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ANULADO POR DECRETO N° 662/

184 DECRETO NÚMERO: 6 3

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Ref.: Expte. Nº 15985-S-2016.-

SAN ISIDRO, 8 de marzo de 2017

DECRETO NÚMERO

: 6 3 4

VISTO el Decreto Nº 1582 del 21 de junio de 2016; y

Considerando:

QUE el citado acto administrativo fue el resultado de un profuso análisis técnico de las condiciones sociales, económicas y culturales de catorce familias que resultaron afectadas por el cambio de titularidad del Jardín maternal “Nuestra Señora de los Ángeles” (Damas Rosadas);

QUE la adquisición del mencionado establecimiento por parte de la entidad privada “Blue Bear” modificó los valores arancelarios al punto de exceder la capacidad económica de los grupos familiares, ya que la anterior entidad facilitaba el acceso a un servicio indispensable a un costo considerablemente bajo;

QUE atento a la situación antes descrita el Ejecutivo Municipal, aplicando criterios de oportunidad, merito y conveniencia y en ejercicio de sus facultades propias de esta Administración, dispuso otorgar media beca a los catorce infantes por el ciclo lectivo 2016;

QUE dicho acto administrativo ha sido observado por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, incoando al Ejecutivo Municipal a demostrar las inexistencias de disposiciones arbitrarias del erario público, observaciones que están siendo tratadas por el organismo municipal pertinente (Auditoría Interna y Unidad de Gestión);

QUE durante los últimos meses del año pasado, doce de las catorce familias han vuelto a manifestar la imposibilidad de afrontar el pago de un Jardín Maternal privado, dado que su situación financiera no ha mejorado con respecto al año anterior; situación que fue corroborada por el área pertinente;

QUE frente a la imposibilidad de reubicar a los niños en instituciones públicas que prestan servicios similares a los de jardines maternales en forma gratuita dependientes del área de Niñez, Adolescencia y Familia de esta Comuna, por falta de vacantes, por un lado, y por otro, por la perturbación que produciría tanto a

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Ref.: Expte. Nº 15985-S-2016.-

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los niños como a las familias un cambio de institución , implicando una alteración en el régimen educativo y en la distancia geográfica, surge nuevamente la necesidad de instrumentar la asistencia mediante el otorgamiento de subsidios que faciliten el acceso al Jardín al que venían concurriendo los niños;

QUE efectuando un nuevo análisis integral y multidisciplinario de las circunstancias imperantes actuales, y privilegiando por sobre todas las cuestiones los derechos del niño, ( interpretándolo como una unidad conformada por la persona del menor en sí y a su grupo familiar), y partiendo de la responsabilidad que asumió el Estado, en todos sus estamentos, al ratificar la Convención de los Derechos del Niño y del rango constitucional que dicha normativa reviste a partir del año 1994, se considera que es deber de esta administración observar la justa satisfacción del interés público afectado, otorgando media beca para el ciclo lectivo 2017;

QUE en este orden de ideas, aplicando el criterio de prudencia y razonabilidad administrativa, se impone la necesidad de limitar en el tiempo este beneficio, razón por la cual se limita el mismo al transcurso del presente año lectivo;

QUE en virtud de lo expuesto, y con la conformidad de la Secretaría General, procede el dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTÍCULO 1º.- OTORGASE media beca a los infantes que se detallan en el Anexo I y ************* forma parte del presente, para el presente ciclo lectivo en el Jardín maternal “Blue Bear”, sito en la calle Garibaldi Nº 860 de la ciudad de San Isidro.

.

ARTÍCULO 2º.- La erogación de que genere lo dispuesto en el Artículo anterior, se ************* atenderá con fondos de la Partida correspondientes al Presupuesto General de Gastos en vigencia.

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Ref.: Expte. Nº 15985-S-2016.-

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ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

