1.2 Bases Científicas y Teóricas de la Temática
1.2.7 Exportación Agropecuaria y su Influencia Sobre el Desarrollo Económico en
La integración de América Latina en la economía mundial se ha llevado a cabo mediante la exportación de productos primarios. La producción primaria es el medio a través del cual la economía ecuatoriana mantiene su vínculo más importante con el resto de América del Sur y el mundo. En la economía ecuatoriana, la agricultura es uno de los sectores clave que defiende la dinámica económica y suministra materias
primas a la industria, impulsa la expansión industrial al suministrar alimentos al público y, por lo tanto, garantiza la seguridad y soberanía alimentaria del país. Su principal efecto es reducir el hambre y la desnutrición, principalmente porque el 59% de la producción en las zonas rurales es agrícola, por lo que la agricultura puede mejorar las condiciones de vida de las personas al aumentar sus ingresos y generar empleo para los grupos vulnerables que viven en nichos de pobreza. (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación).
Las necesidades de estas personas son prioridades para la atención inmediata y la política más eficaz para satisfacer sus necesidades, es el desarrollo agrícola, por lo que es imprescindible identificar el papel de este sector y contrastarlo con los
enfoques económicos actuales. El uso sostenible de la tierra es significativo, ya que el dominio actual del monocultivo ha causado problemas ambientales como la erosión del suelo, lo que hace que la tierra sea improductiva y dañe los medios de vida de las familias que dependen directa e indirectamente de la actividad agrícola. Por lo tanto, la diversificación puede generar una oportunidad para conservar los suelos y reducir el riesgo de pérdidas económicas debido a los cambios climáticos y de mercado
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1.2.8 Sector Rural
En general, un área rural o campo es un área geográfica que se encuentra fuera de los pueblos y ciudades. Las zonas rurales típicas tienen una baja densidad de población y pequeños asentamientos (Kay, 2018). Los trabajadores cubiertos en el sector rural son de las zonas rurales. Los trabajadores de este sector se dedican principalmente a actividades agrícolas. Las diversas categorías de trabajadores cubiertos en este sector incluyen labores sin tierra, agricultura y agricultores marginales, labores pesqueras, artesanos rurales, mano de obra forestal,
desempleados educados, labores tribales, trabajadores de plantaciones, entre otros.
1.3 Fundamento Legal
El trabajo de investigación está enmarcado dentro del sector productivo, aquí se presentan 4 conceptos que se ajustan dentro del marco legal del sector agropecuario y las exportaciones, a continuación, se presentan:
1.3.1 Ley de Fomento y Desarrollo Agropecuario Título I
De los Objetivos
Art. 1.- Conforme a los preceptos establecidos en la Constitución de la República y los intereses del pueblo ecuatoriano, la presente Ley persigue los siguientes fines y objetivos:
Estimular y proteger la actividad agropecuaria mediante la creación de
condiciones para incrementar las inversiones en el sector, utilizar eficientemente sus recursos productivos y generar ingresos a niveles que faciliten la
reinversión, para el óptimo aprovechamiento de potencial productivo nacional;
Incrementar la producción y la productividad del sector agropecuario, en forma acelerada y continua, para satisfacer las necesidades de alimentos de la
población ecuatoriana, producir excedentes exportables y abastecer de materias primas a la industria nacional;
Promover la organización de los productores agropecuarios en formas asociativas, tanto de producción como de prestación de servicios, para que
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Obtener el mejor aprovechamiento de la tierra, con técnicas cada vez más eficientes y que permitan una equitativa distribución del ingreso, para facilitar la incorporación económica y social del campesino ecuatoriano; y Ampliar las oportunidades de promoción y participación de los grupos humanos cuyo ingreso actual no les permite disponer de los recursos para su adecuado bienestar.
Título II
De los Beneficiarios
Art. 3.- Tendrán derecho a acogerse a los beneficios de esta Ley, las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la producción agropecuaria o a la prestación de servicios destinados a dicha producción. Sin embargo, el Estado dará atención prioritaria a las personas jurídicas conformadas por pequeños productores
agropecuarios, cooperativas agropecuarias, comunas, asociaciones de pequeños productores agropecuarios, organismos de integración cooperativa y otras formas de asociativas legales de pequeños productores agropecuarios, que exploten
directamente la unidad de producción, con utilización permanente de mano de obra familiar o asociativa.
Título III
De la Orientación y de los Beneficios de la Ley
Capítulo I De la Investigación Agropecuaria
Art. 4.- La política de investigación agropecuaria será determinada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y ejecutada por el Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias, observando las siguientes prioridades:
Productos alimenticios básicos de alto contenido nutritivo;
Productos destinados a la exportación;
Productos destinados a la sustitución de importaciones, y,
29 Art. 5.- La investigación agropecuaria se orientará a elevar la productividad de los recursos humanos y naturales mediante la generación y adopción de tecnologías de fácil difusión y aplicación a fin de incrementar la producción de los renglones
señalados en el artículo anterior.
