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El debido proceso como garantía de un trámite judicial transparente

1.2 Análisis de las distintas posiciones teóricas del objeto de investigación

1.2.2 El debido proceso como garantía de un trámite judicial transparente

“Es común leer entre los autores, que las garantías del debido proceso aparecieron con la Carta Magna Inglesa, sin embargo ya en la Grecia Ateniense los derechos fundamentales de los ciudadanos de la polis se erigían como una medida de seguridad contra los abusos del Estado y las pasiones de los individuos. Platón narra, en el Critón, cómo éste elige sujetarse al proceso de la ciudad aún a pesar de que ello iba en detrimento de su vida. Al mismo tiempo el precitado autor nos dice que en las XII Tablas romanas del año 449, que terminaban con el poder tiránico de los patricios, las tres primeras eran de carácter procesal y exigían para que

Pudiera celebrarse el juicio que las partes litigantes estuvieran presentes, y la sentencia debía dictarse antes de la puesta del sol. De lo anterior se advierte que la institución no es

eminentemente anglosajona, como varios autores la

califican”.(http://camilomorenopiedrahita.blogspot.com/)

En el nacimiento de las civilizaciones cuando estas tomaban conciencia y razón ya se planteaba de forma determinante la existencia de derechos que se ejecuten con estricta sujeción al cumplimiento de los presupuestos legales del debido proceso. En una época donde nacían las leyes y los derechos se puede evidenciar que el poder político que los emperadores poseían debía ser limitado a través de procedimientos que equilibren las fuerzas entre gobernantes y gobernados, en cuanto al tema del debido proceso contamos con antecedentes que se remontan a la Antigua Grecia donde ya se contaba con parámetros legales que eviten un posible abuso de los gobernantes en contra de losciudadanos. Otra manera de confirmar la existencia del debido proceso en la antigüedad es considerando a las XII tablas del derecho romano donde se plasman preceptos procesales que permanecen hasta la actualidad y que son fundamentales para el correcto desarrollo de un trámite judicial justo.

21 1.2.2.2 Concepto de Debido Proceso

“Proceso se deriva de la palabra procederé que significa en una de sus acepciones, avanzar, camino a seguir, trayectoria a seguir hacia un fin propuesto o determinado. En su significación jurídica en el fenómeno o estado dinámico producido para obtener la aplicación de la ley a un caso concreto y particular. Está constituido por un conjunto de actividades, o sea muchos actos ordenados y consecutivos que realizan los sujetos que en el intervienen con la finalidad que se ha señalada”. (TAMA, 2006, pág. 118)

La correcta consecución de un proceso judicial debe ser constante y avanzar sin trabas como lo define la doctrina de aquí que seguir una trayectoria que tome en cuenta los parámetros legales se torna fundamental para el respeto del debido proceso; Ya que todo tramite se ve inmerso en la realización de actividades ordenadas por una autoridad judicial las cuales deben ser practicadas por las partes litigantes a fin de justificar sus exigencias que luego serán plasmadas en una sentencia basada en los criterios emitidos por un juez probo y capaz.

“Arturo Hoyos conceptúa al debido proceso como una institución instrumental en virtud de la cual debe asegurarse a las partes en todo proceso legalmente establecido y que se desarrolle sin dilaciones injustificadas, oportunidad razonable de ser oídas por un tribunal competente, predeterminado por la ley, independiente e imparcial, de pronunciarse respecto a las pretensiones y manifestaciones de la parte contraria, de aportar pruebas licitas relacionadas con el objeto del proceso y contradecir las aportadas por la contraparte, de hacer uso de los medios de impugnación consagrados por la ley contra las resoluciones judiciales motivadas y conforme a derecho de tal manera que las personas puedan defender efectivamente sus derechos.”(TAMA, 2006, pág. 122)

La conceptualización emitida por este tratadista expone todos los requerimientos legales que debe primar en el desarrollo de juicio ya que cita cada una de las actividades procesales que se deben cumplir, aspectos tan trascendentales que son muestra de que debe considerarse al debido proceso como una institución que debe intervenir siempre en los procesos debido a que esta es la única vía legal mediante la cual se puede garantizar a las partes litigantes que sus requerimientos y pretensiones van a ser garantizadas y protegidas.

22 1.2.2.3 Derecho al Debido Proceso

“El debido proceso es un derecho fundamental. Se materializa en aquellas garantías mínimas e ineludibles que permiten el resultado justo, equitativo e imparcial en un proceso, plasmándose en la obtención de una tutela jurisdiccional efectiva. El derecho al debido proceso comprende no sólo la observancia de los pasos que la ley impone a los procesos judiciales y a los procesos y trámites judiciales, sino también el respeto a las formalidades propias de cada juicio, que se encuentran contenidas en los principios que se establecen en la constitución y en las leyes que conforman en ordenamiento jurídico de un estado”. (http://www.mineducacion.gov.)

Los conflictos que surgen entre las personas que integran una sociedad es un asunto que se evidencia día a día y que requieren la intervención de una autoridad judicial que resuelva el conflicto mediante una sentencia o fallo , esta sentencia o fallo que se tome en determinado asunto debe ser antecedido por la elaboración de un proceso judicial que garantice todas y cada una de las garantías mínimas del debido proceso que se encontrar claramente determinadas en la constitución y en las leyes provocando así la obtención de una tutela jurisdiccional efectiva.

