• No se han encontrado resultados

El mundo Kern's

EDICTOS DE EMPLAZAMIENTO

EL INFRASCRITO JUEZ TRES, JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, LICENCIADO JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, AL PúbLICO EN GENERAL,

HACE SAbER: QUE LOS SEÑORES YANIRA DE JESUS HERNANDEZ SOMOZA, mayor de edad, comerciante y del domicilio

de Ilopango, con Número de Identificación Tributaria: cero seis uno siete-

dos cinco uno cero siete dos -uno cero tres-seis, y JAIME ANTONIO ACEVEDO GRANADOS, mayor de edad, empleado y del domicilio

DIARIO

OFICIAL SOLO PARA CONSULTA

NO TIENE VALIDEZ

de Ayutuxtepeque, con Número de Identificación Tributaria: cero seis

uno cuatro- dos nueve cero cinco siete uno - uno dos cero-tres; han sido demandados en Proceso Ejecutivo Mercantil marcado bajo el número de referencia 4266-15- MRPE-4CM3, promovido por la sociedad FACTO- RAJE TOTAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIAbLE, que se abrevia FACTOTAL, S.A DE C.V. de este domicilio, por medio de su representante procesal Licenciado ROGELIO bALTAZAR SIFONTES MELENDEZ, quien puede ser localizado en la siguiente dirección: 11ª Calle Poniente y 81ª Avenida Norte, N° 4205, Colonia Escalón, Ciudad de San Salvador; quien reclama a favor de su poderdante en virtud del título valor que corre agregado al presente proceso la cantidad de SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUARENTA Y UN CEN- TAVOS DE DOLAR.

En consecuencia, se previene a los demandados señores YANIRA DE JESUS HERNANDEZ SOMOZA y JAIME ANTONIO ACEVEDO GRANADOS, que si tuvieren apoderado, procurador u otro representante legal o curador en el país, se presenten a este tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, Juez Tres, San Salvador, a las once horas del día veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES INTO.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

1 v. No. C008448

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SAbER: Que a este Juzgado se presentó la Licenciada AMERICA bEATRIZ GARCIA HERRERA, mayor de edad, Abogada, del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, actuando como Procuradora del señor SANTOS bERNAbE MAZARIEGO MAZARIEGO, de setenta y cuatro años de edad, agricultor y de este domicilio; promoviendo de- manda en PROCESO DECLARATIVO COMúN DE PRESCRIPCIÓN

EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO, clasificado en

este Juzgado al número CINCO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, en contra de la señora CLETA MAZARIEGO, ignorándose las generales de

ésta y el lugar de residencia actual.- En consecuencia, por este medio se

EMPLAZA a la señora CLETA MAZARIEGO a efecto que haga uso de

su derecho de defensa dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES después

de la tercera publicación de este edicto que se haga en un periódico de circulación diaria y nacional; de no hacerlo se le nombrará un curador ad litem para que la represente en el proceso .

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas del día quince de octubre del dos mil dieciocho.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. C008458

LA INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE USULUTAN: LICENCIADA GLORIA ESTELA AMAYA DE FERNANDEZ:

HACE SAbER: Que en el Proceso Común de Prescripción Extraor- dinaria Adquisitiva de Dominio, promovido por el Licenciado CARLOS

MANUEL REYES REYES, mayor de edad, abogado, salvadoreño, de este domicilio, en su calidad de apoderado general judicial de la señora

VIRGINIA MIJANGO DE MENDOZA, mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, salvadoreña, contra el señor RUBEN

ANGEL MENDOZA MONTERROZA, mayor de edad, empleado, siendo su último domicilio de esta ciudad, actualmente persona de paradero ignorado.

Que se ha presentado el Licenciado CARLOS MANUEL REYES REYES, en su calidad de apoderado general judicial de la señora VIR- GINIA MIJANGO DE MENDOZA, contra el señor RUbEN ANGEL MENDOZA MONTERROZA, manifestando que se ignora el paradero del demandado el señor RUbEN ANGEL MENDOZA MONTERROZA, actualmente de domicilio ignorado, asi como se le ignora si tiene apode- rado, Curador o representante legal, para que lo represente en el presente proceso, y habiendo realizado todas las averiguaciones pertinentes, de conformidad a lo ordenado en el art. 186 del CPCM, pide sea emplazado

por medio de edictos, a fin de que ejerza su derecho de defensa en el

referido proceso.

En consecuencia: Emplácese al demandado el señor: RUbEN

ANGEL MENDOZA MONTERROZA, a fin de que comparezca a este

tribunal en el plazo de DIEZ DIAS HAbILES, art. 462 del CPCM, si- guientes a la tercera publicación de este edicto a contestar la demanda; a percibese al demandado que de no hacerlo en el plazo concedido el proceso continuará sin su presencia.

Adviértase al demandado el señor RUBEN ANGEL MENDOZA

MONTERROZA, que al contestar la demanda deberá darle cumpli- miento a lo regulado en los artículos 66 y 67 del Código Procesal Civil y Mercantil, es decir deberá hacerlo atrávez de procurador cuyo nom- bramiento recaiga en abogado de la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el art. 69 inc. 1° del CPCM, y de no contar

con recursos económicos suficientes recurra a la Procuraduría General

de la República, para asistencia legal de conformidad a lo ordenado en el art. 75 del CPCM.

Se relacionan como documentos anexos a la demanda, el Poder General Judicial en acta de sustitución de fecha ocho de junio del presente

año, otorgada antes los oficios del Notario Licenciado JULIO CESAR BRIZUELA AGUILAR, una Certificación extractada del inmueble

inscrito según matrícula número 75173657-00000 extendida por el Centro Nacional de Registros de esta ciudad de Usulután, el día seis del

mes de julio del año 2016, copia certificada de la Escritura Pública de

compraventa, otorgada por el señor HEbER EDGAR CAMPOS, a favor del señor RUbEN ANGEL MENDOZA MONTERROZA, inscrito según bajo el número DIECINUEVE del Libro QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE, de propiedad de este departamento, y ahora traslado al Folio Real Automatizado según en la matrícula número 75173657-00000, la cual fue otorgada en esta ciudad de Usulután, a las ocho horas del día

dos de febrero del mil novecientos setenta y ocho, ante los oficios del

Notario Doctor Mauricio Leonel Aviles.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Usulután, veinte de febrero del dos mil dieciocho.- LIC. GLORIA ESTELA AMAYA DE FERNANDEZ, JUEZA DE LO CIVIL DE USULUTÁN.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F014451

DIARIO

OFICIAL SOLO PARA CONSULTA

NO TIENE VALIDEZ

EL SUSCRITO JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DE LA CIUDAD DE LA UNION, DEPARTAMENTO DE LA UNION, LICENCIADO JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, a el señor CHRISTIAN RAMIREZ ESTRADA, mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con Documento único de Identidad

número 00237087-5 y Tarjeta de Identificación Tributaria número:

0407-200173-101-2;

HACE SAbER: Que la Abogada Karen Yohanna Granados Andrade ahora sustituida por la Licenciada CLAUDIA PATRICIA GRANADOS ANDRADE, en calidad de apoderado general judicial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE RESPONSAbILIDAD LIMITADA, que se abrevia

ACACU DE R.L., con Tarjeta de Identificación Tributaria número un

mil cuatrocientos ocho-ciento cuarenta mil doscientos setenta y uno-cero cero uno-cero, ha presentado demanda en su contra en el PROCESO

EJECUTIVO MERCANTIL, clasificado bajo el número de Referencia

PEM-57-17/R6, presentando los siguientes documentos: 1) Fotocopia

certificada de poder general judicial otorgado por el señor Carlos Enrique

Sandoval Vanegas, en calidad de representante legal de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE RESPONSAbILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACACU DE R.L.; 2) Documento Privado Autenticado de Mutuo Solidario, otorgado por el señor CHRISTIAN RAMIREZ ESTRADA y MIRNA LIZET PEREZ, a favor de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE RESPONSAbILIDAD LIMITADA, que se abrevia

ACACU DE R.L.; 3) Estado de cuenta de crédito. Documentación que,

juntamente con las demás actuaciones pertinentes, le serán entregadas al demandado al apersonarse a esta sede judicial ubicada en: barrio San Carlos, frente al Centro Judicial Doctor Hugo Lindo, en la ciudad de La Unión, departamento de La Unión. En razón de desconocerse su domicilio y paradero, se le comunica al demandado antes mencionado, que cuenta con DIEZ DÍAS HÁbILES contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, para comparecer a este Juzgado y poder ejercer su derecho de defensa, de lo contrario, el proceso continuará y, tal como lo establece el Art. 186 inciso cuarto del Código Procesal Civil y Mercantil, se procederá a nombrarle un Curador Ad Lítem para que la represente en el proceso. Y para que sirva de legal emplazamiento al demandad, señor CHRISTIAN RAMIREZ ESTRADA.

Se libra el presente edicto en el Juzgado de lo Civil de la ciudad y departamento de La Unión, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil dieciocho.- LIC. JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. FREDY FERNANDO OSORIO AMAYA, SECRETARIO DE ACTUACIONES INTERINO.

1 v. No. F014454

EL SUSCRITO JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DE LA CIUDAD DE LA UNION, DEPARTAMENTO DE LA UNION, LICENCIADO JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, a la señora YANETH EUGENIA DIAZ FLORES, mayor de edad, Abogada, del domicilio de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, con Documento único de Identidad

número 00524273-8 y Tarjeta de Identificación Tributaria número: 0619-

260171-102-6; y al señor PAbLO ALbERTO PEREZ, mayor de edad,

Abogado, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con Documento único de Identidad número 02582177-2 y Tarjeta de

Identificación Tributaria número: 0614-260669-008-6;

HACE SAbER: Que la Abogada Karen Yohanna Granados Andrade ahora sustituida por la Licenciada CLAUDIA PATRICIA GRANADOS ANDRADE, en calidad de apoderado general judicial de la ASOCIA- CION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE RESPONSAbILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACACU DE R.L.,

con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil cuatrocientos

ocho-ciento cuarenta mil doscientos setenta y uno-cero cero uno-cero, ha presentado demanda en su contra en el PROCESO EJECUTIVO

MERCANTIL, clasificado bajo el número de Referencia PEM-84-17/

R6, presentando los siguientes documentos: 1) Copia certificada de poder general judicial otorgado por el señor Carlos Enrique Sandoval Vanegas, en calidad de representante legal de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE RESPONSAbILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACACU DE R.L.; 2) Documento Privado Autenticado de Mutuo Solidario, otorgado por los señores YANETH EUGENIA DIAZ FLORES, PAbLO ALbERTO PEREZ, DORIS ELIZAbETH ESPINOZA GARCIA y MARTA EUGENIA LOPEZ MAGAÑA, a favor de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE LA UNION DE RESPONSAbILIDAD LIMITADA, que se abrevia ACACU DE R.L.; 3) Constancia de Saldos. Documen- tación que, juntamente con las demás actuaciones pertinentes, le serán entregadas a los demandados al apersonarse a esta sede judicial ubicada en: barrio San Carlos, frente al Centro Judicial Doctor Hugo Lindo, en la ciudad de La Unión, departamento de La Unión. En razón de desco- nocerse su domicilio y paradero, se les comunica a los demandados antes mencionados, que cuenta con DIEZ DÍAS HÁbILES contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, para comparecer a este juzgado y poder ejercer su derecho de defensa, de lo contrario, el proceso continuará y, tal como lo establece el Art. 186 inciso cuarto del Código Procesal Civil y Mercantil, se procederá a nombrarles un Curador Ad Lítem para que les represente en el proceso. Y para que sirva de legal emplazamiento a los demandados, señores YANETH EUGENIA DIAZ FLORES y PAbLO ALbERTO PEREZ.

