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El primer Inquisidor general fray Tomás de Torquemada

In document La inquisición española, por B LLORCA (página 119-166)

67. Con esta organización y con el apoyo incondi­

cional de parte de los monarcas españoles continuó el Santo Oficio la actividad sorprendente que la caracte­ riza desde el principio. No es nuestra intención seguir paso a paso todas las particularidades de su múltiple actuación. Para esto necesitaríamos un espacio mucho más abundante que este reducido manual. Así, pues, nos limitaremos a tocar brevemente algunos de los asun­ tos más notables y de los personajes más sobresalientes de los primeros decenios de la Inquisición española.

1. C aracterística personal de T orquem ada

El personaje que encarna la Inquisición incipiente, según hemos ya observado, es indudablemente fray To­ más de Torquemada. Por esto, por ser Torquemada el hombre símbolo de nuestra Inquisición, contra él se reconcentran, generalmente, los odios de todos los adver­ sarios de la misma, de manera que no encuentran pala­ bras bastante fuertes para expresar su repugnancia contra un hombre a quien llaman a boca llena monstruo de crueldad, sanguinario, hombre sin entrañas y, lo que es peor, hombre sin conciencia. Que todo esto y mucho más se ha dicho hablando de Torquemada.

Por esto también, a pesar de que ya liemos hablado repetidas veces de su actividad, creemos cumplir con un deber de justicia dando en primer lugar las caracterís­ ticas personales del primer Inquisidor general, y resu­ miendo después los asuntos más importantes en que tuvo que intervenir la Inquisición durante su gobierno.

Ante todo, digan lo que quieran los adversarios de la Inquisición española, esta idea del célebre Torque­ mada es completamente falsa. Torquemada fué un hom­ bre de sólida virtud-y celo ardiente por la defensa de la Religión. Esto forma como la base de todo su carácter. Toda su actividad gira en torno de estas dos cualidades, hondamente arraigadas en su alma. Precisamente por la solidez de sus virtudes y por lo extraordinario de sus dotes personales fué elegido por don Fernando y doña Isabel como director do sus conciencias. Como tal influyó notablemente en el desarrollo de los diversos asuntos nacionales.

Pero todavía hay otros hechos que atestiguan su virtud. Veintidós años continuos fué superior del con­ vento de Santa Cruz de Segovia, y este título de su Or­ den quiso ostentarlo constantemente en todos los docu­ mentos oficiales. Más a ú n : jamás quiso aceptar digfiidad de ninguna clase, ni siquiera el título de Maestro en Teología, contentándose toda su vida con el de « pre­ sentado » (1).

68. En cambio, este hombre tan sólidamente vir­

tuoso poseía un carácter sumámente enérgico y una verdadera pasión por la verdad y por la unidad de la fe católica. Rudo para sí, era rudo también para los demás. Con los cristianos más fervientes de su tiempo y como hijo genuino de su época, en la que hay que juzgarle, no podía adm itir que los judíos falsamente convertidos pusiesen en peligro la unidad católica de su patria. Nom-

(1) Mo r t i e r, H istoire des M aítrcs G én érau x ..,. tom o IV,

brado por los reyes y por la Santa Sede jefe supremo del nuevo tribunal de la fe establecido en España, te­ niendo ya en sus manos los medios para velar por la unidad religiosa, que a su entender estaba por encima de todo, desplegó una indomable energía con el fin de deshacer aquel peligro.

Obra suya es la organización de los primeros tribu­ nales repartidos por toda la península y encargados de perseguir la herejía en las diversas provincias ; obra suya es la codificación básica de las diversas normas que debían seguirse en la Inquisición española, sacadas ya de los manuales de la Inquisición medieval, ya de la nueva práctica introducida en la española. Con todo esto se comprende el rigor característico del gobierno de la Inquisición en tiempo de Torquemada. Su carác­ te r serio y poco accesible a cierta clase de blánduras ; él ambiente del tiempo, poco propicio a contemplaciones con los enemigos del Estado y de la Religión ; el peligro inminente por parte de los falsos cristianos : todo esto explica suficientemente el rigor que efectivamente im­ primió a su obra.

No obstante, precisamente en esto se ha exagerado de una manera lamentable. Asi es falso y tendencioso hacer a Torquemada responsable de todos los rigores empleados por la Inquisición de Sevilla el año 1481. Falso, según hemos demostrado en otra parte, porque se han multiplicado arbitrariam ente hasta lo inverosímil las victimas causadas durante este año, y falso asimismo, porque Torquemada fué nombrado Inquisidor general el año 1483- Por consiguiente, como cae de su peso, es evidentemente tendencioso el hacerlo responsable de lo que ocurrió antes de ser él Inquisidor general.

Además, queremos hacer notar una circunstan­ cia que pone al prior de Santa Cruz de Segovia a cu­ bierto de todas estas falsas imputaciones. Se recordará que todas las quejas que expresa el Romano Pontifico

contra los primeros inquisidores de Sevilla se reducían a la falta de observancia de las normas de derecho, a la precipitación en los procesos. Ahora bien: precisamente Torquemada era el hombre más amigo de guardar el derecho existente contra los herejes ; él fué quien dió las normas fijas y definitivas a la Inquisición española en sus célebres Instrucciones. Por lo demás, como vere­ mos después, desde el principio de su gobierno, codifi­ cadas las Instrucciones, esto es, las normas canónicas del proceder inquisitorial, los tribunales españoles en­ traron en un período de normalidad, solamente inte­ rrum pida por raros incidentes cuyo distintivo era más bien la lentitud en la terminación de los procesos. Así, pues, no cae de ninguna manera Torquemada bajo la responsabilidad del sistema algo desordenado de los primeros inquisidores.

Es igualmente falso que Torquemada, en toda su actuación, no se moviera por otro impulso que el fana­ tismo, la crueldad innata y la avaricia ; pues ahí están las fuentes contemporáneas que nos lo presentan como hombre enérgico, sí, y aun algo riguroso, según exigían las circunstancias, pero al mismo tiempo condescen­ diente y misericordioso con los que reconocían sus erro­ res, y por otro lado sumamente magnánimo y despren­ dido, como lo prueba la suntuosidad del monasterio de Santo Tomás de Ávila y otras obras que él hizo levan­ tar. Algunas particularidades sobre los asuntos más im portantes ocurridos durante el gobierno de Torque­ mada pondrán más de manifiesto el carácter de tan discutido personaje.

2. El T ribunal de Ciudad Real. Su tra slació n a Toledo

69. La primera solicitud de Torquemada fué com­

vidad. Y a hemos dicho que entre otros de que tenemos m uy escasas noticias, dió principio en 1483 al tribunal de Ciudad Real.

Según el plan concebido desde un principio y sólo realizado después de dos años, este tribunal debía ha­ berse establecido en Toledo; pero su arzobispo don Alon­ so Carrillo, poco antes de morir, el año anterior había nombrado como inquisidor a un ta l doctor Tomás, y así no parecía conveniente provocar allí nuevas dificul­ tades. Inicióse la actividad de los nuevos inquisidores de Ciudad Real con el consabido edicto de fe en el término de 30 días, que luego se prolongó en otros 30, al que nos consta que se acogieron muchos judaizantes.

No deja de sorprender a los ánimos prevenidos con­ tra el rigor de la Inquisición del tiempo de Torquemada el'hecho de que el primer auto de fe celebrado por esto nuevo tribunal castellano solamente sirviera para pu­ blicar solemnemente la reconciliación de los pehitentes que se habían presentado durante el término de gracia. Esto ocurrió el 16 de noviembre en la iglesia de San Pe­ dro el mismo año 1483. Tampoco deja de sorprender un segundo hecho, es decir, la lentitud con que se pro­ cedió a las condenaciones, que luego siguieron en gran número.

E n efecto, después de todas las amonestaciones y términos de gracia, o, hablando en otros términos, una vez empleada con los conversos la misericordia, empezó a hacerse sentir el rigor característico de la época y del Inquisidor general Torquemada. Al fin y al cabo no podía suceder otra cosa. P ara esto había sido fundada la Inquisición. Del rigor de los primeros años .ríe este tribunal, junto con el de Toledo que le sucedió, ya nos hicimos eco en otro capitulo.

70. Pero en medio de este rigor, lo que conviene

notemos aquí, contra las calumnias y falsas imputacio­ nes de los adversarios de la Inquisición, es que el proce­

dimiento seguido por los inquisidores desde el principio del gobierno de Torquemada estaba completamente ajustado a las normas de derecho existente. Si este pro­ cedimiento resulta un tanto riguroso, no es culpa de su ejecutor, sino del mismo derecho que él ejecutaba. Así nos consta con toda suficiencia en la infinidad de pro­ cesos que se nos han conservado de este prim er período de la Inquisición de Toledo. Con verdadero escrúpulo y con la más nimia exactitud se anotan en ellos todas las particularidades, desde las primeras delaciones hasta que se pronuncia la sentencia final. Con toda paciencia escuchan los inquisidores todos los alegatos que presenta el Teo en su defensa; le dan luego un abogado para que le ayude; se realizan todas las investigaciones que éste propone de acuerdo con el reo ; llámase a todos los tes­ tigos de abono que se desean ; en una palabra, aparece la defensa mucho mejor atendida de lo que nos pudiéra­ mos imaginar.

