2. Caracteres de la justicia medioambiental
2.5 El carácter multidimensional de la justicia medioambiental:
La caracterización que se ha hecho de la JM pone de manifiesto su importancia como columna vertebral que va a marcar los futuros derroteros del movimiento ecologista. La idea de la deriva del ecologismo hacia otros ámbitos (singularmente, el de los derechos civiles) ya ha sido expresada por Cole y Foster al sostener que el movimiento de la justicia medioambiental es tributario del movimiento de los derechos civiles, del movimiento antitóxicos, del movimiento obrero, del medioambientalismo tradicional y de las luchas de los nativos americanos, entre otros145.
El tema de la delimitación conceptual de la justicia medioambiental se complica porque, como vaticinaba Castells, se convierte este concepto en la nueva frontera del ecologismo; y es lógico que en la dinámica de la globalización la idea de justicia medioambiental supere las estrechas fronteras del ámbito local, de los espacios territoriales pequeños, y se extienda a nivel universal: es por ello que, desde hace unos años, la idea de justicia medioambiental se ha universalizado, insertándose en la dinámica de los procesos de relación norte-sur. Esta distinción ha sido expresamente recogida por Schlosberg en su estudio sobre el movimiento de la justicia medioambiental, diferenciando una definición del movimiento a nivel estadounidense y otra definición de la justicia medioambiental a nivel global; la primera definición recogería un movimiento en el cual los aspectos distributivos tendrían un carácter cada vez más secundario, desplazados por reivindicaciones de justicia participativa y de reconocimiento146.
En la definición de la justicia medioambiental a nivel global, en cambio, se asume bien una perspectiva de justicia para la naturaleza en su globalidad, o bien de incorporación de los países del sur a los procesos de distribución de cargas y beneficios medioambientales. También en este caso, como señala Schlosberg, los estudios han
145 COLE, Luke W. y FOSTER, Sheila R. From the Ground Up: Environmental Racism and the Rise of Environmental Justice Movement. Nueva York: Guilford Press, 1998.
146 SCHLOSBERG, David. Defining Environmental Justice: Theories, Movements, and Nature. Oxford:
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enfatizado los aspectos distributivos, cuando cada vez más predominan las dimensiones del reconocimiento, la participación y la adquisición de capacidades147.
Desde la perspectiva universalista, la justicia medioambiental define una doble amenaza: el agotamiento de los recursos naturales realizado por los países más desarrollados sobre las naciones “periféricas” y la ubicación de las industrias más contaminantes en países pobres. Como señala Timmons Roberts, además de estar más expuestos a los riesgos conocidos o no de productos químicos agrícolas o industriales, radiaciones y otras amenazas, las sociedades del Tercer Mundo están menos capacitadas para prevenir, tratar, responder y gestionar las exposiciones industriales y los grandes desastres, incluidos los generados por el cambio climático”148.
La justicia medioambiental, dentro de la línea divisoria básica que cruza las ideologías del ecologismo, se sitúa en la vertiente antropocéntrica: atribuyendo un valor instrumental a los recursos naturales y subordinando éstos a las necesidades humanas. Su postulado fundamental es que el acceso a los recursos naturales y la protección frente a las agresiones al medio ambiente son derechos que corresponden por igual a todos los individuos y, por ello, el acceso desigual o discriminatorio a estos derechos debe ser erradicado. Toda la arquitectura de la JM parte, por ello, de una premisa básica: que existe un derecho (con rango fundamental) a disfrutar de un medio ambiente adecuado.
La aprobación por la Asamblea de Naciones Unidas de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 puso el acento en los llamados derechos de primera generación, derechos de titularidad individual y vinculados a la idea de libertad. La estrategia de las organizaciones de defensa de los derechos humanos se centró, en una primera fase, en la denuncia de las violaciones que se producen en muchos estados bajo forma de tortura, atentados contra la vida y la integridad física, restricciones a la libertad de expresión,…; la fundación por Peter Benenson en 1961 de Amnistía Internacional representa la culminación de esta etapa149.
147 SCHLOSBERG, David. Defining …, op. cit. pp. 79-81.
148 ROBERTS, Timmons J. “Globalizing Environmental Justice”, en SANDLER, Ronald y PEZZULLO,
Phaedra C. (ed), Environmental Justice and Environmentalism. London: The MIT Press, 2007. p.. 286.
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A su vez, en estos años las organizaciones ecologistas se posicionaban y actuaban ante grandes problemas o desastres de carácter medioambiental: el primer accidente de un superpetrolero, el Torrey Canyon, frente a la costa de Cornualles en 1967, y la proliferación nuclear, van a estar en el centro de la movilización ecologista de finales de los años 60, que culmina con la creación por David Brower de Friends of Earth (una escisión del Sierra Club ante la pasividad de éste en el tema nuclear) y la fundación en Canadá, en 1971, de Greenpeace, hoy la organización ecologista más numerosa a nivel mundial150.
Para que los movimientos de defensa de los derechos humanos y los movimientos ecologista crucen sus caminos y adopten estrategias comunes van a tener que darse dos factores, que tienen lugar a partir de los primeros años 80.
Por una parte, desde la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos tuvo lugar un proceso de ampliación y expansión de su ámbito que se produjo a un triple nivel: en la literatura jurídica, en las declaraciones internacionales de derechos y en las constituciones nacionales.
Este proceso va a dar lugar a las dos nuevas generaciones de derechos humanos: los derechos sociales o de segunda generación y los derechos de solidaridad o de tercera generación151. El Convenio sobre Derechos Políticos y Civiles y el Convenio sobre Derechos Culturales, Sociales y Económicos, por una parte; y las constituciones de nuevo cuño, entre las cuales se encuentra la Constitución española de 1978, de otra parte, van a ampliar el catálogo de los derechos fundamentales y las libertades públicas, y van a introducir en este catálogo derechos como la salud, la vivienda, el trabajo, la asistencia y protección social, la protección de los consumidores,…. En estos nuevos derechos, ocupa un papel muy destacado el derecho al medio ambiente, que se formula en un doble nivel: el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado, y el deber de los poderes públicos de proteger el medio ambiente.
150 A dialogue with Lorna Salzman en The Nation, 3 de mayo de 2010. The Nation Company L.P: Nueva
York, 2010.
151 VASAK, Karel. Human Rights: A Thirty-Year Struggle: the Sustained Efforts to give Force of law to the Universal Declaration of Human Rights. Paris: United Nations Educational, Scientific, and Cultural
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Un segundo factor que vino a incidir en esta situación fur el alarmante incremento de atentados contra activistas medioambientales y la amplia repercusión de estos incidentes en los medios de comunicación a nivel mundial.
Es frecuente citar, como verdadero punto de inflexión, el asesinato en 1988 de Chico Mendes, el líder sindical siringuero, que había tenido la visión de defender tanto el derecho a la recolección de caucho como la defensa de la integridad del bosque amazónico, verdadera fuente de vida de los pueblos ribereños. Como ha expresado Aaron Sachs:
“Mendes se dio cuenta de que la lucha internacional para salvar la selva tropical y su lucha local para ayudar a sus habitantes venía a ser casi lo mismo. Esa idea reside en el corazón de su legado: él mostró que las cuestiones relativas a los derechos humanos y las del medio ambiente están inextricablemente unidas. Y la Reserva Extractiva Chico Mendes, una extensión de casi un millón de hectáreas de selva tropical protegida, permanece como testimonio de lo que puede llegar a conseguirse cuando los activistas defensores de los derechos humanos y los ecologistas reconocen lo que tienen en común y se unen”152.
A partir de este incidente, junto a otros muchos que se habían producido con anterioridad (tres años antes, en 1985, los servicios secretos franceses había hundido el barco de Greenpeace “Rainbow Warrior” durante las protestas contra las pruebas nucleares en el atolón de Mururoa, muriendo el fotógrafo Fernando Pereira) y los que se han repetido después, se ha creado una alianza fuerte y estable entre las organizaciones ecologistas y las defensoras de los derechos humanos.
