• No se han encontrado resultados

Mapa 11. Ratio profesor/aula en los centros públicos de Ed Infantil y Primaria, según las zonas esolares Curso 2009-

4.3.2. Evolución de las plantillas de los centros públicos

En julio de 2010 se publica el Decreto 185/2010 del Acuerdo Regulador, que articula 4 objetivos relativos a las plantillas:

• Consolidación de la plantilla docente, incrementando las RPT de los centros en 2.500 plazas en el plazo de 3 años: 1.000, 800 y 700, en 2010, 2011 y 2012, respectivamente. Dicha consolidación se produce de conformidad con el Acuerdo rubricado en la Mesa General de la Función Pública Vasca en noviembre de 2009.

• Reforzamiento de los equipos directivos. Prevé, entre otras medidas, la racionalización de los recursos destinados a la gestión en los centros educativos,

9 En el caso de Hernani, la red pública tiene una implantación muy alta (92% del total), con lo que el ISEC

de su alumnado se aproxima al ISEC medio del conjunto del alumnado de la zona, que es el que se recoge en este Informe. Lo mismo cabe decir del resto de variables (lingüísticas, de alumnado con n.e.e., oferta de matrícula global…)

Por el contrario, en zonas con una baja implantación de la red pública, el ISEC de su alumnado queda bastante por debajo del ISEC medio del alumnado de la zona recogido en el informe, por lo que en la plantilla se efectuaría una corrección al alza. La corrección correlativa a la baja en el caso de Hernani no explica, en todo caso, el bajo valor registrado.

Para un análisis en detalle de la correlación entre plantilla y características del alumnado y del centro sería necesario disponer del desglose por redes del conjunto de los indicadores que se desarrollan.

la introducción paulatina de personal administrativo en los centros de Educación Infantil y Primaria, dotar de un plan de formación e introducir elementos de evaluación.

• Optimización de la oferta educativa, configuración de grupos y dotación de profesorado.

• Racionalización y reforzamiento en la atención a la diversidad y al alumnado con necesidades educativas especiales.

a) Centros públicos de Ed. Infantil y Primaria

Los criterios para asignar las plantillas de los centros se recogen en el artículo 24 del Decreto 185/210 referenciado, así como también en los artículos 27, 28 y 31, y sustituyen a lo recogido en anterior Decreto 182/2007 en varias cuestiones:

• Desaparece la referencia del ratio mínimo de profesor por aula en función del tamaño del centro, dentro del cual tenían cabida una serie de funciones que en el nuevo decreto vienen especificadas en cuanto a la dotación de plazas que corresponden a cada una de ellas.

• Particularmente, en el nivel de 2 años de Ed. Infantil el anterior decreto establecía un procedimiento de cálculo que afectaba al ratio general, y en el actual se determina la dotación concreta en función del número de unidades de este nivel, así como en el caso de que el número de unidades de 2 y 3 años sobrepase determinada cifra.

• Otras especificaciones de ligeros aumentos de ratios en el nuevo acuerdo se refieren a los centros con menos de 8 grupos y a los que tienen ratios elevadas de alumnado/aula. También, los centros con un número muy elevado de alumnos con necesidades educativas especiales reciben una plaza más de PTE.

• En relación a la dirección, se dota de un ratio adicional a los centros con dirección seleccionada por el procedimiento oficial, con proyecto de dirección. En los centros de más de 40 unidades, se contempla además una dotación añadida de plazas para la dirección, así como la creación de la figura del director adjunto.

• Se dota de un ratio por línea para la atención a los planes de convivencia y a las nuevas tecnologías, de 0,33 profesores por línea, ampliable a 0,5 en el caso de los centros con proyectos globales. En el acuerdo anterior, se asignaba un ratio de 0,5 profesores por centro para cada uno de ambos planes, en 115 centros el curso 2007-08 con previsión de extenderlo “a la práctica totalidad de los mismos” el curso 2009-10.

Para poder efectuar un análisis exacto de las repercusiones del nuevo Decreto 185/2010 en relación al anterior sobre el resultado total de la plantilla, falta una

especificación que deja sin concretar, en cuanto al número de especialistas10. Sus

efectos, no obstante, pueden medirse a través de la plantilla resultante el curso 2010-11. El resultado obtenido al comparar los dos cursos consecutivos refleja una disminución de 0,05 en el ratio de profesor por aula de los centros de Ed. Infantil y Primaria, pasando de 1,73 a 1,68. Tal como se ha explicado en el epígrafe anterior, la disminución de una décima en el ratio equivale a un docente menos por línea; por tanto, cinco centésimas se corresponden con un docente por cada dos líneas completas.

