El Perú tiene leyes que prohíben y sancionan tanto el trabajo forzoso como la trata de personas, y tiene Planes Nacionales establecidos y grupos de trabajo multisectoriales para combatir ambos problemas. Aunque el gobierno ha enfrentado desafíos en ciertas áreas, se ha demostrado recientemente un mayor reconocimiento de la magnitud del trabajo forzoso y una mayor disposición y capacidad para combatirlo.
La Constitución reconoce la libertad de los trabajadores para elegir su trabajo y prohíbe que cualquier persona sea obligada a trabajar sin pago alguno o en contra de su voluntad. Esta define la servidumbre por deudas, la esclavitud, y la trata de personas como formas de trabajo forzoso. Sin embargo, no incluye una definición completa del trabajo forzoso, ni requiere la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.80 El Código Penal impone una pena de dos a diez años de prisión para las personas declaradas culpables de obligar a otros, a través de la violencia o amenazas, a la prestación de servicios sin compensación. 81
Todas las formas de trata de personas están prohibidas en el Perú, como se establece en el artículo 153 del Código Penal, el cual impone una pena de prisión de ocho a 15 años por participar en la trata de personas.82 Una ley de la trata de personas del año 2,007, asigna la responsabilidad a ciertas agencias gubernamentales de combatir la trata y ordena una sentencia mínima de 25 años de prisión por la participación en la trata de personas con fines de trabajo forzoso.83 En noviembre de 2,009, se aprobó la Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, delegando la responsabilidad de combatir la trata a diversas instituciones gubernamentales y obligando la creación de una línea telefónica de ayuda para las víctimas de trata.84
En el país, algunos expertos laborales afirmaron que el gobierno ha estado cada vez más activo y en la lucha contra el trabajo forzoso y la trata de personas en los últimos años. En mayo del año 2,007, el gobierno lanzó el Plan Nacional de Lucha Contra el Trabajo Forzoso mediante la promulgación del Decreto Supremo 009-‐2007-‐TR.85 El Plan incluye medidas para abordar los problemas estructurales que contribuyen al trabajo forzoso, la reforma legislativa, el mejoramiento de las inspecciones, las investigaciones en los sectores donde se concentra el trabajo forzoso, el desarrollo de una estrategia de comunicación para informar al público sobre el trabajo forzoso, y la implementación de un sistema electrónico para procesar las quejas de trabajo forzoso.86
La Comisión Nacional para la Lucha Contra el Trabajo Forzoso (CNLCTF) fue creada en enero del 2,007 por el Decreto 001-‐2007-‐TR, para coordinar las acciones para combatir el trabajo forzoso entre las organizaciones de trabajadores y empleadores, y los Ministerios de Trabajo, Educación, Agricultura, Justicia, Interior, Turismo, de la Mujer y Desarrollo Social. La OIT prestó apoyo a la Comisión, la cual es dirigida por el Ministerio de Trabajo.87
También hay un Comité Multisectorial de Acción contra la Trata de Personas, dirigido por el Ministerio del Interior.88 El Plan Nacional de Acción Contra la Trata de Personas fue promulgado en el 2,011, pero de acuerdo al Departamento de Estado de los Estados Unidos, no había presupuesto asignado para este plan y se esperaba que cada ministerio asignará fondos de su propio presupuesto, con la mayoría de los ministerios en desacuerdo de hacerlo o sin la posibilidad de hacerlo en la práctica.89
Una ley del 2,007 sobre la trata de personas proporciona nuevas herramientas para la investigación y el registro de los casos de trata.90 En enero del año 2,007, se creó el Sistema de Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines (RETA) con el fin de registrar las denuncias de trata de personas, las acciones de la policía, y el número de víctimas de trata de personas.91 Sin embargo, el Departamento de Estado de Estados Unidos informó en el año 2,013 que el sistema no rastreaba adecuadamente los procesos y condenas, fue utilizado de manera desigual en diferentes partes del Perú, y que no estaba funcionando durante dos meses en el año 2,012 debido a la falta de financiamiento.92
También fue establecida por el gobierno una línea telefónica de ayuda, enfocada en la trata de personas,93 la cual había recibido 1,268 llamadas hasta el mes de junio del 2,011, resultando en 13 intervenciones relacionadas con la trata laboral.94 Mientras que el gobierno continuó promocionando la línea de ayuda durante el año 2,012, ONGs locales informaron que en esta línea de ayuda no entraban las llamadas desde teléfonos celulares.95