La acción social surgida de esta alianza se ha incorporado también a la categoría de Justicia Medioambiental o Ecojusticia, dándole una dimensión universalista y una vocación global, y su valor consiste en haber explicitado la idea de que mediante la protección y defensa de derechos tan básicos como los de libertad de expresión, el
152 SACHS, Aaron. Ecojusticia. La unión de los derechos humanos y el medio ambiente. Cuadernos
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derecho de información o la libertad de prensa, se pueden proteger a la vez eficazmente el medio ambiente y los recursos naturales. De hecho, ha permitido constatar que, precisamente en los regímenes autoritarios que carecen de un reconocimiento efectivo de los derechos fundamentales, es donde se producen los más graves atentados medioambientales, ya que los activistas pueden ser silenciados con impunidad y las comunidades locales carecen de formulas de defensa de sus derechos. Como ha señalado Sachs:
“Históricamente, los derechos sociales, culturales y económicos (más ligados al entorno) se han vivido separados de los derechos ligados al individuo (políticos y civiles). Esta circunstancia justificó el abandono relativo de los primeros a cambio de los segundos, más legislados y fáciles de medir. Pero los movimientos ecologistas han comprendido que el respeto de los derechos políticos y civiles son una plataforma poderosa para la convivencia con el medio ambiente, redundando finalmente en el derecho a disfrutar de un entorno sano y saludable. Algunas iniciativas ecologistas han propiciado la creación de amplias zonas protegidas, desplazando a sus poblaciones, que vivían en perfecto equilibrio con su entorno, participando con ello en la violación de derechos humanos fundamentales. Igualmente, la exaltación de los derechos humanos de algunos pueblos ha llevado a la sobreexplotación de sus regiones, en una loca carrera tras el beneficio económico, hipotecando su futuro mediato (ejerciendo su derecho a quedarse sin futuro). Estos hechos muestran la conveniencia de no abandonar ninguno de ambos frentes: derechos humanos y medio ambiente”153.
Por ello, a la hora de explorar en la literatura científica la idea de justicia medioambiental, es preciso no perder de vista este doble enfoque: la perspectiva universalista y la perspectiva comunitaria. La primera se refiere al ámbito propio de las relaciones internacionales y se traduce en la caracterización de la sociedad internacional
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como una sociedad desequilibrada y desigual en la que ciertas zonas de esa nueva realidad internacional pueden externalizar o transferir sus costes medioambientales. Como ha explicado Celestino del Arenal:
“(…) la fractura más importante de todas es la que existe entre ricos y pobres, tanto a nivel humano como a nivel de Estados. Se trata de una división histórica que, sin embargo, nunca como hasta ahora ha marcando de forma más decisiva la sociedad internacional. Una vez desaparecida la división del mundo en dos bloques de poder antagónicos, el Este y el Oeste, el problema central y más grave de la actual sociedad mundial es el abismo que existe en poder, riqueza y salud entre ricos y pobres (...) Una de esas divisiones posibles, contemplada por algunos especialistas occidentales, es la que se expresa en la existencia de dos mundos o zonas, una de paz y otra de caos, caracterizada cada una de ellas por diferentes tipos de Estados y por distintos tipos de normas de conducta internacional. Esta división no sería sino la actualización en el momento presente de la secular división del mundo entre civilizados y bárbaros que ha marcado las relaciones internacionales desde los orígenes de la civilización.(...) En la zona de paz, que abarcaría en su mayor parte al mundo occidental desarrollado, la mayoría de los Estados se define por la democracia y por altos niveles de desarrollo social, cultural, económico y científico-técnico y las relaciones
internacionales están profundamente condicionadas por la
interdependencia y la globalización, por lo que la guerra ha prácticamente desaparecido en cuanto instrumento político en sus relaciones mutuas. La zona de caos, que ha encontrado su expresión más pesimista en la aportación de Robert D. Kaplan,, abarcaría al resto de la sociedad mundial. Se define en general, aunque hay excepciones notables, que diluyen sus límites, por la existencia de Estados no democráticos, con bajos niveles de desarrollo social, político, económico y científico-técnico y por unas relaciones internacionales en las que la interdependencia es escasa o relativa, que continúan operando de acuerdo con las normas tradicionales
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de la política de poder, que caracterizó el funcionamiento de la sociedad internacional hasta 1945.Las relaciones entre ambas zonas, dadas las diferencias y las dependencias existentes, tanto a nivel de realidades como de intereses, serían complejas, estando lógicamente marcadas tanto por la cooperación como por la tensión y el conflicto, sin que se pueda descartar la guerra”154.
