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ESPECIAL REFERENCIA A CONTROL DE SERVICIOS LOCALES, SL

In document SENTENCIA núm. 27 / 2013 (página 70-76)

II.- HECHOS PROBADOS

11. ESPECIAL REFERENCIA A CONTROL DE SERVICIOS LOCALES, SL

Esta mercantil fue constituida el 10 de octubre de 1994 con un capital social de 1.000.000 pesetas íntegramente suscrito por las entidades Eventos 2000,SL, Compras 2000, SL y Planeamiento 2000, SL.

Su objeto social era la administración de patrimonios, empresas y sociedades, servicios de asistencia técnica y legal para el control de la gestión los suministros de agua y que luego se amplió por Acuerdo de fecha 13 de octubre de 1994, a “la llevanza de la contabilidad y la preparación de las cuentas anuales de las sociedades municipales en las que participa”. Así mismo, el Pleno del Ayuntamiento acordó la adquisición del capital social de la entidad, así la cesión por título de venta y por su valor nominal a la sociedad del 10% del capital social de sociedades bajo control municipal; éstas fueron, Control de Limpiezas, Abastecimiento y Suministros, S.L, Plan Las Albarizas, S.L, Suelo Urbano , S.L, Sanidad y Consumo, S.L, Jardines 2000, S.L, Compras 2000, S.L, Banana Beach, S.L, Eventos 2000, S.L, Contratas 2000, S.L, Turismo Ayuntamiento

Marbella, S.L, Nortia, S.L, Residuos Sólidos Urbanos, S.L, y Tributos 2000, S.L.

El Consejo de Administración de la sociedad estaba compuesto por Julián Felipe PALOMO MUÑOZ en calidad de Presidente, Modesto PERODIA CRUZ-CONDE como Secretario y una tercera persona en rebeldía.

84.- No está probado el desvío de 4.747.616 pesetas de fondos por los administradores a las sociedades que se enuncian según desglose:

_ 1.416.160 pesetas a Jardines 2000, SL; _ 0025.977 pesetas a Contratas 2000, SL;

_ 0139.430 pesetas a Control de Gestión Local, SL; _ 0651.777 pesetas a Plan Las Albarizas, SL;

_ 0182.894 pesetas a Nortia, SL;

_ 0485.234 pesetas a Suelo Urbano, SL; _1.846.144 pesetas a Contratas 2000, SL.

85.-No se considera probado que el gasto contabilizado en 1999 por los servicios profesionales devengados por Alvaro Hidalgo Fernández-Zúñiga, contratados por esta sociedad que se corresponden a las auditorías encargadas para esta sociedad, Control de Servicios Locales, S.L, así como para las sociedades Difusión, Comunicación 2000, S.L, Actividades Deportivas 2000, S.L, Transportes Locales 2000, S.L, Explotaciones Hoteleras Club Marítimo de Marbella, S.L y Control de Gestión Local, S.L, haya constituido un desvío de fondos.

86.- Se pagaron 470.000 pesetas (2.824,76 €) en concepto de “gastos diversos por gastos de representación”, sin que esté debidamente acreditada la finalidad pública de los mismos, salida de fondos consentida por sus Administradores MUÑOZ PALOMO y PERODIA CRUZ-CONDE.

No está probada la asociación de Antonio ABRIL CUMPIAN, María Luisa ALCALA DUARTE, María Dolores ZURDO PADILLA, Pedro Manuel ROMAN ZURDO y Rafael GONZALEZ CARRASCO.

87.- Está probado el pago indebido que consistió en el abono de una factura de 8 de mayo de 1996 de 33.800 pesetas (203,14 €) de la agencia de viajes “Arabia”

por “importe billete avión personal de la empresa”, consentido sus Administradores MUÑOZ PALOMO y PERODIA CRUZ-CONDE.

No está probada la asociación de Antonio ABRIL CUMPIAN, María Luisa ALCALA DUARTE, María Dolores ZURDO PADILLA, Pedro Manuel ROMAN ZURDO y Rafael GONZALEZ CARRASCO.

El desembolso que corresponde a la nota de gastos de 08/05/1996 por importe de 33.800 pesetas se imputa a la anterior.

88.- No hay prueba suficiente de que la sociedad municipal Control de Servicios Locales, S.L sufragara gastos privados del Concejal José Luis Fernández Garrosa por importe de 172.662 pesetas que engloban facturas de un teléfono portátil, un alquiler de coche (4.196 pesetas) y nota de gastos por envíos postales.

Se declara probado que la sociedad municipal pagó a María Luisa RUBIO GUIJARRO, esposa del Concejal dos facturas por uso de un teléfono portátil por importes de 25.399 y 18.247 pesetas, englobadas en el concepto de gastos de representación del hecho 86 y por tanto ya enjuiciadas.

89.- No hay prueba suficiente del desembolso por importe de 114.ooo pesetas que importa una factura del Bar Restaurante Antonio.

No está probada la asociación de Antonio ABRIL CUMPIAN, María Luisa ALCALA DUARTE, María Dolores ZURDO PADILLA, Pedro Manuel ROMAN ZURDO y Rafael GONZALEZ CARRASCO.

90.- Desde la cuenta núm. 004 3070 00 06600052 12 del Ayuntamiento de Marbella en el Banco de Andalucía, se pagó el 30 de junio de 1998 a Control de Servicios Sociales, S.L con un cheque, firmado por Rafael GONZALEZ CARRASCO la cantidad de 1.181.989 pesetas ( 7.103,90 €), cantidad percibida por Víctor Cohen, correspondiendo dicha suma al pago del Impuesto de Actividades Económicas y Tasa de Recogida de Basuras Industriales de la entidad Asesoramientos Jurídicos y Legales, S.L de los años 1994 a 1997. Se trata de una salida de fondos consentida por sus Administradores MUÑOZ PALOMO y PERODIA CRUZ-CONDE.

La sociedad pertenecía a los abogados Antonio Abril Cumpián y otro contra el que no se dirige la causa en virtud de sobreseimiento, que facturaba por su actividad profesional como juristas.

NO CONSTA QUE ABRIL CUMPIAN TUVIERA CONOCIMIENTO DE LA OPERACIÓN Y PRESTARA CONSENTIMIENTO A LA MISMA.

No está probada la asociación de, María Luisa ALCALA DUARTE, María Dolores ZURDO PADILLA, Pedro Manuel ROMAN ZURDO y Rafael GONZALEZ CARRASCO.

12. Especial referencia a ACTIVIDADES DEPORTIVAS 2000, S.L.

La mercantil fue constituida el 19 de agosto de 1994, siendo suscrito su capital social por las entidades municipales Eventos 2000,SL, Compras 2000, SL y Planeamiento 2000, SL.

Los miembros del Consejo de Administración eran Julián Felipe MUÑOZ PALOMO, como Presidente, Modesto PERODIA CRUZ-CONDE en calidad de Secretario y como tercer miembro vocal, una persona en situación de rebeldía. Fue nombrado gerente por Acuerdo del Consejo de Administración de 22 de diciembre de 1999 por Tomás REÑONES CREGO. Habiendo sido elegido Concejal en julio de 1999, pasando a ocupar la Delegación de Deportes.

Su objeto social era la “organización, planificación, promoción, explotación de eventos, espectáculos o actividades artísticas, deportivas o lúdicas; gestión, promoción y explotación de toda clase de instalaciones deportivas, culturales y lúdicas ubicadas en el término municipal de Marbella, así como la compra, venta, alquiler o por cualquier otro título de inmuebles y reasentar marcas y tener exclusivas de venta y distribución.

Su financiación procedía del Ayuntamiento de Marbella.

91.- Los Administradores, MUÑOZ PALOMO y PERODIA CRUZ-CONDE permitieron que fueran abonados a Pedro Tomás REÑONES GREGO 293.325 pesetas (1.762,91 €) por gastos de kilometraje y desplazamientos que no han justificado los gestores, teniendo en dicho periodo tenía la condición de trabajador y, en consecuencia no los recibió en calidad de Concejal o gerente. REÑONES GREGO no participó en el hecho dado que no era gestor de los fondos ni estaban bajo su custodia.

No está probada la asociación de, María Luisa ALCALA DUARTE, María Dolores ZURDO PADILLA, Pedro Manuel ROMAN ZURDO y Rafael GONZALEZ CARRASCO.

92.- El 30 de abril de 1998, antes de ser nombrado Concejal y gerente de la sociedad Pedro Tomás REÑONES GREGO facturó debidamente 625.000 pesetas y las cobró en concepto de “coordinación y asesoramiento del deporte en el término municipal de Marbella” y el 31 de mayo de 1998 volvió a facturar por el mismo concepto. No está probado que haya habido un desvío de fondos públicos.

Especial referencia a GERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN DE MARBELLA, S.L (en adelante GCCM).

93.- En febrero de 2000 fue constituida, participada por las mercantiles municipales, Control de Servicios locales, S.L y Patrimonio Local, S.L., la primera representada por Julián Felipe MUÑOZ PALOMO. Se acordó nombrar a María Dolores MIÑONES BELLO, Presidenta y Consejera-Delegada, y María Luisa ALCALA DUARTE, Consejera y a Alberto García Muñoz, Consejero y Secretario.

Más tarde, por Acuerdo del Consejo de Administración de 16 de marzo de 2000, inscrito en el registro mercantil el día 10 de abril de 2000, se nombró gerente a Antonio CALLEJA RODRIGUEZ.

Finalmente en noviembre de 2000 se produjo un cambio en el Consejo de Administración por el que fueron sustituidas, la Presidenta y la Consejera.

Tenía como objeto social administrar patrimonios, empresas y sociedades; asistencia técnica y legal para el control de la gestión de los servicios de distribución y suministro de agua potable; la actividad inmobiliaria; realizar estudios de mercado; comprar, vender, adquirir, poseer y explotar bienes inmuebles; servicios de asesoramiento técnico y legal relacionado con Planes Generales de Ordenación Urbana, Convenios Urbanísticos y gestión Urbanística. Su financiación procedía exclusivamente del Ayuntamiento.