Así lo hemos podido ver nosotros en un gran número de procesos de este tiempo y. de este tribunal de Ciudad Real. Ni es esto todo. Al leer las diatribas de Llórente, de Lea y de otros, cualquiera creería que Torquemada y los inquisidores dirigidos por él se ensañaban con los reos sometiéndolos irremisiblemente a la tortura. Pues b ien : son rarísimos en este tiempo los procesos en que se hizo uso de la cuestión de tormento. Su uso en la In­ quisición española fué generalizado bastante más ade­ lante, si bien nunca con la profusión y menos todavía con la crueldad que suponen los adversarios. Tal es la conclusión que se saca de la lectura de las actas origina­ les de los procesos.

El rigor característico de la Inquisición de Ciudad Real comenzó a sentirse en los autos de fe de los días 6, 23 y 24 de febrero de 1484. Se habían terminado un buen número de procesos, y en estos autos fueron publicadas las respectivas sentencias; 34 personas fueron quema<-

das vivas y 40 estatuas de otros tantos fugitivos fueron entregadas a las llamas. En los dos años de funciona­ miento, el tribunal de Ciudad Real entregó al brazo secular 52 conversos, e hizo quemar en efigie 220 fu­ gitivos.

71. Aunque lo dicho es suficiente para tener una

idea de lo que en realidad eran estos procesos más anti­ guos, no obstante, aun exponiéndonos a parecer a algu­ nos algo nimios y pesados, queremos transcribir aquí los puntos más salientes de uno de estos procesos.'Lleva como título en el original del Archivo Histórico Nacional de Madrid « Progesso contra la Pampana. Quemada ». Se tra ta de María González, alias llamada la P a m p a n a, como esposa de Juan Pam pán, cuyo proceso tam bién se conserva. Este proceso lo publicó el P. Fita (1), pero nosotros lo reproducimos directamente del original, no por desconfianza con el benemérito publicista, sino por­ que habiendo tenido ocasión de estudiar este proceso, creemos más seguro valernos del mismo original.

Para que nos hagamos cargo de las acusaciones que se presentaban contra los judaizantes, véanse las que pone en resumen el fiscal contra la P a m p a n a :

« Que oyo las oraciones judaycas como los christia­ nos oyen la Misa.

Yten que guardo los sabados.

Yten que los dias sabados vistió ropas limpias de lino e ropas de fiesta.

Yten que guardo las Pascuas de los judios.

Yten ííqo hadas a sus fijos, como lo fa^en los judios a sus fijos al tiempo de sus nasfimientos.

Yten que dotrino a sus fijos segund la ley de Moysen, Yten que comio carne toda la quaresma, especial­ mente se guiso una gallina.

Yten judaso, heretico e dijo estas y otras cosas, que protesto venido a mi m em oria.»

Sin duda sorprenderán a más de uno estas acusado - nes y las tendrá por inofensivas. Esta misma impresión nos producen a nosotros, que las juzgamos desde nues­ tros tiempos. Pero nótese que si realmente se prueba que un judío bautizado hacía todas esas cosas, no puede haber duda de que ese converso judaizaba, es decir, continuaba viviendo a ocultas como judío y era judío de corazón. Ahora b ien : no im porta lo que a nosotros nos parezca en nuestros tiempos de indiferentismo o tolerancia religiosa; pero a fines del siglo xv ese solo hecho bastaba para condenarle a uno a la hoguera. Tal era el sentir general de todos ; así estaba establecido en i'l derecho civil y en el canónico.

72. Supuesta esta advertencia, el interés de todo»

los acusados conversos estaba generalmente en contra­ decir a los testimonios, que afirm aban contra ellos lo contenido en la acusación o, lo que es lo mismo, probar que eran buenos cristianos. Por esto a la acusación, cuyo resumen hemos dado, contesta la rea ayudada de su abogado :

« Digo, virtuosos señores, sátisfasiendo aquello que so obligada, principalmente que yo. soy catholica, buena, fiel xristiana, y tengo, quiero y confieso fielmente todas aquellas cosas que la madre santa yglesia reúne y cree en sy, e non [soy] ereje ni apostata, segund quel señor acusante afirma por la dicha su acusación, e que la dicha mi confesion fue entera, verdadera quanto mi juysio e discreción basto, e sy algo enl dicho tiempo que yo fise la dicha mi reconciliación cese de desir e declarar e confesar, porque mas dello no se me acordo. E como quiera que esto bastaua para satisfacer en especial a cada cosa dello, digo, virtuosos señares, que yo niego aver oydo las dichas oraciones judayeas tan continuada­ mente como los xristianos la Misa, e sy algunas, serian enl dicho tiempo que confese quel dicho mi marido me las facia oyr d e l; empero non de otra persona, e después

de aquello me aiependy e non las quise mas oye. E a lo que se dise que guardaua los sabados, digo que serian de la forma que se contiene en la dicha mi reconcilia­ ción e non mas ni allende, asy enl vestir que dise de las ropas limpias como en lo t a l . »

