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El segundo proyecto matrimonial: el príncipe don Enrique

I. LA CUESTIONADA LEGITIMIDAD DE LOS TRASTÁMARA

6. El segundo proyecto matrimonial: el príncipe don Enrique

Los historiadores han visto en este nuevo proyecto la mano interesada de la reina Leonor Téllez, y con razón; los embajadores que recibieron el encargo de viajar a Castilla en mayo de 1380 para negociar el trato eran dos personas de su absoluta confianza67. Los acuerdos se cerraron en la primavera68 y suponían una fuerte vinculación de la familia real portuguesa con los Trastámara. Aunque no co- nocemos la opinión de los infantes de Portugal, cabe suponer que la interpretaron como una evidente prueba del temor que sentían don Fernando y Leonor por el futu- ro de Beatriz.

Lo esencial del pacto era que Beatriz, tras ceñir la corona de Portugal, se casaría con el príncipe don Enrique, futuro Enrique III. Ambos acabarían siendo, por consi- guiente, reyes de Portugal y de Castilla, siempre y cuando Fernando I no tuviese un hijo varón con Leonor Téllez, en cuyo caso la sucesión pasaría a ese niño. Mientras Beatriz fuese una menor de edad –es decir, hasta 1385–, su madre actuaría como regente; en este punto no había diferencias respecto del anterior compromiso con don Fadrique. Si Beatriz moría antes de contraer matrimonio, Juan I de Castilla se convertiría en rey de Portugal, por extinción de la línea de Fernando I; si moría Beatriz después de haberse casado con Enrique III sin dejar herederos, Enrique III sería rey de Portugal; finalmente, muriendo Enrique III sin dejar descendiente legíti- mo de Beatriz, el reino de Portugal quedaría en poder de Beatriz. Si al final la reina moría, el trono lusitano pertenecería a los reyes de Castilla.

A la vista de tales acuerdos, tan llenos de recovecos y salvedades, se aprecia con claridad que el acceso al trono quedaba nuevamente vedado para los hijos bastardos de Pedro I de Portugal e Inés de Castro, mientras que los Trastámara aparecían una y otra vez como exclusivos receptores de la sucesión de Portugal. Ninguna alternativa preveía ni la más remota posibilidad de que los infantes exiliados llegaran al poder, lo cual es una buena muestra de por dónde iban las preocupaciones principales de Fernando y Leonor. Pero conviene insistir una vez más en que el precio que estaba dispuesta a pagar la casa real portuguesa era alto: Castilla proporcionaba fortaleza a

67 Figuraba el hermano de la reina, Juan Alfonso Telo, conde de Ourém, y Gonzalo Vázquez de

Acevedo, señor de Lourinhã. Juan I envió a su vez embajadores a Fernando I: Juan García Manrique, obispo de Sigüenza y canciller mayor, Pedro González de Mendoza, mayordomo mayor, e Iñigo Ortiz de Estúñiga, guarda mayor; Lopes, Crónica de D. Fernando, cap. CXII, p. 313.

la causa de Beatriz, pero no popularidad. Los infantes de Portugal, pese a ser ilegíti- mos, tenían más apoyos de los previstos y sobre todo encarnaban la independencia del reino.

La consecuencia más importante de estos acuerdos, de naturaleza estrictamente dinástica, era que las aspiraciones de los Trastámaras castellanos al trono de Portu- gal recibían por primera vez un sólido respaldo jurídico debido a la afirmación ex- presa y clara de que las dos familias procedían de un mismo linaje. A la extinción de la rama de don Fernando seguiría necesariamente la entronización de los descen- dientes de Enrique II. El propio Fernão Lopes reconoce en su crónica69, siguiendo en este punto a López de Ayala, que las dos familias reales eran consanguíneas por los Manuel. El que Beatriz no tuviese descendencia no era un mal absoluto para Castilla, antes al contrario: podía ser incluso una bendición, porque permitiría la transmisión de sus derechos dinásticos a los descendientes de Juana Manuel. De este documento nace toda una tradición castellana, muy comentada y apreciada desde Juan I en ade- lante, según la cual los derechos legítimos de la primera dinastía de Portugal recaen necesariamente en la casa de Trastámara por derecho propio. Nada menos que una unificación de reinos bajo las sienes de una familia poderosa, la más sólida de la Península. A estas alturas de siglo la indigencia moral de la dinastía castellana en relación con la superioridad de la casa real portuguesa estaba en vías de dar un giro completo. La autoestima de Juan I debía de estar creciendo a marchas agigantadas, porque además tenía bajo su control a todos los principales actores de la escena política portuguesa.

A un plazo más corto la principal beneficiaria del pacto matrimonial era Leonor Téllez, que barruntaba una cerrada oposición en beneficio de los infantes de Portu- gal. El pacto le aseguraba un trato de favor especial gracias al compromiso formal del rey de Castilla de respetar sus propiedades y su status de reina regente de Portu- gal70. El acuerdo blindaba su posición personal y aseguraba la transmisión del poder a favor de su hija, o al menos así lo creía, sin caer en la cuenta de que esta estrategia tenía un punto débil: su hija se convertía en una pieza muy valiosa de la estrategia castellana. En el conjunto de los acuerdos también se detecta la mano de la reina Juana Manuel, madre de Juan I, que aparece citada en los papeles que se firmaron en

69 «E por quamto elRei de Castella e elRei de Portugal eram primos, filhos irmaãos, ca elRei Dom

Fernamdo era filho de dona Constança, molher que fora delRei Dom Pedro de Portugal, e elRei Dom Joham filho da Rainha Dona Johana, molher que fora delRei Dom Hemrrique seu padre, as quaaes forom ambas irmaãs. filhas de Dom Joham Manuel...»; Lopes, Crónica de D. Fernando, p. 314.

agosto de 1380, durante las Cortes de Soria, para cerrar los pormenores del enlace71. En aquellas trascendentales Cortes hubo un grupo de nobles portugueses como testi- gos de excepción. Uno de ellos era Enrique Manuel de Villena, señor de Cascais, pariente directo de las dos familias. Otro destacado fue el infante don Dinís de Cas- tro, hermano del huido infante don Juan. También asistieron Pedro Alfonso Girón y Afonso Téllez Girón72.

El gran perjudicado por las nuevas capitulaciones matrimoniales entre Enrique y Beatriz fue el primer pretendiente de la princesa, el infante don Fadrique, duque de Benavente, que perdía para siempre la gran ocasión de ser el futuro rey de Portugal73. El sueño se truncaba por culpa de los intereses personales de su primo el rey y las aspiraciones de Leonor. Nunca olvidaría el agravio. Años más tarde –en 1390, nada más fallecer Juan I– exigirá una indemnización económica por el perjuicio sufrido. Al deshacerse el compromiso matrimonial con don Fadrique, las rentas y bienes prometidos a Beatriz en el noroeste peninsular fueron sustituidos por otros totalmen- te distintos. Juan I aseguró a su hijo Enrique la futura posesión de los señoríos de Lara y Vizcaya. La princesa Beatriz debería recibir un conjunto de ciudades y villas propios del patrimonio de las reinas castellanas: Medina del Campo, Cuéllar, Madri- gal, Olmedo y Arévalo, que quedarían bajo su dominio personal en el caso hipotético de quedar viuda y sin hijos.