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Capítulo XII DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

12.3. DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES

Artículo 206°. Artículo 206°.

Artículo 206°. El Departamento de Adquisiciones tendrá como objetivo la provisión oportuna de mobiliario, maquinarias, materiales de uso y consumo corriente, suministros y servicios necesarios para el normal funcionamiento de las unidades municipales y para el desarrollo de programas y proyectos de inversión.

Artículo 207°. Artículo 207°. Artículo 207°.

Artículo 207°. El Departamento de Adquisiciones, debe cumplir las siguientes funciones: 1.

1. 1.

1. Recibir y clasificar las solicitudes de compra provenientes de las distintas unidades municipales.

2. 2. 2.

2. Preparar y proponer la programación anual de los materiales y equipamiento que se requiera para el normal desarrollo de la gestión municipal, conforme a las necesidades de cada Dirección.

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3. 3.

3. Gestionar las adquisiciones de acuerdo al reglamento correspondiente, cumpliendo los procedimientos fijados en la ley N° 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento.

4. 4. 4.

4. Ingresar al Portal de Mercadopúblico las peticiones de las distintas unidades, para su cotización y posterior compra.

5. 5. 5.

5. Informar en el Portal Mercadopúblico de las contrataciones directas menores a 100UTM, que por cualquier motivo se efectuaren en el municipio.

6. 6. 6.

6. Emitir la orden de compra, una vez efectuada la refrendación por el Departamento de Contabilidad y la correspondiente visación de la Dirección de Control.

7. 7. 7.

7. Mantener un registro de proveedores. 8.

8. 8.

8. Supervisar el funcionamiento de la bodega municipal. 9.

9. 9.

9. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

Artículo 208°. Artículo 208°. Artículo 208°.

Artículo 208°. Del Departamento de Adquisiciones depende directamente, las siguientes Secciones:

• Sección de Pago de Proveedores. • Sección de Inventarios.

• Sección de Bodega. 12.3.1.

12.3.1.12.3.1.

12.3.1. SecciónSección Pago ProveedoresSecciónSecciónPago ProveedoresPago ProveedoresPago Proveedores.... Artículo 209°.

Artículo 209°. Artículo 209°.

Artículo 209°. La Sección Pago Proveedores tiene como objetivo realizar la recepción, seguimiento y control del proceso de pago de facturas de insumos, bienes y servicios que hayan sido adquiridos por el municipio, además de orientar y resolver problemas que se puedan derivar de este tipo de acciones.

Artículo 210°. Artículo 210°. Artículo 210°.

Artículo 210°. La Sección Pago de Proveedores debe cumplir las siguientes funciones: 1.

1. 1.

1. Tramitar las facturas por emisión de las órdenes de compra menores a 100 UTM y decretos exentos generados para su posterior cancelación.

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2. 2.

2. Recibir y registrar la documentación necesaria para el pago de proveedores.

3. 3. 3.

3. Coordinar con la Sección de Inventarios la recepción conforme y posterior entrega de los bienes inventariables.

4. 4. 4.

4. Solicitar a las unidades requirentes la recepción conforme de bienes y servicios a través de la visación de los documentos de pago. (guía de recepción y factura).

5. 5. 5.

5. Mantener archivos actualizados de órdenes de compra, facturas, propuestas y otros documentos afines al pago de proveedores.

6. 6. 6.

6. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

12.3.2. 12.3.2.12.3.2.

12.3.2. SecciónSección de Inventarios.SecciónSecciónde Inventarios.de Inventarios.de Inventarios. Artículo 211°.

Artículo 211°. Artículo 211°.

Artículo 211°. La Sección de Inventarios tendrá como objetivo mantener actualizado los registros de bienes de la municipalidad y los inventarios valorados de los mismos.

Artículo 212°. Artículo 212°. Artículo 212°.

Artículo 212°. La Sección de Inventarios debe cumplir las siguientes funciones: 1.

1. 1.

1. Mantener permanentemente actualizados los registros del inventario general de la municipalidad, desglosado por dependencias.

2. 2. 2.

2. Mantener registros actualizados de los bienes inventariables existentes en bodega.

3. 3. 3.

3. Efectuar controles periódicos de los bienes asignados a las distintas unidades municipales.

4. 4. 4.

4. Determinar la condición de inventariable de los bienes, según las normas en uso.

5. 5. 5.

5. Mantener sistemas de registro y control de inventarios. 6.

6. 6.

6. Realizar procesos de inventarios generales, rotativos y selectivos, investigando sobrantes y faltantes que resulten de la comparación del

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Página 106 de 124 inventario físico y de libros.

7. 7. 7.

7. Preparar informe de desafectación de las especies inutilizadas. 8.

8. 8.

8. Recibir, mantener y distribuir los bienes físicos y servicios necesarios para el funcionamiento normal del Municipio.

9. 9. 9.

9. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

12.3.3. 12.3.3.12.3.3.

12.3.3. SecciónSección de BodegaSecciónSecciónde Bodegade Bodegade Bodega.... Artículo 213°.

Artículo 213°. Artículo 213°.

Artículo 213°. La Sección de Bodega tiene como objetivo realizar la recepción, custodia, almacenamiento, entrega y registro de los distintos bienes e insumos adquiridos por la organización.

Artículo 214°. Artículo 214°. Artículo 214°.

Artículo 214°. La Sección de Bodega debe cumplir las siguientes funciones: 1.

1.1.

1. Recibir, registrar, almacenar y distribuir los activos fijos provenientes de las adquisiciones.

2. 2.2.

2. Recibir los bienes materiales, comprobando que correspondan a las cantidades y especificaciones establecidas en la orden de compra y factura o guía de despacho del proveedor, y rechazar productos que estén deteriorados o no corresponden a la compra.

3. 3.3.

3. Informar al Departamento de Adquisiciones o al jefe administrativo, según corresponda, cualquier irregularidad en la recepción.

4. 4.4.

4. Mantener permanentemente al día los registros de los materiales en bodega, controlando las entradas y salida (cantidad y calidad).

5. 5.5.

5. Aplicar normas de seguridad para la conservación y control de los materiales que allí se almacenan, según lo establecido por la Sección de Prevención de Riesgos.

6. 6.6.

6. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del Marco Legal.

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12.4.12.4.

12.4. DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOSDEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS.... DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOSDEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS

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