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Para la presente investigación se aplicó el método científico el cual me ha permitido obtener resultados aceptados como válidos; el método analítico sintético el que me ha permitido analizar dentro de un todo el comportamiento con lo que se ha podido identificar las diferentes características del fenómeno estudiado, se identificó elementos para el estudio en su totalidad a través de la historia, la cuantitativa se utilizó en la presente investigación de campo, para la recolección de información mediante la aplicación de encuestas.

Población y muestra de la investigación

La población de estudio se encuentra en la ciudad de Ibarra, Provincia de Imbabura siendo el universo de la población y muestra.

Tabla 2: Población y muestra

COMPOSICION CANTIDAD MUESTRA

ABOGADOS 100 80 JUECES DE GARANTÌAS PENALES 6 6 ESTUDIANTES DEL SINDICATO DE CHOFERES 200 134 TOTAL 320 220

Muestra

Para obtener la muestra se aplicó la siguiente formula

n = N

(E)2 (N-1) + 1

n = tamaño de la muestra

N = tamaño de la población

E = error máximo admisible al cuadrado

n = 100 (0.05)2 (N-1) + 1 n = 100 (0.05)2 (99) + 1 n = 100 0.0025 (99) + 1 n = 100 1.24

n = 80 abogados en el libre ejercicio profesional de la ciudad de Ibarra De igual manera se aplicará la encuesta a 6 Jueces de Garantías Penales. Muestra para estudiantes del Sindicato de choferes de Ibarra

n = 200 (0.05)2 (N-1) + 1 n = 200 (0.05)2 (199) + 1 n = 200 0.0025 (199) + 1 n = 200 1.49

10%

90%

Si No Análisis e interpretación de resultados de la investigación.

1.- Se aplica el Principio de Oportunidad y la Pena Natural en las infracciones de Tránsito

Tabla 3: En referencia a la pregunta N°1

Gráfico 1: En referencia a la pregunta N°1

Fuente: encuesta directa

De la encuesta realizada el 90% manifiestan que no se aplica el Principio de Oportunidad y la Pena Natural en las infracciones de Tránsito, en cambio un 10% manifiesta que si se aplica.

INDICADOR F %

Si 23 10

No 197 90

95% 5%

Si No 2. Con el principio de Oportunidad y la Pena Natural se garantiza los derechos de las personas?

Tabla 4: En referencia a la pregunta N°2

Gráfico 2: En referencia a la pregunta N°2

Fuente: encuesta directa

El 95% de los encuestados manifiestan que el principio de Oportunidad y la Pena Natural si garantiza los derechos de las personas, sin embargo un 5% indican que no se garantiza el derecho de las personas.

INDICADOR F %

Si 208 95

No 12 5

95% 5%

Positiva Negativa

3.- Cómo considera la consagración y aplicación del Principio de Oportunidad y la Pena Natural en procura de la mínima intervención

Tabla 5: En referencia a la pregunta N°3

Gráfico 5: En referencia a la pregunta N°3

Fuente: encuesta directa

El 95% de los encuestados manifiestan que es positiva la consagración y aplicación del Principio de Oportunidad y la Pena Natural en procura de la mínima intervención, a su vez un 5% considera que es negativa la aplicación del Principio de Oportunidad y la Pena Natural en procura de la mínima intervención.

INDICADOR F %

Positiva 210 95

Negativa 10 5

100% 0%

Si No

4.- El Código Orgánico Integral Penal (COIP) garantiza la seguridad de los ciudadanos en el Ecuador?

Tabla 6: En referencia a la pregunta N°4

INDICADOR F %

Si 220 100

No 0 0

TOTAL 220 100%

Gráfico 3: En referencia a la pregunta N°4

Fuente: encuesta directa

El ciento por ciento de los encuestados manifiestan, en un ciento por ciento que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) garantiza la seguridad de los ciudadanos en el Ecuador.

90% 10%

Alto Medio

5.- ¿A su criterio, como considera los índices de infracciones de tránsito en nuestro país?

Tabla 7: En referencia a la pregunta N°5

INDICADOR F %

Alto 199 90

Medio 21 10

Bajo

TOTAL 220 100%

Gráfico 4: En referencia a la pregunta N°5

Fuente: encuesta directa

En la existencia de infracciones de tránsito el 90% manifiestan que existe un alto índice de dichas infracciones y el 10% indican que es un índice medio.

6%

94%

Si No

6.- ¿Considera usted que el principio de oportunidad y la Pena natural, pese a encontrarse constitucionalmente reconocido en el artículo 195, aún no ha sido suficientemente desarrollado en materia de tránsito?

Tabla 8: En referencia a la pregunta N°6

Gráfico 5: En referencia a la pregunta N°6

Fuente: encuesta directa

El 94% manifiestan que a pesar de encontrarse el principio de Oportunidad y la Pena Natural en la Constitución en su Art. 195, aún no ha sido suficientemente desarrollado en materia de tránsito, a diferencia del 6% señalan que si se ha desarrollado.

INDICADOR F %

Si 14 6

No 206 94

86% 14%

Si No

7.- ¿El desarrollo del principio de oportunidad y la Ley Natural en materia de tránsito en razón de las circunstancias de la infracción, efectivizará el derecho de mínima intervención?

Tabla 9: En referencia a la pregunta N°7

Gráfico 6: En referencia a la pregunta N°7

Fuente: encuesta directa

Los encuestados manifiestan en un 86% que si se efectiviza el derecho de la mínima intervención, por otra parte el 14% indican que no se efectiviza el derecho de mínima intervención.

INDICADOR F %

Si 189 86

No 31 14

86% 14%

Si No

8.- El Principio de Oportunidad se aplicará con el objeto de no perseguir delitos menores que impliquen gastos excesivos para el Estado?

Tabla 10: En referencia a la pregunta N°8

Gráfico 7: En referencia a la pregunta N°8

Fuente: encuesta directa

El 86% de los encuestados manifiestan que se aplica el Principio de Oportunidad con el objeto de no perseguir delitos menores porque implica gastos excesivos para el Estado, en cambio un 14% manifiestan que si se aplica este principio con el objeto de perseguir delitos menores.

INDICADOR F %

Si 195 86

No 25 14

51% 43% 6% Siempre A veces Nunca

9.-El principio de Oportunidad se considera cuando el infractor sufriera una pena natural?

Tabla 11: En referencia a la pregunta N°9

INDICADOR F %

Siempre 112 51

A veces 95 43

Nunca 13 6

TOTAL 220 100%

Gráfico 8: En referencia a la pregunta N°9

Fuente: encuesta directa

El 51% manifiestan que siempre se considera el Principio de Oportunidad cuando el infractor sufriera una pena natural; el 43% indican a veces; y, el 6% nunca.

83% 14% 3% Siempre A veces Nunca 10.- En los procedimientos de tránsito se considera la pena natural?

Tabla 12: En referencia a la pregunta N°10

INDICADOR F %

Siempre 183 83

A veces 30 14

Nunca 7 3

TOTAL 220 100%

Gráfico 9: En referencia a la pregunta N°10

Fuente: encuesta directa

Sobre la Pena Natural, el 83% manifiestan que se considera en los procedimientos de tránsito; el 14% indican que a veces; y, el 3% revelan que nunca.