Sin embargo, esta divisoria entre una zona de orden y una de caos se ve compensada, como el mismo autor señala, por la creciente aparición de nuevos actores en la escena internacional, de manera que el Estado ha perdido el papel monopolizador de las relaciones internacionales, y aunque conserva un papel de centralidad, esos nuevos actores transforman las fuentes de autoridad estatal y de legitimación del poder, de manera que:
“(…) sitúa a los ciudadanos en el centro de la vida internacional, tomando posiciones ante los acontecimientos internacionales, se ha producido, como señala Rosenau, una revolución en las capacidades de los individuos en todo el mundo, de forma que los seres humanos se han vuelto más competentes a la hora de valorar qué posición adoptan ante las cuestiones internacionales y cómo su actuación puede sumarse a otras para dar lugar a significativos resultados colectivos”155.
Por ello, puede afirmarse que el movimiento de la justicia medioambiental, en su perspectiva universalista, responde a este nuevo escenario internacional surgido tras la Guerra Fría y con la revolución de las comunicaciones, un mundo multipolar y globalizado en el que los individuos y los grupos sociales tienen capacidad y aspiración de intervenir en los asuntos globales, oponiéndose a unas relaciones internacionales gobernadas exclusivamente por los Estados y según la lógica de los mismos.
154 ARENAL, Celestino. La nueva sociedad mundial y las nuevas realidades internacionales: Un reto para la teoría y para la política. Disponible en Internet: << http://www.mexicodiplomatico.org/lecturas/La%20Nueva%20Sociedad%20Mundial_Realidades%20Inte r_Un%20reto.pdf>> (última consulta: 4 de septiembre de 2012). pp 57-58
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Su estrategia se desarrolla, básicamente, a través de dos líneas de actuación: la denuncia de las agresiones a activistas medioambientales y la denuncia de las injusticias transfronterizas.
a) La denuncia de las agresiones a activistas medioambientales.
A nivel internacional, los grupos defensores de la justicia medioambiental se han movilizado a la hora de defender los atentados sufridos por algunos activistas, generalmente líderes locales en zonas del Tercer Mundo.
La lista de líderes ecologistas agredidos e incluso asesinados sería interminable. Además del ya citado Chico Mendes, pueden citarse a Barbara D’Achille (periodista peruana asesinada en 1989 por Sendero Luminoso tras haber denunciado el impacto del cultivo de la coca en la selva), Henry Domoldol (líder tribal filipino, asesinado en 1991 por sus denuncias de la explotación forestal ilegal), Chan Dara (periodista camboyano asesinado en 1994, tras denunciar la complicidad militar en la industria maderera), Blanca Jeannette Kawas Fernández (activista hondureña asesinada en 1995 tras denunciar la agresión al Parque Natural de Punta Sal),….
Esta estrategia ha tenido una doble eficacia: por una parte, desde la denuncia de la agresión o muerte de un líder ecologista, se ha puesto de manifiesto una situación de violación gravísima de los derechos humanos en un país; por ejemplo, tras el asesinato de Mendes los informes de Amnistía Internacional comenzaron a denunciar la situación del Brasil rural y pusieron de manifiesto que en la década de los 80 se cometieron más de 1.000 asesinatos en relación con la posesión de tierras y, en cambio, hubo menos de 10 condenas por estos hechos156.