Evolución de las plantillas completas en centros de Ed. Primaria*

2008-09** 2009-10 2010-11 Δ último curso Profesores en RPT 7.920 8.100 8.729 629 Plantilla complementaria --- 1.361 663 -698 Plantilla total --- 9.461 9.392 -69 Nº unidades 5.415 5.469 5.586 +117 Ratio profesor/aula* --- 1,73 1,68 -0,05

(*) Se incluye todo el profesorado, excepto el de religión

(**) El Consejo no dispone de datos sobre plantillas complementarias de maestros anteriores a 2009-10

b) Centros públicos de Ed. Secundaria

En el caso de las plantillas docentes de Ed. Secundaria, al analizar las

diferencias entre los dos acuerdos reguladores se pueden distinguir las siguientes:

• Desaparece la referencia al horario lectivo del profesorado, que en el anterior Decreto de 2007 quedaba configurado por la asignación a cada especialidad de una plaza por cada 17 horas o resto igual o superior a 12 horas.

• De forma similar al caso de Ed. Infantil y Primaria, las dotaciones complementarias para impulsar los planes de convivencia o las nuevas tecnologías, que antes se asignaban a los centros comprometidos en experiencias, ahora se generalizan a todos a través de un ratio según el número de unidades.

• En los programas de diversificación curricular:

- Se aumenta de 6 a 8 el número mínimo de alumnos y alumnas para formar

un grupo.

- Si hay menos de 10 alumnos por aula, el profesor ha de completar su jornada

lectiva en otros grupos; anteriormente, desarrollaban materiales curriculares.

• Se limitan los desdobles en ESO y Bachillerato:

- En ESO, aumenta el número mínimo de alumnos por aula de 15 a 20.

10

El art. 2 del Decreto 185/2010 dice: “Se calcula la carga horaria de los distintos especialistas en función de la composición del centro”.

- En Bachillerato, se reducen las horas semanales de desdoble de 3 a 2.

• En Formación Profesional, se registran 3 cambios: - El nº mínimo de alumnos por aula pasa de 10 a 12.

- Se eleva de 15 a 20 el número mínimo de alumnos por aula para hacer desdobles.

- Se establece una asignación horaria para los departamentos.

• Necesidades educativas especiales: aumenta una plaza de PTE a partir de 15 alumnos de estas características.

Para el cálculo del ratio profesor/aula en el conjunto de los centros de Ed. Secundaria, se procede de forma similar al caso anterior, aunque en esta ocasión se incluye el profesorado de religión, que forma parte de la RPT orgánica de los centros. Para el cálculo de las unidades, a las aulas de régimen regular se añaden las de Ed. Especial cerradas de ESO y las de aprendizaje de tareas (AAT) de la postobligatoria.

La aplicación del conjunto de cambios reseñado da lugar a una disminución del ratio en algo más de 0,07 profesores por unidad, similar en términos relativos a la registrada en los centros de Ed. Infantil y Primaria.

Evolución de las plantillas completas* en centros de Ed. Secundaria

2008-09 2009-10 2010-11 Δ último curso

Cuerpos de Ed. Secundaria (completa) 7.132 7.276 7.251 -25

RPT orgánica 1.520 1.444 Cuerpo de maestros Plantilla complementaria** --- 111 1.402 - 153 Plantilla total --- 8.831 8.653 - 178 Nº unidades 3.347 3.394 3.424 30 Ratio profesor/aula --- 2,60 2,53 -0,07

(*) Se incluye el profesorado de religión

4.4. Conclusiones y propuestas

El Consejo Escolar de Euskadi comparte la preocupación social por la situación económica problemática que atraviesa nuestro país, dentro de una crisis del sistema económico, social y político a nivel europeo y mundial, que conlleva una limitación en los recursos económicos disponibles para la educación que afecta en general a todas las áreas.

(p27) El Consejo ve necesario garantizar los recursos públicos que permitan seguir avanzando en la calidad y la equidad de nuestro sistema educativo, al tiempo que hace un llamamiento a todos los agentes educativos, sin exclusión, para que actúen con la máxima eficiencia en el uso de dichos recursos, en aras a la sostenibilidad del sistema.

Desde el punto de vista de la calidad o excelencia, entendida como el objetivo

del éxito para todos y todas, los resultados de la evaluación externa nos ponen ante la necesidad de mejorar, especialmente en aquellos centros con resultados más bajos. El Consejo entiende que, ante la evidencia del aumento de la tasa de paro y su relación con el nivel de estudios, se hace más necesario cualificar personalmente y profesionalmente a toda la ciudadanía, sin excepciones.

(p28) El Consejo resalta la necesidad de asegurar a los centros de un perfil socioeconómico más bajo, sea cual sea su titularidad, los recursos idóneos que les permitan mayores niveles de éxito escolar.

Desde el punto de vista de la equidad, el Consejo constata que las diferencias

socioeconómicas entre el alumnado de las dos redes educativas se van agrandando con el tiempo, como ha quedado reflejado en el capítulo 1 de este informe.

Se señaló en esa ocasión que la escasez de oferta pública en los niveles iniciales de la escolarización en algunas localizaciones era un factor que contribuía a aumentar esa diferencia. En informes anteriores se ha señalado que el cobro de cuotas, particularmente en los centros concertados, es otro factor que actúa en el mismo sentido.

