5.1 Protocolo y Convenio SNP
Documento IOPC/APR17/5/1 92AC
5.1.1 El Consejo Administrativo del Fondo de 1992 tomó nota de la información que figura en el documento IOPC/APR17/5/1 sobre la labor realizada por la Secretaría del Fondo de 1992 desde octubre de 2016 en relación con los preparativos administrativos necesarios para constituir el Fondo internacional de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas (Fondo SNP).
5.1.2 En particular, el Consejo Administrativo tomó nota de que la Secretaría del Fondo de 1992 había seguido apoyando la labor del Grupo de trabajo por correspondencia SNP del Comité jurídico de la OMI, centrándose en especial en la preparación de la presentación de supuestos de sucesos relacionados con SNP que, junto con un informe pormenorizado de la labor realizada por el Grupo
de trabajo por correspondencia, se habían sometido al examen del Comité jurídico de la OMI en su siguiente sesión.
5.1.3 Se tomó nota también de que la Secretaría había seguido aprovechando la oportunidad que ofrecían las reuniones y viajes al extranjero para ofrecer presentaciones sobre el Convenio SNP de 2010 y mantener la colaboración con los Estados que estaban considerando ratificar el Protocolo y con las partes interesadas del sector que podrían resultar afectadas por el Convenio. Se tomó nota asimismo de que la Secretaría tenía la intención de aprovechar la oportunidad de otras actividades de difusión previstas durante 2017 para promover el Convenio SNP.
5.1.4 Se tomó nota de que la Secretaría estaba trabajando en la creación de una sección con "Preguntas y respuestas" en el sitio web SNP para recoger las preguntas más frecuentes de los gobiernos y del sector.
5.1.5 El Consejo Administrativo recordó el anuncio difundido al comienzo de la sesión, a saber, que Noruega había sido el primer Estado en ratificar el Protocolo SNP de 2010 el 21 de abril de 2017, tras haber presentado previamente los informes sobre carga sujeta a contribución correspondientes al año civil de 2016. Se observó que con ello el Estado Miembro del Fondo de 1992 había dado un paso importante.
5.1.6 Se tomó nota también de que el 5 de abril de 2017, el Parlamento Europeo había aprobado los proyectos de Decisiones del Consejo por las que se autorizaba a los Estados Miembros de la Unión Europea a ratificar el Protocolo de 2010 al Convenio SNP o adherirse a este, según procediera. Posteriormente se tomó nota de que el Consejo había aprobado oficialmente dichas decisiones el 25 de abril de 2017. La Secretaría acogió con satisfacción estas decisiones y expresó su deseo de que alentaran los avances hacia la entrada en vigor del Convenio.
5.1.7 Se recordó además que Dinamarca había adoptado la legislación de implantación como primera medida previa a la ratificación del Convenio SNP de 2010 o a su adhesión a este, y que había estado recibiendo informes sobre carga SNP sujeta a contribución. Se tomó nota asimismo de que el Canadá recopilaría en 2018 sus primeros informes correspondientes al año civil de 2017.
5.1.8 La Secretaría del Fondo de 1992 reiteró su disponibilidad para brindar apoyo a los Estados en los preparativos para ratificar el Convenio SNP o adherirse al mismo, y a las partes interesadas del sector en lo que respecta a cuestiones técnicas.
5.1.9 Se invitó a los Estados que hubiesen adoptado legislación pertinente a que difundiesen la información a través del blog SNP y a que la comunicasen directamente a la Secretaría de los FIDAC y a la Asamblea del Fondo de 1992.
Debate
5.1.10 El Presidente del Grupo de trabajo por correspondencia SNP, D. François Marier (Canadá), se refirió al informe del Grupo que se había presentado al examen del Comité jurídico en su 104º periodo de sesiones, que debía celebrarse inmediatamente después de las sesiones de los FIDAC. Señaló a la atención los tres aspectos principales de la labor efectuada por el Grupo de trabajo por correspondencia a lo largo del año anterior, a saber, el proyecto de presentación sobre los supuestos de sucesos relacionados con SNP; el proyecto de resolución sobre la implantación y entrada en vigor del Protocolo SNP de 2010; y el proyecto de programa para un taller sobre el SNP. Se tomó nota de que cada uno de esos puntos se había preparado en colaboración con la Secretaría de los FIDAC y de que sería examinado por el Comité jurídico. El Sr. Marier, en nombre del Grupo de trabajo por correspondencia, aprovechó la oportunidad para dar las gracias a la OMI, los FIDAC y la ITOPF por su asistencia. Respecto del taller, el Sr. Marier señaló que sería necesario examinar cuál sería el momento más adecuado para impartirlo, y sugirió que probablemente se preferiría celebrarlo junto con las sesiones de los FIDAC y/o el Comité jurídico de la OMI. Solicitó la opinión de la Asamblea del Fondo de 1992 al respecto.
5.1.11 El Sr. Marier felicitó a Noruega por su ratificación del Protocolo SNP de 2010 y alentó a otros Estados, en particular a los otros siete Estados que habían firmado el Protocolo a reserva de ratificación, que siguieran el ejemplo de Noruega. Además, tomó nota con satisfacción de las decisiones del Consejo de la Unión Europea y manifestó su deseo de que continuara este positivo avance.
5.1.12 En calidad de representante de la delegación del Canadá, el Sr. Marier informó de que el Canadá seguía trabajando con empeño hacia la ratificación del Protocolo, tras haber adoptado reglamentación en 2016 que incluía prescripciones para notificar la recepción de SNP. Esa delegación confirmó que los informes correspondientes a 2017 debían presentarse a más tardar el 28 de febrero de 2018 y que el Canadá estaría en condiciones de ratificar el Protocolo a principios de ese año. La delegación agregó que además había elaborado un sistema de notificación electrónico para ayudar en la gestión de los informes de la carga sujeta a contribución tanto para el Fondo SNP como para los FIDAC.
5.1.13 La delegación de Turquía manifestó su agradecimiento a la Secretaría de los FIDAC y al Grupo de trabajo por correspondencia SNP. Informó de que en marzo de 2017 se había aprobado una ley sobre la ratificación y de que se esperaba que las otras medidas jurídicas necesarias se esclarecieran a lo largo de 2017 a fin de que Turquía ratificara el Protocolo a finales de 2017.
Consejo Administrativo del Fondo de 1992
5.1.14 El Consejo Administrativo del Fondo de 1992 dio las gracias a las delegaciones del Canadá y de Turquía por la información facilitada y alentó a la Secretaría a continuar el diálogo con los Estados Miembros y a ofrecer asistencia en su labor con miras a la ratificación del Convenio SNP de 2010.