forzado
La huída
La violencia y las amenazas forzaron a Clara a abandonar su país. Inicia un viaje de búsqueda de un lugar seguro, donde poder llevarse a sus hijas y vivir sin violencia.
El 10 de julio de 2012 abandoné Guinea Conakry. Llegué a Rabat el 15 de julio. Allí fui acogida por mi tío durante
una semana, pero, cuando descubrió que había huido, me tuve que ir. Mi padre le había llamado y mi tío me amenazó con denunciarme a la policía. En Marruecos fue muy duro. Conseguí el dinero para ir a Nador. Estuve un mes en el bosque, en un sitio que le llaman ‘Tranquilo’. Teníamos que soportar condiciones muy difíciles, sin co- mida, sin poder lavarnos, durmiendo en el suelo,… El 31 de septiembre embarqué en una zodiac junto con otras 58 personas. Estuvimos tres días perdidas, a la deriva en el mar. Nos rescató un pesquero que nos llevó a Motril. Pasé dos días en la comisaría de policía de esa ciudad y luego me llevaron al CIE [Centro de Internamiento para Extranjeros] de Algeciras. De ahí, a un centro para mujeres de la Cruz Roja en Utrera. Estuve un mes allí. Me fui a Madrid porque una amiga me dijo que allí seguro que iba a encontrar trabajo. Ella ejerce la prostitución. Me dijo que así podía conseguir dinero. Pero yo no que- ría hacerlo. No quiero prostituirme.
Le conté todo lo que me había pasado a un amigo de Costa de Marfil. Él me dijo que podía pedir asilo.
El derecho de asilo
El Estado español denegó la solicitud de asilo a Clara. Sin embargo, las personas que huyen debido a persecuciones como las sufridas por ella tienen derecho a la protección in- ternacional del asilo ya que:
}La MGF, el matrimonio forzado y la violencia intrafamiliar son violaciones graves, sistemáticas y sostenidas de los derechos fundamentales, tratos inhumanos y degradantes que además pueden constituir tortura. Cada una de ellas constituiría, por sí misma, una persecución.
}Las víctimas de MGF, de matrimonios forzados y de vio- lencia intrafamiliar constituyen un grupo social en el marco del derecho de asilo, ya que las agresiones son ejercidas contra ellas por el hecho de ser mujeres.
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} La oposición a estas prácticas, a estas violaciones de derechos humanos, y la lucha de las mujeres por vivir sin violencia y con autonomía son opiniones políticas, según el derecho de asilo, ya que se trata de “opiniones que no son toleradas por las autoridades o la sociedad, que son críticas de sus políticas, costumbres o métodos”13. Este
supuesto afecta también a madres y padres de niñas que se exponen a amenazas en sus países de origen por ne- garse a consentir que sus hijas sean mutiladas.
}Aunque la MGF no está ligada a una religión concreta, al- gunas comunidades justifican su práctica en obligaciones religiosas. En tales casos, cuando una mujer o una niña se oponen a ser mutiladas, o a que lo sean sus hijas, el de- recho de asilo reconoce la existencia de una persecución pormotivos religiosos.
} El Estado de origen no quiere o no puede, en muchos casos, protegerlas.
} La legislación en contra de la MGF es un avance en el reconocimiento de los derechos fundamentales de las mu- jeres por parte de los gobiernos y crea un marco jurídico desde el que poder trabajar para erradicarla. Sin embargo, su impacto en la reducción de la prevalencia de esta prác- tica es todavía muy reducido14. Lo mismo ocurre con el
matrimonio forzado y con la violencia intrafamiliar. Además, el miedo a las consecuencias que pueda tener reclamar sus derechos ante las autoridades competentes, inhibe a las mujeres a denunciar. Por lo tanto, las prohibiciones jurídicas formales no son suficientes para concluir que la protección de un Estado es efectiva.
}El retorno a su país de origen pondría sus vidas en grave riesgo. Además, en el caso de Clara, si se le hubiera reco- nocido el estatuto de asilo habría podido extender la pro- tección a sus hijas, que están en riesgo de ser mutiladas.
La experiencia del exilio
Clara, sus hijas y su hermana todavía no han encontrado ese ansiado lugar donde vivir libres de violencia. Su solicitud de asilo fue denegada y se enfrenta a nuevas violencias y riesgos derivados de una situación de irregularidad administrativa. El miedo a ser detenida, a ser encerrada en un CIE, a vivir una deportación, a ser devuelta a su país de origen, a que sus hijas y su hermana sean mutiladas, le acecha día a día.
Sin embargo, Clara no se rinde. Seguirá resistiendo a pesar de las experiencias vividas y la situación en la que se encuen-
13 Definición del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
14 Un caso paradigmático es Estiopía donde el 85% de las mujeres siguen siendo mutiladas, a pesar de que la Constitución del país prohíbe esta
tra. Saber que hay personas y organizaciones que creen su historia, y el deseo porque sus hijas y su hermana no sean mutiladas ni casadas contra su voluntad, le llenan de fuerza para seguir defendiendo su derecho a vivir sin violencia.
Me denegaron el asilo, me dijeron que tenía que abando- nar el país en quince días. No me pueden obligar a volver a mi país. Tengo mucho miedo. No quiero depender de
nadie, quiero tomar mis decisiones y no hacer lo que me digan otras personas. Quiero poder trabajar y traer a mis hijas y a mi hermana. Me siento muy mal por lo que les pueda pasar.
