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1 MARCO TEÓRICO

1.1 Origen y evolución sobre el objeto de investigación

1.1.7 Delito

El delito con base en la definición legal, “como la conducta sancionada por las leyes penales con el objeto de proteger los bienes jurídicos fundamentales del individuo y de la sociedad”.

El delito es un acto humano, previsto de modo típico por la ley, contrario al derecho, esto es antijurídico, imputable al hombre, y culpable, porque está sometida a una adecuada sanción penal, y cumplir con las respectivas penas o medidas de seguridad según sea el caso.

En general, el delito es un acto que infringe la ley, el mismo que está previsto de modo típico por la ley, que atenta gravemente contra la convivencia social, que se encuentra tipificado e impuesto por el Estado con la finalidad de proteger a la

sociedad de los actos que están prohibidos y sancionados por la ley por causa de sus consecuencias antisociales.

Es decir, es el quebrantamiento de una ley imperativa: es la actuación o abstención que lleva anexo una pena, acción u omisión prohibida por la ley bajo la amenaza de una sanción.

1.1.7.1 Bien jurídico protegido

El bien jurídico protegido es un elemento esencial el Dr. Bernabé Luna Ramos en conferencia sobre norma Penal y elementos del tipo manifestó que “el fin de toda norma es la de proteger un bien jurídico, si no se protege algo con la norma no tiene razón de ser, un bien jurídico tiene un valor o interés social que se

pretende proteger para la conservación del orden social” (Ramos, 2012)

El Derecho de Autor protege los bienes individuales de su creador, para entender a fondo los bienes jurídicos se identifican también en su protección por lo que en muchos casos representan en la identidad de los pueblos y su valor social ya que los identifica por la creación del invento, por lo que el bien jurídico protegido es el valor cultural, social y económico, el que indudablemente tiene importancia para la tipificación de las conductas.

1.1.7.2 La finalidad de la pena

La pena, condena o sanción se impone a una persona que ha cometido un delito o una infracción, esta pena es de acuerdo al delito cometido y al daño causado, esta es impuesta por un juez o tribunal. La finalidad de la pena es alentar en la conciencia común el desvalor de la conducta violadora de la norma que ordena el respeto a cierta categoría de bienes y, así, reafirmar la importancia de tales bienes y la exigencia de que sean respetados.

El objetivo de la prisión preventiva es proteger a la sociedad, disuadir a las personas que pretenden cometer el mismo delitos o actos contrarios a la ley,

reeducar al infractor para su reinserción a la sociedad, impedir que el acusado huy y no sea castigado por el delito cometido.

1.1.7.3 La Proporcionalidad de las Penas y Sanciones

Nuestro sistema penal, por las normas consagradas en la Constitución de la República del Ecuador, del cual proviene del nuevísimo garantías basadas en el neo constitucionalismo, y del cual Luis Cueva Carrión, manifiesta: “Es un instrumento que no sólo organiza el poder, sino que, además, es fundamentalmente normativa y sus normas deben aplicarse en forma inmediata y directa; su interpretación difiere de la tradicional: es sistémica, se usa el método de la ponderación, que se auxilia del test de proporcionalidad, el método de la unidad de la Constitución y el de la armonización.

Todo el sistema constitucional debe funcionar y ser interpretado desde una nueva perspectiva: la de los derechos fundamentales, porque se fundamenta en ellos, son su eje central y, para su efectiva vigencia, ha reforzado las acciones constitucionales existentes y ha creado otras. Para esta corriente, no pisten derechos absolutos, todos tienen igual valor y jerarquía”.

El propósito de esta corriente formada dentro del Derecho Constitucional aspira a dotar al Estado de mejores herramientas jurídicas para perfeccionarlo; para ello somete a todo el poder estatal al Derecho, donde la constitucionalidad prime sobre la legalidad y a la jurisdicción constitucional la ubica como primera y última instancia de la vida jurídica, a fin de que el Estado actual pase a convertirse en paradigma del Estado constitucional; es decir, aspira a una verdadera revolución político-jurídica para insertarse dentro de un nuevo orden jurídico cuyos pilares fundamentales son: la defensa radical de la dignidad, de la igualdad, de la justicia, de la solidaridad de las personas y el establecimiento de una seguridad jurídica de mejor calidad, porque se considera que sobre estos postulados debe fundarse el nuevo Derecho, denominado Derecho global.

1.1.7.4 Principio de proporcionalidad.

El principio de proporcionalidad busca el equilibrio entre la pena y la gravedad del delito, siempre protegiendo al bien jurídico. Para Mir Puig, “no basta con culpar al autor del hecho que motiva la pena, sino además preciso que su gravedad resulte proporcionada al hecho cometido” (Pag. 83 Libro Derecho Penal), criterio que sirve de base a la graduación de las penalidades. La idea de implementar la proporcionalidad o darle importante constitucional no es solo necesaria para limitar las medidas, sino para graduar las penas según el delito cometido, es el producto de la relación equilibrada entre dos o más comportamientos, conductas o acciones que permiten mantener un ordenamiento judicial claro y concreto.

En el ámbito penal, el principio de proporcionalidad responde a la idea de evitar la utilización desmedida de las sanciones que conllevan una privación o restricción de la libertad, para ello limita su uso a lo imprescindible, que no es otra cosa que establecer e imponer penas exclusivamente para proteger bienes jurídicos valiosos para la sociedad. Es decir debe ser la sanción en la medida del mal causado en este sentido protegiendo los derechos a la propiedad intelectual que La Constitución de la República del Ecuador, al declarar al país como un Estado de derechos y justicia, garantiza los derechos establecidos en ella y, adicionalmente, la aplicación del principio de proporcionalidad es importantísimo, puesto que la sanción debe imponerse no solo como castigo sino como medio de protección a la ciudadanía y el juzgamiento de las infracciones debe enfocarse que se respete los derechos de los ciudadanos y se evite que la sociedad sufra atropellos a su integridad.

1.1.8 Derecho Comparado sobre los delitos de propiedad intelectual en