• No se han encontrado resultados

CAPÍTULO V. USO DE LOS RECURSOS NATURALES

5.2. Estado de protección de los recursos naturales

De los 179 recursos naturales identificados por los participantes, se encontró que 22 de ellos se encuentran bajo alguna categoría de protección (tabla 42). En México dicha protección corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en el documento NOM-ECOL-059- 2001. Internacionalmente, algunas de las especies se encuentran protegidas tanto por la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES), como por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y de los Recursos Naturales (IUCN) en el documento: Lista Roja de animales amenazados de la IUCN.

0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 P o rc en ta je

Laguna del Mante Los Sabinos Dos López Mateos

91

Tabla 42. Estado de protección de los recursos naturales mencionados en las comunidades ID Recursos (nombre

común)

Nombre científico Estado de protección (NOM-ECOL-059-2001)

CITES Libro rojo IUCN

1 Gavilán Accipiter striatus Pr

2 Guajolote silvestre Meleagris gallopavo Pr 3 Víbora coralillo Micrurus browni Pr

4 Orquídea Encyclia lorata Pr

5 Palmilla Brahea edulis Pr

6 Cocodrilo de pantano

Crocodylus moreletii Pr Apéndice II 7 Pájaro cardenal Cardinalis cardinalis Pr

8 Quilas (cotorro verde) Aratinga holochlora A 9 Tecolote (búho moteado) Ciccaba virgata A

10 Hocofaisán Crax rubra A

11 Chamal Dioon edule A

12 Boa (mazacuata) Boa constrictor A Apéndice

I

13 Ajol Penelope purpuranscens A

14 Mojarra Cichlasoma labridens A 15 Jaguarundi (onza,

leoncillo)

Puma yagouaroundi A Apéndice

I

LC

16 Tórtolas Columbina passerina/ Columbina indica

A

17 Maguey Agave bracteosa A

18 Loro cabeza colorada

Amazona viridiginalis P Apéndice I

19 Ocelote Leopardus pardalis P Apéndice

I

LC

20 Jaguar (tigre, cotón pinto)

Panthera onca P Apéndice

I

NT

21 Guacamaya militar Ara militaris P Apéndice

I

V

22 Margay (tigrillo) Leopardus wiedii P Apéndice I Pr: protección especial, A: Amenazada, P: Peligro de extinción

LC: Least concern (preocupación menor), NT: Near threatened (casi amenazada), V: Vulnerable

Dentro de las categorías de riesgo o protección de la SEMARNAT en la Norma Oficial Mexicana NOM-059 se estipulan varias categorías y a continuación se hace referencia a las mencionadas en la tabla anterior:

92

 Protección especial: Aquellas especies o poblaciones que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que determina la necesidad de propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas. Esta categoría puede incluir a las categorías de menor riesgo de la clasificación de la IUCN.

 Amenazadas: Se refiere a aquellas especies o poblaciones de las mismas, que podrían llegar a encontrarse en peligro de desaparecer a corto o mediano plazos, si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus poblaciones. Esta categoría coincide parcialmente con la categoría vulnerable de la IUCN.

 Peligro de extinción: Incluye especies cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros. Esta categoría coincide parcialmente con las categorías en peligro crítico y en peligro de extinción de la clasificación de la IUCN.

Respecto a la CITES, los apéndices estipulan lo siguiente:

 Apéndice I. Se incluyen todas las especies en peligro de extinción. El comercio en especímenes de esas especies se autoriza solamente bajo circunstancias excepcionales.

 Apéndice II. Se incluyen especies que no se encuentran necesariamente en peligro de extinción, pero cuyo comercio debe controlarse a fin de evitar una utilización incompatible con su supervivencia.

Las categorías mencionadas de la IUCN se explican a continuación:

 LC (Least concern o preocupación menor): Un taxón se considera de preocupación menor cuando, habiendo sido evaluado, no cumple ninguno de los criterios que definen las categorías en peligro crítico, en peligro, vulnerable o casi amenazado. Se incluyen en esta categoría taxones abundantes y de amplia distribución.

 NT (Near Threatened o casi amenazado): Un taxón está casi amenazado cuando ha sido evaluado según los criterios y no satisface, actualmente, los criterios para en peligro crítico, en

93

peligro o vulnerable; pero está próximo a satisfacer los criterios, o posiblemente los satisfaga, en el futuro cercano.

 Vulnerable (V): Un taxón es vulnerable cuando la mejor evidencia disponible indica que cumple ual uie a de los ite ios A a E pa a ul e a le y, por consiguiente, se considera que se está enfrentando a un riesgo alto de extinción en estado silvestre.

