Entre los derechos constitucionales que están siendo vulnerados por parte de los entes gubernamentales y demás personas hacia los adolescentes son los siguientes:
1.- Derecho a la Educación.
Sección quinta de la Constitución
Educación
Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.
Art. 27.-La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y
55
diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.
La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional.
Art. 28.-La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos. Se garantizará el
acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin
discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente.
Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones.
El aprendizaje se desarrollará de forma escolarizada y no escolarizada.
La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior inclusive.
Código de la Niñez y Adolescencia
Art. 37.- Derecho a la educación.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Este derecho demanda de un sistema educativo que:
56
1. Garantice el acceso y permanencia de todo niño y niña a la educación básica, así como del adolescente hasta el bachillerato o su equivalente;
2. Respete las culturas y especificidades de cada región y lugar;
3. Contemple propuestas educacionales flexibles y alternativas para atender las necesidades de todos los niños, niñas y adolescentes, con prioridad de quienes tienen discapacidad, trabajan o viven una situación que requiera mayores oportunidades para aprender;
4. Garantice que los niños, niñas y adolescentes cuenten con docentes, materiales didácticos, laboratorios, locales, instalaciones y recursos adecuados y gocen de un ambiente favorable para el aprendizaje. Este derecho incluye el acceso efectivo a la educación inicial de cero a cinco años, y por lo tanto se desarrollarán programas y proyectos flexibles y abiertos, adecuados a las necesidades culturales de los educandos; y,
5. Que respete las convicciones éticas, morales y religiosas de los padres y de los mismos niños, niñas y adolescentes.
La educación pública es laica en todos sus niveles, obligatoria hasta el décimo año de educación básica y gratuita hasta el bachillerato o su equivalencia.
El Estado y los organismos pertinentes asegurarán que los planteles educativos ofrezcan servicios con equidad, calidad y oportunidad y que se garantice también el derecho de los progenitores a elegir la educación que más convenga a sus hijos y a sus hijas.
57
Art. 38.- Objetivos de los programas de educación.- La educación básica y media asegurarán los conocimientos, valores y actitudes indispensables para:
a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño, niña y adolescente hasta su máximo potencial, en un entorno lúdico y afectivo;
b) Promover y practicar la paz, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, la no discriminación, la tolerancia, la valoración de las diversidades, la participación, el diálogo, la autonomía y la cooperación;
c) Ejercitar, defender, promover y difundir los derechos de la niñez y adolescencia;
d) Prepararlo para ejercer una ciudadanía responsable, en una sociedad libre, democrática y solidaria;
e) Orientarlo sobre la función y responsabilidad de la familia, la equidad de sus relaciones internas, la paternidad y maternidad responsable y la conservación de la salud;
f) Fortalecer el respeto a sus progenitores y maestros, a su propia identidad cultural, su idioma, sus valores, a los valores nacionales y a los de otros pueblos y culturas;
g) Desarrollar un pensamiento autónomo, crítico y creativo;
h) La capacitación para un trabajo productivo y para el manejo de conocimientos científicos y técnicos; e,
58
Se plantea como primer derecho vulnerado a la educación de los adolescentes; ya que en este país no se cumple con los derechos que los jóvenes tienen en cuanto a la educación, siendo una de las primeras causas de vulneración la dificultad que existe para ingresar a un centro educativo. Ahora que si nos concentramos en el estudio solamente del cantón Santo Domingo, podemos observar varias falencias.
Empezare por los padres de familia, quienes deberían ser el motor y la motivación de los jóvenes para seguir con sus estudios; pero en la realidad palpamos todo lo contrario, ya que es bien conocido que son pocos los padres que alientan a sus hijos para que continúen educándose, siendo la gran mayoría quienes incitan a los menores para que dejen los estudios y comiencen a trabajar, insinuándoles que son un estorbo, que simplemente son una carga para ellos, que el estudio no los va a llevar a ningún lado porque son unos vagos y que deberían más bien empezar a producir.
Pero cabe mencionar que este maltrato no lo reciben los jóvenes solamente en sus hogares, sino que son sus propios maestros quienes los invitan a dejar los estudios, aduciendo que no sirven para nada y que no van a llegar a ningún lado; maestros que si bien es cierto deberían dedicarse a alentar al estudiante y buscar mecanismos para que estos se superen y sean cada día mejores. Y es aquí donde vemos que no se cumple con la garantía de ofrecer centros educativos de equidad, calidad y oportunidad.