La mercantil municipal Contratas 2000, S.L que se había nutrido de transferencias del Ayuntamiento en cuantía de 4.610.113.837 pesetas durante los años 1994 a 1999 y de otras sociedades municipales, por los que sigue

procedimiento de reintegro por alcance 21/04 en el Tribunal de Cuentas por presuntos perjuicios a los fondos públicos que ha concluido por sentencia de 12 de abril de 2011, en fase de recurso de apelación ante su Sala de Justicia.

Dicha mercantil había dejado de tener actividad, por ello, en Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Marbella de fecha 15 de septiembre de 2000, se aprobó la moción presentada por el grupo municipal G.I.L que ostentaba mayoría que sostenía: “Considerando que cada vez que la sociedad Contratas 2000, S.L asumía una obligación frente a terceros, la asumía en gestión de servicios de competencia municipal; y por tanto, las obligaciones de pago contraídas por ésta, se satisfacían mediante transferencias de capital contenidas en los presupuestos municipales.

Ante el cese de la actividad de la sociedad municipal Contratas 2000, S.L, se solicita de la consideración y aprobación de la Comisión Municipal de Gobierno: Que el M.I Ayuntamiento de Marbella, previo análisis y conformidad por la Oficina Técnica municipal de obras y urbanismo de las prestaciones realizadas, asuma las obligaciones de pago a terceros en nombre de la misma y que éstas gestionen a través de la sociedad municipal “Gerencia de Compras y Contratación de Marbella SL financiadas mediante transferencias de capital contenidas en el vigente presupuesto de gastos ordinarios o en su caso, mediante la habilitación de los créditos extraordinarios.”

La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento estaba integrada, entre otros, por Julián Felipe MUÑOZ PALOMO, María Luisa ALCALA DUARTE, Rafael GONZALEZ CARRASCO, Pedro Tomás REÑONES CREGO y otros Concejales.

Tras ese Acuerdo adoptado en la referida Comisión de Gobierno, y para dar cobertura a disposiciones de fondos que se habían realizado sin cobertura, se suscribieron, en esa misma fecha, cuatro contratos entre el Ayuntamiento representado por Julián Felipe MUÑOZ PALOMO y CGGM representada por Antonio CALLEJA RODRIGUEZ de una parte y de otra, las mercantiles CIMMSA, PCM, EAM Y AEC, todas representadas por Carlos MONTEVEDE GAVILANES, en virtud de los cuales, los primeros se subrogaban en ficticias obligaciones contraídas por la municipal Contratas 2000, SL respecto a dichas sociedades. Los aparentes contratos se entregaron en el Tribunal de Cuentas, donde se habían detectado las disposiciones que de los fondos públicos transferidos había realizado Contratas 2000, SL.

A través de las actuaciones de inspección y comprobación realizadas a las mercantiles del Ayuntamiento y a las empresas de Carlos MONTEVERDE se acreditó que:

1.- La sociedad municipal GCCM había efectuado pagos a Carlos GAVILANES MONTEVERDE por importe de 2.284.178.000 pesetas (13.728.186.27 €) sobre la base del Acuerdo aprobado en la Comisión de Gobierno, aparentando subrogarse en la posición deudora de Contratas 2000, S.L, frente a las mercantiles de Carlos MONTEVERDE, sin que tales pagos respondieran a la prestación de servicio público alguno.

2.- CONTRATAS 2000 SL, había hecho figurar en su contabilidad reconstruida, abonos en su Libro Diario a las sociedades del referido MONTEVERDE, 4.639.000.000 pesetas (27.880.951,52 €) entre los años 1997 a 1999 sobre la base de 22 contratos suscritos entre 1996 y 1999, cuyo destino es desconocido y que no respondían a un servicio público, pues eran meros instrumentos para cuadrar los abonos.

Los dichos 22 contratos habían sido suscritos entre Contratas 2ooo, S.L, representada por el gerente José Luis Jiménez, ya fallecido, cuyo Consejo de Administración estaba formado por Julián Felipe MUÑOZ PALOMO y Modesto PERODIA CRUZ-CONDE y un tercer Concejal en rebeldía, que habían sido nombrados en escritura de 6 de octubre de 1993 inscrita en el Registro Mercantil, y de otro Carlos MONTEVERDE GAVILANES, como persona física y representante de las sociedades PCM ARQUITECTURA y URBANISMO SA (PCMA); PCM PROJECT & CONSTRUCTION MANAGEMENT SL (PCM); ESTUDIO DE ARQUITECTURA MONTEVERDE, SA (EAM); CARLOS MONTEVERDE GAVILANES (CMG) y ARCHITECTURAL AND ENGINEERING CONSULTANS, SL (AEC).

En dichos contratos se estipulaba que CONTRATAS 2000, SL había previsto el desarrollo de 73 proyectos de obras, encargando la redacción de los mismos, dirección de obras y consultoría técnica de los mismos a las sociedades citadas, en los términos que se pasan a exponer y sobre cuya base se realizaron las salidas de fondos, instrumentadas mediante pagos a CARLOS MONTEVERDE GAVILANES por servicios inexistentes.

In document SENTENCIA núm. 27 / 2013 (página 70-76)

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