Título IV
De la Promoción Campesina
Capítulo I
De la Organización Empresarial Campesina para la Producción Agropecuaria
Art.54.- Es deber fundamental del Gobierno Nacional promover las organizaciones empresariales campesinas de producción agropecuaria, para el mejoramiento integral del campesino como beneficiario preferencial de su acción directa.
Art. 55.- El Gobierno Nacional promoverá la efectiva participación de la población campesina, a través de sus respectivas organizaciones empresariales legalmente establecidas, en la elaboración, ejecución y evaluación de programas y proyectos de desarrollo agropecuario relacionados con su área de interés empresarial.
Art. 56.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, el Ministerio de Agricultura y Ganadería fortalecerá la organización de las cooperativas
agropecuarias, comunas, asociaciones y más agrupaciones empresariales.
Art. 57.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería creará un servicio permanente de asesoría legal, contable y técnica a las organizaciones campesinas y a sus
empresas asociativas con el fin de impulsar su consolidación y desarrollo empresarial de autogestión.
De igual manera la Ley de Comercio Exterior e Inversiones presenta los siguientes artículos:
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1.3.2 Ley de Comercio Exterior e Inversiones, LEXI Título I
Del Ámbito y Objeto de la Ley
Art. 1.- La presente Ley tiene por objeto normar y promover el comercio exterior y la inversión directa, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país y propender a su desarrollo
sostenible e integrar la economía ecuatoriana con la internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.
Título IV
De la Promoción Capítulo I
De la Promoción No Financiera de las Exportaciones e Inversiones Directas
Art. 17.- Para la promoción no financiera de las exportaciones e inversiones, en el país y en el extranjero, estructurase el Sistema Ecuatoriano de Promoción Externa, que estará integrado por la Corporación de Promoción de Exportaciones e Inversiones CORPEI, y su red externa, el servicio comercial mediante su representación en
aquellas ciudades que ameriten funciones de negociación en política comercial, y la colaboración del servicio exterior, por medio de sus embajadas o misiones
diplomáticas.
Capítulo II
De la Promoción Financiera de las Exportaciones
Art. 25.- La función ejecutiva, a través de los órganos pertinentes, adoptará las medidas que hagan factible el establecimiento de un mecanismo de seguro de crédito a la exportación, con el objeto de cubrir los riesgos de no pago del valor de los bienes o servicios vendidos al exterior.
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1.3.3 Ley de Facilitación de las Exportaciones y del Transporte Acuático
Art. 1.- Las disposiciones de la presente ley se aplicarán a la exportación de todo tipo de productos bienes y servicios. Sin embargo, en lo que se refiere a los hidrocarburos, se estará a lo dispuesto en la legislación especial y a las pertinentes disposiciones del Capítulo II de esta Ley.
Art. 2.- Eliminase las patentes de exportación para todo tipo de productos, así como los impuestos a la exportación de toda mercancía, con excepción de los hidrocarburos, y se elimina cualquier otro requisito especial para exportar y, en consecuencia, los únicos requisitos y trámites que se observarán son los que se determinan en la presente ley.
Art. 4.- El Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca y el Banco Central del Ecuador diseñarán el formulario como único documento interno, el cual contemplará: a) el compromiso de venta por parte del exportador, de las divisas correspondientes al valor FOB de la exportación; y, b) el procedimiento aduanero.
Art. 5.- Para la validez del formulario única de exportación se requiere: a) registro único de contribuyentes (RUC), cédula de ciudadanía, código de catastro, según se trate de exportadores habituales, ocasionales u órganos del sector público, en su orden; b) factura comercial; y, c) visto bueno de la ventanilla única de
exportación.
Art. 12.- Se impulsarán las exportaciones a través de operaciones de financiamiento de corto, mediano y largo plazos que beneficien al exportador. El Ministerio de Finanzas, el Banco Central del Ecuador y la Corporación Financiera Nacional, utilizarán los mecanismos de captación interna y externa de que disponen para financiar las operaciones de crédito a la exportación.
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CAPÍTULO II
ASPECTOS METODOLÓGICOS 2.1 Métodos
Método Hipotético Deductivo
El método hipotético-deductivo contrasta una hipótesis general mediante la deducción de predicciones con el fin de falsear la hipótesis y pasar a una hipótesis más refinada, que está sujeta al mismo proceso. El método afirma cuál debería ser la lógica de la explicación en todas las ciencias. Una hipótesis tiene predicciones
empíricas deducidas de ella. Estos pueden probarse y, si se confirman, corroborar las hipótesis. La deducción debe realizarse según las estrictas reglas de la lógica (Cox, 2019).
En base a lo anteriormente mencionado, el método hipotético deductivo se ajusta al presente trabajo porque se plantea como hipótesis que el aumento de las exportaciones agropecuarias del Ecuador, afecta positivamente a la plaza de empleo en el sector rural, que será contrastado a partir del modelo econométrico.
2.1.1 Modalidad y Tipo de Investigación