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Descripción del procedimiento metodológico

2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE PROPUESTA

2.2 Descripción del procedimiento metodológico

Enfoque de la investigación

La investigación se realizó en la modalidad cual-cuantitativa, pues se trata de resolver problemas de índole jurídica, con la ayuda de estudios estadísticos para fundamentar la propuesta.

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Modalidad de investigación

Investigación bibliográfica-documental.- que permitió realizar una recopilación ordenada de teorías y doctrina relacionada con el tema de investigación.

Investigación bibliográfica.- se la considera como un elemento fundamental que de forma sencilla economiza esfuerzos obteniendo información analizada por otros, pero sin perder la apelación a las fuentes históricas, estadísticas, archivos, informes y estudios de todo tipo de documentación siendo indispensable para el logro de nuestros objetivos.

Investigación histórica.- permitió analizar y describir los hechos del pasado para comprender el presente y predecir el futuro, utiliza fuentes de primera mano cuando es posible, es decir: algunos actores, testigos, documentos, evidencias de la época y de segunda mano, generalmente mediante fuentes bibliográficas que no tienen una relación física directa con los hechos.

Investigación social.- son aquellos estudios que están dirigidos a determinar ¿Cómo es? ¿Cómo está? La situación de las variables que se deberá estudiar en una población, la frecuencia con la que ocurre un fenómeno, y en quienes se presenta. Es decir describe un hecho tal cual aparece en la realidad. En esta categoría existen algunas formas: estudios de caso, encuestas, estudios de seguimiento de series temporales de diagnóstico, etc.

Tipo de investigación

Asociación de variables

La investigación se llevó a nivel de Asociación de Variables porque permite estructurar predicciones a través de la mediación de relaciones entre variables Población y muestra de la investigación

La población de estudio se encuentra en la ciudad de Babahoyo, siendo el universo Fiscalía Provincial de Los Ríos, los Juzgados de Garantías Penales, además de los abogados en libre ejercicio, y la muestra que tomaremos será del

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estrato que sobre pase las cien personas encontrándose en este margen los profesionales del derecho de libre ejercicio.

GRUPO POBLACIÓN FRECUENCIA MUESTRA

JUECES DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE GARANTÍAS PENALES 10 10 100% ABOGADOS EN EL LIBRE EJERCICIO 1300 93 7.15% FISCALES 15 15 100% TOTAL 1325 118 8.9%

Tabla 3: cálculo de la población Fuente: Autor

Elaborado por: Denisse Carvajal

Muestra

Para obtener la muestra se aplicará la siguiente fórmula: Z2.P.QN n=--- Z2.P.Q (Ne2) n= Muestra de estudiantes Z= Nivel de Confianza P= Probabilidad de concurrencia Q= Probabilidad de no concurrencia N= Población e= margen de error

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En virtud de que la población de los abogados de libre ejercicio pasa de los 100 elementos se sacará una muestra representativa a través de la siguiente fórmula:

(1.96)2 (0.05)(1300) n= _________________________ (1.96)2(0.5)(0.5)+1300(0.05)2 (3.84) (0.025) (1300) n= _________________________ (3.84) (0.25)+3.25 12480 n= ____________________ 4.2 n= 297.04 n= 297

Técnicas e instrumentos de investigación Técnicas:

La entrevista.- con esta técnica se obtiene datos precisos a través de las personas entendidas en la materia del trabajo de investigación

La encuesta.- para obtener datos estadísticos de los diferentes aspectos a estudiarse.

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La observación.- por ser una técnica fundamental en todo proceso de investigación, permitió obtener mayor número de datos

Instrumentos:

Cuestionarios.- en la realización y esquematización de temas y subtemas de gran importancia en la realización del presente proyecto.

Guía de entrevista.- con las cuales se obtuvo información de parte de los funcionarios de la Fiscalía Provincial de Los Ríos y Jueces de Garantías Penales.

Fichas de observación.- para recoger los datos obtenidos en el campo de investigación.

Plan de Recolección de Datos

En este proceso de investigación donde se encuentran datos dispersos, desordenados e individuales, que se obtuvo en el trabajo de campo que sirven para generar resultados mediante la agrupación y la ordenación y su respectivo análisis.