Y por último en la Constitución de la República y en el Código de la Niñez y la Adolescencia, mencionan que todos deben tener libre acceso a la educación; derecho que no lo vemos realizado ya que en esta ciudad en la cual se basa el estudio, vemos como aún existe una gran cantidad de niños y adolescentes que no tienen forma de
59
ingresar a un centro educativo y que la única educación que ellos reciben es la que les brinda la calle.
2.- Derecho de los Jóvenes
Sección segunda
Jóvenes
Art. 39.-El Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios del poder público.
El Estado reconocerá a las jóvenes y los jóvenes como actores estratégicos del desarrollo del país, y les garantizará la educación, salud, vivienda, recreación, deporte, tiempo libre, libertad de expresión y asociación. El Estado fomentará su incorporación al trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la capacitación, la garantía de acceso al primer empleo y la promoción de sus habilidades de emprendimiento.
En este artículo se observa que el Estado garantiza a los jóvenes la incorporación al trabajo, factor que a mi parecer es muy importante ya que una de las principales causas de la delincuencia juvenil es la falta de trabajo; ya que para ellos por el hecho de ser jóvenes les es muy difícil encontrar una fuente de producción, ya sea por su inexperiencia, la cual en los últimos tiempos ha sido una gran causa, o por la falta de preparación que ellos poseen.
60
3.- Derecho de las niñas, niños y adolescentes.
Sección quinta
Niñas, niños y adolescentes
Art. 44.- El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.
Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad. Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.
Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción.
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir
61
información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.
El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas asociativas.
Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes?
2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil. El trabajo de las adolescentes y los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar su derecho a la educación ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo personal. Se respetará, reconocerá y respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral?
4. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones.
5. Prevención contra el uso de estupefacientes o psicotrópicos y el consumo de bebidas alcohólicas y otras sustancias nocivas para su salud y desarrollo?
En la Constitución de la República el Estado garantiza el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, en las cuales comprende el crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y capacidades en un entorno familiar, escolar, social y comunitario.
62
Derechos estos que no vemos cumplirse ya que a diario encontramos en las calles de este Cantón a adolescentes trabajando y buscando su sustento diario; razón por la cual estos jóvenes no pueden llevar la vida de un adolescente normal, al contrario tienen que madurar para poder sacar adelante a su familia.
Y por la causa de tener que trabajar desde muy temprano edad es que estos jóvenes, aunque nuestra Carta Magna prohíba el trabajo para los menores de 15 años, o trabajo con riesgo para los más grandes, siempre están en constante peligro ya que sufren abusos en las calles perdiendo así su integridad tanto física como psíquica; pero esto no queda ahí porque estos jóvenes a causa de la vida adulta y llena de conflictos que les toca llevar, muchas de las veces dejan de disfrutar de la convivencia familiar y con la comunidad.
Es por estas y muchas razones más que nos damos cuenta de que los derechos de los adolescentes se encuentran vulnerados, ya que aunque el estado garantiza la protección contra ellos ya sea física, psicológica o sexual, no vemos que en el convivir diario esto se concrete, y a causa de esto es que los jóvenes empiezan a andar por el camino errado y buscan la salida más fácil o en otros casos vengarse de la sociedad, y empiezan a llevar una vida delincuencial.
4.- Derecho a una vida digna según el Código de la Niñez y la Adolescencia.
Art. 26.- Derecho a una vida digna.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una vida digna, que les permita disfrutar de las condiciones socioeconómicas necesarias para su desarrollo integral.
Este derecho incluye aquellas prestaciones que aseguren una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente, recreación y juego,
63
acceso a los servicios de salud, a educación de calidad, vestuario adecuado, vivienda segura, higiénica y dotada de los servicios básicos.
Para el caso de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades, el Estado y las instituciones que las atienden deberán garantizar las
condiciones, ayudas técnicas y eliminación de barreras
arquitectónicas para la comunicación y transporte.
Y por último pero no menos importante, tenemos la vulneración a una vida digna que todo joven tiene derecho a tener; ya que diariamente encontramos en las calles de la ciudad a adolescentes en muy mala estado tanto físico como psicológico, mendigando por las calles para poder alimentarse o en otros casos para comprar drogas.
Y me pregunto yo; ¿Acaso es esta la vida digna para los adolescentes que la Constitución y el Código de la Niñez y Adolescencia garantizan?, ¿Sera esta la manera en que estos olvidados jóvenes saldrán adelante y podrán llegar a ser personas servibles para la sociedad?
A mi parecer, nosotros también tenemos parte de culpa en que estos adolescentes pasen cometiendo delitos, ya que nunca intentarnos ayudarlos, al contrario pasamos cruzados de brazos viendo como la juventud ecuatoriana se destruye, y en lo único que contribuimos es en hacerles más daño cada vez que tenemos la oportunidad.