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DEDUCCIONES DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL 2000-2008.

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Empresas de desarrollo de software

DEDUCCIONES DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL 2000-2008.

En el modelo se distinguen 2 grupos: A) D.I internacional ejercicios anteriores.

Los saldos de deducciones por doble imposición internacional de años anteriores deben actualizarse como consecuencia de la modificación de tipos impositivos en 2008. No obstante este cálculo no procederá en los casos de las deducciones a que se refiere el artículo 31.1.a) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Por ello es preciso determinar si en los saldos de deducciones por doble imposición internacional de años anteriores se incluyen o no deducciones del artículo 31.1.a), ya que en estos casos no se va a realizar cálculo.

A efectos de que se lleve a cabo una cumplimentación de este apartado conforme a lo expresado anteriormente se proponen las siguientes especificaciones:

1- En la primera pantalla de acceso a los datos de este apartado sólo estarán abiertos para su cumplimentación las claves correspondientes a la primera columna “Deducción pendiente/ generada” (claves 151, 153, 154, 155, 156, 157, 158 y 159).

2- Si se cumplimenta algún dato en estas claves deberá salir en pantalla el siguiente mensaje o similar (es cuando le damos la “opción” al usuario):

Para determinar los saldos pendientes de años anteriores de deducciones por doble imposición internacional (excepto las deducciones a las que se refiere el art. 31.1.a) de la L.I.S.) debe tenerse en cuenta el tipo de gravamen vigente en el periodo de generación. ¿Desea efectuar el cálculo mediante el programa de ayuda?

SI / NO / CANCELAR

3- Si marca la opción “SI” debe abrirse la clave de la fila que se hubiese cumplimentado que corresponda a la columna “Tipo gravamen periodo generación”

Es decir, por ejemplo, si se cumplimentó la clave 154 ahora se abriría la clave 729. Si no se cumplimenta no debería dejar incluir más datos en la fila y saldría el siguiente mensaje o similar: Debe cumplimentar todas las claves de la fila de deducciones doble imposición. ACEPTAR / CANCELAR. Si se cancela se borrarían todos los datos de la fila. Si se acepta el cursor le llevaría a la clave 729.

4- Una vez cumplimentada la clave 729, a continuación el programa calcularía los importes de las claves 103 “tipo gravamen 2008” (excepto cooperativas fiscalmente protegidas), 849 y 197 (o, en su caso, las que correspondan a las columnas “2008 deducción pendiente” y ”Deducción pendiente ejercicios futuros” según la fila cumplimentada).

Para las cooperativas fiscalmente protegidas (cuando se hayan marcado las claves 017 ó 018) la clave 103 no se calculará automáticamente sino que se cumplimentará por el usuario, ya que en función del carácter cooperativo o extracooperativo de los rendimientos que originan la deducción será aplicable un tipo distinto de gravamen. Para estos supuestos, en primer lugar se abrirá la clave 103 para su cumplimentación (campo abierto sin controles) y posteriormente el programa calcularía los importes de las claves 282 y 284 (o, en su caso, las que correspondan a la columna, “2008 deducción pendiente” y ”Deducción pendiente ejercicios futuros” según la fila cumplimentada), al igual que lo especificado para el resto de supuestos.

5- Finalmente el usuario introduciría el dato correspondiente a la clave 894 (deducción aplicada en esta liquidación) y se recalcularía la 197 (o, en su caso, las que correspondan a la columna ”Deducción pendiente ejercicios futuros” según la fila cumplimentada). No obstante debería permitirse la modificación de cualquiera de los datos introducidos previamente por el usuario.

Esta operativa se aplicaría a cada una de las filas de este apartado.

De este modo se asegura la cumplimentación completa de las filas y se evitan los mensajes de aviso en el chequeo de la declaración.

6- Si marca la opción “NO” debe abrirse la clave de la fila que se hubiese cumplimentado que corresponda a la columna “Deducción aplicada en esta liquidación” (clave 894 del ejemplo). El programa trasladaría el importe de las claves de la columna Deducción pendiente / generada (clave 154 del ejemplo) a la columna “2008 deducción pendiente” (clave 849 del ejemplo), calculando también las claves de la columna “Deducción pendiente ejercicios futuros” (clave 197 del ejemplo). En este caso las claves que correspondan a la columnas “Tipo gravamen periodo generación” aparecerán sombreadas ya que el programa no va a efectuar el cálculo de la clave 849 sino que sólo traslada el importe consignado en la 154. No obstante, si calcularía e imprimiría (a efectos informativos) el importe de la clave 103 (excepto cooperativas fiscalmente protegidas).

7- Si marca la opción “CANCELAR” se borrarían todos los datos de la fila.