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ANEXO I

APELLIDO Y NOMBRE FECHA DE

NACIMIENTO

DNI DOMICILIO

1 Fernández Fabricio 31-10-2013 53.588.208 Isabel la Católica 225-Beccar

2 Santeramo Smigliani

Felipe

10-12-2014 54.356.620 Diego Palma 1249-San Isidro

3 Vargas Lucio 29-06-2013 54.810.086 Alte Brown 430-San Isidro

4 Leston Catalina 22-05-2014 53.990.898 Don Bosco 145-San Isidro

5 Tato Martin Alejandro 22-10-2014 54.409.710 Avellaneda 64- San Isidro

6 Rodríguez Tarazona

Diego Braian

22-08-2013 54.450.213 Martin y Omar 1006-San

Isidro

7 González Baya Lola

Maria

08-09-2015 55.037.107 Nicolás Avellaneda 462 1 C-

San Isidro

8 Rivas Carolina Solange 02-07-2013 53.332.346 Comodoro Murature 2020-

Beccar

9 Serra Juan Jose 18-02-2014 53.825.435 Don Bosco 1851 6 – San

Isidro

10 Marcollese De Leo

Thiago

18-12-2014 54.417.304 3 de Febrero 156 2 b- San

Isidro

11 Fernández Bautista Ciro 09-01-2014 53.672.962 O’Higgins 85 1 B- San Isidro

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Ref. Expte. Nº 14575-S-2016.-

SAN ISIDRO, 8 de Marzo de 2017

DECRETO NÚMERO:

6 3 5

VISTO lo presente actuados; y Considerando:

QUE por Decreto Nº 3050/2016, por el cual se

autorizó al personal de la Subsecretaría de Deportes a realizar tareas en el Servicio Nocturno del Paseo de Bicicletas (días miércoles y viernes) en la Avda. de la Unidad Nacional, jurisdicción de este Partido, desde el 14 de Diciembre de 2016 y hasta el 3 de Marzo de 2017;

QUE ante la satisfacción del servicio y la alta concurrencia del ciudadano sanisidrense, la Subsecretaría de Deportes estima necesario extender dicho servicio hasta el 17 de Marzo de 2017;

QUE la Secretaría Legal y Técnica presta conformidad, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 17 de Marzo de 2017 el Decreto Nº 3050/2017, por el ************* cual se autorizó al personal de la Subsecretaría de Deportes a realizar tareas en el Paseo de Bicicletas en el Servicio Nocturno los días miércoles y viernes, en el horario de 20:30 a 23:30 horas, sito en la Avenida de la Unidad Nacional, jurisdicción de este Partido.-

ARTÍCULO 2º.- Mantiénese en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones ************* del Decreto Nro. 3050/2017.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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Ref.: Expte. N° 15163-C-2013 – Alcance 2.-

SAN ISIDRO, 8 de marzo de 2017 DECRETO NÚMERO:

6 3 6

VISTO la Licitación Pública N° 18/2013 referente al Servicio de preparación de menúes en cocción y servicio de comedor para jardines y comedores dependientes de la Subsecretaría de Acción Social, adjudicada a la empresa Luis y Gómez S.A.; y

Considerando:

QUE dicha empresa solicita un reconocimiento de mayores costos sobre el precio de la citada licitación;

QUE las contrataciones plurianuales, son impactadas por las variaciones de los insumos y costos salariales que constituyen los factores básicos de mayor incidencia de la estructura de costos de los mismos, por lo que resulta conveniente al interés municipal comprometido, proceder a evaluar en forma continua en qué medida las variaciones (incrementos o disminuciones) son afectadas por la alteraciones continuas del actual contexto económico de dichas variables, modificando sin solución de continuidad el normal devenir de este tipo de contratos, a fin de resguardar la integridad del contrato celebrado y así garantizar la continuidad, cantidad y calidad de las prestaciones contratadas en beneficio de los vecinos;

QUE ello, conlleva un estudio continuo y exhaustivo a fin de evidenciar la existencia de situaciones que producen una afectación clara de la ecuación económica financiera de las partes involucradas;

QUE este contrato específicamente reviste un interés municipal especial, ya que cualquier alteración del mismo, podría provocar una modificación sustancial en la calidad de las prestaciones requeridas por la Municipalidad en beneficio de la calidad urbano ambiental y sanitaria de los vecinos;

QUE la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas recomienda efectuar un reconocimiento de mayores costos, autorizando un incremento del 23% sobre el precio de la prestación del servicio antes citado, devengados a partir del mes de junio de 2016 (porcentajes respecto del mes de noviembre de 2015);

QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio expuesto por la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

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Ref.: Expte. N° 15163-C-2013 – Alcance 2.-

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POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Increméntase en un 23% sobre el precio de la prestación del servicio de ************* comedor para jardines y comedores dependientes de la Subsecretaría de Acción Social, devengados a partir del mes de junio de 2016 (porcentajes respecto del mes de noviembre de 2015), adjudicado mediante la Licitación Pública N° 18/2013, a la empresa Luis y Gómez S.A..-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

192

Ref.: Expte .Nro. 1713-D-2017.-

SAN ISIDRO, 08 de Marzo de 2017.-

DECRETO NÚMERO

: 6 3 7

VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y

Considerando:

