EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
DECRETO NUMERO:
VISTO lo actuado en el presente expediente nº 11286-C-2006 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza nº 8218, con fecha 15 de noviembre del corriente, mediante la cual se acepta la donación de un trabajo en cerámica de 1,40 m de frente por 0,50 m de profundidad y 0,40 m de alto, realizado por María Isabel Fotheringham de Castellano. El mismo consiste en la recreación del tema "Un alto en el campo", óleo de Prilidiano Pueyrredón ofrecida por María Castellano Fotheringham e Isabel Castellano Fotheringham, para ser exhibido en el Museo Histórico Brigadier Juan M de Pueyrredón; y
Considerando:
QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza municipal número *************** 8218, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 15 de noviembre del corriente.-
ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. 5854-361731-C-04.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3016
VISTO lo actuado en el presente expediente nº 5854-361731-C-04 y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante, respecto de la sanción de la Ordenanza nº 8217, con fecha 15 de noviembre del corriente, mediante la cual se convalida el Contrato de Comodato celebrado con la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires, referente al inmueble sito en Cuyo 1619 de Martínez ; y
Considerando:
QUE de conformidad con lo establecido por el Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza municipal número *************** 8217, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 15 de noviembre del corriente.-
ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.Nro. 11966-V-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 0 1 7
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. N° 610.310; y
Considerando:
QUE la presentante de fs. 1 manifiesta su imposibilidad de regularizar la deuda de otra forma, ya que los ingresos provienen de las changas que realiza su esposo, importe con el cual deben hacer frente a todos los gastos del hogar y la mantención de sus 2 pequeñas hijas;
QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE los accesorios por multas y recargos generados en la Cta. Cte. ************** N° 610.310, para el pago de la deuda, por la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, período 1997/6ºB a 2006/5ºB inclusive, que recae sobre el inmueble sito en Blandengues Nº 1994 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, a nombre de Olga VELIZ ARNEZ.-
ARTICULO 2do.- AUTORIZASE un plan de pagos de hasta sesenta (60) cuotas, dejándose ************** constancia que de no cumplir con el mismo, perderá los beneficios otorgados por el artículo 1ro. del presente, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.-
Ref.: Expte.Nro. 11966-V-2006.-
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ARTICULO 3ro.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias, y Departa- ************** mento de Procuración de Cobro, a fin de tomar conocimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 4576-M-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 0 1 8
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. N° 612.010; y
Considerando:
QUE la presentante de fs. 1 y 11 manifiesta su imposibilidad de regularizar la deuda de otra forma, debido a que no posee un empleo fijo y tiene problemas de salud;
QUE ha comenzado a abonar las cuotas a partir del corriente año;
QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que sufre inundaciones, produciéndose daños y pérdidas sobre bienes personales y que, si bien se trata de un hecho natural que no verifica culpables directos más allá de la propia naturaleza, esta administración tampoco quiere desatender pedidos como el de autos, de quienes desean permanecer en el sistema, tratando de adaptar nuestras exigencias a sus posibilidades;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE los accesorios por multas y recargos generados en la Cta. Cte. ************** N° 612.010, para el pago de la deuda, por la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, período 1994/3ºA a 2005/6ºB, que recae sobre el inmueble sito en Junín Nº 1767 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, a nombre de Ramón Armando MIGUELES.-
ARTICULO 2do.- AUTORIZASE un plan de pagos de hasta sesenta (60) cuotas, dejándose ************** constancia que de no cumplir con el mismo, perderá los beneficios otorgados por el artículo 1ro. del presente, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.-
Ref.: Expte. Nro. 4576-M-2006.-
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ARTICULO 3ro.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias, y Departa- *************** mento de Procuración de Cobro, a fin de tomar conocimiento de lo dispuesto en el presente.-
ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.:Expte. Nro. 13375-C-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2006
DECRETO NUMERO:
3 0 1 9
VISTO la presentación efectuada en autos por el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS , mediante la cual da cuenta de la realización del XXI ENCUENTRO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS , que se realizará los días 23 y 24 de noviembre del corriente año; y
Considerando:
QUE solicita se declare de Interés Municipal el mencionado evento;
QUE este Departamento Ejecutivo a fs. 4 solicita el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Declárase de Interés Municipal el XXI ENCUENTRO DE PROFESIO- ************** NALES EN CIENCIAS ECONOMICAS , organizado por el CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS , que se realizará los días 23 y 24 de noviembre del corriente año.-
ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 12668-V-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2006 DECRETO NUMERO:
3 0 2 0
VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública de la Cta. Cte. N° 750.660, correspondientes al inmueble sito en Quesada Nº 2449 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE el peticionante manifiesta su intención de regularizar su situación fiscal, expresando que desde el año 1992 abona regularmente las cuotas;
QUE esa deuda fue consecuencia de un accidente automovilístico familiar que involucró a sus hijos, perdiendo lamentablemente a uno de ellos, y ocasionó muchos gastos en salud;
QUE canceló a resultas del presente, los valores orígenes de la deuda reclamada;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- EXIMESE los accesorios generados en la deuda de la Cuenta Corriente ************** Nº 750.660, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, por los períodos 1989/5ºB a 1992/6ºB, que recae sobre el inmueble sito en Quesada Nº 2449 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-
ARTICULO 2do.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias.-
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESP
Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. 13383-S-2006.-
SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2006 DECRETO NUMERO:
3 0 2 1
VISTO la Campaña Nacional de Vacunación contra la Rubéola implementada dentro de la jurisdicción de este Partido, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución 5148/06 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando:
QUE a fojas 3 de estas actuaciones, obra el respectivo listado del personal dependiente de la Secretaría de Salud Pública que se encontró afectado a la misma durante los meses de setiembre y octubre del corriente, en el cual se determinan los importes a abonar a cada uno de ellos;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- ABONESE la suma que en cada caso se indica al personal que a ************** continuación se detalla, dependiente de la Secretaría de Salud Pública, afectado a la Campaña Nacional de Vacunación contra la Rubéola, conforme al listado de fs. 3 de estos actuados:
APELLIDO Y NOMBRE