El procesamiento de datos se realizó mediante el uso de herramientas estadísticas con el apoyo de la computadora utilizando un programa estadístico. Pasos:

Recopilar datos

Definir las variables para obtener los datos Definir las herramientas estadísticas

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Activar el programa de computadora, elaboración de tablas de ingreso de datos, realizar cálculos

Verificar los datos y resultados

Representación gráfica y su interpretación correspondiente Imprimir resultados

PREGUNTAS BÁSICAS EXPLICACIÓN

1.- ¿Para qué? Para poder alcanzar los objetivos 2.- ¿De qué personas u objetos? Jueces y fiscales penales

3.- ¿Sobre qué aspectos? Incapacidad legal del menor para concurrir a juicio en caso de delitos sexuales

4.- ¿Quién y Quiénes? La investigadora

5.- ¿Cuándo? Desde Abril 2014

6.- ¿Dónde? Fiscalía y Juzgados de Garantías Penales de Babahoyo

7.- ¿Cuántas veces? Prueba piloto y una definitiva

8.- ¿Qué técnicas de recolección? Encuestas, entrevista y observación

9.- ¿Con qué? Con instrumentos de cuestionarios, guía de entrevistas y fichas de observación 10.- ¿En qué situación? En cuanto a la recolección de elementos

de convicción para iniciar el proceso penal por una denuncia en delitos sexuales Tabla 4: Ficha de investigación

Fuente: Investigación de Campo Elaboración: Denisse Carvajal

53 1.- ¿Considera usted que el trámite establecido en el Código Integral Penal por la comisión de delitos sexuales permite la revictimización?

Dentro de los encuestados el 60% manifiesta que siempre se revictimiza a la víctima en casos de delitos sexuales, el 26% menciona que ocasionalmente sucede esto en los delitos sexuales, y el 14% indica que nunca pasan estas situaciones en las víctimas de estos delitos. (VER ANEXO 1)

2.- Los participantes del proceso penal deberían dar un trato especializado a las víctimas de delitos sexuales, para evitar su ausentismo dentro del proceso penal

El 88% de los encuestados consideran que los operadores de justicia en el proceso penal siempre deberían tomar medidas preventivas, con personas especializadas que ayuden de manera integral a las víctimas de delitos sexuales y sus familiares, de tal forma que se pueda perseguir el delito sin afectar los intereses, ni derechos de la víctima. El 12% piensa que ocasionalmente se debería actuar de esa forma. Ningún porcentaje de los encuestados se encuentra en desacuerdo sobre estas buenas alternativas. (VER ANEXO 2)

3.- ¿El Estado debería seguir de oficio los procesos penales en delitos sexuales?

El 96% de los encuestados está de acuerdo en que el Estado impulse estos procesos de oficio, por la connotación social que tienen, al afectarse los intereses de todos, mientras que el 4% de los encuestados dice que no debería seguirse de oficio pues se trata de delitos donde se juega la honra y privacidad de las personas y sólo de ellas depende continuar o no un proceso (VER ANEXO 3)

54 4.- ¿Conoce usted cual es la Institución Pública encargada de proteger a las víctimas?

En esta pregunta, la mayor parte de los encuestados, es decir un 69%, conoce cuál es la institución encargada de proteger a la víctima y señala que es el Ministerio Público; en tanto que una minoría del 20% piensa que es el Ministerio de Justicia y el 11% indica que es el Ministerio de Inclusión. La mayoría de profesionales del derecho tiene una idea clara de la institución encargada de este objetivo que es la de proteger a la víctima en cualquier fase preprocesal y dentro de las etapas del proceso penal, con este programa se trata de evitar la impunidad motivando que el ofendido denuncie el delito. (VER ANEXO 4)

5.- ¿Conoce qué tipo de delitos sexuales están tipificados en nuestro Código Integral Penal?

El 94% de los encuestados sí conoce los delitos sexuales establecidos en el Código Integral Penal mientras que el 6% no, sin embargo a la repregunta cuáles la mayoría sólo enumera la violación, el acoso sexual y olvida de otro tipo de delitos como la pornografía infantil, etc. (VER ANEXO 5)

6.- ¿Cuál de los siguientes factores inciden en las familias de la víctima para no continuar el proceso penal por delito sexual?