156 Ver el informe de Amnistía Internacional Brasil: Dos años después de Chico Mendes. Disponible en
internet en el sitio de la organización:
<https://www.amnesty.org/es/library/asset/AMR19/036/1990/es/1e1398f8-ee5e-11dd-9381- bdd29f83d3a8/amr190361990es.pdf>
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Este es el segundo factor de eficacia de esta estrategia: ha permitido dar a conocer la situación de comunidades (la mayor parte de las veces rurales o indígenas) que están sufriendo una injusticia ecológica. El caso de las comunidades de caucheros brasileñas, de los indios tarahumara en Méjico, asesinados por la defensa de sus bosques; las tribus masai en Kenya, desplazadas por grandes proyectos de tipo turístico,….
Sin embrago, sería injusto focalizar la atención sólo en aquellas agresiones que se producen en países que carecen de un régimen democrático. No son infrecuentes este tipo de acciones, por ejemplo, en los Estados Unidos: Guy Pence, guardabosques del servicio forestal federal, ha sido objeto de dos ataques con bomba en 1995 tras denunciar la explotación forestal ilegal y pedir públicamente el endurecimiento de las leyes contra el pastoreo que tiene lugar en reservas protegidas157.
Lo que sucede es que, en ámbitos democráticos, este tipo de agresiones generalmente adoptan otras formas, más sutiles. En Estados Unidos existe una red de grupos reaccionarios que abiertamente desarrollan actividades hostiles frente a los grupos sociales de intereses medioambientales.
Así, “Wise Use” (Utilización Inteligente), grupo creado por Ron Arnold, que presiona para la ampliación de los derechos de explotación ganadera, forestal y minera y postula la derogación de la legislación medioambiental158. Una de las actividades que “Wise Use” ha desplegado con mayor intensidad en los últimos años es la demanda judicial contra activistas medioambientales por acoso e intromisión en propiedad privada. Iniciativa a la que se ha sumado otro grupo, “Counties Movement”, que presiona a los sheriffs de los condados para que actúen contra los administradores de tierras federales que impiden a madereros, mineros y ganaderos la práctica “extraoficial” de extraer sin limitación recursos de estos terrenos159.
157 A Lone Ranger, en Los Angeles Times, 25 de noviembre de 1995.
158 ARNOLD, Ron. A Wolf in the Garden : The Land Rights Movement and the New Environmental Debate. Lanham (Maryland): Cawley, Rowman & Littlefield Publishers, Inc., 1996.
159 WILLIAMS, Gerald W. The Property-Rights Movement Or The Sagebrush Rebellion Revisited: A Series Of Analyses From Around The Country. USDA Forest Service, 1997.
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Y a ellos habría que añadir el Cato Institute, con sede en Washington DC, verdadero think-tank antimedioambientalista preocupado en presentar a los movimientos ecologistas como artífices de la regresión democrática y de la pérdida de libertades del pueblo americano. En la web del Instituto (traducida a castellano y con enlaces a Libertad Digital y a FAES) el economista Walter Williams (autor de la expresión “watermelon environmentalists”) ha escrito:
“Pocos grupos han estado tan sistemáticamente equivocados como los ambientalistas. Y pocos han tenido tan consistente apoyo de parte de políticos, de intelectuales y de los medios de comunicación. Llevan décadas prediciendo que el mundo se va a quedar sin carbón, sin petróleo, sin gas natural, sin alimentos, sin tierras cultivables, sin agua potable, etc. Pero, por el contrario, ha aumentado la oferta de todo eso que los ambientalistas temen se va a agotar”160.
b) La denuncia de las injusticias transfronterizas.
Las actividades contaminantes traspasan las fronteras: esta es la enseñanza que la globalización nos ha mostrado en el ámbito del derecho universal a un medio ambiente adecuado.
De nada sirven las actuaciones medioambientales si, a nivel mundial, no se