Sin duda, las aportaciones que realizan las familias al mantenimiento de los centros cubren conceptos muy diferenciados y su importe es muy variado; ambas cuestiones perfilan realidades igualmente diferenciadas en cuanto al carácter de integración social que aportan unos centros y otros.

En todos los casos, el Consejo vuelve a hacer constar la existencia de una normativa, referenciada en el apartado 4.3.2 de este informe que garantiza el derecho de las familias a una educación obligatoria gratuita.

(p29) En orden a garantizar el derecho a la gratuidad, el Consejo solicita al Departamento que regule mediante Orden la inspección sobre el cumplimiento

de la normativa vigente en cuanto al cobro de cuotas a los alumnos, tal como queda establecido en la Orden de formalización de los conciertos de 20 de mayo de 2008.

Por lo que respecta a la eficiencia, el Consejo ha venido constatando a través

del análisis tanto de la evaluación del alumnado como de la financiación asignada a las etapas, que los centros docentes de Ed. Infantil y Primaria de la red pública tienen más necesidades comparativas que el resto, pues la mayor parte de los recursos destinados a atender los problemas de aprendizaje, como los desdobles y los grupos de diversificación curricular, se concentran en la Ed. Secundaria.

(p30) En orden a prevenir la aparición de problemas de aprendizaje que dificulten el proceso educativo posterior, el Consejo solicita al Departamento que en la dotación de recursos considere la prioridad de las etapas de Ed. Infantil y Ed. Primaria, especialmente en los centros públicos.

En contextos de crisis, la primera partida que sufre los recortes presupuestarios son las infraestructuras. En Euskadi, la progresión de la natalidad obliga a la creación de nuevos centros escolares.

(p31) Por ello, el Consejo solicita al Departamento que tome en consideración el carácter de urgencia de nuevos centros públicos en ciertos municipios y distritos que han sido señalados en el capítulo 1, y lleve a cabo el consiguiente estudio de necesidades en un nuevo plan de infraestructuras, en orden a garantizar el derecho de las familias a una plaza escolar en un centro público próximo a su domicilio, tal como lo dispone la ley de la Escuela Pública Vasca.

Entre las necesidades que se derivan de los nuevos sistemas que se van implantando destaca la formación inicial del profesorado que, al margen de la responsabilidad que corresponde a la Universidad, afecta a los centros educativos en la tutorización de las prácticas que, en la actual versión, aumentan considerablemente.

El Consejo entiende que la primera experiencia profesional es de gran importancia a la hora de consolidar modelos de actuación docente y que, hasta el momento, el profesorado responsable de la tutorización de las prácticas de los alumnos y alumnas de las Escuelas del Profesorado y de los másteres de Secundaria no cuenta con ningún reconocimiento práctico. Esta situación es extensiva a los tutores del profesorado en prácticas para el acceso a la condición de funcionario.

(p32) El Consejo solicita al Departamento que considere la implicación presupuestaria que sirva para reconocer la aportación del profesorado de los centros que tutorizan alumnado o profesorado en prácticas, y para la creación de una estructura de coordinación que mejore la eficiencia de los procesos de formación inicial.

El Consejo Escolar de Euskadi es consciente de las dificultades de gestión dentro de un presupuesto inicial acotado y sujeto a variables de desarrollo no

(p33) En materia de profesorado, el Consejo valora las ofertas públicas de empleo que consolidan las plantillas de los centros, como un avance en la estabilidad que se ha de seguir complementando con la configuración de las plazas que pasan a ser orgánicas o presupuestarias, adaptándolas a las necesidades formativas actuales y futuras.

En todo caso, recomienda al Departamento que analice a la mayor brevedad las repercusiones prácticas que algunos recortes puntuales de la plantilla tienen en la organización, en la atención del alumnado y en los procedimientos de mejora en marcha.

Por lo que respecta a la información con que el Consejo ha contado para

realizar este informe, se ha dispuesto por primera vez con datos completos de las plantillas de los centros públicos, pero seguimos sin ningún dato sobre las plantillas de profesorado de los centros concertados. Respecto a la información sobre presupuestos del Departamento, los datos generales aportan una visión clara del conjunto, pero el nivel de desarrollo de los ejercicios ejecutados no permite apreciar los conceptos donde se producen diferencias de gasto.

(p34) En consecuencia, el Consejo reitera al Departamento su solicitud de información más completa y detallada con vista al próximo informe.

En una perspectiva general, volviendo al principio, Euskadi se encuentra ante

un panorama de decisiones sobre el modelo social y educativo del futuro. La presión fiscal total en Euskadi, en términos del PIB, está muy por debajo de la media de la Unión Europea y, con ella, el gasto en servicios sociales como la educación o la sanidad.

(p35) El Consejo es consciente del papel estratégico que cumple la educación en la salida de la crisis, y consiguientemente plantea a las instituciones vascas la necesidad de consolidar y, en la medida de lo posible, incrementar los actuales niveles de financiación para aproximarlos a los referentes europeos, y así asegurar que todo el alumnado de las etapas obligatorias desarrolle al máximo sus potencialidades y sea capaz de seguir aprendiendo a lo largo de su vida.