En el 2,008, los primeros inspectores especializados en la identificación de trabajo forzoso fueron capacitados por el Ministerio de Trabajo.96 El Ministerio de Trabajo ha creado recientemente un Grupo Especial de Inspectores contra el trabajo forzoso, quienes recibieron entrenamiento de la OIT.97 El gobierno ha entrenado a muchos de los 412 inspectores laborales del país sobre el trabajo forzoso, y en el año 2,009, el gobierno creó un equipo especial de cinco inspectores para combatir el trabajo forzoso en la región amazónica.98 El Ministerio de Trabajo informó que se había llevado a cabo 1,136 inspecciones enfocadas en el trabajo forzoso, entre el mes de enero del 2,007 y abril del 2,011.99
En el año 2,008, la División de Investigación de Delitos Contra la Trata de Personas (DIVINTRAP) fue creada y asignada para combatir la trata y coordinar las acciones entre la policía y las instituciones gubernamentales.100 En el 2,008, se informó que DIVINTRAP realizó 15 operativos, resultando en 15 arrestos y la liberación de 20 trabajadores menores de edad, víctimas de trabajo forzoso. Los números aumentaron dramáticamente a 61 operaciones, 55 detenciones, y 29 liberaciones de víctimas en el año 2,009; pero se redujo ligeramente a 56 operaciones, 36 detenciones, y 23 liberaciones en el 2,010.101 En el año 2,012, el gobierno tenía 50 oficiales de policía enfocados en combatir la trata, pero al parecer sus esfuerzos fueron limitados por la falta de recursos, sobre todo afuera de Lima.102
En el año 2,007, en el rescate de tres menores de edad que trabajaban bajo condiciones de trabajo forzoso en una fábrica clandestina de textiles en Santa Anita, se dio el primer caso en el que los perpetradores enfrentaron cargos bajo la nueva ley de trata de personas, la cual requiere una sentencia de 25 años de prisión como mínimo por la participación en la trata de personas con fines de trabajo forzoso.103En el 2,011, la policía registró 199 casos de trata de personas (con fines de explotación sexual y laboral, y mendicidad forzada), año durante el cual se iniciaron 84 juicios por trata de personas y cinco individuos fueron condenados (uno por trata laboral y cuatro por trata sexual), con penas de prisión en promedio de cuatro a ocho años más el pago de multas.104 Sin embargo, la OIT ha señalado que la falta de integración de leyes criminales, laborales, y civiles específicamente enfocadas en el trabajo forzoso impide los esfuerzos; resultando en un número de acciones judiciales relativamente pequeño en comparación a la escala de trabajo forzoso.105
A pesar de las limitaciones anteriormente mencionadas, en la investigación que los representantes de Verité llevaron a cabo en el país, se demuestra que la voluntad y la capacidad de luchar contra el trabajo forzoso por parte del gobierno están empezando a incrementarse, incluyendo en el sector minero. El Ministerio de Trabajo ha demostrado que está cada vez más consciente sobre la problemática y escala, y manifiesta sobre su involucramiento en la luchar contra el trabajo forzoso, presente también en la minería de oro.
En las entrevistas llevadas a cabo por Verité se indicó que el Ministerio de Trabajo ha elaborado un Plan Nacional para la Lucha Contra el Trabajo Forzoso para el período 2013-‐2017. Este nuevo plan incluye una serie de avances, que incluyen: el mejoramiento de las definiciones de trabajo forzoso que coincidan con los parámetros de la OIT; el reconocimiento explícito de la falta de información sobre el trabajo forzoso en el país; un estudio de línea de base en el 2,014 para hacer frente a la falta de estadísticas; intervenciones piloto en el 2,013 y 2,014 para combatir el trabajo forzoso en las regiones con mayor incidencia del trabajo forzoso; el fortalecimiento de la capacidad de la CNLCTF como la principal institución responsable de la ejecución del Plan; una estructura de financiamiento mejorada; y metas estratégicas, progresivas, y medibles. Estas metas incluyen: la concientización sobre el concepto del trabajo forzoso y los mecanismos de quejas entre el 50 por ciento de la población; acciones concretas para combatir el trabajo forzoso tomadas por el 100 por ciento de entidades gubernamentales regionales y locales en las regiones con mayor incidencia de trabajo forzoso; 100 por ciento del diseño e implementación de un sistema para prevenir, detectar, rehabilitar, y proporcionar servicios integrales a las víctimas del trabajo forzoso; y un 20 por ciento de reducción en el nivel de vulnerabilidad al trabajo forzoso.
Fotografía 13 -‐ Oficina del Ministerio de Trabajo en Huepetuhe, Madre de Dios
Otro logro importante es el establecimiento de la Inspección de Trabajo centralizada, como entidad independiente. A pesar de que muchos países han tratado de descentralizar las inspectorías de trabajo, en el caso del Perú, la centralización tiene sentido. Esto se debe al alto nivel de corrupción en muchas de las regiones con mayor incidencia del trabajo forzoso, en las cuales los propietarios de las minas tienen poder e influencia política y económica, así también como por la distribución desigual de recursos en los diferentes departamentos.