Se libra el presente edicto en el Juzgado de lo Civil de la ciudad y departamento de La Unión, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil dieciocho.- LIC. JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- LIC. FREDY FERNANDO OSORIO AMAYA, SECRETARIO DE ACTUACIONES INTERINO.

1 v. No. F014457

RObERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ MOLINA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ TRES, DE ESTE DIS- TRITO JUDICIAL, AL PúbLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SAbER: Que en este Tribunal se lleva el Proceso Ejecutivo Mercantil bajo la Referencia: 05922-15-MRPE-3CM3, promovido por bANCO AGRÍCOLA SOCIEDAD ANÓNIMA que puede abreviarse

BANCO AGRÍCOLA S.A., a través de su Apoderada General Judicial

con Cláusula Especial Licenciada NORA ELIZAbETH HERRERA

DIARIO

OFICIAL SOLO PARA CONSULTA

NO TIENE VALIDEZ

CARPIO, en contra de los demandados PRISMA ÓPTICA SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con Número de Identificación

Tributaria 0614-221004-103-7 por medio de su representante legal la señora ZOILA IRMA VILLEGAS DE GAITÁN, con Documento úni-

co de Identidad número 01349024-8 y con Número de Identificación

Tributaria 0821-020664-001-4, y a la misma en su carácter personal y JULIO JEREMÍAS GAITÁN ARÉVALO, con Documento único de

Identidad número 00457552-8 y con Número de Identificación Tributaria 1118-150168-101-2; por haberse agotado los medios disponibles a fin de

localizar a los referidos demandados; SE LES EMPLAZA POR ESTE MEDIO PARA QUE EN EL PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁbILES conta- dos a partir del día siguiente de la última publicación de este Edicto, se presente a este Tribunal ubicado en Diagonal Universitaria y Diecisiete

Calle Poniente, Centro de Gobierno, Edificio del Centro Judicial Integrado

de Derecho Privado y Social, a contestar la demanda y ejercer su derecho de defensa y contradicción, sino lo hiciere el proceso continuará sin su presencia y se procederá a nombrarle un Curador Ad-lítem, para que lo represente en el mismo, de conformidad al Art. 186 CPCM.

Se les advierte, a lo demandados PRISMA ÓPTICA SOCIE- DAD ANÓNIMA, por medio de su representante legal ZOILA IRMA VILLEGAS DE GAITÁN y a la misma en su carácter personal y JULIO JEREMÍAS GAITÁN ARÉVALO, que de conformidad a lo establecido en el Art. 67 CPCM todas las actuaciones deberán realizarse por medio de procurador y en caso de carecer de recursos económicos podrán so- licitar la asistencia de la Procuraduría General de la República tal como lo establece el Art. 75 CPCM.

El presente edicto publíquese una sola vez en el Tablero Judicial

de este tribunal, así mismo, por una sola vez en el Diario Oficial y por

tres veces en un periódico impreso de circulación diaria y nacional según el Art. 186 CPCM.

LIbRADO: En el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil Juez Tres: San Salvador, tres de septiembre de dos mil dieciocho.- LIC. RObERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMÉNEZ MOLINA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ 3.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA 3.

1 v. No. F014498

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANAbRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE- PEQUE, AL PúbLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SAbER: Que en el proceso promovido por la Licenciada Nora Elizabeth Herrera Carpio, Apoderada General Judicial del Fondo Social para la Vivienda, en contra del señor Juan Luis Hernández Vi-

llegas, se ha ordenado notificar el decreto de embargo al demandado, a fin de ser emplazado de la demanda, y habiendo sido buscado según

diligencias realizadas por la solicitante, ignorándose su actual domicilio y si ha dejado procurador u otro representante legal acreditado en el país,

por lo que solicitó se le notifique el decreto de embargo mediante edicto

de conformidad Art.186 CPCM., al referido demandado, quien es mayor

de edad, empleado, y del domicilio de Tonacatepeque, con Cédula de

Identidad Personal número 01-07-061126 y NIT 0614- 060974-115-3.

