La XIII Reunión de La Comisión de Salud del Parlamento Latino Americano (1998), trató específicamente el tema de la salud de los trabajadores,
FACTORES NO FÍSICOS QUE INCREMENTAN EL RIESGO
Región del cuello Región del hombro y brazo
Región del codo y antebrazo
Región de la muñeca y mano Poco tiempo para
recuperación
Demandas altas
psicosociales
Soporte social bajo
Desórdenes Musculoesqueléticos de la Extremidad Superior – Factores Generales24
Resultados de interés: Extremidad superior
Factores del trabajo Referencia
Riesgo postural y repetitividad • >4hr tecleando por día • >15 grados de flexión en
cuello
• >30 grados de flexión del hombro
• >90 grados de flexión del codo
• >20 grados de desviación ulnar/radial
James, Harburn, Kramer, 1997
Desordenes musculoesqueléticos relacionados al trabajo
• Carga de trabajo intensa • Bajo control del trabajo • Bajo soporte social • Baja claridad del trabajo
Devereux, 1997
Modelo para sobrecarga biomecánica Frecuencia/repetitividad de la tarea: • Ciclos <30 segundos ó • >50% del ciclo de tiempo en
la misma acción
• Fuerza en forma repetitiva (CR10 Borg)
• >60 grados de movimiento del hombro
• Extensión del hombro • Frecuencia >2/min
• Movimientos repetitivos del cuerpo idénticos por >50% del ciclo de tiempo
• Movimientos de la
articulación >50% del rango máximo
• Postura a riesgo si no hay variación de la postura • Proporción tiempo descanso
5:1 como mínimo
Colombini,1998
Factores relacionados con DME-ES NIOSH
• Desviación de muñeca del punto neutro (desviación ulnar, extensión)
• Movimientos rápidos de mano (270/min)
• Movimientos forzados, espasmódicos
• Golpear las manos con fuerza
• Pausas • Presión de trabajo • Trabajo continuo con dolor • Número de años trabajados Actividad de músculos de la
extremidad superior (EMG) durante tareas de corte de carne
• Postura (altura y distancia de agarre)
• Agarre de corte peor que agarre estable
Grant y Habes, 1997
Flujo sanguíneo (microcirculación) durante carga estática en el trapecio en pacientes con síndrome cervicobraquial
• Deterioro de la
microcirculación del trapecio en pacientes con dolor de cuello crónico durante carga estática
Larsson, Cai, y col., 1998
Desórdenes neurosensoriales periféricos, osteoartrosis de muñeca y de codo, síndrome de dedos blancos
• Herramientas vibrátiles Bovenzi, 1998 Síntomas de la extremidad superior • Turnos nocturnos
• Demandas psicológicas
Holness, 1998 Carga muscular del hombro en
pintores de techos
• Niveles de carga alta en músculos individuales (mayor a 45% de fuerza muscular) músculos supra e infraespinoso y parte superior del trapecio
62 2 SEGUNDA PARTE: SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA (SVE).
“Desde hace varias décadas se viene utilizando la vigilancia epidemiológica, entendida como una de las aplicaciones tradicionales de la epidemiología en el marco de la administración sanitaria. Según Last, J.M, (1989) vigilancia epidemiológica es la observación continuada, que generalmente se sirve de métodos caracterizados por ser prácticos, uniformes y con frecuencia rápida, más que por su completa exactitud. Su principal propósito es el de detectar cambios de tendencia o de distribución, con el fin de poner en marcha medidas de investigación o de control. Sin embargo en la década de los ochenta, la ampliación del concepto de vigilancia afectó no solo a un amplio conjunto de datos referidos a salud (factores de riesgo, discapacidades, enfermedades, etc), sino también al seguimiento y evaluación de los programas de salud”.35
“El CDC en 1986 propuso el concepto de vigilancia en salud pública definiéndolo como el proceso de recolección sistemática y continua, análisis e interpretación de los datos de la salud, esenciales para la planificación, ejecución y evaluación de la práctica de la salud pública. El eslabón final de la cadena de vigilancia es la aplicación de estos datos a la prevención y el control. A partir de esa fecha, se continúa haciendo hincapié en el término de vigilancia en salud pública que parte de la base de que la epidemiología es un instrumento necesario pero no suficiente para la vigilancia. Para el Ministerio de la Protección Social la vigilancia en salud pública es una función esencial asociada a la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud individual y colectiva, que retomando lo del CDC debe ser consistente en el proceso sistemático y constante de recolección, organización, análisis, interpretación, actualización y divulgación de datos específicos relacionados con la salud, para su utilización en la planificación, ejecución y evaluación de la práctica en salud pública”.35
Estos esfuerzos cuando aplican a la salud ocupacional, buscan identificar y cuantificar enfermedades, lesiones o exposiciones excesivas, y monitorear tendencias en su ocurrencia a través de diferentes tipos de industria, de la tendencia del tiempo, y entre áreas geográficas.
