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CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO EPÍGRAFE

3. ANALISIS CRÍTICO DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DOMÉSTICO EN NUESTRO PAÍS.

3.1 Etimología y Origen del Servicio Doméstico

El Convenio 189 de la OIT define al trabajo doméstico como: “trabajo realizado en un hogar u hogares. Dónde se establece también que: la expresión „trabajador doméstico designa a toda persona, de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo”.49

Según Guillermo Cabanellas servicio doméstico: “proviene del latín: domus que significa casa y servicio doméstico es relativo al cuidado, limpieza, seguridad de la casa, suma de vivienda y persona o familia que la ocupa”.50

La palabra Servidor proviene del latín servitor que significa criado. O anteriormente se lo conocía también como Servidumbre que lo define el Diccionario ALPA como: “Conjunto de criados que sirven en una casa. Sujeción ocasionada por las pasiones que limita la libertad”.51

Para hablar de la historia del servicio doméstico vamos a tomar en cuenta las tres etapas de desarrollo del país para llegar a lo que ahora conocemos con el nombre de Ecuador, estas son: etapa del Incario, Colonia y la República.

En la época Inca, el personal social bajo era quien atendía a la gran familia Inca y a su élite. Como el trabajo era obligatorio para todos, no constituía un trabajo denigrante como se lo conocía en la sociedad antigua en donde se era evidente las desigualdades sociales. Sirvientes sólo tenía el Inca pero no eran tratados como Esclavos, excepto los Mitimayos quienes eran una especie de esclavos ambulantes.

En la Colonia los españoles colonizadores al indio se lo trataba de manera cruel, lo miraba como un ser inferior a ellos. En 1512 fueron sometidos a las servidumbres de los feudos y

49 Convenio 189 de la OIT. Art. 1.b. 50

CABANELLAS, Guillermo, Diccionario Jurídico Elemental, Editorial Eliasta S.R.L., pág.293.

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expuestos a diferentes explotaciones por los señores feudales quienes eran sus amos y no tenían una remuneración por su trabajo; ya que a cambio se les daba comida y vivienda. Pero se generó una especie de protectores de los Indígenas, quienes mediante la Corte de España se dictan La ley de Indias, la misma que establecía una reglamentación del Contrato de trabajo entre las mujeres y niños.

Esto establecía entre otras normas que ninguna persona puede tomar ni ocupar, comerciar, ni vender por esclavos a ningún indio, en ese caso debían denuncia a los defensores de indios, a aquellos que tuvieran bajo servidumbre o esclavos en casas para luego ponerlos en Libertad.

“El Art. 34 establecía que los indios domésticos que voluntariamente sirvieren en familias de españoles deben ser tratados bien y los dueños de ellos cuiden de su persona como la alimentación, vestuario, curación en sus enfermedades y doctrinización, todo ello sin contar las justas jornada y pagos.

El Art.35 establecía que estos conciertos de trabajos domésticos ha de hacerse por plazos de meses o años. El Art.38 indicaba que quedaba prohibido el servicio doméstico en la India soltera, sin la voluntad expresa del padre o la madre interesada. El Art. 39 decía ninguna India casada puede servir en la casa del Español, ni ésta puede ser apremiada sino sirviere en ella a su marido”. 52

A pesar que esto estaba estipulado no se cumplió ya que no existía una fuerza coercitiva de las leyes y los españoles hacían y deshacían respecto de estas situaciones. Es por ello que los indios cansados de las opresiones buscaron su independencia proclamado el inicio de la República.

Aunque salieron los españoles, quedaron los criollos quienes eran hijos de españoles. Los mismos que habían crecido presenciando las explotaciones, donde el indio era la servidumbre; por lo que esta vida como esclavo “permanece hasta 1822 en que se dicta un

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decreto llamado Heroico” 53

, en donde se ordena la abolición de penas, azotes y posteriormente el general Urbina en 1852 decreta la abolición de la Esclavitud.

Con la mezcla de las razas surge el mestizaje que en la mayoría de los casos se dedican al servicio doméstico con mejores condiciones ya que ya se comienza a darles su remuneración.

Posteriormente un factor indispensable para que se siga generándose esta forma de trabajo, fue la migración de las personas, la gente del campo salía a la ciudad en busca de mejorar su condición económica, a la falta de trabajo y por su falta preparación profesional, les tocaba dedicarse a las labores domésticas. Otra de las causas que origina esto es la emancipación de la mujer, la educación que permite que las mujeres de ahora se preparen, lo cual ha generado una incompatibilidad con los quehaceres domésticos; ya que el estar ocupados en sus trabajos y no tener tiempo para el cuidado de los hijos y del aseso del hogar; esto hace que se ocupe a los servidores domésticos.

En nuestro país se veían al trabajo doméstico como una obligación de la mujer, inclusive hasta nuestros días aún existen ciertos hombres machistas y que hacía que este trabajo no sea remunerado. Es por ello que recién en el Ecuador se adoptó leyes de protección de los derechos de los servidores domésticos.

Nuestro Código hacía distinción del resto de trabajos en sus horarios, salarios, vacaciones, afiliación al IESS (actualmente reglado desde el 26 de Septiembre 2012), discriminando a estas personas pero aun hoy nuestro viejo Código del Trabajo viola derechos constituciones en cuanto lo relacionado a este digno trabajo a lo que exige varias reformas aún.

Nuestros trabajadores domésticos han llegado a ser parte importante de la sociedad y de la población económicamente activa en nuestro Ecuador; pero para que puedan alcanzar la dignificación de este trabajo es necesario que desde el hecho cultural no sean rechazados y desde el punto de vista legal sean respetados sus derechos de acuerdo a lo manifestado en nuestra Constitución.

3.2 Problemática Social respecto al Tiempo de Contratación del Servicio Doméstico