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DECISION INICIAL DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000012-01.

ASUNTOS ALCALDÍA MUNICIPAL

DECISION INICIAL DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000012-01.

MUNICIPALIDAD DE BARVA. CONCEJO MUNICIPAL.- Barva de Heredia, a las

diecisiete horas con xx minutos del día 07 de setiembre de dos mil quince.

Con fundamento en lo establecido en los artículos 7, 8 y 9 de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con los numerales 8, 10 y 12 del Reglamento General de la Ley de Contratación Administrativa, se determina por este acto el inicio de la presente Licitación Abreviada.

1. Que de conformidad con el artículo 2 del Código Municipal, Ley Nº7794 de 30 de

abril de 1998, la Municipalidad de Barva es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines.

2. Que en virtud de la naturaleza pública de los fondos que maneja la Municipalidad de Barva, se encuentra sometida a los procedimientos legalmente establecidos para invertir los fondos asignados para lograr el fin público encargado. Según el mandato legislativo, el procedimiento establecido para la inversión de los fondos públicos es el procedimiento de contratación administrativa.

3. Que en virtud de la relevancia del procedimiento de contratación administrativa, como el instrumento legalmente establecido para el funcionamiento de la Administración Pública; sumado al carácter indispensable de este procedimiento para lograr los objetivos y obligaciones atribuidos a la Municipalidad de Barva; es imperante la necesidad de realizar la contratación de obra pública para la realización de los proyectos de inversión, lo cual constituye el objeto de esta Licitación Abreviada.

4. Que el objeto de la presente Licitación Abreviada resulta de medular importancia para esta Municipalidad y para el cantón de Barva, ya que se requiere la contratación de mano de obra y materiales para la construcción de los proyectos: Construcción de sede para Alcohólicos Anónimos de San Pedro, Remodelación de los cubículos del Departamento de Catastro, Impermeabilización del tanque de concreto La Matilde #2, Instalación de puertas plegables en archivos del Departamento de Ingeniería, Mejoras a las Instalaciones del Centro Deportivo Recreacional Santander, Remodelación Auditorio Asociación Clínica Cuidados Paliativos distrito Central, Ley 7600 cordón de accesibilidad distrito Central, Instalación de bancas en parques del Cantón, Plaza de deportes de San Roque, Mejoras AIPED de San Pablo de Barva y Construcción de cordón de caño en el Distrito de Barva.

5. Que el procedimiento de contratación administrativa que resulta aplicable en el presente caso es el de Licitación Abreviada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa (reformada parcialmente mediante la ley Nº 8511 publicada en La Gaceta Nº 128 del Martes 4 de julio del 2006); en el artículo 97 del Reglamento General de Contratación Administrativa publicado en la Gaceta Nº 210 del Jueves 2 de noviembre del 2006; en la resolución R-DC-018-2014 dictada por la Contraloría General de la República, a las 11:00 horas del 20 de febrero de 2014, Publicada en La Gaceta No. 40, del miércoles 26 de febrero de 2014, así como por la estimación económica de la presente contratación (¢99.218.664,97), presentada por los departamentos solicitantes.

6. De acuerdo a las certificaciones de contenido presupuestario emitidas por el Contador Municipal, mediante los oficios Nº CT-MB-423-2015, Nº CT-MB-274- 2015, CT-MB-402-2015 CT-MB-343-2015, CT-MB-341-2015, CT-MB-342-2015, CT-MB-181-2015, CT-MB-180-2015, CT-MB-172-2015, CT-MB-173-2015, CT- MB-044-2015, CT-MB-414-2015 y CT-MB-424-2015, que establecen que se cuenta con recursos hasta por un monto de noventa y nueve millones ochocientos

treinta y cuatro mil veintidós colones con 92/100 (¢99.834.022,92), para hacer frente a las obligaciones económicas que surgieran en virtud de la presente Licitación Abreviada.