Pero también me siento bien porque sé que algunas per- sonas me creen, porque están tratando de ayudarme s
Para saber más
Fundación Wassu-UAB
Organización científica de ámbito internacional que actúa para la prevención de la MGF a través de la investigación antropológica y médica, aplicada a la transferencia de co- nocimiento.
http://www.mgf.uab.cat/esp/index.html
Esta Fundación alberga el Observatorio Transnacional de Investigación Aplicada a Nuevas Estrategias para la Preven- ción de la MGF, con dos centros de investigación y forma- ción:
}En el estado español: el Grupo Interdisciplinar para la Pre- vención y el Estudio de las Prácticas Tradicionales Perjudi- ciales (GIPE/PTP) del Departamento de Antropología Social y Cultural de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB)
} En Gambia: Wassu Gambia Kafo (WGK), ONG local que promueve la cooperación al desarrollo entre Gambia y Espa- ña en las áreas de la salud, la investigación y la educación.
Campaña internacional para la erradicación de la MGF
Campaña promovida por la Asociación para el Desarrollo de la Mujer (AIDOS) y subvencionada por el Fondo de Pobla- ción de las Naciones Unidas.
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La trata con fines de explotación sexual es la expresión más grave de la mercantilización de los cuerpos que nos ofrece el sistema capitalista y patriarcal. Un viaje lleno de infiernos al que muchas mujeres se ven abocadas ante la imposibilidad de em- prender un camino migratorio digno.
Es una de las más graves violaciones de derechos humanos y se considera una forma de esclavitud moderna. Según la Organización de Naciones Unidas (ONU), el Estado español es uno de los principales países de destino y de tránsito de las re- des de trata. Esta realidad se refleja en el aumento de mujeres, principalmente procedentes de Nigeria, que cada año solicitan asilo por este motivo. La trata se ha convertido en la principal causa alegada en las solicitudes de asilo por motivos de géne- ro15. La Red Española contra la Trata de Personas estima que entre 40.000 y 50.000 mujeres son explotadas sexualmente en el estado.
Partiendo de esta realidad y debido a la violencia que las mu- jeres enfrentan en el tránsito por la conocida como Frontera Sur, vamos a centrarnos en este apartado en las redes de trata con fines de explotación sexual que, desde África, tienen como destino Europa.
Mientras escribimos estas líneas el Gobierno español, por primera vez, reconoce como refugiada a una mujer nigeriana
víctima de trata y a su hija. Esperamos que este hecho, que constituye un importante avance en la lucha por el reconoci- miento del derecho de asilo como mecanismo de protección internacional para las víctimas, siente un precedente que mo- difique su negativa a considerar la trata como causa de asilo; negativa que va en contra de la legislación, de las directrices del ACNUR y de la práctica de los países del entorno. Nos acercamos a esta realidad a través de los testimonios de diferentes mujeres. Ninguna de ellas ha sido reconocida como refugiada en el Estado español. Charlotte y Precious ni siquie- ra consiguieron llegar y ejercer su derecho a ser protegidas. La primera permanece atrapada en Marruecos y la segunda desapareció en el mar. Naomí fue objeto de una expulsión a su país de origen. Hope y Dorcas lograron llegar y solicitar asilo, pero les fue denegado.
Las compañeras de Proyecto Esperanza y Women’s Link Worldwide, que día a día trabajan acompañando a las víctimas y reclamando justicia, nos han facilitado los testimonios de es- tas cinco mujeres. Sus voces son hilos que se van entretejien- do y se convierten en un grito de dignidad contra este tipo de violencia y contra sus responsables.
15 Datos extraídos de la investigación realizada por CEAR-Euskadi en
el que se han analizado las solicitudes de asilo por motivos de género tramitadas por los servicios jurídicos de CEAR del año 2009 al 2012. Estos datos han sido posteriormente contrastados con el ACNUR y la Oficina de Asilo y Refugio (OAR).
Qué es
El Protocolo de Naciones Unidas para Prevenir, Suprimir y Castigar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Ni- ños, conocido como Protocolo de Palermo, ratificado por el Estado español en 2003, define la trata de personas como “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. La explotación incluye, como mínimo, la derivada de la prostitución y de otras formas de explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas similares, servidumbre y extracción de órganos”. En el caso de la trata, el consentimiento de la víctima es irre- levante porque se recurre, con fines de explotación, a la ame- naza, el engaño, la fuerza u otras formas de coacción. No debe confundirse con el tráfico de personas.
A Noami (Nigeria) fue un amigo de su familia quien le ofreció la posibilidad de viajar a Europa para trabajar en el servicio doméstico, estudiar y labrarse un futuro. Ella vio este viaje como una oportunidad que nunca había tenido en su país. En 2006 llegó al estado español. El tratante le
dijo entonces que debía 20.000 euros por los gastos del viaje que tenía que pagar ejerciendo la prostitución, en un polígono y de noche. Para cobrar más por los servicios era forzada a mantener relaciones sexuales sin protección. Consecuencia de ello, se quedó embarazada y fue obliga- da a abortar. Las amenazas de la red exigiendo el pago de la deuda eran constantes.
A Dorcas (R.D. Congo) le ofrecieron venir como modelo: Mi vida en el Congo era normal. Vivía con mi madre y her- mano, estudiaba y hacía de modelo para tiendas de ropa. Un día, en un desfile de moda, conocí a una señora que me ofreció la posibilidad de viajar a Europa para trabajar de modelo y ganar dinero. Había una única condición: no se lo podía decir a nadie, ni a mi madre, ni a mi familia. A nadie. Pensé en mi madre, en la situación de mi familia, en que no teníamos nada, ni recursos, ni trabajo… Confié en ella y no dije nada.
La trata es un negocio transnacional que anualmente genera unos 7.000 millones de dólares de beneficio a través de la explotación de personas. Se sitúa en el tercer lugar entre los negocios ilícitos más lucrativos del mundo, tras el tráfico de drogas y el de armas.