QUE, a fojas 1 obra pedido de suministro Nro. 500/14/2017;

QUE, como consecuencia de aquél se efectuó el pertinente llamado a Licitación Privada Nro. 70/2017, autorizado mediante Decreto Nro. 573/2017;

QUE, efectuada la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, según la opinión de la Subsecretaría de Acción

Social, es que se aconseja la adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- Adjudícase a VIA URBANA S.R.L., con domicilio en Alem ************** Nro. 265, Ciudad de San Isidro, para la “CONTRATACION DEL SERVICIO DE TRASLADO DE PERSONAS, DESDE LA ESCUELA NRO. 8 HASTA EL CEC 801, DESDE EL JARDIN NRO. 907 HASTA EL CICI SAN ANTONIO Y DESDE EL CEC 801 HASTA EL CAMPO DE DEPORTES NRO. 6” por un monto total de PESOS

NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 946.000).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen ************** te, se atenderá con fondos provenientes de la Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 37., Objeto del Gasto 5. 1. 4. 08., del Presupuesto General de Gastos vigente.-

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Ref.: Expte .Nro. 1713-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

194

Ref. Expte. Nº 266-C-2015 Alcance 2.-

SAN ISIDRO, 8 de Marzo de 2017 DECRETO NÚMERO:

6 3 8

VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y

Considerando:

Que la empresa Cooperativa de Trabajo de Servicios Médicos SERMED LTDA prestadora del Servicio de Anestesiología de los Hospitales Públicos, adjudicataria en los términos de la Licitación Pública Nº 09/2015 solicita un reconocimiento de mayores costos respecto de los honorarios anestesiológicos actuales;

Que las contrataciones plurianuales, son impactadas por las variaciones de los insumos y costos salariales que constituyen los factores básicos de mayor incidencia de la estructura de costos de los mismos, por lo que resulta conveniente al interés municipal comprometido, proceder a evaluar en forma continua en qué medida las variaciones (incrementos o disminuciones) son afectadas por la alteraciones continuas del actual contexto económico de dichas variables, modificando sin solución de continuidad el normal devenir de este tipo de contratos, a fin de resguardar la integridad del contrato celebrado y así garantizar la continuidad, cantidad y calidad de las prestaciones contratadas en beneficio de los vecinos;

Que ello, conlleva un estudio continuo y exhaustivo a fin de evidenciar la existencia de situaciones que producen una afectación clara de la ecuación económica financiera de las partes involucradas;

Que este contrato específicamente reviste un interés municipal especial, ya que cualquier alteración del mismo, podría provocar una modificación sustancial en la calidad de las prestaciones requeridas por la Municipalidad en beneficio de la calidad urbano ambiental y sanitaria de los vecinos;

Que por lo expuesto, la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, ha realizado un nuevo y pormenorizado informe en forma unánime, recomendando efectuar un reconocimiento de mayores costos sobre la Orden de Compra Nro.411, referente a la prestación de los servicios mencionados, de un 30% para los servicios de fueren devengados a partir del 1º de enero de 2017;

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Ref. Expte. Nº 266-C-2015 Alcance 2.-

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QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio expuesto por la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Otórgase un reconocimiento de mayores costos aplicado sobre la Orden ************* de Compra Nro. 411, referente a la prestación del Servicio de Anestesiología de los Hospitales Públicos, de un 30% para los servicios que fueren devengados a partir del 1º de enero de 2017; a la empresa Cooperativa de Trabajo de Servicios Médicos SERMED LTDA adjudicataria en los términos de la Licitación Pública Nº 09/2015.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

rt

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

196

Ref. Expte. Nº 2507-S-2017

SAN ISIDRO, 8 de marzo de 2017

DECRETO NÚMERO:

6 3 9

VISTO la necesidad de cubrir con personal de la Subsecretaría General de Espacio Público, distintos eventos organizados por diferentes dependencias municipales para el año 2017, así como operativos que se realicen por fenómenos meteorológicos; y

Considerando:

QUE, es prioridad de este Municipio mantener el

cuidado y la limpieza de todos los lugares públicos del Partido de San Isidro;

QUE para lograr el objetivo propuesto en los

trabajos indicados, los mismos deben encuadran dentro del artículo 12º “Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº 8919;

QUE mientras duren las tareas indicadas, las mismas serán remuneradas con la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA ($ 460), por cada operativo y/o fenómeno climatológico que realice cada agente;