Es esta pregunta hay paridad entre factores como la falta de recursos económicos para impulsar un proceso penal y la desconfianza que existe en el sistema judicial, en esta pregunta no hay mayoría pues al parecer inciden varios factores para que las familias del menor violentado no continúe con un proceso para determinar la culpabilidad de una persona. (VER ANEXO 6)

55 7.- ¿Si el Representante legal del menor agraviado por delito sexual no impulsa el proceso, qué institución debería seguirlo?

Para la mayoría de los encuestados (71%) la fiscalía debería ser la institución que asuma el seguimiento de los procesos iniciados por delitos sexuales en virtud de ser delitos de acción pública que se deberían seguir de oficio por la gravedad que reviste para la sociedad su cometimiento. (VER ANEXO 7)

8.- ¿Se deber permitir que haya negociaciones en este tipo de procesos penales por delitos sexuales entre la familia del menor ofendido y el agresor?

El 88% de los encuestados señalan que no deberían existir negociaciones que coarten un proceso penal, mientras que el 12% señala que sí debería existir estas negociaciones con el refrán que es mejor un mal acuerdo que un largo juicio, cabe anotar que así se distorsiona el hecho de recompensar económicamente a la víctima a través de una indemnización. (VER ANEXO 8)

9.- ¿Es difícil probar delitos de acoso sexual en contra de menores?

El 72% de los encuestados señalan que dentro de un proceso penal es complicado probar el acoso sexual y peor en menores, mientras que el 28% señala que no, tomé este delito porque esta es una de las causas por las cuales los representantes legales de un menor agraviado no continua un proceso, luego de que la carga de la prueba le corresponde y para este tipo de delitos no hay más prueba que el testimonio del menor y de testigos que muchas veces mienten para favorecer al implicado. (VER ANEXO 9)

10.- ¿Se debería sancionar a los representantes legales de menores violentados que omiten, ocultan información o no denuncien los hechos?

La respuesta era obvia existe responsabilidad en los representantes legales del menor no sólo de denunciar hechos que atenten a los derechos de los niños,

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niñas o adolescentes sino también es su responsabilidad el cuidado de los mismos, la precaución de no exponerlos al peligro, de informarles y de educarlos con amor. (VER ANEXO 10)

Conclusión de la investigación:

Con los resultados encontrados se concluye que la mayoría de los encuestados consideran que siempre el trámite establecido en el Código Integral Penal por la comisión de delitos sexuales permite la re victimización, además consideran que siempre los participantes del proceso penal deberían dar un trato especializado a las víctimas de delitos sexuales, para evitar su ausentismo dentro del proceso penal, por otro lado, la mayoría considera que el Estado debería seguir de oficio los procesos penales en delitos sexuales, sobre si conocen cual es la Institución Pública encargada de proteger a las víctimas la mayoría cree que es el Ministerio Publico el que debe asumir esa responsabilidad.

La mayoría si conoce qué tipo de delitos sexuales están tipificados en nuestro Código Integral Penal y que la falta de recursos económicos es el principal factor que inciden en las familias de la víctima para no continuar el proceso penal por delito sexual.

Sobre la continuidad del proceso la mayoría considera que la Fiscalía debería seguirlo cuando el representante legal del menor agraviado por delito sexual no lo impulsa.

La mayoría considera que es difícil probar delitos de acoso sexual en contra de menores y que se debería sancionar a los representantes legales de menores violentados que omiten, ocultan información o no denuncien los hechos.

Con estas conclusiones de la investigación realizada se procede a responder la pregunta científica que es: ¿Existe incapacidad legal para la defensa del menor impúber en delitos sexuales en Babahoyo? Lo cual al parecer de los funcionarios investigados es cierto por lo que se demuestra la problemática investigada.

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Con esta conclusión este autor construye una propuesta que permita a través de la determinación de las causales de Incapacidad Legal de los menores impúberes, reducir la vulnerabilidad en la etapa de instrucción.