Para hablar entonces de vigilancia aplicada a sitios de trabajo, de eventos ocupacionalmente relacionados se debe considerar que ella integra varios componentes:
a) Vigilancia del estado de salud: Son aquellas estrategias y métodos para detectar y estimar sistemáticamente los efectos en la salud de los trabajadores derivados de la exposición laboral a factores de riesgo.
Propósitos:
• Proteger la salud de los trabajadores.
• Detectar efectos adversos en estadios tempranos de la enfermedad. • Evaluar métodos de control.
• Detección de factores de riesgo e iniciar procesos de estimación del riesgo. b) Vigilancia de la exposición a factores de riesgo: Son aquellas estrategias y
métodos para detectar y estimar sistemáticamente la exposición laboral acumulada del trabajador, de un grupo de trabajadores en un puesto de trabajo, área o sección de una empresa.
Para hablar de sistema de vigilancia epidemiológica de eventos ocupacionalmente relacionados, se debe tener claro que aplica a poblaciones (y no a individuos agrupados en pequeñas áreas tales como una fábrica), y que por tanto presenta particularidades específicas tales como:
• Identifica en el país, enfermedades, lesiones y factores de riesgo que representan nuevas oportunidades de prevención.
• Define la magnitud y la distribución del problema en este caso de los DME y la exposición a factores de riesgo en la fuerza laboral. Lo anterior se usa para planificar estrategias de intervención.
• Observa tendencias en la magnitud del problema tanto de los DME como de la exposición, y por tanto es un primer acercamiento al análisis de la efectividad de las medidas de intervención.
• Identifica categorías de actividades económicas, industrias, oficios, que requieren intensificar esfuerzos regulatorios, normativos, educativos, etc.
• Difunde de manera pública la información de tal manera que la sociedad pueda tomar decisiones.
2.1 Justificación:
En Colombia se presenta insuficientes informaciones respecto a las enfermedades profesionales y al accidente de trabajo, relacionadas con las actividades económicas y las ocupaciones, no obstante que en nuestro medio son de obligación legal registrar los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Adicionalmente es reconocido que los sistemas de vigilancia epidemiológica aplicados a eventos ocupacionalmente relacionados presentan poco desarrollo al ser comparados con los implementados para el control de las enfermedades transmisibles (SIVIGILA).
La primera etapa en la prevención es describir el dónde, el cómo y el cuándo del evento, tanto de la vigilancia de la enfermedad, en este momento los DME –ES,
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complementándolo con la vigilancia del factor de riesgo o de las condiciones ambientales.
Un sistema de vigilancia, describe en dónde se están presentando las enfermedades ocupacionalmente relacionadas, qué tan frecuentes son, si ellas están aumentando o disminuyendo, y si los esfuerzos preventivos funcionan o no. En resumen, es necesario complementar las 2 tendencias en la implementación de la vigilancia epidemiológica aplicada a eventos ocupacionalmente relacionados - EOR: La vigilancia orientada a eventos, y la vigilancia orientada a factores de riesgo.
2.2 Legislación en Vigilancia Epidemiológica
Antecedentes
El Decreto 614 de 1984, en el literal b numeral 2 y 3 del artículo 30, determina que el subprograma de Medicina del Trabajo deberá desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica de enfermedades profesionales, patología relacionada con el trabajo y ausentismo por tales causas. Y desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y educación en salud a empresarios y trabajadores.
La Resolución 1016 de 1989, en el numeral 1 del artículo 10, determina la realización de las evaluaciones médicas ocupacionales es una de las principales actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo. Y en el numeral 2 del artículo 10, determina el desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, conjuntamente con los subprogramas de higiene y seguridad industrial, que incluirán como mínimo: accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y panorama de riesgos.
La Ley 100 de 1993, a través del artículo 208, delegó a las EPS la responsabilidad de organizar la prestación de los servicios de salud derivados de enfermedad profesional y accidente de trabajo.
El Decreto Ley 962 de 2005 (Ley Antitrámites), Artículo 52. Determinación de la
pérdida de capacidad laboral y grado de invalidez. El artículo 41 de la Ley 100 de
1993, quedará así:
"Artículo 41. El estado de invalidez será determinado de conformidad con lo
dispuesto en los artículos siguientes y con base en el manual único para la calificación de invalidez, expedido por el Gobierno Nacional, vigente a la fecha de calificación, que deberá contemplar los criterios técnicos de evaluación, para calificar la imposibilidad que tenga el afectado para desempeñar su trabajo por
pérdida de su capacidad laboral.