QUE este Departamento Ejecutivo presta su conformidad al respecto, por lo que procede dictar el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a partir del 1º de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2017, al ************* personal dependiente de la Subsecretaría General de Espacio Público, a realizar tareas en los eventos organizados por diferentes dependencias municipales, como así también en caso de fenómenos climatológicos que sucedan, dentro del Partido de San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido un valor fijo por cada evento y/o situación producto de ************* un fenómeno climatológico la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA ($ 460) para cada uno de los agente que realice dicha tarea.-

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Ref. Expte. Nº 2507-S-2017

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ARTÍCULO 3º.- Las tareas mencionadas en el artículo 1º, encuadran en el Artículo 12º ************* “Tareas Especiales” de la Ordenanza vigente y se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 4°.- La Subsecretaría General de Espacio Público, remitirá mes a mes a la ************* Dirección General de Recursos Humanos, a los efectos del pago, la nómina de los agentes que las hayan realizado, y serán abonadas al mes subsiguiente al del trabajo efectivamente realizado, y regirá durante el presente año.-

ARTICULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

ec

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

198

Ref. Expte. Nº 2508-S-2017.-

SAN ISIDRO, 8 de marzo de 2017

DECRETO NÚMERO:

6 4 0

VISTO la nota de la Subsecretaría General de Espacio Público, obrante a foja 1; y

Considerando:

QUE, durante el año en curso, los agentes más

abajo mencionados realizarán en dicha Subsecretaría General tareas diferentes a las funciones propias a sus cargos, tales como eventos, diversos operativos, etc.;

QUE las tareas antes aludida encuadran dentro

del la Ordenanza Nº 8919, artículo 12º bis “Bonificación por Productividad”, cumpliéndose las mismas durante el año 2017;

QUE el personal afectado se dividirá en dos (2)

grupos, debiendo establecerse las remuneraciones para cada grupo detallado, de la siguiente manera, Grupo - Personal Jerárquico - (2.200 módulos): Ana María Reggi (Legajo Nº 15.501); Alicia Brey (Legajo Nº 15.680) y María Laura Durruty (Legajo Nº 63.172) y Grupo - Personal Supervisores Administrativos - (1.600 módulos): Nilda Gil (Legajo Nº 18.010) y Marcos Lucero (Legajo Nº 60.620);

QUE, la Secretaría Legal y Técnica presta su

conformidad, para proceder en consecuencia a dictar el acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Establécese una retribución mensual para el pago, del personal encuadrado ************* en cada grupo y categoría detallado más abajo, quienes pertenecen a la Subsecretaría General de Espacio Público, por el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2017, que realizarán tareas diferentes a las funciones propias de sus cargos:

1. Personal Jerárquico: 2200 módulos • REGGI Ana María - (Legajo Nº 15.501)

• BREY Alicia - (Legajo Nº 15.680)

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Ref. Expte. Nº 2508-S-2017.-

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2. Supervisores administrativos: 1600 módulos • GIL Nilda - (Legajo Nº 18.010)

• LUCERO Marcos - (Legajo Nº 60.620)

ARTÍCULO 2°.- Déjase establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º, encuadran ************* en el Artículo 12º bis “Bonificación por Productividad” de la Ordenanza Nº 8919 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

ec

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk

200

Ref.: Expte. Nº 2510-S-2017

SAN ISIDRO, 8 de marzo de 2017

DECRETO NÚMERO:

6 4 1

VISTO, las presentes actuaciones; y

Considerando:

QUE mediante Decreto Nº 1989 de fecha 31 de agosto de 2010, se autorizó al personal de la Dirección de Obras Viales, a realizar las tareas de demolición de viviendas y/o mudanzas, en el marco del Plan Federal de Viviendas. Subprograma de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios, que se lleva a cabo en el ámbito del Partido de San Isidro;

QUE resulta insuficiente el personal de la Dirección de Obras Viales para la realización de las tareas antes mencionadas, es que se solicita la inclusión del personal dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público, dejando constancia que el mismo se efectuará fuera del horario habitual de trabajo;

QUE dicha tareas encuadran en los términos del artículo 12º “Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº 8919;

QUE, la Subsecretaría de Espacio Público solicita continuar con las tareas para el año 2017;

QUE, en virtud de lo expuesto y compartido el

criterio por la Secretaría Legal y Técnica, se estima pertinente la confección del acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- AUTORIZASE al personal de la Subsecretaría de Espacio Público, a ************* realizar durante el corriente año 2017, las tareas de demolición de viviendas y/o mudanzas, en el marco del Plan Federal de Viviendas, Subprograma de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios, que se lleva a cabo en el ámbito del Partido.-

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