Criterios:

A. Reducción en el tamaño de la población basado en cualquiera de los siguientes puntos:

1. Una reducción en la población observada, estimada, inferida o sospechada igual o mayor a 50% en los últimos 10 años o tres generaciones, cualquiera que sea el período más largo, donde se puede demostrar que las causas de la disminución son claramente reversibles, entendidas y que han cesado; basadas (y especificando) en cualesquiera de los siguientes:

a. observación directa

b. un índice de abundancia apropiado para el taxón

c. una reducción del área de ocupación, extensión de presencia y/o calidad del hábitat d. niveles de explotación reales o potenciales

e. efectos de taxones introducidos, hibridación, patógenos, contaminantes, competidores o parásitos.

2. Una reducción en la población observada, estimada, inferida o sospechada igual o mayor 30% en los últimos 10 años o tres generaciones, cualquiera que sea el período más largo, donde la reducción, o sus causas, pueden no haber cesado, pueden no ser entendidas, o pueden no ser reversibles; basados (y especificando) en cualesquiera de los puntos (a) a (e) bajo A1.

3. Una reducción en la población ³30% que se proyecta o se sospecha será alcanzada en los próximos 10 años o tres generaciones, cualquiera que sea el período más largo (hasta un máximo de 100 años).

4. Una reducción en la población observada, estimada, inferida, o sospechada igual o mayor a 30% en un período de 10 años o tres generaciones, cualquiera que sea el período más largo (hasta un máximo de 100 años en el futuro), donde el período de tiempo debe incluir el pasado y el futuro, y la reducción o sus causas pueden no haber cesado, pueden no ser entendidas, o pueden no ser reversibles.

94

1. Extensión de la presencia estimada menor de 20.000 km2, y estimaciones indicando por lo menos dos de los puntos a–c:

a. Severamente fragmentada o se sabe que no existe en más de 10 localidades.

b. Disminución continua, observada, inferida o proyectada, en cualquiera de las siguientes: (i) extensión de la presencia

(ii) área de ocupación

(iii) área, extensión y/o calidad del hábitat (iv) número de localidades o subpoblaciones (v) número de individuos maduros.

c. Fluctuaciones extremas de cualquiera de las siguientes: (i) extensión de la presencia

(ii) área de ocupación

(iii) número de localidades o subpoblaciones (iv) número de individuos maduros.

2. Área de ocupación estimada menor de 2000 km2, y estimaciones indicando por lo menos dos de los puntos a–c:

a. Severamente fragmentada o se sabe que no existe en más de 10 localidades.

b. Disminución continua, observada, inferida o proyectada, en cualquiera de las siguientes: (i) extensión de la presencia

(ii) área de ocupación

(iii) área, extensión y/o calidad del hábitat (iv) número de localidades o subpoblaciones (v) número de individuos maduros.

c. Fluctuaciones extremas de cualquiera de las siguientes: (i) extensión de la presencia

(ii) área de ocupación

(iii) número de localidades o subpoblaciones (iv) número de individuos maduros.

C. Tamaño de la población estimada en menos de 10.000 individuos maduros y ya sea:

1. Una disminución continua estimada de por lo menos 10% dentro de los diez años o tres generaciones, cualquiera que sea el período mayor (hasta un máximo de 100 años en el futuro)

95

2. Una disminución continua, observada, proyectada, o inferida, en el número de individuos maduros y al menos una de las siguientes subcriterios (a–b):

a. Estructura poblacional en la forma de una de las siguientes:

(i) Se estima que ninguna subpoblación contiene más de 1000 individuos maduros (ii) todos (100%) los individuos maduros están en una subpoblación.

b. Fluctuaciones extremas en el número de individuos maduros.

D. Población muy pequeña o restringida en la forma de alguno de los siguientes: 1. Tamaño de la población estimado en menos de 1000 individuos maduros.

2. Población muy restringida en su área de ocupación (típicamente menor a 20km2) o en el número de localidades (comúnmente 5 o menos) de tal manera que es propensa a los efectos de la actividad humana o a eventos fortuitos dentro de un período de tiempo muy corto en un futuro incierto, y es por consiguiente, capaz de cambiar a En Peligro Crítico (CR) e inclusive a Extinta (EX) en un período de tiempo muy corto.

E. El análisis cuantitativo muestra que la probabilidad de extinción en estado silvestre es de por lo menos 10% dentro de 100 años.

De acuerdo con los criterios de la SEMARNAT, siete especies de las mencionadas se encuentran bajo protección especial, 10 lo están bajo la categoría amenazadas y cinco en peligro de extinción (gráfica 37). En cuanto a la CITES se refiere, siete especies se encuentran incluidas en el Apéndice I y una en el Apéndice II, mientras que la IUCN sólo incluye la protección de cuatro de estas especies (gráfica 38). Estas últimas fueron las únicas mencionadas en los tres criterios: jaguarundi (Puma yaguaroundi), ocelote (Leopardus pardalis), jaguar (Panthera onca), guacamaya militar (Ara militaris) y margay (Leopardus wiedii).

96

Gráfica 37. Recursos naturales bajo alguna categoría de riesgo en México

Gráfica 38. Recursos naturales bajo alguna categoría de riesgo