Corresponde al Instituto de Seguros Sociales, a las Administradoras de Riesgos Profesionales, ARP, a las Compañías de Seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte y a las Entidades Promotoras de Salud, EPS, determinar en primera oportunidad la pérdida de capacidad laboral y calificar el grado de invalidez y el origen de las contingencias. En caso de que el
interesado no esté de acuerdo con la calificación, dentro de los cinco (5) días siguientes a la manifestación que hiciere sobre su inconformidad, se acudirá a las Juntas de Calificación de Invalidez del orden regional, cuya decisión será apelable ante la Junta Nacional. Contra dichas decisiones proceden las acciones legales. El acto que declara la invalidez que expida cualquiera de aquellas entidades, deberá contener expresamente los fundamentos de hecho y de derecho que dieron origen a esta decisión, así como la forma y oportunidad en que el interesado puede solicitar la calificación por parte de la Junta Regional y la facultad de recurrir esta calificación ante la Junta Nacional.
El Decreto 1832 de 1994, por el que se adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales, en su artículo 1, numeral 31 sobre Calambre ocupacional de mano o de antebrazo (trabajos con movimientos repetitivos de los dedos, las manos o los antebrazos) y el numeral 37, sobre Otras lesiones osteomusculares y ligamentosas (trabajos que requieren sobre-esfuerzo físico, movimientos repetitivos y/o posiciones viciosas).
El Ministerio de Salud, inició desde el año 2001 el seguimiento al diagnóstico, registro y reporte de las enfermedades profesionales por parte del sector salud del SSSI y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, publicó en 1999 los «Protocolos para el Diagnóstico de las Enfermedades Profesionales», realizados bajo contrato con la Sociedad Colombiana de Medicina del trabajo.
El Ministerio de la Protección Social, generó una dinámica del tema de la calificación del origen de los eventos de salud, que obliga al país a definir una línea de base para generar programas de prevención, y para realizar un seguimiento continuo al diagnóstico de las enfermedades profesionales.
Se formuló la Resolución 156 de 2005, por la cual se actualizan los Formatos de Informe de Enfermedad Profesional (FIEP) y el de Informe de Accidente de Trabajo (FIAT).
La Resolución 1570 de 2005 del Ministerio de la Protección Social, por la cual se establecen las variables y mecanismos para recolección de información del Subsistema de información en Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales.
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La Resolución 2346 de 2007 del Ministerio de la Protección Social, por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
Las Resoluciones 2844 de 2007 y 1013 de 2008 del Ministerio de la Protección Social, por las cuales se adoptan las 10 Guías de Atención Básica Integral de Salud Ocupacional basadas en la evidencia. Y que entre ellas están: Desórdenes musculo-esqueléticos relacionados con movimientos repetitivos de miembros superiores (STC, epicondilitis y enfermedad de De Quervain) y Hombro doloroso relacionado con factores de riesgo en el trabajo. Además de la Guía para dolor lumbar inespecífico y enfermedad discal relacionados con la manipulación de cargas y otros factores de riesgo en el lugar de trabajo.
2.3 Población Objeto Del SVE DME-ES
La población objeto de esta Guía es aquella población trabajadora afiliada al SSSI y quien, en virtud de la actividad desempeñada, puede encontrarse en riesgo de desarrollar lesiones y desórdenes musculoesqueléticos de la extremidad superior relacionadas con exposición a factores de riesgo en los lugares de trabajo.
2.4 Propósito del SVE DME-ES
Esta Guía se ha realizado con el propósito de prevenir los DME-ES en los trabajadores en Colombia. El sistema registrará los factores de riesgo-condiciones de trabajo y las patologías de miembro superior relacionadas con el trabajo- condiciones de salud en todas las actividades económicas y en todos los puestos de trabajo, ocupaciones u oficios del sector formal.
2.5 Objetivos
Partiendo del enfoque de Prevención en Salud Pública, los objetivos planteados para el diseño de la Guía del Sistema de Vigilancia Epidemiológica para la Prevención de Desórdenes Musculoesqueléticos de la extremidad superior relacionadas con el trabajo son:
General
Diseñar e implementar un sistema de vigilancia epidemiológica (de alcance nacional y liderado por el Ministerio de la Protección Social) orientado al estudio e intervención de DME-ES relacionados con exposición a factores de riesgo en los lugares de trabajo, mediante la implementación de diferentes estrategias, o el desarrollo de subcomponentes.