Por el mismo estilo sigue el resto de la defensa pri­ mera. Y a pesar de toda esta explicación, un buen nú­ mero de testigos afirmaba que no obstante la reconcilia­ ción a que aquí se alude, la rea practicaba a ocultas con su marido y con otras personas los ritos judíos. En efecto, según el sistema seguido en todos los procesos de la Inquisición, conocida por esta prim era defensa la posición en que se colocaba el reo, se procedía a las prue­ bas por ambas partes. Por parte del fiscal se aducían los testigos que habían depuesto contra el acusado ; por parte del abogado, en unión con el reo, se presentaban una serie de testigos de abono, que eran llamados por los inquisidores y preguntados según una lista de pre­ guntas que el mismo abogado proponía. He aquí como muestra uno de los testigos aducidos por el fiscal:

73. «La dicha Maria López, nuger de Antón Cas­

tellano... dixo que este testigo ovo morado en frente de las casas donde móraua Ju an González Pampan e dixo que sabe quel dicho J. G. P. e su muger e Inés e Constanza e Aldon^a sus fijas guardauan el sabado e vestían camisas limpias e comían el sabado de lo guisado del viernes, e que esto es lo que sabe, lo que es verdad para el juram ento que fiso, e esto que lo sabe e vido entrando muchas veses en su casa, en lo qual se afirma. » E l marido de esta testigo, Antón Castellano, después de confirmar por su cuenta lo dicho por su mujer, añade: « E los vido tom ar mandiles limpios los viernes en la noche, e les vido los domingos que se leuantauan de mañana, e les veya entrando alia domingos, posadas de mañana las ruecas... Y ten dixo que oyo dezir a la muger- de Pampan, que sy filauan los domingos, que Pedro di^

Pedrosa gelo desia que ganase de comer y filase, pues que eran pobres, e que esto es lo que s a b e »...

Todas estas particularidades y muchas más las habían confirmado gran número de testigos oculares. E n cambio Ja rea, de su parte, ayudada de su abogado, presentó una lista de testigos, conocidos o amigos suyos, que debían ser llamados paría que testificaran en su favor, es decir, con el fin de probar que era buena cristiana. Ju n to con la lista de los testigos de abono presentó la serie de preguntas que se les habían de hacer. E ra la siguiente :

« 1. Primeramente sy conoscen a mi, la micha Ma­ ría González, muger del dicho Ju an González Pam pan. 2. y ten sy saben o vieron o oyeron desyr o qreen que yo he dotrinado, enseñando mis fijos e fijas como otra qualquiera catholica cristiana desta cibdad, amos­ trándoles el qredo e la salue Regina, lleuandolos a las yglesias a oyr Misas e amostrándoles las otras cosas, que qualesquier xristianos catolicos m uestran a sus fijos.

3. yten sy saben etc., que yo, la dicha M. G., aya fecho e obrado los dias de los sabados todas e qualesquier fasyendas e obras seruyles, que se me ofresQiescn a faser en los tiempos que yo he estado, asando, no fasiendo diferencias de sabados a otro qualquier día d é la semana, que fuese dia de faser fasienda.

4. yten sy saben etc. que en los dias sabados me vestía las ropas que en los otros dias de la semana me solia vestir, non fasyendo diferencia de los dichos dias sabados a los dias de entre semana, saluo si non fuese fiesta mandada de guardar por la yglesia...

5. yten sy saben etc. que en todos los dias de entre el año yo fasia mis fasiendas e obras seruiles segund dicho es enl dia del sabado, saluo sy no fuese domingos o fiestas mandados guardar por la yglesia, non curando de guardar pascuas de judíos.

6. yten sy saben etc. que al tiempo que alguno de los fijos que yo tengo nacieron, yo non los fade ni mande fadar, e sy se fadaron, que los m andaria fadar Juan González Pam pan su padre.

7. yten sy saben etc. que yo aya guardado las qua- resmas non comiendo en ellas saluo cosa de pescado o semejante con derecho quaresmal.

8. yten sy saben etc. que yo aya tratado, conver­ sado e obrado como católica xristiana, yendo a las ygle- sias desta cibdad a las misas e sagrificios divinos, confe­ sando, comulgando las quaresmas en los tiempos man­ dados por la yglesia confesando e creyendo todo lo que fiel e católica xristiana tiene e qree. »

Según esta larga lista se fué interrogando a los mu­ chos testigos llamados en favor de la rea. Sus respuestas no fueron ta n favorables como ella hubiera deseado,

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