7. Que la Administración dispone, en este momento, de los recursos humanos y la infraestructura administrativa suficiente para verificar el fiel cumplimiento del objeto de la contratación, tanto cuantitativa como cualitativamente, y que para efectos de la respectiva adjudicación las ofertas serán evaluadas por la Comisión de Recomendación de Adjudicaciones en los Procesos de Licitación o Contrataciones Directas, conformada mediante Acuerdo del Concejo Municipal de Barva N° 244- 2012, de la Sesión Ordinaria N° 12-2012, celebrada en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Barva a las diecisiete horas con doce minutos del día 20 de febrero del año 2012; para realizar las labores de calificación de las ofertas presentadas por las firmas concursantes y de elaborar la recomendación de adjudicación y de elevarla a conocimiento del Concejo Municipal de Barva, , así como por los departamentos solicitantes.

8. Que se ha cumplido con los requisitos previos para el inicio del procedimiento de Licitación Abreviada, de conformidad con los artículos 7, 8 y 9 de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia, con los numerales 8, 10 y 12 del Reglamento General de Contratación Administrativa.

POR TANTO;

EL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BARVA, RESUELVE:

Con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 7, 8 y 9 de la Ley de Contratación Administrativa y los numerales 8, 10 y 12 del Reglamento General de Contratación Administrativa:

1.) Iniciar el presente procedimiento de contratación administrativa; a través de una Licitación Abreviada, que se identificará como número 2015LA-000012-01, denominada: “Contrato de obra pública proyectos de inversión”.

2.) Se designa a la Unidad de Proveeduría y Suministros de la Municipalidad de Barva, para la tramitación del procedimiento, así como la custodia del expediente administrativo respectivo.

Comuníquese y remítase de inmediato el presente expediente administrativo a la Unidad de Proveeduría y Suministros de la Municipalidad de Barva, para lo de su cargo.

Copiado textualmente)

La Regidora Propietaria Rosa María Morales Rojas manifiesta que tiene una duda que

le quiere plantear Alonso; ella en lo que tiene de estar aquí solo se hacen ese tipo de licitaciones en esta Municipalidad; a que se debe que solo se haga ese tipo de licitaciones, es decir, por qué no plantear si hay una necesidad de ciertos materiales para el Acueducto que no se degradan, que no se descomponen, por qué no tener más cantidad y sacar licitaciones públicas. Es decir, en ese montón de obras que son de diferente naturaleza el mismo oferente lo haría todo o lo adjudican punto por punto.

El Vicealcalde Municipal Adrian Varela Monteo responde que lo que es del Acueducto

lo que se ocupa es el material y no es que en este momento no haya, es que es la prevención del material que tiene que haber para continuar con el trabajo.

El Presidente Municipal Ulises Otárola Fallas informa que él hace unos años hizo esa

misma pregunta, y la respuesta es que la Municipalidad tiene que comprar a poquitos porque no tiene la cantidad suficiente de dinero para comprar y no hay donde guardarlo, ni como cuidarlo.

ACUERDO NO. 1166-2015

EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA CON FUNDAMENTO EN LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 7, 8 Y 9 DE LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Y LOS NUMERALES 8, 10 Y 12 DEL REGLAMENTO GENERAL DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA:

1.) INICIAR EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA; A TRAVÉS DE UNA LICITACIÓN ABREVIADA, QUE SE IDENTIFICARÁ COMO NÚMERO 2015LA-000012-01, DENOMINADA: “CONTRATO DE OBRA PÚBLICA PROYECTOS DE INVERSIÓN”.

2.) SE DESIGNA A LA UNIDAD DE PROVEEDURÍA Y SUMINISTROS DE LA MUNICIPALIDAD DE BARVA, PARA LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, ASÍ COMO LA CUSTODIA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO RESPECTIVO.

LO TRASLADAN A LA ADMINISTRACIÓN Y AL DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA PARA

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