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Elimínese el literal c) Los de servicio doméstico; del Art 14 ARTÍCULO 2 Sustitúyase el texto del Art 264 por el siguiente:

ASAMBLEA NACIONAL

ARTÍCULO 1.- Elimínese el literal c) Los de servicio doméstico; del Art 14 ARTÍCULO 2 Sustitúyase el texto del Art 264 por el siguiente:

Texto Anterior:

Art. 264.- Tiempo de contratación.- El servicio doméstico puede contratarse por tiempo determinado; pero no podrá estipularse que durará más de un año, a menos que conste estipulación por escrito, autorizada por el Juez del Trabajo. Ni aún en esta forma, podrá durar más de tres años.

En todo caso, los primeros quince días de servicio se considerarán como período de prueba, durante el cual cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato, previo aviso de tres días. Se pagará al doméstico la remuneración que hubiere devengado.

Texto Actual:

Art. 264.- Tiempo de contratación.- Para la contratación del servicio doméstico se estará a lo establecido en la normativa que rige este Código para el contrato individual de trabajo, en lo referente a la Estabilidad Mínima.

De igual manera en lo que tiene que ver al período de prueba, se estará a lo dispuesto en el contrato individual de trabajo, en lo pertinente.

Disposición Transitoria.- Todos los contratos del servicio doméstico que se encuentren vigentes al momento de la presente reforma deberán adecuarse a esta ley.

La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, en el Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha, a los....

f) Gabriela Rivadeneira

Presidenta de la Asamblea Nacional

CONCLUSIONES:

El trabajo doméstico a lo largo de la historia ha sido considerado como una categoría excluida del ámbito legal; esto por la concepción social de que constituía una actividad inherente a la mujer mas no vista como un trabajo digno que debía tener su respectiva relevancia ante las políticas públicas para mejorar las condiciones sociales y económicas de las personas que realizaban esta tarea.

El servicio doméstico es imprescindible en nuestra sociedad ya que constituyen el ejercicio de actividades que son indispensables para el diario vivir y que sin ellas no se podría mantener la armonía del hogar, como son la preparación de alimentos, limpieza, lavado de ropa, cuidado de niños, etc.

El trabajo doméstico es ejercido en su mayoría por mujeres de escasos recursos económicos, con mínima preparación académica; ya que algunas han terminado tan sólo la primaria; también son mujeres que emigran del campo a la cuidad en busca de mejorar su condición socio-económica pero por ciertas trabas legales no pueden ser reguladas correctamente sus contrataciones laborales y por ende brindarles una correcta estabilidad laboral.

La superación académica y por ende social del género femenino ha hecho que las mujeres no puedan congeniar con las actividades de trabajo y las tareas cotidianas del hogar, existiendo un incremento de trabajadores domésticos, por ser necesarias para mantener la armonía familiar.

Mediante la Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales, se sacó del olvido en el ámbito legal a los servidores domésticos, mejorando su condición social y económica, regulando las relaciones laborales de este trabajo y equiparando a los restos de trabajadores al reconocerles ciertos derechos; pero no todo fue abarcado en esta ley por lo que no se tomaron en cuenta otros aspectos legales rancios que contiene el Código del Trabajo en cuanto a los domésticos.

RECOMENDACIONES:

El Estado tiene la obligación de establecer los medios para que se cumplan los derechos de las personas y garantizar la vida digna con un trabajo digno, el hacer cumplir la Constitución mediante reformas legales que adecuen la normativa a nuestra Carta magna que recopila y reconoce un sin número de prerrogativas para los seres humanos.

Se debe implementar una política pública que a través de la cultura social se haga un cambio de mentalidad en que el servicio doméstico sea reconocido como un trabajo digno al igual que el resto, que permita eliminar la concepción social de que es sólo realizado por mujeres y peor aún que es algo natural. Debe valorarse al trabajo doméstico como un sector productivo.

Se debe reformar el Código del Trabajo en cuanto a todo lo referente a este sector laboral como es el servicio doméstico para evitar que se den discriminaciones negativas frente a otros trabajos; ya que la lucha a través de la historia por el reconocimiento de los derechos laborales ha sido ardua y muchas vidas ha cobrado para que en la actualidad todos podamos gozar de esos derechos que son irrenunciables para los trabajadores.

Es indispensable como estudiantes de derecho analizar las problemáticas sociales actuales que enfrenta nuestro ordenamiento jurídico y que afectan a los ciudadanos para poder buscar una solución a las mismas, en colaboración con los catedráticos, mediante debates, foros, talleres de grupos de trabajos que permiten desarrollar el pensamiento crítico.

Los ante proyectos de Leyes Reformatorias presentadas por los estudiantes mediante las tesis deben tener apoyo por parte de las autoridades principales para poder ser presentados ante la Asamblea Nacional para que puedan aplicarse de manera real; lo cual como estudiantes de derecho haríamos un gran aporte para la sociedad en general.

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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ECUATORIANO, Corporación de Estudios y Publicaciones, Codificación 2005 – 011.

LEY ORGÁNICA DE DEFENSA DE LOS DERECHOS LABORALES, Registro Oficial No.- 797 162 del 26 de Septiembre del 2012.

ANEXOS

Anexo 1.- Encuesta

“UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES”