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LGTTBI

Según la Ley de Asilo y teniendo en cuenta las directrices del ACNUR en la materia, existiría una persecución a las personas LGTTBI encuadrable en el marco del derecho de asilo, cuando:

} Los daños sufridos constituyan, por su naturaleza y carác- ter reiterado, una violación grave o sistemática o sostenida de los derechos humanos.

- El Estado promueva los daños, los tolere o no esté dis- puesto o en condiciones de proteger, dando lugar a que es- tos abusos permanezcan en la impunidad.

En Honduras Alexandra era la presidenta de una organi- zación de mujeres transexuales. La represión estatal contra ellas le obligaba a reconocer, día a día, los cuerpos de sus compañeras asesinadas. Su transexualidad y su trabajo por denunciar estas muertes y visibilizar la transfobia en su país le trajo multitud de amenazas y persecuciones. Interpuso una demanda contra el Estado hondureño y tuvo que huir. - Las personas LGTTBI corran un grave peligro de sufrir tra- tos inhumanos o degradantes e incluso la muerte en caso de verse obligadas a volver a su país.

Alexandra cuenta que querían devolverla a su país y ella sabía que, por la demanda que había interpuesto contra el

Estado hondureño y la persecución tan grave que estaba sufriendo, si volvía la iban a matar. En Barajas contó con el apoyo de un abogado que la acompañó en el trámite de solicitud de asilo. Una vez tuvo el permiso de entrada al país salió corriendo de la sala (donde la tenían retenida).

- Los motivos por los que una persona puede convertirse en refugiada no son excluyentes y dependiendo del contexto político, religioso y cultural varios motivos pueden ser rele- vantes.

sLas personas LGTTBI son consideradas como un grupo social determinado en el marco del derecho de asilo. Son personas que comparten una característica común dis- tinta al hecho de ser perseguidas o que son percibidas a menudo como grupo por la sociedad.

sNo es necesario que los miembros del grupo se asocien, o que sean socialmente visibles, ni tienen por qué perci- birse o manifestarse como miembros de un grupo para ser percibidos socialmente como tal. La atribución a un grupo social puede que sea simplemente porque así lo crea el agente perseguidor. Es el caso de personas que ni siquiera se definen como tal y son represaliadas por ello.

sLa persecución motivada por la negación de las per- sonas LGTTBI a cumplir con los roles y las expectativas sociales o culturales atribuidas a los miembros de su sexo puede considerarse opinión política en el marco del dere- cho de asilo. Se trata de conductas “que no son toleradas por las autoridades o la sociedad, que son críticas de sus políticas, costumbres o métodos”. Las prácticas no nor- mativas son actividades cargadas de sentido político por- que buscan un cambio, conscientemente o no, de manera individual u organizada.

No es siempre necesario que la opinión haya sido expre- sada. La cultura y la tradición no son apolíticas, sino que, a menudo, interactúan con las relaciones de poder, e influen- cian las circunstancias sociales y políticas. En el caso de personas LGTTBI, su simple oposición al modelo normativo

podría ser considerada como equivalente a una solicitud de libertad, un desafío que amenaza la estructura de base de las que emana el poder político.

Las declaraciones oficiales contrarias a las personas LG- TTBI que niegan la existencia de la homosexualidad en sus países, o proclaman que no son consideradas parte de la identidad nacional pueden llegar a acarrear una persecución política.

Omar entiende que en su caso se enfrenta a una doble pro- blemática: la nacionalidad se suma a la homosexualidad. Ser palestino y gay es lo peor que puedes ser.

sCuando una persona no cumple con los preceptos de una religión en relación con la sexualidad o la identidad puede sufrir persecución por este motivo.

Todas las religiones refuerzan el modelo normativo, negando cualquier posibilidad de diversidad. La religión está tan dentro de la cultura que a veces es difícil discernir qué pueda ser mo- tivo de persecución. Cuando las instituciones religiosas y del Estado no están claramente separadas los motivos de opinión política y religión pueden superponerse.

Omar no es practicante. Sin embargo, el Islam prohíbe la homosexualidad. Esto le hace sentir muy culpable y provoca que le dé muchas vueltas a la cabeza.

El número de personas solicitantes de asilo por motivos de orientación sexual e identidad de género es mayor que el que revelan las cifras oficiales y es necesario que las visibilicemos. Muchas de ellas, hasta que no tienen la oportunidad de hablar sobre su historia, de contar y resignificar lo vivido, no toman conciencia real de que pueden y deben ejercer el derecho a ser protegidas. La solicitud de asilo se convierte así en una manera de que su historia sea reconocida. Sin embargo, en el proceso surgen sentimientos relacionados con la frustración y la injusticia.

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A Gilbert tener que hablar sobre su preferencia sexual para solicitar asilo le hizo sentir raro, lo pasó mal. Tuvo que dar una gran explicación. Sin embargo, fue la primera vez que sintió que podía hablar con una institución y no le iban a castigar, a perseguir, a juzgar. Le pareció como si estuviera hablando con un psicólogo que le iba a quitar una carga. Al mismo tiempo, define el proceso como frustrante. Cuando su solicitud fue admitida a trámite, consiguió un buen trabajo. La vida le daba una oportunidad. Seis me- ses después, la denegación del estatuto le devolvió a la irregularidad administrativa y perdió su trabajo. En varias ocasiones presentó la documentación para regularizar su situación por arraigo social, pero se la denegaron. Perdió también la tarjeta sanitaria a pesar de tener serios proble- mas de salud. Ha estado ocho años en situación irregular, hasta que recientemente se ha casado y ha regularizado su situación.

Alexandra reconoce que solicitar asilo le ha beneficiado en muchas cosas. Considera que su caso ha sido muy rápido porque fue reconocida como refugiada a los seis meses de llegar. Se siente feliz. Siente que el estatuto le ha cambiado un poco la vida y que ahora tiene una opor- tunidad. Extraña su país, le obligaron a salir y no puede volver. Aquí puede vivir, aunque con muchas dificultades ya que no tiene dinero ni posibilidad de conseguir un tra- bajo.

Serge dice que el estatuto le puede ayudar a vivir libre- mente su preferencia sexual, sin tener miedo de nadie. Han pasado ya casi tres años desde que presentó la soli- citud de asilo, y aún está esperando la resolución. Siente que le falta esta parte para sentirse del todo bien, para poder aprovechar y disfrutar su vida.

Para Omar el estatuto no ha cambiado su vida. No cree que el papel otorgado por un Estado consiga que nada cambie. Simplemente te permite estar aquí. Es mi derecho estar aquí, no ha hecho nada malo en la vida.

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