Específicos
Identificar vacios y deficiencias y reducir la fragmentación de datos entre las diferentes instituciones (IPS, EPS, ARP), que manejan registros pertinentes al Sistema General de Riesgos Profesionales.
Promover el uso y disponibilidad de los datos existentes como base de un sistema de vigilancia epidemiológica para DME-ES y de la exposición a factores de riesgo en los lugares de trabajo.
Fortalecer el Sistema de Información aplicado al SGRP.
Diseñar una guía metodológica orientada a convertir los datos en información útil para el diseño de políticas públicas en salud ocupacional a nivel Nacional.
2.6 Estrategias
• Sensibilizar a las ARPs, EPSs e IPSs, empresarios, trabajadores y público en general sobre la importancia de la salud en el mundo del trabajo.
• Impulsar la educación para el trabajo como base para la productividad laboral, a partir de puestos de trabajo saludables.
• Empoderamiento y participación de los trabajadores, para lograr un efecto multiplicador de concepto de salud musculoesquelética que permita mostrar en todos los niveles la relación entre salud de los trabajadores, calidad de vida y condiciones de trabajo.
• Fomentar la validación, el consenso y la participación de los trabajadores en la solución de sus problemas.
• Desarrollar y fortalecer la red de notificación centinela para el evento ocupacional manteniendo una participación activa y actualizada del grupo interdisciplinario de notificadores en las empresas y red de atención médicas en IPS, EPS y ARP.
• Verificar el funcionamiento del sistema de vigilancia y evaluar el impacto de las acciones de intervención y control en forma periódica.
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• Efectuar la divulgación de los resultados semestralmente mediante diferentes estrategias en el sitio web del Ministerio de la Protección Social.
2.7 Niveles Diagnóstico del Sistema de Vigilancia Epidemiológica Se propone en tres niveles de vigilancia:
• Un nivel MICRO: desarrollado en la EMPRESA. A través de la Medicina del Trabajo con valoración individual de trabajadores (Vigilancia de la Salud). Y a través de la vigilancia en los lugares de trabajo con valoración individual de la actividad de trabajo (Vigilancia del ambiente).
• Un nivel MESO: desarrollado por las IPS, EPS y ARP. A través de la identificación de grupos de trabajadores por actividad económica, cargos y oficios, DME con problemas potenciales y riesgos. Elaboración de bases de datos con DME reconocidos/calificados por Medicina Ocupacional/Laboral, por actividad económica, ocupaciones u oficios, área geográfica y año. • Un nivel MACRO: desarrollado por el Ministerio de la Protección Social, a
través de la consolidación de la vigilancia de la salud y de la vigilancia ambiental en los lugares de trabajo, ocupaciones u oficios, actividad económica, área geográfica y año.
Cada uno de los niveles debe involucrar intervención frente a los componentes:
• Ambiente: se desarrolla con carácter preventivo, identificando la exposición, priorizando los factores de riesgo, evaluación de las condiciones de trabajo, transformación de los procesos agresores existentes en el sistema sociotécnico de trabajo con medidas tecnológicas, organizacionales, etc. • Salud: igualmente con carácter preventivo, identificando síntomas y signos,
factores de riesgo individual, evaluaciones médicas, tratamiento oportuno, la rehabilitación funcional y social, y el retorno al trabajo-reincorporación laboral.
2.8 Organización del Sistema de Vigilancia Epidemiológica
La organización del SVE implica la articulación y coordinación de todos los actores involucrados en la promoción de la salud musculoesquelética, la prevención de las enfermedades profesionales y accidentes (lesiones) de trabajo y en la calificación del origen de los eventos, dada así:
• Por el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) deben involucrarse, los prestadores de servicios de salud (IPS), las empresas Promotoras de Salud (EPS).
• Por el Sistema General de Riesgos Profesionales deben participar las ARP. • El Ministerio de la Protección Social, para consolidación y análisis de la
información del sistema de vigilancia.
Es importante mencionar que una de las fuentes de alimentación del mencionado subsistema son las EPS, logrando de esta manera incorporar toda la información de enfermedad común y profesional reportada por las EPS. Por otro lado, se espera de esta manera mejorar la calidad de la información de las ARP y mejorar la frecuencia del reporte de las variables de exposición ocupacional.
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2.9Flujogramas del sistema de vigilancia epidemiológica
El flujograma muestra las diferentes fuentes de información del SVE para los trabajadores formales en Colombia. Esta información está dividida en información procedente de la vigilancia ambiental y la información procedente de la vigilancia de la salud individual. Ambas informaciones deben ser recolectadas y analizadas con una periodicidad semestral.
ENTIDAD INFORMACION CRITERIOS PARA EL INDICADOR