De acuerdo al modelo conceptual, la donación es considerada como un bien de carácter econó- mico, por lo que se espera que un aumento en el costo de la donación influya negativamente en la disposición a donar. A nivel de las donaciones realizadas por individuos, la literatura in- ternacional ha encontrado que a medida que aumenta el costo de la donación, disminuyen las donaciones de forma significativa (Taussig, 1967; Clotfelter, 1976; Feenberg, 1987; Clotfelter, 1990; Randolph, 1995; Barret y Steinberg, 1997; Tiehen, 2001; Auten, Sieg y Clotfelter, 2002). Cabe aclarar que se considera costo de la donación al sacrificio efectivo de recursos que hace el donante al realizar su aporte. En ausencia de beneficios tributarios, el monto de dinero que desembolsa el donante corresponde al costo efectivo de la donación. Sin embargo, si existen beneficios tributarios por estas, el costo por peso donado corresponde a una fracción del des- embolso, pues el donante recupera una parte del monto mediante la reducción del pago de impuestos (Irarrázaval y Guzmán, 2000)29.
Para efectos del análisis de las donaciones en Chile, las leyes se dividen en dos tipos, de acuerdo a la clase de beneficios tributarios que ofrecen a los distintos contribuyentes: (i) aquellas que permiten rebajar la totalidad de la donación como gasto de la base imponible y (ii) aquellas que permiten rebajar un porcentaje de la donación como gasto (típicamente 50%) y el porcentaje restante como crédito. Por lo tanto, en términos generales, el costo de $1 donado que enfrenta el donante i cuando se acoge al beneficio tributario que le ofrece la ley de donación l corres- ponde a:
C
i,l = α * (1–T
i)
donde Ti es la tasa marginal de impuesto a la renta que enfrenta el donante i y α es la fracción de la donación que se puede deducir como gasto de la base imponible. En el caso del primer tipo de ley de donación, α vale 1, ya que la totalidad de la donación se puede deducir como gasto de la base imponible. Para el otro tipo de leyes, α<1.
Dado que en el caso nacional existen leyes de donaciones cuyos beneficios tributarios con- templan que, ya sea la totalidad de la donación o solo una fracción de ella pueda ser deducida como gasto de la base imponible, un cambio en la tasa del impuesto que enfrenta el donante o una modificación en la proporción de la donación que se pueda utilizar como gasto afecta la donación. En específico, a medida que aumenta la tasa de Impuesto a la Renta, el costo de la do-
29. Es decir, el costo de donar un peso corresponde al peso de donación menos el beneficio tributario obtenido por peso donado. En términos generales, el costo se obtiene de la siguiente expresión:
Ci,l = 1- Bi,l / Di,l (1)
Donde:
Ci,l = Costo de la donación que enfrenta el donante i por acogerse al beneficio tributario que le ofrece la
ley de donación l. El costo corresponde a lo que efectivamente desembolsa el donante para realizar su donación a través de dicha ley.
Di,l = Monto donado por el donante i a través de la ley de donación l.
nación disminuye. El costo de la donación será significativamente más barato en el caso de los donantes que se encuentran afectos a tasas más altas de impuestos. Y a medida que aumenta la proporción de la donación que se pueda usar como gasto, en otras palabras, a medida que dis- minuye la proporción que pueda ser utilizada como crédito, el costo de la donación aumenta. Cabe recordar que, en general, los contribuyentes de Segunda Categoría y del Impuesto Global Complementario (personas naturales) cuentan solo con el beneficio tributario del crédito, por lo tanto, el costo de la donación que enfrentan corresponde a la proporción de la donación que se puede usar como crédito, la cual es típicamente 50%, por lo que el costo de un peso donado para las personas naturales en general es de 0,5.
En el caso de los contribuyentes de Primera Categoría (principalmente empresas), el costo que enfrenten dependerá del tipo de ley de donación que utilicen, ya que algunas otorgan solo de- recho a gasto y otras otorgan derecho tanto a crédito como a gasto.
La Tabla 6 muestra cómo cambia el costo de la donación que enfrentan los contribuyentes de Primera Categoría, dependiendo del tipo de ley que utilizan.
TABLA 6. COSTO DE LA DONACIÓN DE CADA LEY DE DONACIÓN PARA LOS CONTRIBUYENTES DE PRIMERA CATEGORÍA30
Tipo de ley Costo por peso donado31
Donaciones que se pueden rebajar únicamente como gasto (1 ‒ TI)
Donaciones que se pueden rebajar como crédito y gasto 0,5*(1 ‒ TI)
Fuente: elaboración propia.
De la Tabla 6 se desprende que los contribuyentes se enfrentan a dos costos distintos, según el tipo de ley por la que realicen su donación. En el caso del primer tipo de leyes expuesto ante- riormente, es decir, las que permiten rebajar la totalidad de la donación como gasto de la base imponible, el costo es mayor que en el segundo tipo de leyes, en que las donaciones se pueden rebajar como crédito y gasto. Sin embargo, se debe considerar, además, que cada ley de dona- ción tiene límites tanto al monto de la donación que se puede usar como beneficio tributario como al crédito que puede utilizarse.
30. Los límites de los beneficios tributarios también influyen en el costo de la donación, es decir, en lo que efectiva- mente desembolsa el contribuyente.
31. Corresponde al costo de la donación, asumiendo que no se pasan de los topes, y asumiendo que la persona elige la opción más barata, es decir, en el caso de la Ley de Donaciones con Fines Sociales, se asume que el donante elige el destino de la donación que le reporta el mayor beneficio tributario, ya que el porcentaje que se puede utilizar como crédito en estas leyes varía dependiendo del destino.