Por lo tanto, en este apartado son de cumplimentación manual (por el usuario) las claves pertenecientes a las siguientes columnas:

- Deducción pendiente/ generada

- Tipo gravamen período generación (sólo en caso de “opción SI”) - Deducción aplicada en esta liquidación

- Clave 103 sólo para cooperativas fiscalmente protegidas

Son de cumplimentación automática (por el programa) la clave 103 (fila Tipo gravamen 2008 excepto cooperativas fiscalmente protegidas) y las claves pertenecientes a las siguientes columnas:

- 2008 deducción pendiente

- Deducción pendiente ejercicios futuros

Si BI negativa (carácter 009 ó 010 marcado) o cero se inhabilita la columna del check y funcionará con comportamiento “no”.

B) D.I internacional ejercicios 2008

Para estas claves, al no hacerse el cálculo, el funcionamiento es similar al anterior en la “opción” NO

1- En la primera pantalla de acceso a los datos de este apartado sólo estarán abiertos para su cumplimentación las claves correspondientes a la primera columna “Deducción pendiente/ generada” (claves 163 y 167).

2- Una vez cumplimentadas alguna de las claves anteriores se abriría la clave de la fila que se hubiese cumplimentado que corresponda a la columna “Deducción aplicada en esta liquidación”. A diferencia del anterior no se muestra ningún mensaje.

El programa trasladaría el importe de las claves de la columna Deducción pendiente / generada a la columna “2008 deducción pendiente”, calculando también las claves de la columna “Deducción pendiente ejercicios futuros”.

En este caso no existen claves en la columna “Tipo gravamen periodo generación”. Se calcularía e imprimiría (a efectos informativos) el importe de la clave 103.

Columna “Deducción pendiente / generada”

160 = 151 + 153 + 154 + 155 + 156 + 157 + 158 + 159 171 = 163 + 167

Clave 103

La clave 103 se calculará del mismo modo que para las de doble imposición interna. (ver apartado anterior)

Columna “2008 deducción pendiente”:

En los supuestos en que no se efectúe el cálculo (D. I. internacional 2008 y D. I. ejercicios anteriores que hubieran marcado la opción “NO”):

711 = 151 637 = 153 849 = 154 285 = 155 825 = 156 001 = 157 028 = 158 717 = 159 164 = 163 168 = 167

En los supuestos en que se efectúe el cálculo:

Para determinar el importe de estas deducciones a aplicar en 2008 se debe tener en cuenta el tipo de gravamen vigente en los periodos de generación. Por tanto, dicho importe se obtendrá multiplicando el importe de la deducción pendiente por una fracción cuyo numerador sea el tipo de gravamen vigente en 2008 y el denominador sea el tipo de gravamen que aplicó la entidad en el periodo de generación. El tipo de gravamen del periodo de generación podría no coincidir con el consignado en la clave 558 (tipo de gravamen) de la declaración y debe calcularse por el usuario dividiendo el importe de la cuota íntegra (clave 562) entre el importe de la base imponible (clave 552) de dicho periodo (excepto cooperativas fiscalmente protegidas).

711 = clave 151 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 152 / 100 ) 637 = clave 153 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 728 / 100 ) 849 = clave 154 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 729 / 100 ) 285 = clave 155 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 730 / 100 ) 825 = clave 156 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 731 / 100 ) 001 = clave 157 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 732 / 100 ) 028 = clave 158 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 733 / 100 ) 717 = clave 159 x ( clave 562 / clave 552) / ( clave 734 / 100 ) Para cooperativas fiscalmente protegidas:

711 = clave 151 x ( clave 103 / 100) / ( clave 152 / 100 ) 637 = clave 153 x ( clave 103 / 100) / ( clave 728 / 100 ) 849 = clave 154 x ( clave 103 / 100) / ( clave 729 / 100 ) 285 = clave 155 x ( clave 103 / 100) / ( clave 730 / 100 ) 825 = clave 156 x ( clave 103 / 100) / ( clave 731 / 100 ) 001 = clave 157 x ( clave 103 / 100) / ( clave 732 / 100 ) 028 = clave 158 x ( clave 103 / 100) / ( clave 733 / 100 ) 717 = clave 159 x ( clave 103 / 100) / ( clave 734 / 100 ) Para ambos supuestos:

161 = 711 + 637 + 849 + 285 + 825 + 001 + 028 + 717 172 = 164 + 168

Columnas “Deducción aplicada en esta liquidación” y “Deducción pendiente ejercicios futuros”

Debe cumplirse que:

712 ≤ 711 713 = 711 - 712 638 ≤ 637 639 = 638 - 639 894 ≤ 849 197 = 849 - 894 286 ≤ 285 287 = 285 - 286 826 ≤ 825 827 = 825 - 826 002 ≤ 001 003 = 001 - 002 029 ≤ 028 030 = 028 - 029 718 ≤ 717 719 = 717 - 718 572 = 712 + 638 + 894 + 286 + 826 + 002 + 029 + 718 573 = 165 + 169 162 = 713 + 639 + 197 + 287 + 827 + 003 + 030 + 719 174 = 166 + 170

El importe de las claves 572 y 573 se trasladará a las claves de igual numeración de la página 14 del modelo.

DEDUCCIÓN ART. 42 L. I. S. Y ART. 36 TER LEY 43/95.

In document Empresas de desarrollo de software (página 63-70)

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