4.5 Plan de seguridad y salud ocupacional Proyecto: Movimiento de
4.5.4 Reglamento de seguridad
4.5.4.2 Derechos y obligaciones de la empresa B & B
Derechos.
Calificar y seleccionar al facilitador de la gestión de seguridad e higiene minera y supervisores de primera línea, que cumplan, con un perfil profesional competitivo.
En caso que no se tenga las condiciones seguras de trabajo, se paralizarán temporalmente las actividades, hasta contar con las medidas necesarias de seguridad para el desarrollo de los trabajos.
B & B Murillo S.A.C. solicitará los permisos correspondientes para el ingreso a las instalaciones del cliente de acuerdo a contrato.
Obligaciones.
Asumir de manera absoluta los costos relacionados con la seguridad e higiene minera.
La formulación del Programa anual de seguridad e higiene minera, Programa de capacitación y las estadísticas de los accidentes de trabajo
Elaboración del plan de seguridad y salud ocupacional para la obra de acuerdo a los parámetros de Sociedad Minera Cerro Verde, presentar y facilitar los informes, estadísticas de seguridad y se remitirá a quienes corresponda.
Informar inmediatamente, al representante del departamento de seguridad, al administrador de contratos de SMCV de ocurrido algún incidente o una situación de emergencia; así mismo presentará un informe detallado de la investigación en el plazo de 24 horas de ocurrido tal suceso.
Informar a los trabajadores de los riesgos relacionados a la actividad a desempeñar, de los peligros para su salud y de las medidas preventivas y protección aplicables.
Proporcionar equipos de protección adecuado al personal.
En caso de presentarse una emergencia, contaremos con un plan de contingencia facilitando al personal, los primeros auxilios y comunicar a la posta de concentradora quien después el médico determinará si es evacuado a la posta de Arequipa.
Contar con un sistema de comunicación dentro de la obra para
cualquier emergencia de acuerdo a plan de contingencias y respuesta a emergencias de SMCV.
Proporcionar a los trabajadores herramientas adecuadas que permitan realizar sus labores con la debida seguridad.
Controlar en forma oportuna los riesgos originados por
condiciones o actos subestándar reportados por los trabajadores, supervisores o miembros del comité de seguridad e higiene minera.
Contar con foto check del personal que va a participar en la obra.
Mantener actualizado los registros de incidentes, accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, daños a la propiedad, pérdida por interrupción en los procesos productivos, daños al
ambiente de trabajo, entre otros, incluyendo sus respectivos costos.
Tomar conocimiento, cumplir y hacer cumplir los estándares de seguridad de SMCV.
Obligaciones de los supervisores.
Planificar los trabajos y actividades a realizar.
Asegurarse que los trabajadores cumplan con el presente reglamento y reglamentos internos, liderando y predicando con el ejemplo.
Tomar toda precaución razonable para proteger a los
trabajadores, identificando los peligros, evaluando y
minimizando los riesgos.
Asegurarse que los trabajadores cumplan con los estándares de SMCV, procedimientos escritos y prácticas de trabajo seguro y usen adecuadamente el equipo de protección personal apropiado.
Informar a los trabajadores acerca de los peligros en el lugar de trabajo.
Investigar situaciones que un trabajador o un miembro del comité de seguridad consideran que son peligrosas.
Asegurarse que los trabajadores usen máquinas con las
guardas de protección colocadas en su lugar.
Verificar el cumplimiento de la política de salud y seguridad de B & B Murillo S.A.C. de la empresa.
Actuar inmediatamente sobre cualquier peligro que sea
informado en el lugar de trabajo.
Ser responsable por su seguridad y la de los trabajadores que
laboran en el área a su mando.
Facilitar los primeros auxilios y la evacuación del trabajador(es) lesionado(s), o que esté en peligro.
Asegurarse que se empleen los procedimientos de bloqueo y tarjeteo de maquinaria que no esté segura.
Capacitar al personal en la utilización adecuada de los estándares, procedimientos y prácticas de trabajo seguro.
Los supervisores que incumplan lo dispuesto en los incisos anteriores, las recomendaciones del Comité de seguridad e higiene minera, de los inspectores / auditores y/o funcionarios de la autoridad minera serán sancionados por su jefe inmediato o el jefe de área correspondiente, la cual será de la siguiente manera: llamada de atención verbal, llamada de atención escrita, suspensión temporal de obra y de ser reincidente retiro definitivo de obra.
De existir un doble turno, el supervisor saliente debe informar por escrito a los supervisores del turno entrante, cualquier peligro que exija atención en las labores sometidas a su respectiva supervisión; además, harán cumplir las disposiciones establecidas en el presente reglamento en las labores de trabajo asignadas.