“El derecho al debido proceso se encuentra establecido en la constitución dentro de los derechos de protección en los siguientes artículos:

Art. 75.- Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedara en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso.”(Compendio De Legislación Del Ecuador Sobre Niñez Y Adolescencia, 2011, pág. 29)

El actual ordenamiento jurídico con él que cuenta nuestro Estado ha sido denominado como garantista debido a que es sus cuerpos legales contempla las garantías que benefician a las personas al momento de proteger los derechos individuales y colectivo, más aun en la actual constitución del estado la cual da una clara muestra de la evolución que ha sufrido nuestra legislación a través de las últimas década en cuanto a garantías del debido proceso

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de refiere. Es por ese motivo que es determinante tomar en consideración que el acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial debe ser inevitable en cada proceso, al igual que el debido proceso sea respetado en cada instancia del proceso, acotando que es caso e incumplimiento existirán sanciones por esta omisión.

1.2.2.4 Funcionarios Judiciales Frente al Debido Proceso

“Art. 5.- Las juezas y jueces, las autoridades administrativas y las servidoras y servidores de la Función Judicial, aplicarán directamente las normas constitucionales y las previstas en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Art. 15.- La administración de justicia es un servicio público que debe ser prestado de conformidad con los principios establecidos en la Constitución y la ley.

En consecuencia, el Estado será responsable en los casos de error judicial, detención arbitraria, retardo injustificado o inadecuada administración de justicia, violación del derecho a la tutela judicial efectiva, y por las violaciones de los principios y reglas del debido proceso”. (Código Orgánico de la Función Judicial, 2012)

Que las leyes sean aplicadas conforme a lo que determine la constitución y los instrumentos internacionales es la labor que los funcionarios judiciales deben realizar en merito a sus funciones y como compromiso con lo que la sociedad requiere y exige, porque son los servidores judiciales quienes podrán asegurar la correcta consecución de un trámite judicial que respete las garantías básicas del debido proceso para asegurar de esta manera transparencia en el proceso. Aunque conscientes que las labores que los servidores judiciales desarrollan son complejas, es cierto también que el error judicial, el retardo injustificado, y las violaciones a las reglas del debido proceso son asuntos que se deberán revertir contra el estado y requerirán ser restituidos los derechos vulnerados por las inobservancias que se hayan cometido.

“Previa a la instauración del debido proceso, es necesario que exista una Función Judicial capaz de resolver los conflictos jurídicos respetando estas reglas, pues de lo contrario no podríamos hablar de un juicio en el que se haya irrespetado el debido proceso.

Art 18.- El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagran los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y hará efectivas las garantías del debido proceso. No se

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sacrificara la justicia por la sola omisión de formalidades”. (Código Orgánico de la Función Judicial, 2012)

La administración de justicia está compuesta por funcionarios judiciales de los cuales se espera que desempeñen su labor conforme lo determina el código orgánico de la función judicial es decir tomando en cuenta los preceptos que consoliden los derechos y las garantías como aspecto prioritario en el desempeño de sus funciones, los funcionarios frente al debido proceso deben actuar haciendo respetar estos derechos dentro de las litigios judiciales que ellos conoce porque son la únicas persona que saben a profundidad todos los acontecimientos que se producen y saben además de las irregularidades que se pueden presentar con el ánimo de vulnerar los derechos. Es decir en el aspecto práctico de la aplicación de la justicia pesa sobre los funcionarios judiciales una gran responsabilidad de ser los garantistas del respeto de la ley y los derechos de los ciudadanos que comparecen ante una autoridad judicial que de por terminado un conflicto otorgando a cada parte lo que le corresponde.

1.2.2.5 Consecuencias de la no Aplicación del Debido Proceso.

“La esencia del Estado Democrático de Derecho es ser un prestador de servicios públicos. En tal contexto, se exige todo tipo de compromiso con las formas de garantías de acceso a los servicios que son ofrecidos a los ciudadanos, No sería diferente con la prestación judicial. Las reformas del Poder Judicial basadas en la accesibilidad, celeridad y eficiencia. No siendo un fin en sí mismo, el proceso debe tener una vida breve sin que viole las garantías del debido proceso legal”.(http://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle)

Las exigencia de la sociedad actual frente a un estado que se lo ha denominado como democrático de derechos y justicia requiere el firme respeto de las garantías que la institución del debido proceso contempla, de modo que la prestación de servicios judiciales no se vea inmersa en inobservancias que se reviertan en su contra por incurrir en acciones que incumplan con lo que el debido proceso promueve y garantiza.

“los diversos aspectos de la garantía constitucional del debido proceso que tratamos son desarrolladas por leyes procesales que establecen los diversos procedimientos y competencias según los cuales se desarrollan los diversos litigios. Como se deja dicho la ley debe respetar los diversos elementos del debido proceso y, de no hacerlo quedara viciada de inconstitucionalidad”.(GONZÁLEZ, 2007, pág. 74)

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En cuanto a las consecuencias que acarrea la inobservancia de los principios que determina el debido proceso debemos destacar que en la tramitación de los procesos si se viola alguno de los elementos que constituyen el debido proceso de tal manera que se afecte la posibilidad de las personas de defender efectivamente sus derechos ya sea por violación al derecho a ser oído por un juez competente, o de la posibilidad de hacer uso de un medio de impugnación, o no respete el trámite legal que la ley dispone para determinados asuntos, o el proceso contenga dilaciones injustificadas, además es necesario tomar en cuenta que en cada proceso las notificaciones de los actos que se efectúan deben ser conocidos por los litigantes. Aspectos como estos son las cosas que pretende evitar el debido proceso de forma que los procesos judiciales sean una herramienta segura y confiable para las personas que requieren hacer reconocer sus derechos. Y que aún confían en la decisión de un juez.

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