ANULADO POR DECRETO N° 662/
122 DECRETO NÚMERO: 6 0
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Ref.: Expte. Nro. 34-D-2016.-
SAN ISIDRO, 7 de marzo de 2017
DECRETO NÚMERO
: 6 0 1
VISTO la solicitud de prórroga del convenio de Anticipo Jubilatorio, solicitado por la ex–trabajadora María del Rosario RODRÍGUEZ (Legajo N° 12.442); y
Considerando:
QUE, el retraso en la adjudicación del beneficio jubilatorio no obedece a cuestiones imputables al accionar de la requirente;
QUE, la percepción del referido anticipo constituye una necesidad de carácter alimentario por parte de la ex–trabajadora;
QUE, no existe normativa legal que se oponga a dicha prórroga;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase el convenio jubilatorio entre la Municipalidad de San Isidro y ************* la ex–trabajadora María del Rosario RODRÍGUEZ (Legajo N° 12.442), mediante el cual se establece el pago del sesenta por ciento (60%) de sus haberes que le corresponderán como anticipo de su jubilación, a partir del 1° de enero de 2017, y hasta que le sea otorgado el beneficio jubilatorio. El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Nueve Mil Seiscientos Cuatro ($ 9.604).-
ARTÍCULO 2º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente pasa a formar ************* parte integrante del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese, Publíquese y comuníquese al Instituto de ************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un ejemplar del convenio.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
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Ref.: Expte. N° 5229-C-2008 – Alcance 6.-
SAN ISIDRO, 7 de marzo de 2017 DECRETO NÚMERO:
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VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y
Considerando:
QUE la empresa Benito Roggio e Hijos S.A. – CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. – U.T.E. prestadora del Servicio de Limpieza, Recolección e Higiene Urbana adjudicataria en los términos de la Licitación Pública Nº 17/2008 solicita un reconocimiento de mayores costos en la contratación antes citada;
QUE las contrataciones plurianuales, son impactadas por las variaciones de los insumos y costos salariales que constituyen los factores básicos de mayor incidencia de la estructura de costos de los mismos, por lo que resulta conveniente al interés municipal comprometido, proceder a evaluar en forma continua en qué medida las variaciones (incrementos o disminuciones) son afectadas por la alteraciones continuas del actual contexto económico de dichas variables, modificando sin solución de continuidad el normal devenir de este tipo de contratos, a fin de resguardar la integridad del contrato celebrado y así garantizar la continuidad, cantidad y calidad de las prestaciones contratadas en beneficio de los vecinos;
QUE ello, conlleva un estudio continuo y exhaustivo a fin de evidenciar la existencia de situaciones que producen una afectación clara de la ecuación económica financiera de las partes involucradas;
QUE este contrato específicamente reviste un interés municipal especial, ya que cualquier alteración del mismo, podría provocar una modificación sustancial en la calidad de las prestaciones requeridas por la Municipalidad en beneficio de la calidad urbano ambiental y sanitaria de los vecinos;
QUE por lo expuesto, la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, ha realizado un pormenorizado estudio del Acta de Redeterminación de Precios de fecha 15 de febrero de 2017, recomendando efectuar un reconocimiento de mayores costos en la prestaciones de los servicios mencionados, de acuerdo al siguiente esquema:
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Ref.: Expte. N° 5229-C-2008 – Alcance 6.-
//…
-Reintegro de Retención Provisoria efectuada desde el 1° de julio de 2016: Servicio nro. 1: 5,89 %
Servicio nro. 2: 5,34 % Servicio nro. 3: 6,96 %
-Reintegro de Retención Provisoria efectuada desde el 1° de julio de 2016, que representa las siguientes sumas:
Servicio nro. 1: $ 8.402,79 Servicio nro. 2: $ 701,29 Servicio nro. 3: $ 2.263,83
QUE corresponde reconocer el incremento de mayores costos desde el 1° de noviembre de 2016, para los servicios devengados, de acuerdo al siguiente esquema:
Servicio nro. 1: 495,66 % Servicio nro. 2: 464,24 % Servicio nro. 3: 568,66 %
Dichos incrementos acumulados corresponde aplicarse sobre el precio original de las prestaciones y representa las siguientes sumas:
Servicio nro. 1: $ 849.143,11 Servicio nro. 2: $ 74.152,99 Servicio nro. 3: $ 217.336,97
QUE, como resultado de la aplicación del régimen establecido por el contrato, aceptan para el mismo la utilización de los índices publicados por la Federación Argentina de Entidades Empresarias de Autotransporte de Cargas (FADEEAC), para la determinación del gatillo establecido en el punto 1.2.7.4.2 del Pliego de Bases y Condiciones que rigió la Licitación Pública n° 17/08, de acuerdo al siguiente detalle:
INDEC FADEEAC
Vehículos y Reparaciones 34 Rep. 50% Mat. Rod. 50% Combustible y Lubricantes 23 Comb. 90% Lub. 10%
Bolsas 252 Incidencia General del Mes
Neumáticos 251 Neumáticos
Ropa 18 Incidencia General del Mes
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Ref.: Expte. N° 5229-C-2008 – Alcance 6.-
///…
QUE este Departamento Ejecutivo comparte el criterio expuesto por la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Otórgase un reconocimiento de mayores costos aplicado sobre el precio ************* original de la prestación del Servicio de Limpieza, Recolección de Residuos e Higiene Urbana, que le fuera adjudicado a la empresa Benito Roggio e Hijos S.A – CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. –U.T.E., en el marco de la Licitación Pública N° 17/08, de acuerdo al siguiente esquema:
-Reintegro de Retención Provisoria efectuada desde el 1° de julio de 2016: Servicio nro. 1: 5,89 %
Servicio nro. 2: 5,34 % Servicio nro. 3: 6,96 %
-Reintegro de Retención Provisoria efectuada desde el 1° de julio de 2016, que representan las siguientes sumas:
Servicio nro. 1: $ 8.402,79 Servicio nro. 2: $ 701,29 Servicio nro. 3: $ 2.263,83
-Reconocimiento de incremento por mayores costos para los servicios devengados desde el 1° de noviembre de 2016, de acuerdo al siguiente esquema:
Servicio nro. 1: 495,66 % Servicio nro. 2: 464,24 % Servicio nro. 3: 568,66 %
-Dichos incrementos acumulados corresponde aplicarse sobre el precio original de las prestaciones representan las siguientes sumas:
Servicio nro. 1: $ 849.143,11 Servicio nro. 2: $ 74.152,99 Servicio nro. 3: $ 217.336,97
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Ref.: Expte. N° 5229-C-2008 – Alcance 6.-
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ARTÍCULO 2°.- "LAS PARTES", como resultado de la aplicación del régimen ************* establecido por el CONTRATO, aceptan para el mismo, la utilización de los Índices publicados por la Federación Argentina de Entidades Empresarias de Autotransporte de Cargas (FADEEAC) para la determinación del gatillo establecido en el punto 1.2.7.4.2 del Pliego de Bases y Condiciones que rigió a la Licitación Pública nro. 17/08.-
ARTÍCULO 3º.- BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. – CLIBA INGENIERIA ************* AMBIENTAL S.A. - U.T.E renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, relacionados con el reconocimiento de variaciones de precios originadas en hechos ocurridos por la aplicación de los cambios de Índices y por las retenciones efectuadas.-
ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk
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