Derechos y obligaciones de los trabajadores.
Derechos.
Solicitar al Comité de seguridad e higiene minera, efectúe inspecciones e investigaciones, cuando las condiciones de seguridad lo ameriten.
Asimismo el cumplimiento de cualquiera de las disposiciones y
normas establecidas por la empresa y S.M.C.V.
Esta petición deberá estar suscrita por los representantes de los trabajadores ante el Comité de seguridad e higiene minera.
Conocer los riesgos existentes en el lugar de trabajo que puedan afectar su salud o seguridad, y estar informados al respecto.
Obtener información relativa a su seguridad o salud que obra en poder del Comité de seguridad e higiene minera o de la autoridad minera.
Retirarse de cualquier sector de las operaciones mineras cuando haya un peligro grave para su seguridad o salud, dando aviso inmediato a sus superiores.
Elegir colectivamente a los representantes de los trabajadores, ante el Comité de seguridad e higiene minera.
Los trabajadores víctimas de accidente de trabajo tendrán derecho a las siguientes prestaciones.
Primeros auxilios, proporcionados por el titular.
Atención médica y quirúrgica general y especializada.
Asistencia hospitalaria y de farmacia.
Rehabilitación, recibiendo, cuando sea necesario, los aparatos de prótesis o de corrección o su renovación por desgaste natural, no procediendo sustituir aquellos por dinero.
Todas las consideraciones necesarias de acuerdo a ley.
Por el día del accidente, ocasionado en las circunstancias previstas en este plan de seguridad y salud ocupacional, cualquiera que sea la hora de ocurrencia de éste, el trabajador tiene derecho a recibir el íntegro de su salario.
Los representantes de los trabajadores ante el Comité de seguridad e higiene minera deberán tener, derecho a:
Participar en inspecciones de seguridad minera realizadas por el empleador y/o la autoridad minera en el lugar de trabajo.
Celebrar oportunamente consultas con el empleador acerca de
cuestiones relativas a la seguridad y salud, incluida las políticas y los procedimientos en dicha materia.
Recibir información del Comité de seguridad e higiene minera sobre los accidentes e incidentes.
Cumplir las demás funciones como integrante del Comité de seguridad.
Obligaciones de los trabajadores.
Los trabajadores, en general, están obligados a realizar toda acción conducente a prevenir o conjurar cualquier accidente y a informar dichos hechos, en el acto, a su jefe inmediato o al representante del empleador. Sus principales obligaciones son:
Cumplir con los estándares, procedimientos y prácticas de trabajo seguro establecidos dentro del Sistema de gestión de seguridad y salud.
Ser responsables por su seguridad personal y la de sus compañeros de trabajo.
No manipular u operar máquinas, válvulas, tuberías,
conductores eléctricos, si no se encuentran capacitados y hayan sido debidamente autorizados.
Reportar de forma inmediata cualquier incidente o accidente.
Participar en la investigación de los incidentes y accidentes.
Utilizar correctamente las máquinas, equipos, herramientas y unidades de transporte.
No ingresar al trabajo bajo la influencia de alcohol ni de drogas, ni introducir dichos productos a estos lugares, esto es causal
de despido, de acuerdo a reglas de Tolerancia “0” de
S.M.C.V.
Cumplir estrictamente las instrucciones y reglamentos internos de seguridad establecidos.
Participar activamente en toda capacitación programada.
Cumplir todas las reglas de seguridad de tolerancia cero de S.M.C.V.
Es obligación de los trabajadores enfermos o accidentados acatar las prescripciones médicas para el restablecimiento de su salud y deberán hacer uso apropiado de todos los resguardos, dispositivos e implementos de seguridad y demás medios suministrados de acuerdo con este reglamento, para su protección o la de otras
personas. Además acatarán todas las instrucciones sobre
seguridad relacionadas con el trabajo que realizan.
Los trabajadores cuidarán de no intervenir, cambiar, desplazar, sustraer, dañar o destruir los dispositivos de seguridad u otros aparatos proporcionados para su protección o la de otras personas, ni contrariarán los métodos y procedimientos adoptados con el fin de reducir al mínimo los riesgos de accidentes inherentes a su ocupación. Los trabajadores que malogren, alteren o perjudiquen, ya sea por acción u omisión; cualquier sistema, aparato o equipo de protección personal o cualquier máquina o implemento de trabajo de planta e instalaciones, o que incumplan las reglas de seguridad serán severamente amonestados o sancionados de acuerdo a lo establecido por los dispositivos legales vigentes respecto de las relaciones laborales.