Razón por la cual el Juzgado ha admitido la solicitud respectiva, or- denando la publicación del edicto, en la forma señalada en el artículo arriba indicado. Se le previene al demandado si tuviere procurador o

representante legal se presente éste a este Tribunal dentro de los diez días después de la última publicación y compruebe dicha circunstancia,

advirtiendo que de no presentarse dentro del plazo antes señalado, el presente proceso continuara sin su presencia.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los veintiocho días del mes de septiembre des dos mil die- ciocho.- LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANAbRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS DE MOLINA, SECRETARIO.

1 v. No. F014499

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANAbRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE- PEQUE, AL PúbLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SAbER: Que en el proceso promovido por la Licenciada Nora Elizabeth Herrera Carpio, Apoderada General Judicial del Fondo Social para la Vivienda, en contra de la señora Jessica Esmeralda de Paz León, conocida por Jessica Esmeralda de Paz de Mendoza, se ha

ordenado notificar el decreto de embargo a la demandada, a fin de ser

emplazada de la demanda, y habiendo sido buscado según diligencias realizadas por la solicitante, ignorándose su actual domicilio y si ha dejado procurador u otro representante legal acreditado en el país, por

lo que solicitó se le notifique el decreto de embargo mediante edicto de

conformidad Art.186 CPCM, a la referida demandada, quien es mayor de edad, estudiante, y del domicilio de Tonacatepeque, con Documento único de Identidad número 03205023-5 y NIT 0617-220785-102-4. Razón por la cual el Juzgado ha admitido la solicitud respectiva, ordenando la publicación del edicto en la forma señalada en el artículo arriba indicado. Se le previene a la demandada si tuviere procurador o representante legal

se presente éste a este Tribunal dentro de los, diez días después de la

última publicación, y compruebe dicha circunstancia, advirtiendo que de no presentarse dentro del plazo antes señalado, el presente proceso continuará sin su presencia.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil die- ciocho.- LICDA. MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANAbRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS DE MOLINA, SECRETARIO.

1 v. No. F014502

EL INFRASCRITO JUEZ TRES, DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, LICENCIADO JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, AL PúbLICO EN GENERAL,

HACE SAbER: Que la señora SANDRA CAROLINA ARAGON OLIVA, con Documento único de Identidad número: 02135995-1, con

DIARIO

OFICIAL SOLO PARA CONSULTA

NO TIENE VALIDEZ

Número de Identificación Tributaria: 0614-261073¬135-0, del último

domicilio conocido de Soyapango, Departamento de San Salvador; ha sido demandada en Proceso Ejecutivo Mercantil marcado bajo el número de referencia 2678-17-MRPE-4CM3, promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, por medio de su Apoderada General Judicial con cláusula Especial Licenciada NORA ELIZAbETH HERRERA CARPIO, quien puede ser localizada mediante fax número 2298- 9265; quien reclama a favor de su poderdante en virtud de Documento

"MUTUO CON GARANTIA HIPOTECARIA", que corre agregado al

presente proceso, el pago total de dicho contrato en concepto de capital de VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS CINCO DOLARES CON OCHO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, más los intereses convencionales del OCHO POR CIENTO DE INTERES ANUAL SObRE SALDOS INSOLUTOS.

Se previene a la demandada SANDRA CAROLINA ARAGON OLIVA que si tuviere apoderado, procurador u otro representante legal o curador en el país, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil, Juez Tres, de este Distrito, San Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día dieciocho de septiembre de dos mil dieciocho.- LIC. JOSÉ MARÍA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ TRES, JUZGADO CUARTO DE LO